En los autos del expediente número 201/1997 relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por Banco Serfín, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Serfín, actualmente Banco Santander, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander por conducto de su apoderado Santos Gabriel Canto López, continuado por Eduardo José Cervera Gamboa, posteriormente continuado por Eduardo José Navarrete Herrera y actualmente continuado por Rafael Domingo Briceño Pinzón con el mismo carácter que el primero nombrado, en contra de Construcciones Ahesa, Sociedad Anónima de Capital Variable y de los señores Carlos Armando Herrera Sevilla y Landy Soledad Castillo Polanco de Herrera, comparece actualmente RAFAEL DOMINGO BRICEÑO PINZON como apoderado de BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE quien es cesionaria de todos los derechos adquiridos en remate y de juicio que en este asunto correspondían a BANCO SANTANDER (MEXICO), SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER, antes BANCO SANTANDER, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN, antes BANCA SERFIN, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN, he dictado un proveído que es del tenor literal siguiente:--- “Mérida, Yucatán, a veintiocho de marzo del año dos mil catorce. -Vistos: en mérito de la copia fotostática de la escritura pública de poder exhibida, debidamente certificada por Notario Público del Estado, reconócese al Licenciado RAFAEL DOMINGO BRICEÑO PINZON su carácter de apoderado de BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, con todas sus legales consecuencias y con tal personalidad se le tiene por presentado con su memorial de cuenta y contrato de Cesión de derechos adquiridos en remate y de juicio que acompaña, y en mérito de dicho instrumento, reconócese a la nombrada institución bancaria denominada BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, su carácter de cesionaria de todos los derechos adquiridos en remate y de juicio que en este asunto correspondían a BANCO SANTANDER (MEXICO), SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER, antes BANCO SANTANDER, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN, antes BANCA SERFIN, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN; con todas sus legales consecuencias; en tal virtud, declárese que la mencionada cesionaria ha quedado colocada en el mismo lugar grado y prelación que correspondían a la cedente respecto de los derechos cedidos. Asimismo, se tiene al referido BRICEÑO PINZON, señalando como su domicilio para oír y recibir notificaciones en este juicio el predio marcado con el número cuatrocientos nueve letra B de la calle setenta y dos por cuarenta y uno y cuarenta y tres del Centro de esta ciudad. Por otra parte, respecto a la autorización que hace a favor de los Licenciados que nombra en su libelo para que en su nombre y representación oigan y reciban notificaciones, por cuanto no se les ha reconocido personalidad alguna en este asunto, declárese que no ha lugar a accederse ni se accede a dicha autorización de conformidad con el artículo 32 del Código de
Procedimientos Civiles del Estado no reformado, aplicado supletoriamente; únicamente se tienen por autorizados a los profesionistas antes citados para tener acceso al presente expediente e imponerse de los autos de este juicio que se encuentren debidamente notificados; de igual manera se les autoriza para recibir toda clase de documentos que en su caso solicite el promovente, previa copia certificada y recibo que de los mismos dejen en este expediente. Asimismo, por cuanto de autos consta y aparece que la parte demandada es de domicilio ignorado hágasele la notificación de este proveído por medio de tres publicaciones consecutivas en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 1070 del Código de Comercio no reformado. Notifíquese y cúmplase. Lo proveyó y firma la Juez Segundo Civil del Primer Departamento Judicial del Estado, Licenciada en Derecho Sara Luisa Castro Almeida, ante la fe de la Secretaria de Acuerdos que autoriza, Licenciada en Derecho Janett Alejandrina Vadillo Capistrán. Lo certifico. ---SARA LUISA C.A.----UNA FIRMA ILEGIBLE---RUBRICAS”-
Por cuanto se asegura que Usted es de domicilio ignorado le hago la notificación, traslado y emplazamiento ordenado en el auto que antecede por medio por medio de tres publicaciones consecutivas en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 1070 del Código de Comercio no reformado.
Mérida, Yucatán a veintiuno de abril del año dos mil catorce.
EL ACTUARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO
LICENCIADA EN DERECHO VIRGINIA AMADA CAAMAL PENICHE Publíquese los días 23, 26 y 27 de mayo de 2014.
CENTRAL DE ACTUARIA DE LOS JUZGADOS CIVILES, MERCANTILES Y FAMILIARES
DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO.
C. LANDY SOLEDAD CASTILLO POLANCO DE HERRERA.
DOMICILIO IGNORADO
En los autos del expediente número 201/1997 relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por Banco Serfín, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Serfín, actualmente Banco Santander, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander por conducto de su apoderado Santos Gabriel Canto López, continuado por Eduardo José Cervera Gamboa, posteriormente continuado por Eduardo José Navarrete Herrera y actualmente continuado por Rafael Domingo Briceño Pinzón con el mismo carácter que el primero nombrado, en contra de Construcciones Ahesa, Sociedad Anónima de Capital Variable y de los señores Carlos Armando Herrera Sevilla y Landy Soledad Castillo Polanco de Herrera, comparece actualmente RAFAEL DOMINGO BRICEÑO PINZON como apoderado de BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE quien es cesionaria de todos los derechos adquiridos en remate y de juicio que en este asunto correspondían a BANCO SANTANDER (MEXICO), SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER, antes BANCO SANTANDER, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN, antes BANCA SERFIN, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN, he dictado un proveído que es del tenor literal siguiente:---
“Mérida, Yucatán, a veintiocho de marzo del año dos mil catorce. -Vistos: en mérito de la copia fotostática de la escritura pública de poder exhibida, debidamente certificada por Notario Público del Estado, reconócese al Licenciado RAFAEL DOMINGO BRICEÑO PINZON su carácter de apoderado de BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, con todas sus legales consecuencias y con tal personalidad se le tiene por presentado con su memorial de cuenta y contrato de Cesión de derechos adquiridos en remate y de juicio que acompaña, y en mérito de dicho instrumento, reconócese a la nombrada institución bancaria denominada BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, su carácter de cesionaria de todos los derechos adquiridos en remate y de juicio que en este asunto correspondían a BANCO SANTANDER (MEXICO), SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER, antes BANCO SANTANDER, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN, antes BANCA SERFIN, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN; con todas sus legales consecuencias; en tal virtud, declárese que la mencionada cesionaria ha quedado colocada en el mismo lugar grado y prelación que correspondían a la cedente respecto de los derechos cedidos. Asimismo, se tiene al referido BRICEÑO PINZON, señalando como su domicilio para oír y recibir notificaciones en este juicio el predio marcado con el número cuatrocientos nueve letra B de la calle setenta y dos por cuarenta y uno y cuarenta y tres del Centro de esta ciudad. Por otra parte, respecto a la autorización que hace a favor de los Licenciados que nombra en su libelo para que en su nombre y representación oigan y reciban notificaciones, por cuanto no se les ha reconocido personalidad alguna en este asunto, declárese que no ha lugar a accederse ni se accede a dicha autorización de conformidad con el artículo 32 del Código de Procedimientos Civiles del Estado no reformado, aplicado supletoriamente; únicamente se tienen por autorizados a los profesionistas antes citados para tener acceso al presente expediente e imponerse de los autos de este juicio que se encuentren debidamente notificados; de igual manera se les autoriza para recibir toda clase de documentos que en su caso solicite el promovente, previa copia certificada y recibo que de los mismos dejen en este expediente. Asimismo, por cuanto de autos consta y aparece que la parte demandada es de domicilio ignorado hágasele la notificación de este proveído por medio de tres publicaciones consecutivas en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 1070 del Código de Comercio no reformado. Notifíquese y cúmplase. Lo proveyó y firma la Juez Segundo Civil del Primer Departamento Judicial del Estado, Licenciada en Derecho Sara Luisa Castro Almeida, ante la fe de la Secretaria de Acuerdos que autoriza, Licenciada en Derecho Janett Alejandrina Vadillo Capistrán. Lo certifico. ---SARA LUISA C.A.----UNA FIRMA ILEGIBLE---RUBRICAS”-
Por cuanto se asegura que Usted es de domicilio ignorado le hago la notificación, traslado y emplazamiento ordenado en el auto que antecede por medio por medio de tres publicaciones consecutivas en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 1070 del Código de Comercio no reformado.
Mérida, Yucatán a veintiuno de abril del año dos mil catorce.
EL ACTUARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO
LICENCIADA EN DERECHO VIRGINIA AMADA CAAMAL PENICHE Publíquese los días 23, 26 y 27 de mayo de 2014.