BLOQUE I: FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA
CAPÍTULO 2. MARCO TEÓRICO DE LA INVESTIGACIÓN
2.1. Las Enseñanzas Artísticas Superiores en el Espacio Europeo de Educación
2.1.5. Los Conservatorios Superiores de Danza en la Comunidad Valenciana
Para que el alumnado con el título de grado profesional pudiera continuar sus estudios, se hizo necesario que en el curso académico 2002/2003 se implantara el Grado Superior de Danza, creando los Centros Superiores de Danza utilizando la fórmula de desdoblamiento del centro existente, como quedaba recogido en el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecían los requisitos mínimos de los centros (Art. 21).
La Comunidad Valenciana, en la actualidad, dispone de dos de los cinco Conservatorios Superiores de danza de la geografía española. Es un privilegio contar con ambos centros, y esto se debe a la gran tradición dancística que existe en esta Comunidad. Inicialmente existía una escuela de danza integrada en el Conservatorio Superior de Música Óscar Esplá de Alicante que se separó de este centro, mediante la Orden de 8 de septiembre de 1986, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia y dio lugar a la Escola de Dansa de Alicante, que posteriormente, con el desarrollo de la LOGSE, se convirtió en Conservatorio Profesional de Danza de Alicante. Más adelante se crea el Conservatorio Superior de Danza de Alicante mediante el Decreto 127/2003, de 11 de julio, dentro del desarrollo normativo de la LOGSE para los Estudios Superiores de Danza.
Actualmente, la oferta educativa de este centro incluye la especialidad de Pedagogía de la Danza, en los siguientes estilos: danza clásica, danza española, danza contemporánea y danza social.
Durante el curso académico 2013/2014 el claustro de profesores/as ha estado formado por 23 profesores/as –1 Catedrática de Música y Artes Escénicas, 5 Profesores/as de Música y Artes Escénicas en comisión de servicios, 9 Catedráticos/as interinos de Música y Artes Escénicas y 8 profesores Especialistas–, dedicados a las diferentes disciplinas e integrados a través de su labor teórica, performativa o creadora en el ámbito profesional de la danza.
La organización y funcionamiento del centro viene establecida en la Resolución de 1 de octubre de 2002 de las Direcciones Generales de Centros docentes, de Personal y de Ordenación e Innovación educativa y Política lingüística.
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El equipo de directivo está formado por el Director, la Jefa de estudios y la Secretaria académica. El centro cuenta con un Consejo Escolar en el que están representados todos los sectores de la comunidad educativa. Tiene un Departamento de Pedagogía, dirigido por el Jefe de Departamento, que es el responsable de la organización de las asignaturas, y que junto al Director y la Jefa de estudios, constituyen la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro.
Respecto a la internacionalización y actividades complementarias, este centro dispone de Carta Erasmus desde el curso académico 2010‐2011.
El Conservatorio Superior de Danza de Valencia fue creado mediante el Decreto 128/2003, de 11 de julio, también dentro del desarrollo normativo de la LOGSE para los mismos estudios superiores de Danza. Anteriormente, el Decreto 241/1993, de 7 de diciembre del Consell de la Generalitat creó el Conservatorio de Dansa de Valencia por desdoblamiento de la Escola Superior d´Art Dramàtic.
En la actualidad, la oferta educativa de este centro incluye las especialidades de Pedagogía de la Danza y Coreografía e Interpretación en los siguientes estilos: danza clásica, danza española y danza contemporánea.
El Claustro de profesores/as está integrado por un total de 25 profesores/as (5 Profesores/as de Música y Artes Escénicas en comisión de servicios y 10 Catedráticos/as interinos de Música y Artes Escénicas y 10 Especialistas), todos ellos especializados en las diferentes disciplinas e integrados a través de su labor teórica, performativa o creadora en el ámbito profesional de la danza.
El equipo directivo consta actualmente de Director, Jefe de estudios y Secretario académico. Además cuenta con un Consejo Escolar en el que están representados todos los sectores de la comunidad educativa. Tiene dos departamentos académicos, uno por cada especialidad: Pedagogía de la Danza y Coreografía e interpretación, dirigidos cada uno por su respectivo Jefe/a de Departamento, que es el responsable de la programación de las asignaturas que tienen asignadas. Los Jefes de departamento, junto al Director y Jefe de estudios, constituyen la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro. En cuanto a la internacionalización, el Conservatorio Superior de Danza de Valencia participa en los programas de movilidad europeos y dispone de Carta Erasmus (CUE)
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desde el curso académico 2009‐2010. Los profesores/as y estudiantes de este centro participan en distintos programas de intercambio con escuelas y universidades extranjeras con las que el Conservatorio Superior de Danza de Valencia tiene firmados convenios y también acogen estudiantes procedentes de otras instituciones europeas que quieran realizar un período de estudios en este conservatorio. Este centro participa en un programa cultural de la Unión Europea.
Han coexistido dos planes de estudio para ambos conservatorios. Por un lado, el establecido según el Real Decreto 1.463/1999, de 17 de septiembre a nivel nacional y el Decreto 128/2002, de 30 de julio del Gobierno Valenciano, en progresiva extinción hasta el curso académico 2014/2015. Por otro lado, el plan de estudios desarrollado por la implantación, desde el curso 2010/2011, del nuevo Título Superior de Danza, se desarrolla el Real Decreto 632/2010, de 14 de mayo a nivel nacional, el Decreto 48/2011, de 6 de mayo, y la Orden 25/2011, de 2 de noviembre, de la Consellería de Educación a nivel autonómico.
Según lo dispuesto en el Decreto 128/2002, de 30 de julio, estas enseñanzas “proporcionarán una formación teórica, práctica y metodológica (…) con el fin de garantizar la cualificación de los futuros profesionales de la Danza en los ámbitos relativos a la interpretación, la investigación y la docencia” (Art.2, p. 20991). Este decreto estructuró el currículo de los Estudios Superiores de Danza en cuatro cursos académicos. Los contenidos del currículo de las enseñanzas del grado superior de Danza se concretan en materias que, a su vez, se organizan en asignaturas que se corresponden a cada una de las especialidades según se describe en el anexo III del mencionado decreto. Estas asignaturas se clasifican en teóricas y prácticas, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional tercera del Real Decreto 1.463/1999, de 17 de septiembre.
Posteriormente, y en el marco de la LOE, en el curso 2010/2011 se implantó, mediante la Resolución de 29 de julio de 2010, del director general de Universidades y Estudios Superiores, el primer curso del nuevo plan de estudios desarrollado en el Real Decreto 632/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las Enseñanzas Artísticas Superiores de Grado en Danza establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Con la publicación del Decreto 48/2011, de 6 de mayo, del Consell, se establece la ordenación de las Enseñanzas Artísticas Superiores y se
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determina el marco normativo para la implantación de los planes de estudios correspondientes a los títulos oficiales de graduado o graduada en las diferentes Enseñanzas Artísticas Superiores, en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
Un cambio muy importante que se produce en el marco de la LOE es la valoración del crédito establecida por la LOGSE, pasando a utilizar el ECTS, que tiene una carga de entre 25 y 30 horas, de las que sólo un porcentaje son presenciales, reconociéndose el trabajo autónomo del alumno.
Los planes de estudio establecen dos especialidades, Pedagogía de la Danza y Coreografía e Interpretación, organizados en cuatro cursos académicos de 60 créditos ECTS cada uno.
En lo referente a las titulaciones que imparten ambos centros, como ya se ha referido anteriormente y, como recoge el Decreto 48/2011, de 6 de mayo del Consell, “la superación de las Enseñanzas Artísticas Superiores de grado dará lugar a la obtención del título de graduado o graduada que tendrá la denominación de Graduado o Graduada en Danza” (Art.4. p. 18094), modificándose posteriormente por la Sentencia de 16 de enero de 2012, nombrada previamente, y pasando a denominarse Título Superior de
Danza.]