La calificación del proceso de aprendizaje de los alumnos se concreta en los siguientes bloques de contenido :
TRABAJO DE AULA 10%
PROYECTO/TRABAJO 10%
LECTURA 10%
PRUEBAS ORALES O ESCRITAS (incluyen los bloques de conocimiento de la lengua y educación literaria)
70%
Observaciones
1. Las pruebas orales y escritas evalúan los estándares de aprendizaje correspondientes a los bloques de conocimiento de la lengua y educación literaria. Dada la importancia que les hemos concedido, el alumno deberá obtener en cada uno de estos contenidos una calificación mínima del 35% para la realización de la media, pudiendo suspender en el caso de no alcanzarlo. Por ejemplo: un alumno que obtuviera las calificaciones de 8 en educación literaria y 2 en conocimiento de la lengua suspendería, a pesar de que la media resultante sea un 5, porque no alcanza el mínimo de estándares en conocimiento de la lengua.
70 2. Del mismo modo, si un alumno entrega una prueba escrita en blanco o bien no entrega el proyecto pertinente - sin aportar las debidas justificaciones-, no se le realizará la media de todos los bloques de conocimiento, puesto que esta actuación implica abandono de la asignatura y consideramos que el alumno deberá mostrar un mínimo de interés por ella. 3. Los bloques de comunicación oral y escrita serán evaluados tanto por medio de un proyecto como por los trabajos que el profesor estime oportunos: redacciones y participación en el aula sobre los contenidos de la asignatura.
4. Los alumnos que sean sorprendidos copiando durante la realización de una prueba escrita suspenderán automáticamente ese ejercicio con la calificación de 0. Tendrán derecho a realizar las demás pruebas de la evaluación y todas las actividades de la materia. Lo mismo sucederá con el alumno que copie un trabajo.
5. La competencia lingüística de los alumnos no es sólo un objetivo de la materia de Lengua castellana y Literatura. Todos los profesores del centro están obligados a contribuir a la mejora de la expresión oral y escrita de sus alumnos, puesto que las dos competencias fundamentales de esta etapa son la lingüística y la matemática junto con la de ciencia y tecnología.
6. Este Departamento ha decidido detraer 0,5 puntos por cada 10 faltas de ortografía y 0,25 por cada 10 faltas de acentuación presentes en un trabajo o prueba con el fin de potenciar la autocorrección ortográfica. Si bien, se tendrá siempre presente la evolución del alumno a lo largo del curso académico.
7. No se realizarán recuperaciones de las diferentes evaluaciones. El Departamento de Lengua castellana y Literatura entiende que esta materia será evaluada por consecución de estándares desde el comienzo de curso, aunque si hay estándares de aprendizaje fundamentales para la consecución de los objetivos de la asignatura que no han sido adquiridos, estos deberán ser recuperados por el alumno por medio de las pruebas que el profesor establezca adecuadas para cada alumno.
8. INDICADORES DE LOGRO PARA EVALUAR EL PROCESO DE ENSEÑANZA Y LA PRÁCTICA DOCENTE.
Se tendrán en cuenta los siguientes apartados:
Coordinación del equipo docente durante el trimestre.
Número de reuniones de coordinación mantenidas e índice de asistencia a las mismas Número de sesiones de evaluación celebradas e índice de asistencia a las mismas
71 Número de clases durante el trimestre
Estándares de aprendizaje evaluables durante el trimestre Estándares programados que no se han trabajado
Propuesta docente respecto a los estándares de aprendizaje no trabajados: a) Se trabajarán en el siguiente trimestre; b) Se trabajarán mediante trabajo para casa durante el periodo estival; c) Se trabajarán durante el curso siguiente; d) No se trabajarán; e) Otros (especificar) Organización y metodología didáctica: ESPACIOS
Organización y metodología didáctica: TIEMPOS
Organización y metodología didáctica: RECURSOS Y MATERIALES DIDÁCTICOS Organización y metodología didáctica: AGRUPAMIENTOS
Organización y metodología didáctica: OTROS (especificar) Idoneidad de los instrumentos de evaluación empleados Otros aspectos a destacar
Consecución de estándares de aprendizaje durante el trimestre.
Resultados de los alumnos en todas las áreas del curso. Porcentaje de alumnos que obtienen determinada calificación, respecto al total de alumnos del grupo
Resultados de los alumnos por área/materia/asignatura
Áreas/materias/asignaturas con resultados significativamente superiores al resto
Áreas/materias/asignatura con resultados significativamente inferiores al resto de áreas del mismo grupo
Otras diferencias significativas
Resultados que se espera alcanzar en la siguiente evaluación
Grado de satisfacción de las familias y de los alumnos del grupo.
Grado de satisfacción de los alumnos con el proceso de enseñanza: a) Trabajo cooperativo; b) Uso de las TIC; c) Materiales y recursos didácticos; d) Instrumentos de evaluación; e) Otros (especificar)
Propuestas de mejora formuladas por los alumnos
Grado de satisfacción de las familias con el proceso de enseñanza: a) Agrupamientos; b) Tareas escolares para casa; c) Materiales y recursos didácticos; d) Instrumentos de evaluación; e) Otros (especificar)
Propuestas de mejora formuladas por las familias
9. ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE SEGUIMIENTO, RECUPERACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS MATERIAS PENDIENTES.
Los alumnos con la materia suspensa de cursos anteriores serán evaluados durante el presente curso mediante la realización de actividades, que trabajan los contenidos mínimos del curso, y una prueba escrita. Ambos serán obligatorios.
Las actividades serán entregadas por el profesor con antelación suficiente y serán similares a las que contenga la prueba escrita. El alumno deberá entregar estas actividades el día establecido para la realización de la prueba en el mes de mayo, según lo previsto por la ley. Tanto las actividades como la prueba escrita serán tenidas en cuenta en la calificación final
72 debiendo el alumno obtener el 35% en cada uno de ellos. También se valorará por parte del profesor el rendimiento y la actitud del alumno ante la materia en el curso que esté realizando. Así pues, los profesores que tengan a alumnos con la materia suspensa los informarán de los procedimientos de recuperación y realizarán el seguimiento de su estudio y preparación, y valorarán, en el proceso de evaluación ordinaria, las necesidades educativas de estos alumnos con el fin de establecer, si fuese preciso, medidas de apoyo para favorecer la adquisición de los contenidos necesarios para la recuperación.
El contenido del examen de esta convocatoria extraordinaria versará sobre la totalidad de la materia del curso. No serán, pues, exámenes parciales de cada una de las evaluaciones.
10. ORGANIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS QUE LES PERMITAN AL ALUMNADO ACREDITAR LOS CONOCIMIENTOS NECESARIOS EN DETERMINADAS MATERIAS, EN EL CASO DEL BACHILLERATO.
No procede.
11. DISEÑO DE LA EVALUACIÓN INICIAL Y MEDIDAS INDIVIDUALES O COLECTIVAS QUE SE PUEDAN ADOPTAR COMO CONSECUENCIA DE SUS RESULTADOS.
Con el fin de constatar el nivel inicial de los alumnos se procederá del siguiente modo:
En primer lugar, se deberá comprobar la información que se posee del alumno, así como la evolución experimentada durante pasados cursos. Si el alumno es de nueva incorporación se consultará su expediente para comprobar las calificaciones y el informe de evaluación final del curso anterior. A continuación, se fijará una reunión con el Orientador para recabar información sobre posibles adaptaciones curriculares, necesidades educativas especiales o cualquier problema que pueda presentar el alumno.
En segundo lugar, durante los primeros días del curso se realizará una pequeña prueba oral, que consistirá en una presentación, y una prueba escrita que abordará los contenidos correspondientes a comprensión lectora, gramática y expresión escrita. Ambas servirán de orientación para fijar un nivel de partida, prestando atención a los alumnos con adaptación curricular a fin de aportarles el material necesario para su trabajo.
Una vez evaluados inicialmente los alumnos, se continuará en contacto con el departamento de Orientación para seguir una línea común de trabajo, en el caso de alumnos con necesidades educativas especiales.
12. MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.
El Decreto 86/2015, de 25 de junio, establece en su artículo 7 aspectos referentes al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo del siguiente modo « 1. Para o
73 alumnado que requira unha atención educativa diferente á ordinaria, por presentar necesidades educativas especiais, por dificultades específicas de aprendizaxe, trastorno por déficit de atención e hiperactividade (TDAH), polas súas altas capacidades intelectuais, por se incorporar tarde ao sistema educativo ou por condicións persoais ou de historia escolar, estableceranse as medidas curriculares e organizativas necesarias co fin de que poida alcanzar o máximo desenvolvemento das súas capacidades persoais e os obxectivos e competencias establecidas en cada etapa para todo o alumnado.
Entre estas medidas estableceranse aquelas que garantan que as condicións de realización das avaliacións se adapten ás necesidades do alumnado con necesidades específicas de apoio educativo.
2. A escolarización do alumnado con necesidades específicas de apoio educativo rexerase polos principios de normalización e inclusión, e asegurará a súa non-discriminación e a igualdade efectiva no acceso e na permanencia no sistema educativo.
3. A identificación e a valoración do alumnado con necesidades específicas de apoio educativo e, de ser o caso, a intervención educativa derivada desa valoración, realizaranse do xeito máis temperán posible, nos termos que determine a consellería con competencias en materia de educación. Os centros docentes deberán adoptar as medidas necesarias para facer realidade esa identificación, valoración e intervención.
4. Correspóndelle á consellería con competencias en materia de educación establecer as condicións de accesibilidade e deseño universal, e os recursos de apoio que favorezan o acceso ao currículo do alumnado con necesidades educativas especiais, e adaptar os instrumentos e, de ser o caso, os tempos e os apoios que aseguren unha correcta avaliación deste alumnado. A consellería con competencias en materia de educación, coa finalidade de facilitar a accesibilidade ao currículo, establecerá os procedementos oportunos cando cumpra realizar adaptacións significativas dos elementos do currículo, coa finalidade de atender o alumnado con necesidades educativas especiais que as precise. Estas adaptacións realizaranse procurando o máximo desenvolvemento posible das competencias; a avaliación continua e a promoción tomarán como referente os elementos fixados nas devanditas adaptacións. En calquera caso, o alumnado con adaptacións curriculares significativas deberá superar a avaliación final para poder obter o título correspondente.
5. A escolarización do alumnado con altas capacidades intelectuais, identificado como tal segundo o procedemento e nos termos que estableza a consellería con competencias en materia de educación, flexibilizarase nos termos que determine a normativa vixente.
74 Esta flexibilización poderá incluír tanto a impartición de contidos e a adquisición de competencias propias de cursos superiores como a ampliación de contidos e competencias do curso corrente, así como outras medidas.
6. Os plans de actuación, así como os programas de enriquecemento curricular adecuados ás necesidades do alumnado con altas capacidades intelectuais, que lle corresponde adoptar á consellería con competencias en materia de educación, permitirán desenvolver ao máximo as capacidades deste alumnado e terán en consideración o seu ritmo e o estilo de aprendizaxe, así como o do alumnado especialmente motivado pola aprendizaxe. »