4. Parte III Propuesta de innovación: Trivial Matemático
4.1 Introducción: el programa de Diversificación Curricular en el IES Nº1
4.1.2 Criterios para determinar las propuestas de incorporación del alumnado al
De acuerdo a la Orden de 16 de junio de 2008, de la Consejería de Educación, por la que se regula el programa de Diversificación Curricular en la ESO, el proceso de selección del alumnado se desarrollará a lo largo del curso anterior al inicio del Programa, comenzando con una recogida de datos en la primera evaluación, seguimiento de los casos a lo largo de segundo trimestre, para determinar con la evaluación psicopedagógica en el tercero si se considera que el alumno puede ser un candidato al mismo.
Son destinatarios de este programa los alumnos que, tras la oportuna evaluación, precisen una organización de contenidos, actividades prácticas y materias del currículo diferentes de las establecidas con carácter general, además de una metodología específica para alcanzar los objetivos y competencias básicas del a etapa y obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. A esta descripción anterior hay que añadir que presenten dificultades generalizadas de aprendizaje, cualquiera que sea su causa o naturaleza, en tal grado que les hayan impedido alcanzar las capacidades y competencias previstas para el curso correspondiente y que, a juicio del equipo docente y del Departamento de Orientación, se encuentren en riesgo evidente de no alcanzar los objetivos y las competencias básicas de la etapa cursando el currículo ordinario.
Con carácter general, este alumnado podrá participar desde tercer curso de ESO. Asimismo, podrán participar quienes, una vez cursado el segundo curso de ESO, no estén en condiciones de promocionar a tercero y hayan repetido ya una vez en la etapa. En todo caso, la incorporación del alumnado a este programa requerirá la evaluación académica del equipo docente y psicopedagógica del
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Departamento de Orientación, la opinión del alumno y de sus padres o representantes legales y el compromiso de implicarse en el plan de trabajo del programa, así como la autorización de la Consejería de Educación.
Aunque estos requisitos son generales, consideramos que para hacer una selección de alumnos susceptibles de cursar un Programa de Diversificación Curricular es necesario hacer un análisis referido a la presencia de dificultades de aprendizaje y en qué medida están presentes. Para ello, unos criterios de
selección en base a este parámetro podrían seguir la siguiente secuencia:
a) Presencia de dificultades graves que supongan un déficit serio en los niveles de capacidades del alumno que afecten, al menos, al 50% de las áreas o a aquellas áreas implicadas en los ámbitos Sociolingüístico (Lengua Castellana, Ciencias Sociales y Educación Para la Ciudadanía) y Científico Tecnológico (Matemáticas, Tecnología y Ciencias de la Naturaleza) y que les impiden alcanzar los objetivos del curso.
b) Previsión de fracaso escolar en caso de continuar la escolaridad por la vía ordinaria.
c) Que hayan sido adoptadas previamente otras medidas de atención a la diversidad con la finalidad de conseguir los objetivos y el grado de competencias básicas del área o curso, priorizando al alumnado que haya participado en algún programa de apoyo.
d) Quienes, a juicio de la junta de profesorado tengan posibilidades reales y objetivas de obtener, por esta vía, el título de Graduado en ESO.
e) Dificultades de seguimiento escolar por motivos curriculares, psicopedagógicos y/o necesidades educativas específicas del alumnado.
f) Intención de acceder al currículum del programa como paso previo a la titulación en la etapa.
g) Intención de aprender.
Igualmente, existen una serie de motivos por los que se desaconseja la inclusión de un alumno en el Programa de Diversificación Curricular:
a) Problemas de disciplina reiterados, referidos a la trasgresión de las normas de convivencia del centro y apoyados por tres o más informes disciplinarios.
b) Desmotivación general y acusada hacia la institución escolar, detectada bien por el profesorado o bien por el orientador a lo largo del curso académico y puesta de manifiesto en una entrevista individual con el alumno y sus padres o tutores.
c) Entorno familiar desfavorable hacia la Diversificación Curricular y la educación en general.
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e) No haberse agotado, a juicio del Departamento de Orientación, las medidas educativas de carácter ordinario.
El procedimiento a seguir para incluir a un alumno en el programa será el siguiente:
1. Al término del segundo trimestre, el equipo docente de cada grupo y el Departamento de Orientación, analizará y valorará la situación escolar de cada alumno que presente dificultades generalizadas de aprendizaje y se encuentre en situación de riesgo evidente de no alcanzar los objetivos y competencias básicas de la etapa por la vía ordinaria. Este análisis quedará recogido en el acta de la reunión del equipo docente y se trasladará al Departamento de Orientación para que inicie la evaluación psicopedagógica.
2. Una vez concluida la sesión de evaluación final ordinaria o extraordinaria, y se haya considerado que el alumno es susceptible de incorporación al Programa de Diversificación Curricular, el equipo docente emitirá un informe firmado por el tutor que dirigirá a la Jefatura de Estudios, en el que habrán de constar: las dificultades de aprendizaje del alumno en las distintas materias y el grado de competencia que ha alcanzado en las materias cursadas, las medidas de atención a la diversidad que le han sido aplicadas con anterioridad y los motivos por los que se recomienda su incorporación al Programa de Diversificación Curricular.
3. La Jefatura de Estudios dará traslado del informe descrito en el apartado anterior al Departamento de Orientación, que concluirá la evaluación psicopedagógica del alumnado afectado. Dicha evaluación recogerá al menos la información siguiente: la historia escolar del alumno y las medidas educativas adoptadas anteriormente, las características personales que puedan influir en su capacidad de aprendizaje y las características del contexto escolar, social y familiar que puedan estar incidiendo en su proceso de aprendizaje.
4. El orientador del centro mantendrá una entrevista con cada alumno y sus padres o tutores legales para informarles de las características generales del Programa de Diversificación Curricular, planteándoles la oportunidad de su incorporación al mismo, así como la necesidad de implicarse en el plan de trabajo que dicho programa supone para alcanzar los objetivos y competencias básicas de la etapa. De esta reunión se recogerá por escrito la opinión del alumno y de sus padres o representantes legales y el compromiso de implicarse en el plan de trabajo del programa.
5. Posteriormente, la Jefatura de Estudios convocará y presidirá una reunión con el orientador del centro en la que, tras la revisión de los informes emitidos por el equipo docente, por el Departamento de
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Orientación y la opinión de los progenitores o tutores legales del alumno, se formalizará la propuesta de incorporación del alumnado correspondiente al Programa de Diversificación Curricular, de la que se dará traslado a la Dirección del centro.