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III. CONSIDERACIONES SOBRE LOS SISTEMAS DE CONTROL

III.3 Contratación

Expedientes de contratación (ver Anexos B.16.1 y B.16.2)

Se han analizado 27 expedientes de contratación adjudicados en 2013 por importe de 50,3 millones de euros y 38 expedientes adjudicados en años anteriores cuya ejecución en el año 2013 ha sido de 72,7 millones de euros, destacando los siguientes aspectos:

- En los expedientes de contratación tramitados por la DFB y el IFAS, el sistema informático que soporta el perfil del contratante no cuenta con un dispositivo que permita acreditar fehacientemente el momento de inicio de la difusión pública de la información que se incluye en el mismo.

- Los PCAP de dos expedientes, adjudicados por un importe total de 2,3 millones de euros, incluyen como criterio de adjudicación “mejoras y sobreprestaciones”, sin concretar sobre qué elementos y en qué condiciones se valorarán éstas.

- En dos expedientes adjudicados por importe de 1,8 millones de euros no consta la aprobación del programa de trabajo. Por otra parte, en otros seis expedientes adjudicados por un importe total de 20,6 millones de euros, el programa de trabajo se aprueba con retraso (entre 1 y 4,5 meses).

- En cinco expedientes adjudicados por 12,6 millones de euros el Plan de Seguridad y Salud se aprueba con posterioridad al acta de comprobación del replanteo, que marca el inicio de la ejecución de las obras. Este retraso no supera el plazo de un mes.

- En cinco expedientes adjudicados en ejercicios anteriores por un importe total de 15,7 millones de euros (la ejecución en el ejercicio 2013 es de 4,5 millones de euros), las certificaciones finales se aprueban con un retraso de entre 2,5 y 5,5 meses, respecto a los 3 meses previstos en el TRLCSP desde el acta de recepción, sin que esta deficiencia procedimental afecte a la validez del acto.

- En los expedientes de servicios medioambientales y de redacción del estudio de alternativas conexión corredores del sistema Ballonti con sistema Avanzada BI-637, adjudicados por importes de 660.660 y 458.868 euros respectivamente, si la baja era superior al 20% en el primer expediente y 25% en el segundo, se entraba en baja temeraria. Así, todos los licitadores han ofertado un importe cercano a la baja máxima, con lo que han tenido una puntuación similar y la oferta económica no ha resultado discriminatoria.

- En el expediente de control de actividades en las playas de Bizkaia 2013-2015, adjudicado por 1,6 millones de euros, los PCAP establecen que se otorgaran 5,1 puntos por cada 1% de baja, lo que ha provocado que todos los licitadores oferten la baja máxima (10%) de manera que la oferta económica no ha resultado discriminatoria.

Gasto sin expediente de contratación administrativa

De la revisión del gasto contratado sin expediente de contratación administrativa, destacamos los siguientes aspectos:

- A lo largo del ejercicio 2013 se han realizado una serie de adquisiciones de bienes y servicios, correspondientes a dieciocho actuaciones, contratada cada una de ellas con un proveedor, por un importe total de 641.000 euros tramitadas mediante el procedimiento de contrato menor, que bien debían haberse tramitado mediante procedimiento negociado sin publicidad con petición de ofertas, o bien debería analizarse si se puede realizar una licitación a precios unitarios, debido a que son gastos que se contratan habitualmente y cuya necesidad anual se puede estimar (ver Anexo B.16.3).

- Servicios prestados por procuradores, con un gasto anual de 172.951 euros, contratados directamente con dos profesionales. Estos gastos son estructurales y por su volumen sería recomendable que se apliquen los principios de publicidad y concurrencia. A este respecto, hay que señalar que en el Consejo de Gobierno del 3 de julio de 2012 se acuerda otorgar poderes notariales a un total de 13 procuradores para los juzgados de Bizkaia y a 6 para los de Madrid.

- Servicios jurídicos contratados directamente con cuatro terceros por un importe total de 380.935 euros sin que quede justificado el análisis de otras alternativas de terceros que pudieran prestar dichos servicios (ver Anexo B.16.3).

Convenios de colaboración (ver Anexo B.16.4)

La DFB ha suscrito tres convenios de colaboración con una fundación privada destinados a labores de restauración y prestación de servicios, por un importe total de 203.000 euros, sin que haya justificado que el objeto del convenio no esté entre los comprendidos en la legislación reguladora de los contratos de las Administraciones Públicas, tal y como se exige en la Disposición Adicional Quinta de la NF 5/2006, por lo que se incumple el principio de concurrencia. Por otra parte, uno de ellos es ampliación de un convenio suscrito en 2011 con un incremento del importe del 38,4%.

Federaciones deportivas de Bizkaia: Deporte escolar

La DFB ha registrado como gasto de compra de bienes corrientes y servicios las aportaciones a las federaciones deportivas de Bizkaia para deporte escolar, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 14/98, de 11 de junio, del Deporte de País Vasco, por el que corresponde a los órganos forales de los territorios históricos el desarrollo y la ejecución de la normativa de la Comunidad Autónoma en materia de deporte escolar. Asimismo, el artículo 55 de la citada Ley expresa que los programas sobre deporte escolar serán aprobados anualmente por los órganos forales de los territorios históricos y en el artículo 56.2 señala que las federaciones deportivas serán las entidades encargadas de la asistencia técnica y colaboración en la organización y ejecución de tales programas.

En aplicación de lo establecido en la citada normativa, la DFB suscribe treinta y siete convenios con federaciones deportivas vizcaínas, por un importe total de 1,1 millones de euros, para desarrollar el Programa de Deporte Escolar 2013-2014. En dichos convenios se expresan las obligaciones de las dos partes, se realizan de manera directa sin que se haya realizado una convocatoria en la que se indiquen los criterios a utilizar para asignar los fondos públicos.

III.4 SUBVENCIONES (ver Anexo B.17)