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RESOLUCIÓN N.º 233/CDNNYA/13

Buenos Aires, 4 de abril de 2013

VISTO:

La Ley Nº 114, el Decreto Nº 556/10, el Decreto Nº 752/10, el Expediente Nº 813.616/13, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada norma, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera;

Que por el Expediente Nº 813.616/13 tramita la aprobación de gastos por la adquisición de veintinueve (29) Toners Kyocera, marca TK-132, para distintas áreas de este Consejo, a favor de la firma Bruno Hnos. S.A., por la suma total de PESOS VEINTE MIL QUINIENTOS NOVENTA ($ 20.590,00.-);

Que mediante Nota Nº 00742749/DGLTACDN/13, obrante a fs. 2/3, el Jefe del Departamento de Asistencia Técnica e Informática solicita con carácter de urgencia, la compra de toners, debido a la falta de stock en el depósito, ocasionado por el mal funcionamiento de varias impresoras;

Que resulta necesario arbitrar las medidas a fin de garantizar el normal desenvolvimiento de las tareas diarias propias de las distintas dependencias de este Consejo, en virtud de las funciones asignadas;

Que asimismo, la Dirección Operativa de Gestión Administrativa, a fs. 5, informa que resulta necesario la aprobación del presente gasto en el marco del Decreto Nº 556/10, por ser un servicio esencial, de imperiosa necesidad y teniendo en cuenta la escasez en el mercado;

Que a fs. 29/35, constan las invitaciones cursadas a las empresas Emanuel Alejandro López Torres, Ranko S.A., Bruno Hnos. S.A., El Insumo S.R.L., y a fs. 36, luce la propuesta realizada por la firma Bruno Hnos. S.A.;

Que por el Decreto N° 556/10 se delegó las facultades para la aprobación de gastos de imprescindible necesidad cuando se traten de operaciones impostergables que aseguren servicios instrumentales o finales esenciales, tal como resulta el servicio que se contrata, y que deben llevarse a cabo con una celeridad que impida someterlas a procedimientos previstos por el régimen de compras, según el cuadro de competencias establecida en el Anexo I del Decreto Nº 752/10;

Que dicha firma se encuentra debidamente inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores a la fecha de la aprobación del gasto, según constancia obrante a fs. 37;

Que luce agregada a fs. 7/8, la Solicitud de Gastos Nº 21630/2013, con la correspondiente afectación preventiva del gasto;

Que la Dirección General Legal Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 556/10, su modificatorio el Decreto Nº 752/10, y el Decreto 701/11,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el gasto por la Adquisición de veintinueve (29) Toners Kyocera TK-132, para distintas áreas de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a favor de la empresa Bruno Hnos. S.A., C.U.I.T.: 30-58220225-3, por la suma total de PESOS VEINTE MIL QUINIENTOS NOVENTA ($ 20.590.-).

Artículo 2.- El presente gasto se imputa a la partida presupuestaria del ejercicio 2013. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, y para su conocimiento, notificación a la empresa Bruno Hnos. S.A., y demás efectos, remítase a la Subdirección Operativa de Bienes y Servicios y a la Dirección Operativa de Gestión Administrativa dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa. Cumplido, Archívese. Bendel

RESOLUCIÓN N.º 244/CDNNYA/13

Buenos Aires, 9 de abril de 2013

VISTO:

La Ley Nº 114, el Decreto Nº 556/10, el Decreto Nº 752/10, el Expediente Nº 665736/13, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley 114 se crea el Consejo de Niños, Niñas y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada norma, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera;

Que por el Expediente Nº 665.736/13 tramita la autorización de gasto por el mes de febrero del año 2013, por el servicio de imprenta requerido por distintas áreas de este Consejo, a favor de la firma Power Graphic S.R.L., y por la suma de de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES ($ 833,00.-), por el Servicio de imprenta prestado durante el mes de marzo de 2013, a distintas áreas de este Consejo;

Que resulta necesario arbitrar las medidas a fin de garantizar el normal desenvolvimiento de las tareas diarias propias en virtud de las funciones asignadas a las distintas dependencias de este Consejo;

Que la Dirección Operativa de Gestión Administración, a fs. 4, informa que resulta necesario la aprobación del presente gasto, por ser un servicio esencial y de imperiosa necesidad, de acuerdo a lo previsto por el Decreto Nº 556/10;

Que por el Decreto N° 556/10 se delegó las facultades para la aprobación de gastos de imprescindible necesidad cuando se traten de operaciones impostergables que aseguren servicios instrumentales o finales esenciales y que deben llevarse a cabo con una celeridad que impida someterlas a procedimientos previstos por el régimen de compras, según el cuadro de competencias establecida en el Anexo I del Decreto Nº 752/10;

Que en función del servicio que se contrata, y siendo que el mismo reviste carácter esencial, necesario, continuo, se considera oportuno encuadrar el procedimiento en el Decreto Nº 556/10 y su Decreto modificatorio Nº 752/ 10, el cuál faculta a aprobar los gastos cuando se trate de operaciones impostergables que deban llevarse a cabo con una celeridad tal que impida someterlas a los procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes;

Que dicha firma se encuentra debidamente inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores a la fecha de la aprobación del gasto, según constancia obrante a fs. 5;

Que luce agregada a fs. 9/10, las Solicitudes de Gastos Nº1582/13 y 1583/13, con la correspondiente afectación preventiva del gasto;

Que la Dirección General Legal Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 556/10, su modificatorio el Decreto Nº 752/10, y el Decreto 701/11,

LA PRESIDENTADEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el gasto correspondiente al servicio de imprenta en distintas áreas del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, durante el mes de febrero de 2013, a favor de la empresa Power Graphic S.R.L., C.U.I.T.: 30-68845715-3, por la suma mensual de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES ($ 8330-68845715-3,00.-). Artículo 2.- El presente gasto se imputa a la partida presupuestaria del ejercicio 2013. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, y para su conocimiento, notificación a las empresas Power Graphic S.R.L., y demás efectos, remítase a la Dirección Operativa de Gestión Administrativa dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa. Cumplido, Archívese. Bendel