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6762 Anuncio de información pública, relativa a la solicitud de autorización administrativa de la instalación de distribución de Gas Natural denominada «Ampliación de la capacidad de almacenamiento de GNL de la planta satélite de regasificación de GNL» para el suministro del municipio de Yecla, situada en dicho término municipal.
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A los efectos previstos en el art. 73 de la ley 34/ 1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, así como en el art. 78 de Real Decreto 1434/2002, de 27 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de gas natural, se somete al trámite de información pública la siguiente solicitud cuyas características principales se- ñalan a continuación:
a) Peticionario: Gas Natural SDG, S.A., CIF A- 08015497, con domicilio en la Avenida Portal del Ángel, n.º 20-22 código postal 08002 Barcelona.
b) Objeto de publicación: La solicitud de autoriza- ción administrativa de la instalación de distribución de gas natural.
c) Instalación: Ampliación de la instalación de al- macenamiento de gas natural licuado, de la planta sa- télite de regasificación de GNL», para el suministro al municipio de Yecla.
d) Situación: Municipio de Yecla. e) Descripción de las instalaciones:
Depósito de criogénico de almacenamiento: - Número: Uno.
- Volumen gemétrico: 64.050 litros. - Volumen útil: 60.848 litros.
- Presión máxima de trabajo 500 kPa, temperatura de servicio -160º C.
- Tipo: Horizontal.
- Gasificador de GNL/Aire, para puesta en presión del depósito, incorporado en propio depósito con una ca- pacidad de gasificación de 33,6 Nm³/h; presión máxima de trabajo 500 kPa, temperatura de servicio - 160º C.
Tuberías:
- Fase líquida: Acero inoxidable DN-40 para consu- mo en gasificador.
- Fase gas: Acero inoxidable diámetro nominal DN 15. f) Presupuesto: 7.000 euros.
g) Técnico redactor del proyecto: Francisco Luis Romero, Ingeniero Técnico Industrial.
h) Expediente: n.º E05CA6338.
Lo que se hace público para conocimiento gene- ral, para que pueda ser examinando el expediente en las oficinas de la Dirección General de Industria, Ener- gía y Minas de la Consejería de Economía, Industria y Innovación, sita en la C/ Nuevas Tecnologías, s/n, C.P. 30005 Murcia, de 9 a 14 horas en días laborables y pre- sentar por duplicado en dicho centro las alegaciones que consideren oportunas en plazo de veinte días a par- tir del siguiente a la publicación de este anuncio, confor- me establece la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sec- tor de Hidrocarburos.
Murcia, 27 de abril de 2005.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Horacio Sánchez Navarro.
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Consejería de Economía, Industria e Innovación
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6733 Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas por la que se otorga a la empresa Naturcorp Redes, S.A.U., la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación de distribución de gas natural denominado «Red de Distribución de Gas Natural en los municipios de San Pedro del Pinatar y San Javier» y se reconoce, en concreto, la utilidad pública de la misma.
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Visto el expediente 2E02CA0189 iniciado a instan- cia de la empresa Gas de Asturias, S.A.U., con C.I.F. n.º A-3095266 y domicilio en Oviedo, C.P. 33007, Pza. de la Gesta n.º 2-7.ª planta, en el cual constan y le son de aplicación los siguientes.
Antecedentes de hecho
Primero: La empresa presentó solicitud el 5 de ju- nio de 2003 al objeto de que por esta Dirección General se otorgue la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación de distribución de gas natural denominada «Red de distribución de gas natural en los municipios de San Pedro del Pinatar y San Javier» y se reconoce, en concreto, la utilidad pública de la misma, para lo cual adjunta proyecto suscrito por técnico competente y visa- do por el colegio profesional correspondiente, que inclu- ye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos de necesaria expropiación, la afección a fin- cas de propiedad privada derivadas de la construcción de la citada instalación, las separatas técnicas relativas a las afecciones de las instalaciones a bienes o servi- cios dependientes de las Administraciones, organis- mos o empresas de servicio público o de servicios de interés general, y el estudio de impacto ambiental.
Segundo: La solicitud presentada se realiza al amparo de lo dispuesto los arts. 83 y 95 del Real De- creto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se re- gulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de auto- rización de instalaciones de gas natural.
Tercero: La empresa dispone de autorización ad- ministrativa previa del anteproyecto de instalaciones para la construcción de la red de distribución de gas natural en los municipios de San Pedro del Pinatar y San Javier, mediante Resolución de 5 de diciembre de 2002 de esta Dirección General.
Cuarto: Mediante anuncios publicados en «Boletín Oficial de la Región de Murcia» n.º 291 de 18 de diciem- bre de 2003 y en los diarios La Verdad y La Opinión de 25 de noviembre de 2003, ha sido sometido al trámite de información pública la solicitud durante el plazo de 30 días, en los que se incluyó la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por la instalación, sin que se hayan presentado alegaciones
por parte de los propietarios de los bienes y derechos afectados ni por otros particulares.
Quinto: Mediante escritos de esta Dirección Gene- ral de fecha 22 de octubre de 2003 se remitieron separatas técnicas del proyecto de afecciones a bienes y derechos de las siguientes administraciones, orga- nismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general, solicitando informe sobre su confor- midad u oposición a la autorización solicitada: Direc- ción General de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes; Ayuntamientos de San Pedro del Pinatar y San Javier, Demarcación de Carre- teras del Estado en Murcia, Confederación Hidrográfica del Segura, Mancomunidad de Canales del Taibilla, Compañía Logística de Hidrocarburos y Enagás, S.A.
Posteriormente, mediante escritos de fecha 13 de enero de 2004, se reiteró la solicitud de informe, ha- biéndose recibido la autorización favorable de la Direc- ción General de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes, el acuerdo del pleno de autorización del Ayuntamiento de San Pedro del. Pinatar, y los informes favorables con los condiciona- dos técnicos de la Demarcación de Carreteras del Es- tado en Murcia, Confederación Hidrográfica del Segura, Compañía Logística de Hidrocarburos y Enagás, S.A.; que se han remitido a la empresa solicitante, la cual ha manifestado su conformidad.
Mediante escritos de esta Dirección General de fe- cha 15 de abril y 6 de mayo de 2004 se remitieron nue- vas separatas técnicas del proyecto presentadas por la empresa solicitante, de afecciones a bienes y derechos de las siguientes administraciones, organismos y em- presas de servicio público o de servicios de interés ge- neral, solicitando de nuevo informe sobre su conformi- dad u oposición a la autorización solicitada: Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena, Dirección Gene- ral de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes y Confederación Hidrográfica del Segura. Posteriormente, mediante escritos de fecha 17 y 18 de mayo de 2004, se reiteró la solicitud de informe, habiéndose recibido informe favorable con el condicio- nado técnico de la Confederación Hidrográfica del Se- gura, que ha sido remitido a la empresa solitante para que preste su conformidad; y el informe oponiéndose al trazado previsto para la instalación de las conduccio- nes de gas natural por los caminos de servicio de la zona regable oriental, de la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena, que fue remitido a la empre- sa solicitante para que prestase su conformidad, for- mule los reparos que estime procedentes, realice las rectificaciones correspondientes o bien formule las ra- zones en que fundamente la imposibilidad de atender tales objeciones, habiéndose recibido respuesta en el sentido de que la empresa acepta la titularidad de los caminos de servicio a favor de la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena, procediendo a co- rregir la relación de bienes y derechos afectados por el
proyecto, que la empresa se replantea la ejecución del proyecto en dos fases, y se declare la utilidad pública, en concreto, la totalidad del proyecto. Dicha respuesta fue remitida mediante escrito de fecha 13 de julio de 2004 de esta Dirección General a la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena para que muestre su conformidad o reparos contra la misma, recibiendo informe comunicando dicha Comunidad de Regantes que no ha llegado hasta la fecha a acuerdo alguno con la empresa solicitante en cuanto a la autorización de su red de caminos para el trazado subterráneo de las con- ducciones de gas y manteniendo su oposición al traza- do previsto de las instalaciones. El citado informe fue remitido mediante escrito de fecha 10 de agosto de 2004 de esta Dirección General a la empresa solicitan- te para que preste su conformidad, formule los reparos, realice rectificaciones o bien formule las razones en que fundamenta la imposibilidad de atender tales objecio- nes; habiendo recibido posteriormente comunicación de la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena en el que manifiesta que han suscrito un acuerdo amistoso respecto a la ocupación subterránea de los diversos caminos de servicio de esa Comunidad de Regantes, no existiendo, por lo tanto, impedimento alguno por su parte para la autorización de las obras conforme al proyecto presentado.
Sexto: Mediante escrito presentado en esta Direc- ción General el 24 de febrero de 2004 por parte de D. Javier Sáenz de Jubera Álvarez, en calidad de apodera- do de la empresa Naturcorp Redes, S.A., comunica que dicha empresa se ha subrogado en la totalidad de los derechos y obligaciones de la empresa Gas de Asturias, S.A.U., como consecuencia de haberse otor- gado el 31 de diciembre de 2003 las escrituras públi- cas de fusión por absorción de Naturcorp I, S.A., (absor- bente), Naturcorp Multiservicios, S.A.U., Gas de Asturias, S.A.U., Gas Figueras, S.A.U., Sociedad de Gas de Eus- kadi, S.A. y Donostigás, S.A.U. (todas ellas absorbidas), así como la constitución por la absorbente, que ha pa- sado ha denominarse Naturcorp Multiservicios, S.A., de la sociedad Naturcorp Redes, S.A.U., a la que se han aportado las ramas de actividad de transporte y distri- bución de gas; acompañando copia de las referidas es- crituras y de apoderamiento y del NIF, solicitando que todas las actuaciones y trámites llevados a cabo en este expte, pasen a entenderse a nombre de Naturcorp Redes, S.A.U., con el CIF n.º A-95.292.223 y domicilio social en Plaza Pío Baroja, n.º 3-2.º, C.P. 48.001 de Oviedo. Esta empresa ha acreditado su inscripción con el número de registro 002, en la Sección Primera «Em- presas Distribuidoras» del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados de combustibles gaseosos por canaliza- ción.
Séptimo: Mediante escrito de esta Dirección Ge- neral de fecha 6 de mayo de 2005 se remitió copia del expediente a la Dirección General de Calidad Ambiental
de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, al objeto de evaluar el impacto ambiental del proyecto, emitiendo dicho órgano la Declaración de Impacto Am- biental favorable mediante Resolución de 14 de febrero de 2005.
Octavo: Por el Servicio de Energía .se ha emitido informe técnico y propuesta del resolución favorable a la autorización solicitada en base a que la instalación cumple con los reglamentos de que le son de aplica- ción y la tramitación del expediente.
Fundamentos de derecho
Primero: Esta Dirección General es competente para otorgar la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación de distribución de gas natural en virtud de lo dispuesto en el art. 3.3 de la Ley 34/1998, de 7 de oc- tubre, del Sector de Hidrocarburos y en el art. 20 del De- creto 9/2001, de 26 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Consejería de Tecnologías, In- dustria y Comercio, modificado por el Decreto 9/2002, de 18 de enero.
Segundo: Al presente expediente le es de aplica- ción: la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hi- drocarburos; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de di- ciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; Reglamento de Redes y Acometidas de Com- bustibles Gaseosos e ITC’S, aprobado por las Ordenes Ministeriales de 18/11/1974 y 26/10/1983 y la corrección de errores de 6/07/1984 y 9/03/1994; la Ley de 16 de di- ciembre de 1954 de Expropiación Forzosa; el Decreto de 24 de abril de 1957 que aprueba su reglamento; la Ley 1/1995, de 8 de marzo, de Protección del Medio Am- biente de la Región de Murcia; el R.D.L. 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental; el R.D. 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se desa- rrolla el Reglamento para la ejecución del R.D.L. 1302/ 1986; el Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto por el que se regula el acceso a terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integra- do del sector de gas natural; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las administracio- nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Co- mún, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; nor- mas UNE que sean de aplicación y demás reglamentos técnicos específicos y otras disposiciones concordantes.
Tercero: Al no haberse manifestado de forma ex- presa la empresa solicitante de que se continuara la tramitación del expte. por la normativa vigente en el mo- mento en el que se inició (el 10 de enero de 2002 con la solicitud de autorización administrativa previa), a te- nor de lo dispuesto en la disposición transitoria sexta del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de 4 transporte, distribu- ción, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de gas natural, el cual en- tró en vigor el 1 de enero de 2003, se ha continuado su tramitación de acuerdo a los procedimientos previstos en le citado Real Decreto 1434/2002, el cual, a través de su disposición derogatoria única ha venido a derogar el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, por el que aprue- ba el Reglamento General del Servicio Público de Ga- ses Combustibles.
Cuarto: Considerando que en la tramitación del expte. se han cumplido los preceptos establecidos en el Título IV del R.D. 1434/2002, y habiéndose observado que durante el plazo a que ha sido sometido a información pú- blica el expediente, no consta que se hayan presentado alegaciones al proyecto por parte de los propietarios de los bienes y derechos afectados, ni por otros particulares.
Quinto: Que respecto a las afecciones que las instalaciones de distribución de gas natural dispone con los bienes de las Administraciones, organismos y empresas de servicio público y de interés general, se han obtenido las correspondientes autorizaciones, acuerdos e informes técnicos favorables y que la em- presa solicitante ha aceptado los condicionados técni- cos impuestos.
Sexto: La instalación proyectada dispone de la Declaración de Impacto Ambiental favorable mediante Resolución de 14 de febrero de 2005 de la Dirección General de Calidad Ambiental.
Séptimo: Vistas las disposiciones legales citadas y demás de general aplicación, en uso de las faculta- des que me confiere el apartado 1.b) del artículo 19 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y en base a la propuesta de resolución favorable emitida por el Servicio de Energía:
Resuelvo
Primero: Otorgar a la empresa Naturcorp Redes, S.A.U., la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación de distribución de gas natural denominada «Red de distribución de gas natural en los municipios de San Pedro del Pinatar y San Javier» en los munici- pios de San Pedro del Pinatar y San Javier, con las si- guientes características técnicas:
- Gasoducto alimentador en APA (4 bar ÷ 16 bar): - Origen: En la posición 15-30 del gasoducto de la Red de transporte Cartagena-Orihuela-Alicante..
- Conducciones: Polietileno PE 100 (SDR 11); lon- gitud de 21.138 m, constituidas por: Un tramo alimenta- dor común en ø 315 mm de 4.683 m; un tramo alimen- tador a San Javier en ø 200 mm, de 2.413 m y un tramo alimentador a San Pedro del Pinatar en ø 315 mm y ø 200 mm de 1.477 m y 7.286 m respectivamente, y sus instalaciones auxiliares.
Del tramo alimentador a San Pedro del Pinatar están previstas derivaciones al núcleo urbano de El
Mirador e invernaderos en ø 110 mm de 3.584 m y fu- tura alimentación a El Pilar de la Horadada en ø 200 mm de 1.695 m.
- Estas conducciones alimentan a los ejes de gasificación que terminan en las urbanizaciones.
- El trazado discurre casi en su totalidad por caminos. - Final: Las posiciones (E.R.M.), APA/MPB (4 bar ÷ 16 bar/0,4 bar ÷ 4bar), situadas próximo al tanatorio en San Pedro del Pinatar y del polígono industrial en San Javier, así como en la derivación a El Mirador.
- Red de distribución (Ejes de distribución) en MPB (0,4 bar ÷ 4bar)
- Origen: Las (E.R.M)., APA/MPB (4 bar ÷ 16 bar/0,4 bar ÷ 4bar), situadas próximo al tanatorio en San Pedro del Pinatar y del polígono industrial en San Javier, así como en la derivación a El Mirador.
- Conducciones: Polietileno PE 100 (SDR 17,6); longitud de 8.142 m con diámetros comprendidos entre 200 mm. y 110 mm., de las que derivan las líneas de gas que constituirán la red mallada de distribución, y sus instalaciones auxiliares.
- Trazado: Discurre casi en su totalidad en zonas urbanas de los municipios de San Pedro del Pinatar y San Javier.
Segundo: Reconocer en concreto, la utilidad públi- ca de la instalación de distribución de gas natural que se autoriza, a los efectos señalados en el Título V de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el Capítulo V del Título IV del R.D. 1434/2002, de 27 de di- ciembre, por el que se regulan las actividades de trans- porte, distribución, comercialización, suministro y proce- dimientos de autorización de instalaciones de gas natural, que llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afecta- dos relacionados en los anuncios de información públi- ca que se han reflejado en el antecedente cuarto, e im- plicará la urgente ocupación a los efectos del art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el art. 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa. Igualmente, llevará implícita la autorización para el establecimiento de las instalación gasista, sobre, terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de la Co- munidad Autónoma, o de uso público propios o comuna- les de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
Tercero: Esta resolución estará sometida a las condiciones generales siguientes:
a) Las obras que se autorizan por la presente Re- solución se ejecutarán conforme al proyecto presenta- do en esta Dirección General, sin perjuicio de las pequeñas variaciones que resulten necesarias, previa comunicación a esta Dirección General para su conocimiento y autorización.
b) La empresa deberá realizar la ejecución de con- formidad con las medidas protectoras y correctoras, y el programa de vigilancia contenido en el Estudio de Im- pacto Ambiental presentado, debiendo observarse, además, las prescripciones técnicas incluidas en la Declaración de Impacto Ambiental.
c) La empresa notificará la terminación de la insta- lación a esta Dirección General y solicitará la autoriza- ción de explotación de la misma sin cuyo requisito no se podrá poner en gas dicha instalación y proceder a la explotación comercial.
d) A la solicitud de explotación de la instalación, la em- presa deberá acompañar la siguiente documentación:
- Certificado final de obra, suscrito por técnico fa- cultativo competente y visado por el colegio oficial co- rrespondiente, en el que conste que la instalación se ha realizado de acuerdo con la normativa y especificacio- nes comtempladas en el proyecto de ejecución aporta- do, así como con las prescripciones de la reglamenta- ción técnica y de seguridad aplicable a las instalaciones objeto del proyecto.
- Certificación de un Organismo de Control autori- zado encargado de la supervisión y control de la cons- trucción de las instalaciones, en la que se explicite el