Marco de diseño 3.1 Tipo de estudio
3.6 Consideraciones éticas
El desarrollo y ejecución del presente estudio investigativo, se fundamentó en las consideraciones éticas internacionales y nacionales contempladas en la resolución 008430
del 4 de octubre de 1993, por la cual se establecen las normas científicas, técnicas y administrativas para la investigación en salud119. Por tal motivo, se caracteriza por respetar los derechos a la autodeterminación, a la intimidad, al anonimato, a la confidencialidad, al tratamiento justo, a la protección ante la incomodidad y el daño, y todos aquellos que se estipulan en las leyes que regulan la investigación en seres humanos.
De esta manera, con los pacientes, se contó con el consentimiento informado (Anexo A) y por escrito del sujeto de investigación, se respetó el derecho a participar libremente en el estudio y en la aplicación de los instrumentos, en los cuales se mantuvo la privacidad durante la recolección de datos y la divulgación de los resultados obtenidos.
Para efectos de la ejecución del estudio se contó con la aprobación del comité de ética de la institución y la autorización del personal de salud a cargo del paciente.
En relación con los instrumentos utilizados, son instrumentos que se encuentran a disposición de la comunidad de enfermería, los cuales han sido validados y utilizados en otros estudios de la Facultad de Enfermería de la Universidad Nacional de Colombia.
Asimismo, durante la investigación se tuvo en cuenta los principios de:
Beneficencia: Se trata del deber ético de buscar el bien para las personas participantes en una investigación, con el fin de lograr los máximos beneficios y reducir al mínimo los riesgos de los cuales deriven posibles daños o lesiones. Es decir, que los riesgos sean razonables frente a los beneficios previstos, que el diseño tenga validez científica y que los investigadores sean competentes integralmente para realizar el estudio y sean promotores del bienestar de las personas120
119
COLOMBIA, MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL. Resolución 8430 de 1993 “Por la cual se establecen las normas científicas, técnicas y administrativas para la investigación en salud. [en línea] Disponible en: http://www.minproteccionsocial.gov.co/VBeContent/library/Documents/DocNewsNo267711.pdf
120
OSORIO, José. Principios éticos de la investigación en seres humanos y animales. [en línea]. Buenos Aires, Medicina, 2000, 60 (2); p 255-258. [consultado 2 de septiembre de 2011]. Disponible en: http://www.medicinabuenosaires.com/revistas/vol60-00/2/v60_n2_255_258.pdf.
Por esta razón, se contemplaron los posibles riesgos o daños para la salud física, psicológica o espiritual del paciente durante la realización de la entrevista, en este sentido, al advertir alguna descompensación del estado de salud del paciente se suspendió de inmediato la entrevista hasta cuando el participante decidió retomar o finalizar la aplicación del instrumento. Asimismo, previa aplicación de los instrumentos, se realizó la valoración de enfermería respectiva que confirmó la estabilidad hemodinámica del paciente y la disponibilidad física, mental, emocional y anímica del participante.
Al finalizar la entrevista se indicaron los beneficios que tiene el autocuidado en la salud de las personas y se aclararon inquietudes que tuvieron los sujetos de la investigación en relación con el síndrome coronario agudo, de esta manera se fomentó el principio de reciprocidad en la presente investigación.
No maleficencia: El deber ético fundamental de no-causar-daño mediante los procedimientos de investigación, es inseparable del precepto de justicia, en cuanto que ambos deberes cobijan a todos los seres vivos por igual, y aun con independencia de la voluntad de los implicados, tratándose del ser humano121
De forma verbal y escrita a través del consentimiento informado se garantizó a los participantes potenciales de la investigación que la calidad de cuidado no se alteraría por la participación o no en el estudio o por las respuestas que se obtengan en la aplicación de cada instrumento.
La presente investigación no realizó ninguna intervención o modificación intencionada que manipulara de manera biológica, física, social o psicológica a los pacientes participantes del estudio que implicara un riesgo en cada uno de ellos.
Justicia: los beneficios y obligación deben ser adecuadamente distribuidos entre las poblaciones de pacientes. La enfermera debe decidir la justa asignación de recursos para el cuidado de la salud y cuidado de enfermería a pacientes bajo su cuidado. El principio
121
de justicia formal establece que los pacientes deben ser tratados con igualdad y de acuerdo con sus necesidades122
Lo anterior implicó, reconocer durante toda la investigación la subjetividad como parte constitutiva de los participantes y se respetaron las ideologías, identidades, juicios, creencias, raza y cultura de cada uno de ellos.
El investigador principal se dirigió a los participantes con las mismas palabras y términos sin sugerir respuestas y facilitando la interpretación en cada una de las preguntas que se realizaron, con el fin de mantener la igualdad y la consistencia en la aplicación de los instrumentos. Además se brindó información clara, completa y veraz sobre la investigación que se desarrolló asegurando que los individuos habían comprendido.
Autonomía: establece que a los individuos debe permitírseles libertad para determinar sus propias acciones de acuerdo con los planes que hayan elegido. Respetar a las personas como individuos autónomos es reconocer sus elecciones, las cuales se originan de sus valores y creencias personales123
En este sentido, las personas que participaron en la investigación decidieron hacerlo de manera voluntaria accediendo a participar en el estudio y la decisión de retirarse del estudio en cualquier momento que lo deseen sin ningún perjuicio o diferencia en la atención que se brinda en la institución.
La intimidad y confidencialidad de los participantes y de la información que se obtuvo durante la investigación se garantizó de las siguientes maneras y fue un compromiso expreso de manera verbal: no se divulgaron ni se divulgarán los nombres de los participantes sin la autorización previa de los mismos, la información obtenida sólo fue utilizada por el investigador con fines académicos y no personales y fue protegida de
122
FRY, Sara. Ética en la práctica de enfermería. Una guía para la toma de decisiones éticas. 3 ed. México, Ed. Manual Moderno. 2008. p. 24.
123
forma segura una vez finalizó la investigación, se utilizaron códigos para la identificación de los participantes para no comprometer su nombre.
Se mantuvo el principio de la veracidad en el estudio, ya que los datos y la información obtenida en los instrumentos corresponden a las respuestas descritas por los participantes, por lo tanto no se manipuló, alteró o complementó la información que no fue la respectivamente expresada por los sujetos de investigación.
Asimismo, durante la investigación prevaleció el criterio del respeto a la dignidad y la protección de los derechos y bienestar de los seres humanos que participaron en el estudio, tal como se proclama en la Resolución 8430 de 1993 en su artícu lo No 5. De igual manera, la investigación fue realizada por profesionales con conocimiento y experiencia en el cuidado de la integridad del ser humano y supervisada por las autoridades, comités y grupos de investigación correspondientes.
El presente estudio se considera una investigación sin riesgo, de acuerdo a lo definido en el artículo No 11 de la Resolución 8430, en el cual se define este tipo de investigación como: estudio que emplea técnicas y métodos de investigación documental retrospectivos y aquellos en los que no se realiza ninguna intervención o modificación intencionada de las variables biológicas, fisiológicas, psicológicas o sociales de los individuos que participan en el estudio, entre los que se consideran: revisión de historias clínicas, entrevistas, cuestionarios y otros en los que no se le identifique ni se traten aspectos sensitivos de su conducta124.
El estudio se llevó a cabo cuando se obtuvo la autorización de la institución investigadora, en este caso la Universidad Nacional de Colombia; autorización de la institución donde se realizó la investigación, Hospital Universitario Clínica San Rafael; la aprobación del proyecto por parte del Comité de Ética en Investigación de la Institución y el Consentimiento Informado de los participantes. Lo anterior con la finalidad de cumplir con los criterios expuestos en el artículo 6 de la resolución mencionada.
124