2. FORMAS DE GESTIÓN SU EFICACIA
2.1. Gestión tributaria
2.1.4. El Control de las Oficinas Liquidadoras
1. Por Orden de 30 de diciembre de 2010, se encomienda a las OOLL
determinadas funciones relativas a la aplicación, revisión del ejercicio de la potestad sancionadora en el ISD y en el ITPAJD.
La importancia de la gestión realizada por las OOLL puede apreciarse si se tiene en cuenta que el 60,9% de los expedientes del ISD se presentan en las mismas (61,4% en 2010), así como el 41,5% de las relativas a ITPAJD (40,7% en 2010). A su vez los ingresos recaudados por las mismas suponen el 40,2 % de la recaudación por ISD, el 43,3% del ITP y el 42,8% de AJD (29,5%; 36,3% y 38,7% respectivamente en 2010).
El control que la Xunta de Galicia, a través de su DGT, ejerce sobre la gestión tributaria de las OOLL se realiza de acuerdo con el nuevo Convenio de 30 de diciembre de 2010, que sustituyó al anterior de 30 de enero de 2007, en vigor hasta 31/12/2012. Dicho Convenio afecta a las siguientes materias: la fijación de las cuantías a percibir por los titulares de las Oficinas en compensación por su gestión, a las funciones de gestión, liquidación, recaudación y revisión que deben hacer de los tributos cedidos, ITPAJD e IS, a las relaciones con los SSTT, sistemas informáticos, evaluación de los niveles de actividad y funciones de la Comisión de Coordinación. Las novedades respecto al Convenio anterior radican en: recorte de la cuantía de la compensación y de la forma de cómputo y vinculación de la retribución al cumplimiento de objetivos con primas y/o penalizaciones en su caso.
Las OOLL están integradas en la informática corporativa de la CAG, siendo, las aplicaciones de gestión idénticas para OOGG y OOLL. Los programas informáticos utilizados son el XEITO2 y el SIETE, este último como herramienta de control de los expedientes en las distintas fases de los procedimientos.
Las OOLL no realizan, entre otras, las actuaciones siguientes: determinadas valoraciones, TPC, recursos valoración/inspección, inspección, aplazamientos y fraccionamientos.
Se practican controles específicos por parte de los SSTT a través de Secciones gestoras que en el caso de A Coruña es un Servicio. Se practican filtros específicos para controlar aplazamientos, TPC y suspensiones. Las OOLL deben pasar necesariamente a las OOGG, para su valoración por éstas últimas, los expedientes que superen una determinada cuantía fijada en consonancia con la dimensión de la OOLL así como todos los solares y servidumbres. Además el programa SIETE permite a los SSTT hacer un control permanente de la tramitación de los expedientes, así se comprueba los que están inactivos más de 3 meses y aquéllos cercanos a la prescripción solicitando explicación de las causas.
La Instrucción 1/2011, de 12 de abril, de la DGT establece las directrices a seguir en la comprobación de valores en las OOLL que continúan vigentes para los bienes inmuebles que no reúnen los requisitos de aplicación de las PMM.
Las OOLL en Galicia no envían información ya que trabajan con XEITO2 en tiempo real, igual que un ST. Están sometidas a los mismos controles que las jefaturas territoriales y las valoraciones las realizan contra el sistema. A través de los jefes territoriales, las secciones de OOLL y los servicios de inspección y valoraciones se comprueban permanentemente sus actuaciones.
El convenio de OOLL establece la fijación de objetivos y primas de gestión por su cumplimiento.
Anualmente se fijan objetivos a OOLL en cuanto a número de expedientes despachados de cada tributo y la mora. El seguimiento de los mismos se lleva, al igual que para las OOGG, a través de la aplicación SIETE
Existe una Comisión Superior de Coordinación de OOLL (CSC) presidida por el Director General de Tributos e integrada por 5 representantes de la Consejería de Hacienda y otros 5 representantes de los titulares de las OOLL, actuando como Secretario el Jefe del Servicio de Gestión Tributaria de la DGT. Según el Convenio ha de reunirse como mínimo una vez al semestre.
En 2011 se ha reunido dos veces: la primera celebrada el 01/03/2011 a efectos de analizar cumplimiento de objetivos de gestión de 2010, la fijación de objetivos de 2011 y la Orden de 30/12/2010 de presentación telemática de autoliquidaciones de ITPAJD y la segunda celebrada el 27/07/2011 para analizar el seguimiento del cumplimiento de los objetivos de gestión 2011 y la aprobación de la Orden de PMM. En 2012, en desarrollo de lo previsto en la disposición 18ª del Convenio, a la CSC le corresponde realizar entre otras funciones, la determinación de las OOLL objeto de prima de gestión y la penalización por incumplimiento.
En el ámbito territorial correspondiente existe una Comisión Provincial de Coordinación de OOLL (CPC) presidida por el Jefe Territorial e integrada por los Jefes de Servicios Territoriales.
En 2011 se ha reunido la CPC de Pontevedra una vez, el 14/11/2011, al objeto de analizar la evolución del cumplimiento de los objetivos fijados por la DGT, las medidas fiscales en la Ley de Presupuestos para 2012, el procedimiento sancionador y las propuestas de los distintos servicios en cuanto a la gestión de las OOLL.
En A Coruña no se ha celebrado reunión alguna de la CPC, no obstante el ST ha elaborado unos cuadros de seguimiento de actuaciones, para OOLL, que reflejan detalladamente las actuaciones realizadas por las mismas en el ejercicio 2011. Se dispone de una aplicación ofimática para el seguimiento del traslado de expedientes a las OOLL.
2. De acuerdo con el Convenio, de 30 de diciembre de 2010, celebrado entre la
Consejería de Hacienda y las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario (OLDH), que en la cláusula décimo sexta recoge la función del jefe territorial respecto a las Oficinas Liquidadoras en el ámbito tributario, y la Orden de 30 de diciembre de 2010, que en su artículo 3.2. establece que los titulares de las OOLL ejercerán su función bajo la dependencia orgánica y funcional del jefe territorial de la Consejería competente en materia de Hacienda, se realizaron distintas visitas a las OOLL de Pontevedra en las que se revisaron los siguientes procedimientos:
− Revisión de recursos de reposición pendientes (se fueron comprobando los expedientes físicamente por los listados que se remitieron, y se insta a su pronta resolución dada la antigüedad en muchos casos).
− Revisión de expedientes con trámite de audiencia notificado y sin notificación de liquidación (al igual que en el caso anterior, se estudió el motivo del atraso y se instará la continuación del procedimiento).
− Revisión de expedientes por fecha de prescripción (se revisaron los que tenían un año o menos la fecha de prescripción).
En Pontevedra se practicaron seis visitas a 5 OOLL (dos de ellas a Tuy) y no se visitaron 4 (Cambados, La Estrada, Puenteareas, Puente Caldelas). No se han elaborado las correspondientes actas de las visitas.
A lo largo del ejercicio 2011 se les solicitó de forma periódica el envío de las relaciones siguientes: revisión de los expedientes en fase de alegaciones como control para evitar la caducidad de los procedimientos, expedientes por fechas de prescripción, expedientes valorados pendientes de captura por la oficina, liquidaciones suspendidas por interposición de recurso, autoliquidaciones por importes en bases imponibles.
En el ST de A Coruña se practicaron en 2011 visitas a las 12 OOLL de su demarcación y se formularon las actas correspondientes.
Previamente a las visitas se les remitieron los listados de los expedientes en las situaciones referidas anteriormente.
Constan en las actas propuestas de mejoras a realizar, entre ellas, las relativas a: incremento de personal (Betanzos, Corcubión, Ordés, Ortigueira, Santiago), gestión procedimental (Betanzos, Carballo, Ordés, Santiago), utilización de la aplicación informática SIETE2 (Negreira, Ordés, Santiago).
En el ST de A Coruña se han examinado durante la Visita cuadros informativos que permiten seguir con detalle la gestión de los expedientes en las distintas fases y su comparación con la gestión realizada en años anteriores.
No obstante en la reunión de la Comisión Provincial de Coordinación se realizaron diversas recomendaciones sobre recaudación, inspección y subvenciones. Anualmente la Jefe del Servicio Territorial remite a SSCC un informe resumen de actuaciones de cada OL.