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ESTÉTICA Y BELLEZA”

“SECRETOS ESTÉTICA Y BELLEZA”

7. Políticas Financieras

6.6 Constitución de la Empresa

Una vez determinado que tipo de empresa será el centro estético de belleza a domicilio, para poder funcionar se debe cumplir con los siguientes pasos:

6.6.3 Aprobación del Nombre

La Superintendencia de Compañías aprobará el nombre de la empresa, previa presentación de varias alternativas que permitan escoger cual es la mejor alternativa.

Para ello se presentará:

 Solicitud para la aprobación del nombre

 Copia de la cedula de una persona que se responsabilice del trámite.

6.6.4 Apertura de Cuenta de una Institución Financiera

Para poder iniciar con los trámites de constitución dentro de la ley de compañías indica que se debe apertura una cuenta en cualquier Institución. En donde se depositarán los valores correspondientes al capital inicial.

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6.6.5 Obtención del Registro Único de Contribuyentes persona natural(RUC)

Son todas las personas, nacionales o extranjeras, que realizan actividades económicas lícitas.

Las personas naturales que realizan alguna actividad económica están obligadas a inscribirse en el RUC; emitir y entregar comprobantes de venta autorizados por el SRI por todas sus transacciones y presentar declaraciones de impuestos de acuerdo a su actividad económica.

Las personas naturales se clasifican en obligadas a llevar contabilidad y no obligadas a llevar contabilidad. Se encuentran obligadas a llevar contabilidad todas las personas nacionales y extranjeras que realizan actividades económicas y que cumplen con las siguientes condiciones: tener ingresos mayores a $ 100.000, o que inician con un capital propio mayor a $60.000, o sus costos y gastos han sido mayores a $80.000. En estos casos, están obligadas a llevar contabilidad, bajo la responsabilidad y con la firma de un contador público legalmente autorizado e inscrito en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), por el sistema de partida doble, en idioma castellano y en dólares de los Estados Unidos.

Las personas que no cumplan con lo anterior, así como los profesionales, comisionistas, artesanos, y demás trabajadores autónomos (sin título profesional y no empresarios), no están obligados a llevar contabilidad, sin embargo deberán llevar un registro de sus ingresos y egresos.

Cuadro Nº 90: Identificación del contribuyente

FUENTE: SRI

ELABRADO POR: La Autora AÑO: 2013 REQUISITOS ECUATORIANOS EXTRANJEROS REISDENTES EXTRANJEROS NO RESIDENTES Presentarán el original y entregan una copía de la cédula de identidad o de ciudadanía SI SI

Presentarán el original y entregarán una copia del pasaporte, con hojas de identificación y

tipo de visa vigente SI

Presentarán el original del certificado de votación del último proceso electoral dentro de los límites establecidos en el Reglamento a la ley de Elecciones SI

ID E N TI F IC A C N D E L C O N TR IB U Y E N TE

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Cuadro Nº 91: Identificación del contribuyente

FUENTE: SRI

ELABRADO POR: La Autora AÑO: 2013

Identificación representante legal:

Ecuatorianos: Original y copia a color de la cédula vigente y original del certificado de votación. Se aceptan los certificados emitidos en el exterior. En caso de ausencia del país se presentará el Certificado de no presentación emitido por la Consejo Nacional Electoral o Provincial

6.6.6 Ubicación de la matriz y establecimientos, se presentará cualquiera de los siguientes

 Original y copia de la planilla de servicios básicos (agua, luz o teléfono). Debe constar a nombre de la sociedad, representante legal o accionistas y corresponder a uno de los últimos tres meses anteriores a la fecha de inscripción. En caso de que las planillas sean emitidas de manera acumulada y la última emitida no se encuentra vigente a la fecha, se adjuntará también un comprobante de pago de los últimos tres meses.

 Original y copia del estado de cuenta bancario o de tarjeta de crédito o de telefonía celular. Debe constar a nombre de la sociedad, representante legal, accionista o socio y corresponder a uno de los últimos tres meses anteriores a la fecha de inscripción.

Para la verificacíon del lugar donde realiza su actividad económica, el contribuyente debera presentar el original y entregar una copia de cualquiera de los siguientes documentos:

Planilla de servicio eléctrico, o consumo telefónico, o consumo de agua potable de uno de los últimos tres meses anteriores a la fecha de registro; o,

Pago del servicio tv por cable, telefonía celular o estados de cuenta de uno de los tres meses anteriores a la fecha de inscripción a nombre del contribuyente; o

Comprobante del impuesto predial, puede corresponder al del año en que realiza la inscrpcion, o del inmediatamente anterior; o,

Copia del contrato de arrendamiento legalizado o con el sello del Juzgado de inquilinato vigente a la fecha de inscrpción. V E R IFI C A C N D O M IC IL IO Y D E L O S E S T A B L E C IM IE N T O S

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 Original y copia de la factura del servicio de televisión pagada o de Internet. Debe constar a nombre de la sociedad, representante legal, accionista o socio y corresponder a uno de los últimos tres meses anteriores a la fecha de inscripción.

Cualquier documento emitido por una institución pública que detalle la dirección exacta del contribuyente.

Original y copia de la Escritura de Propiedad o de Compra venta del inmueble, debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad; o certificado emitido por el registrador de la propiedad el mismo que tendrá vigencia de 3 meses desde la fecha de emisión.

6.6.7 Obtención del Permiso Sanitario

Por ser un centro que influye en la salud de sus clientes se debe obtener el permiso respectivo en el Ministerio de Salud del Ecuador presentando los siguientes requisitos.

 Formulario de solicitud (sin costo) llenado y suscrito por el propietario.

 Copia del registro único de contribuyentes (RUC).

 Copia de la cedula de ciudadanía o de identidad del propietario o del representante legal del establecimiento.

 Documentos que acrediten la personería Jurídica cuando corresponda.

Copia del título del profesional de la salud responsable técnico del establecimiento, debidamente registrado en el Ministerio de Salud Pública.

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6.6.8 Permiso de Funcionamiento del Cuerpo de Bomberos

Adicional los permisos anteriores se den tomar en cuenta el permiso emito por el Cuerpo de Bomberos de la ciudad. Se debe cumplir con los siguientes requisitos:

 Presentar solicitud del permiso del Municipio.

 Copia de factura de compra de extintores o de recarga a nombre del propietario.

 Inspección por este departamento de las instalaciones y de seguridades contra incendios.

 El propietario debe cumplir las condiciones dadas por el inspector para poder emitir el permiso de funcionamiento.

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