Las Leyes, Nacional 26.331 y Provincial 9814, establecen en sus anexos 10 criterios de Sustentabilidad Ambiental de los cuáles cuatro de ellos se refieren directamente al tema de conectividad. En la caja siguiente se los copia tal como especifican las leyes citadas:
1. Superficie: es el tamaño mínimo de hábitat disponible para asegurar la supervivencia de las comunidades vegetales y animales. Esto es especialmente importante para las grandes especies de carnívoros y herbívoros.
2. Vinculación con otras comunidades naturales: Determinación de la vinculación entre un parche de bosque y otras comunidades naturales con el fin de preservar gradientes ecológicos completos. Este criterio es importante dado que muchas especies de aves y mamíferos utili- zan distintos ecosistemas en diferentes épocas del año en búsqueda de recursos alimenticios adecuados.
3. Vinculación con áreas protegidas existentes e integración regional: La ubicación de parches de bosques cercanos o vinculados a áreas protegidas de jurisdicción nacional o provincial como así también a monumentos naturales, aumenta su valor de conservación, se encuentren den- tro del territorio provincial o en sus inmediaciones. Adicionalmente, un factor importante es la complementariedad de las unidades de paisaje y la integración regional, consideradas en relación con el ambiente presente en las áreas protegidas existentes y el mantenimiento de importantes corredores ecológicos que vinculen a las áreas protegidas entre sí.
4. Conectividad entre eco regiones: los corredores boscosos y riparios garantizan la conectividad entre eco regiones permitiendo el desplazamiento de determinadas especies.
Los bosques existentes con calidad para cumplir con los servicios ecosistémicos se encuentran en el nor-oeste de la provincia de Córdoba y pertenecen a la Ecorregión del Chaco y a las subregiones del Chaco Árido y el Chaco Serrano.
La Región chaqueña argentina está atravesando una problemática compleja debido a los grandes cambios de cobertura y uso del suelo, la escasa representación de áreas prote- gidas, la insuficiente creencia por parte de los gobiernos de la importancia de los campos campesinos con planes de conservación y las carencias de una planificación integrada en- tre provincias que puede abordar desde el diseño de paisajes, la conservación y desarrollo social.
Ante los enormes procesos de fragmentación que ha sufrido el bosque nativo en Ar- gentina, la respuesta de los gobiernos provinciales y nacionales es aumentar los sitios o islas de áreas naturales protegidas bajo esquemas de conectividad casi imposible de lograr por tierra. Para lograr la implementación efectiva de un paisaje interconectado, se deben definir acciones que fortalezcan un sistema de protección de áreas campesinas con bos- que nativo, garanticen la inclusión de los distintos estados sucesionales de la vegetación, y planifiquen las actividades productivas y de desarrollo de infraestructura integradas a la ecología de la región y teniendo en cuenta los cambios de cobertura y usos de la tierra presentes.
Así, actualmente existe una propuesta basada en la definición de Corredores Ecológi- cos (o Corredores de Conservación), que vinculen áreas protegidas y áreas prioritarias de conservación, en un contexto de los actuales planes de ordenamiento territorial de bos-
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ques nativos vigentes y sus sucesivas revisiones. El trabajo define corredores ecológicos a escala de la Región chaqueña de Argentina, y establece las pautas de manejo incrementales con respecto a las definidas en los planes de ordenamiento territorial provinciales, para las distintas categorías de conservación (Subsecretaría de Planificación y Ordenamiento Ambiental del Territorio, 2014), pero excluye el Chaco Árido y el Chaco Serrano en Córdoba.
Es importante destacar que la Provincia de Córdoba puso en práctica una herramien- ta jurídica y técnica, como fue la creación de grandes áreas de protección conocidos como corredores biogeográficos. La provincia reconoce a la región Biogeográfica del Chaco Ári- do como una continuidad boscosa que justifica medidas de conservación cuya propuesta está plasmada en la constitución del Corredor Biogeográfico del Chaco Árido.
El Decreto Provincial Nº 891/03 crea el “Corredor Biogeográfico del Chaco Árido”, el cual abarca los Departamentos de Tulumba, Ischilín, Cruz del Eje, Pocho, San Javier y San Alberto”. Dicho Corredor es una biorregión que posee tres Áreas Naturales Prote- gidas: al Norte se encuentra Monte de las Barrancas, al Sureste la Reserva de Chancaní y al centro, el “Refugio de Vida Silvestre” (2.569 hectáreas), en la localidad de Paso Viejo, Pedanía Pichanas, Departamento Cruz del Eje. Esta figura queda a la hora de realizar políticas de conservación completamente vacía de contenido.
Retomando la idea de la creación de Corredores Ecológicos (CE) en la Región Cha- queña (Subsecretaría de Planificación y Ordenamiento Ambiental del Territorio, 2014) sería interesante que se realice una verdadera evaluación y consideración de las premisas del trabajo que brinda la Subsecretaría de Planificación y Ordenamiento Ambiental del Territorio de la Nación para esto y que se reproducen en la caja siguiente.
- Los CE deben estar integrados dentro de los OTBN (Ordenamiento Territorial de Bos- que Nativo) y deben servir para vincular los OTBN de provincias vecinas que comparten la misma ecorregión y entre ecorregiones vecinas que son complementarias en términos de vínculos funcionales de la biodiversidad.
- Los CE deben integrarse en instancias de actualización de los OTBN provinciales cola- borando en una mejor articulación entre provincias vecinas, utilizando en lo posible instru- mentos ya concertados entre las mismas.
- Los CE deberán vincular áreas protegidas, áreas de biodiversidad sobresalientes y áreas con disponibilidad de agua permanente (núcleos de conservación).
- Los CE serán zonas en las que regirán condiciones incrementales de mayores precisiones de manejo y parámetros establecidos para que el servicio ambiental de la conservación de la biodiversidad se asegure con mayor efectividad.
- Los CE deben ser espacios de vinculación activa entre biodiversidad y producción y en ese sentido son transversales a los OTBN incorporando elementos incrementales a las restricciones y potencialidades de cada categoría (rojo, amarillo y verde). En próximas actualizaciones de los OTBN, se debería procurar una mayor coherencia entre estos y los CE, mediante el cambio de categoría -en la medida de lo posible- de las zonas Categoría Verde que quedaran compren- didas en éstos a Categoría Amarillo o Categoría Rojo, según el caso.
- Los CE son una figura complementaria del OTBN, que establece zonas en que es priori- tario armonizar la producción con la conservación de la biodiversidad, incrementando en ellas los esfuerzos del uso sustentable del recurso natural, para alcanzar estándares que permitan incorporar sus productos en cadenas de valor que potencien su comercialización en mercados cada vez más exigentes.
- La cartografía de corredores que se genere, deberá definir áreas dentro de corredores que, por su posición estratégica y/o valor de conservación, deberían incluirse en un sistema formal
77 de protección y aumentar el porcentaje protegido de la ecorregión, hoy muy por debajo de lo que requerido para una cobertura completa y viable de la biodiversidad regional, así como de los estándares internacionales.
- Los CE están diseñados para ambientes boscosos y no boscosos, tales como pastizales, sabanas y humedales que son un complemento ecológico fundamental en la persistencia de la biodiversidad chaqueña, y en razón de mantener o restablecer las funciones esenciales que se les atribuye. En ese sentido la actualización de los OTBN constituye una oportunidad para realizar el OTBN de otros ambientes estrechamente relacionados a los boscosos Las Autoridades Locales de Aplicación (ALA) tienen la facultad de realizar una zonificación de su territorio que incluya además de los bosques nativos, ambientes no boscosos, debiendo reportarse tanto en los mapas como en las tablas de superficie sólo los referidos a bosques nativos. Esta zonificación de ambientes no boscosos podría ser incorporada también en la misma ley provincial de apro- bación del OTBN, debiendo sin embargo quedar en claro que la aplicación de la Ley 26.331 es sobre los bosques nativos y que los ambientes no boscosos no podrán ser alcanzados por la compensación por los servicios ambientales que los ecosistemas boscosos brindan y está prevista en la ley (Res. COFEMA 236, Inc. 3.c) (Consejo Federal de Medio Ambiente).
- Los CE diseñados establecen dos anchos opcionales para los mismos – 15 km y 40 km- pueden tomarse como referencia para su adaptación a las condiciones particulares de cada zona. Podrán extenderse mucho más allá de los 40 km en zonas donde la producción basada en el recurso renovable no compite con usos más intensivos del suelo, por su baja aptitud para ello, o donde sea interés de las comunidades poseedoras de tierras.
La propuesta de integración a través de corredores plantea, según disponibilidad para abarcar todos los sectores con bosque nativo y teniendo en cuenta el cambio de uso del suelo, aquellos de la Red de áreas prioritarias para la conservación (Evaluación Ecorre- gional del Gran Chaco, 2005): 1. Derrames del río Itiyuro, 2. Planicie aluvial del río Pilcomayo, 3. Transición Chaco-Yungas, 4. Bosques del deslinde entre Chaco, Salta y Formosa, 5. Planicie aluvial del río Bermejo, 6. Bañados del Quirquincho, 7. Zona de El Impenetrable, 8. Bosques del límite Santiago del Estero-Chaco, 9. Derrames de los ríos Horcones y Ureña, 10. Bañados del río Salado y Bañados de Figueroa, 11. Esteros Salo- bres del Norte de Santiago del Estero, 12. Bosques del Este de Suncho Corral, 13. Área del límite entre Tucumán y Santiago del Estero, 14. Delta del Río Dulce, 15. Sierras de Córdoba, San Juan, Catamarca y San Luis, 16. Salinas Grandes, de Ambargasta y otras, 17. Laguna Mar Chiquita y 18. Serranías entre 500 a 1200 msnm. En cuanto a las áreas naturales protegidas se considerarán: Áreas protegidas (Administración de Parques Nacio- nales, Sistema de Información de Biodiversidad) Nacionales: 19. Reservas de Pizarro, 20. Reserva Natural Formosa, 21. Parque Nacional Copo y 22. Parque Nacional Quebrada del Condorito. Las provinciales son 23. Reserva de Caza Agua Dulce, 24. Reservas de Pizarro, 25. Reserva Prov. de Flora y Fauna Los Palmares, 26. Parque Prov. Fuerte Es- peranza, 27. Reserva Privada Augusto Shultz, 28. Reserva Prov de Uso Múltiple Copo, 39. Reserva Permanente e intangible Finca de las Costas, 30. Reserva Municipal Cerro San Bernardo, 31. Ref. de Vida Silvestre Monte de las Barrancas, 32. Reserva Natural Cultural Cerro Colorado, 33. Pque. Prov. Laguna Guasamayo, 34. Pque. Natural Prov. y Reserva Ftal. Chancaní, 35. Reserva Natural Vaquerías, 36. Reserva Hídrica Natural La Quebrada, 37. Reserva Hídrica Natural Pampa de Achala, 38. Pque Natural La Florida R. e Internacionales como 39. Reserva de Biosfera Teuquito y 40. Sitio Ramsar Bañados del Río Dulce y Laguna de Mar Chiquita (Morello y Rodríguez, 2009; Morello et. al., 2012).
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Sí, la diversidad biológica y de ecosistemas representa la base fundamental para todos los servicios ecosistémicos y para valorar todos los beneficios que brinda el bosque. No alcanza con generar islas de áreas naturales protegidas sino que es necesario promover la conectividad regional (ver Ecología de Paisajes, capítulo 1).
La conectividad no es solo entre áreas naturales protegidas, también debiera ser entre pequeños y grandes parches de bosques existentes, entre predios con planes de conserva- ción de bosques nativos en la ecorregión. Sería interesante de conectar por tierra todos los sitios propuestos aplicando la teoría de ecología de paisajes detallado en el capítulo 1. Este ejercicio es posible al momento del diseño de los corredores. Pero es fundamental destacar la importancia de los estudios sobre los cambios de uso de la tierra y el monitoreo retrospectivo basados en herramientas de percepción remota (Teledetección y Sistemas de Información Geográfica) para la ordenación del territorio.
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