• No se han encontrado resultados

En cuanto a la proposición con Punto de Acuerdo

In document Diario de los Debates (página 90-95)

Artículo 28. Para el cumplimiento de su objeto, el Institu-

B) En cuanto a la proposición con Punto de Acuerdo

1. Esta comisión dictaminadora, comparte el interés de la diputada proponente de crear las condiciones para ga- rantizar el desarrollo integral de los menores de edad que por la ejecución de una pena privativa de libertad impuesta a su madre, se encuentran con ella en algún centro de readaptación social.

2. Esta comisión dictaminadora, reconoce la compleja problemática que se deriva de la aplicación de una pena privativa de la libertad a madres que están a cargo de sus hijos.

3. Esta comisión dictaminadora, estima necesario que las autoridades que están a cargo de los centros de rea- daptación social destinadas a mujeres, realicen las ade- cuaciones necesarias en los mismos para los menores que requieran temporalmente mantener la relación di- recta con su madre.

4. Esta comisión toma en cuenta que existen diversos instrumentos internacionales que establecen principios básicos para la atención de menores que conviven con sus madres en centros o unidades de readaptación social femenil, principios que no han sido incorporados en las leyes federales o estatales que regulan el sistema peni- tenciario nacional.

5. En sesión ordinaria de trabajo de la Comisión de Se- guridad Pública, de fecha 29 de noviembre de 2007, los diputados y diputadas asistentes a la misma aprobaron modificaciones al dictamen presentado, con el objeto de incorporar en el exhorto a los gobernadores de los esta- dos, así como al jefe de gobierno del Distrito Federal, a través de las autoridades competentes en materia de se- guridad pública, que no habían sido considerados en la proposición con punto de acuerdo presentada por la di- putada María Mercedes Colín Guadarrama.

6. Esta comisión tiene presente que la organización de las unidades o centros de readaptación social en las en- tidades federativas está a cargo de las dependencias lo- cales y municipales competentes en materia de seguri- dad pública, por lo que se considera procedente exhortar a los gobernadores de los estados, a través de las autori- dades competentes en materia de seguridad pública a to- mar las medidas necesarias para garantizar la protección y desarrollo integral de los menores de edad que se en- cuentren conviviendo con sus madres en alguna unidad o centro de readaptación social, así como programar la construcción o adaptación de espacios para la conviven- cia y desarrollo infantil.

7. Asimismo, se considera viable exhortar a los titulares del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Infor- mática y del Consejo Nacional de Población, para que incluyan dentro de sus censos información relativa a los niños y niñas que viven temporalmente dentro de las unidades o centros de readaptación.

Por lo anteriormente expuesto, los diputados y diputadas integrantes de la Comisión de Seguridad Pública, someten a su consideración los siguientes:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congre-

so de la Unión, exhorta a los gobernadores de los estados y jefe de gobierno del Distrito Federal, a través de las autori- dades competentes en materia de seguridad pública, así co- mo al titular de la Secretaría de Seguridad Pública federal, a tomar las medidas necesarias para garantizar la protec- ción y desarrollo integral de los menores de edad que se en- cuentren conviviendo con sus madres en alguna unidad o centro de readaptación social, así como programar la cons- trucción o adaptación de espacios para la convivencia y desarrollo infantil.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congre-

so de la Unión, exhorta a los titulares del Instituto Nacio- nal de Estadística, Geografía e Informática y del Consejo Nacional de Población, para que incluyan dentro de sus censos información relativa a los niños y niñas que viven temporalmente dentro de las unidades o centros de readap- tación social.

Palacio Legislativo en San Lázaro, a los 29 días del mes de noviembre de dos mil siete.

La Comisión de Seguridad Pública, diputados: Juan Francisco Ri-

vera Bedoya (rúbrica), presidente; Édgar Armando Olvera Higuera (rú- brica), Armando Barreiro Pérez (rúbrica), Luis Gerardo Serrato Castell (rúbrica), Víctor Leopoldo Valencia de los Santos (rúbrica), Víctor Hu- go García Rodríguez, Gerardo Octavio Vargas Landeros (rúbrica), se- cretarios; Jesús Sergio Alcántara Núñez, Miguel Ángel Arellano Puli- do, Roberto Badillo Martínez (rúbrica), Gregorio Barradas Miravete (rúbrica), Manuel Cárdenas Fonseca (rúbrica), María Sofía Castro Ro- mero, Ángel Rafael Deschamps Falcón (rúbrica), Yary del Carmen Gebhardt Garduza, Jorge Justiniano González Betancourt (rúbrica), Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo (rúbrica), Agustín Leura Gon- zález (rúbrica), Andrés Lozano Lozano, Carlos Madrazo Limón (rúbri- ca), Camerino Eleazar Márquez Madrid, Efraín Morales Sánchez, José Luis Murillo Torres, Silvia Oliva Fragoso (rúbrica), Manuel Salvador Salgado Amador (rúbrica), Layda Elena Sansores San Román, Fran- cisco Javier Santos Arreola (rúbrica), Martín Stefanonni Mazzocco (rú- brica), Carlos Torres Torres (rúbrica).»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Están a

discusión los puntos de acuerdo. Y en virtud de que no se ha registrado orador alguno se consideran suficientemente discutidos. Consulte la Secretaría a la asamblea, en vota- ción económica, si se aprueba.

La Secretaria diputada María Mercedez Maciel Ortíz:

En votación económica se pregunta a la asamblea si es de aprobarse el presente punto de acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestar- lo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor Presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Gracias. Aprobado. Comuníquese. Continúe la Secretaría…

Esta Presidencia informa de la visita de alumnas y alumnos de la escuela secundaria Cumuatillo, del municipio Venus- tiano Carranza, Michoacán. Bienvenidas y bienvenidos.

ESTADO DE MEXICO

La Secretaria diputada María Mercedez Maciel Ortíz:

«Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnera- bles, con punto de acuerdo para exhortar al gobierno de Ja- lisco a integrar una comisión estatal coordinadora del Pro- grama de Apoyo a Madres Adolescentes

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la Cá- mara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LX Legislatura, le fue turnado para su estudio y dicta- men la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Único. Con pleno respeto de la autonomía estatal, esta ho-

norable asamblea exhorta al gobierno del estado de Jalisco para que lleve a cabo las acciones correspondientes con el fin de crear una comisión estatal para la protección y ayu- da de las madres adolescentes, que aglutine y coordine los diferentes programas y acciones en la materia.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Esta- dos Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 65, 66, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso Gene- ral de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Aten- ción a Grupos Vulnerables somete a la consideración de es- ta honorable Asamblea, el dictamen relativo al punto de acuerdo referido, el cual se realiza bajo los siguientes:

Antecedentes

1. Con fecha 26 de abril de 2007, el diputado Jorge Quin-

tero Bello del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno punto de acuerdo por el

que se exhorta al Gobierno de Jalisco a que integre una Co- misión estatal coordinadora de programa de apoyo a ma- dres adolescentes.

2. Con la misma fecha, la proposición con punto de acuer- do fue turnada a esta Comisión de Atención a Grupos Vul- nerables, para efectos de su análisis y elaboración del dic- tamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Me- xicanos.

Consideraciones

I. Esta Comisión realizó el estudio y análisis de los plan- teamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e inte- grar el presente dictamen.

II. La maternidad adolescente se relaciona con el nivel educativo de la madre, por lo que el embarazo presenta un gran problema social y de salud pública, que aunado a factores sociales como la pobreza, desnutrición y el abandono escolar, disminuyen las oportunidades de lo- grar la calidad de vida.

III. La maternidad en este periodo, con frecuencia se tra- duce en: falta de protección, marginación, discrimina- ción; ausencia de oportunidades escolares, personales, laborales, entre otras, lo que coloca a la madre y al hijo en estado de indefensión.

IV. En Guadalajara, Jalisco, concretamente en el área rural y en zonas urbanas de bajo nivel socioeconómico y cultural, ha aumentado el índice de adolescentes em- barazadas, lo que requiere de la intervención de las au- toridades correspondientes para coadyuvar en la protec- ción y ayuda de educación a niñas adolescentes que evite su embarazo.

V. Si bien el gobierno del estado de Jalisco ha tomado medidas para prevenir los embarazos en adolescentes a través de sus instituciones como el DIF estatal y los mu- nicipales, el Instituto Jalisciense de la Mujer, diversas secretarias y sociedad civil, se considera conveniente que una comisión estatal brinde protección y ayuda a

madres adolescentes, aunado a la coordinación de pro- gramas y acciones, con el objeto de optimizar esfuerzos y lograr una mayor atención y apoyo a este grupo de la población.

Por lo expuesto, la Comisión de Atención a Grupos Vulne- rables considera que la propuesta es viable, por lo que so- mete al Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Único. Con pleno respeto de la autonomía estatal, esta ho-

norable Asamblea exhorta al Gobierno del estado de Jalis- co para que lleve a cabo las acciones correspondientes con el fin de crear una Comisión estatal para la protección y ayuda de las madres adolescentes, que aglutine y coordine los diferentes programas y acciones en la materia.

Dado en la sala de juntas de la Comisión, a los 12 días del mes de di- ciembre del año 2007.

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, diputados: María Es-

peranza Morelos Borja (rúbrica), Marcela Cuen Garibi (rúbrica), Lau- ra Angélica Rojas Hernández (rúbrica), David Sánchez Camacho (rú- brica), Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui, Humberto Wilfredo Alonso Razo, Irene Aragón Castillo, Carlos Augusto Bracho González (rúbri- ca), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo, Silvia Emilia Degante Romero (rúbrica), María Victoria Gutiérrez Lagunes (rúbrica), Juana Leticia Herrera Ale, María Esther Jiménez Ramos (rúbrica), Rubí Laura López Silva (rúbrica), Marisol Mora Cuevas (rúbrica), María del Carmen Pi- nete Vargas, Jorge Quintero Bello (rúbrica), Mirna Cecilia Rincón Var- gas (rúbrica), Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (rúbrica), José Antonio Saavedra Coronel (rúbrica), Martha Angélica Tagle Martínez (rúbrica), Mario Vallejo Estevez, Martín Zepeda Hernández.»

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Está a

discusión el punto de acuerdo. No habiéndose registrado orador alguno, se considera suficientemente discutido. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económi- ca, si se aprueba.

La Secretaria diputada María Mercedez Maciel Ortíz:

En votación económica se pregunta a la asamblea si es de aprobarse el acuerdo presentado por la Comisión de Aten- ción a Grupos Vulnerables. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las di- putados y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Luis Sánchez Jiménez: Aproba- do. Comuníquese. Continúe la Secretaría.

DELITOS EN CONTRA DE PERIODISTAS

El Secretario diputado Jacinto Gómez Pasillas: «Dicta-

men de la Comisión de Seguridad Pública, con puntos de acuerdo a fin de exhortar al titular del Ejecutivo federal a fortalecer por conducto de la Secretaría de Seguridad Pú- blica y de la PGR las acciones para prevenir delitos contra periodistas

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Di- putados del honorable Congreso de la Unión de la LX Le- gislatura, le fue turnado para su análisis y dictamen, pro- posición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Se- guridad Pública Federal y de la Procuraduría General de la República, a implantar programas para la protección de pe- riodistas en el país.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 nu- merales 1, 2 fracción III y numeral 3; 45 en su numeral 6 incisos e) a g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 60, 87, 88, 90 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso Gene- ral de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión es competente para conocer de la proposición con punto de acuerdo objeto del presente, y somete a consideración de esta honorable Asamblea el siguiente dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

Antecedentes

1. En sesión ordinaria del pleno de la Cámara de Dipu- tados celebrada el día 11 de abril de 2007, el diputado Gerardo Priego Tapia integrante del Grupo Parlamenta- rio del Partido de Acción Nacional, presentó proposi- ción con punto de acuerdo por el que se exhorta al titu- lar del Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Seguridad Pública Federal y de la Procuraduría General de la República, a implantar programas para la protec- ción de periodistas en el país.

2. Con esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Di- rectiva turnó para su análisis y dictamen la proposición

con punto de acuerdo a la Comisión de Seguridad Pú- blica.

3. Con fecha 13 de diciembre de 2007, los integrantes de la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Di- putados del H. Congreso de la Unión de la LX Legisla- tura, se reunieron para analizar y discutir el presente dictamen, siendo aprobado por 19 votos.

Contenido

1. De acuerdo con el diputado proponente, la libertad de expresión constituye una de las garantías dentro de un régimen democrático. Esta garantía implica que los in- dividuos son libres de transmitir ideas e información y que la sociedad pueda recibir información oportuna y objetiva.

2. La libertad de expresión, es un derecho fundamental reconocido en diversos instrumentos internacionales, como la Declaración Americana sobre Derechos Huma- nos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de De- rechos Civiles y Políticos.

3. Por lo que el diputado expone que los periodistas cumplen una función importante, ya que ofrecen a la so- ciedad información a través de diversas fuentes por lo que se les debe brindar la mayor protección posible. 4. Asimismo, señala que de acuerdo con el principio 9 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Ex- presión, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, establece que el asesinato, secuestro, intimi- dación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, coarta la libertad de expresión, por lo que es deber del Estado prevenir e investigar los hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas o sus familias la repa- ración del daño.

5. Por lo anteriormente expuesto, el diputado Gerardo Priego Tapia considera indispensable la adopción de mecanismos que garanticen la coordinación de las ins- tancias competentes para garantizar la seguridad al rea- lizar actividades periodísticas.

Consideraciones

A). En lo general

1. Que a partir de la adición de los párrafos sexto y sép- timo al artículo 21 de la Constitución Política de los Es- tados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1994, se creó el Sistema Nacional de Seguridad Pública, como una ins- tancia de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios.

2. Que el artículo 6 de la Constitución Política de los Es- tados Unidos Mexicanos, establece que la manifestación de ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o pertur- be el orden público y que el derecho a la información se- rá garantizado por el Estado.

3. Que la libertad de imprenta se encuentra consagrada en el artículo 7 de nuestra Carta Magna, en los siguien- tes términos:

Artículo 7. Es inviolable la libertad de escribir y pu- blicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad pueden establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pú- blica. En ningún caso podrá secuestrarse la impren- ta como instrumento del delito.

...

4. Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1976, tiene por objeto establecer las bases de organización de la administración pública, centralizada y paraestatal.

5. En cuanto a las facultades de despacho de la Secreta- ría de Seguridad Pública Federal, cabe señalar lo dis- puesto en las fracciones VI, VII, XII y XXIII, del artí- culo 30 bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que norman la actuación de dicha Se- cretaría, en colaboración con las autoridades estatales.

Artículo 30 Bis. A la Secretaría de Seguridad Públi- ca corresponde el despacho de los siguientes asun- tos:

I. a V. ...

VI. Proponer en el seno del Consejo Nacional de Se- guridad Pública, políticas, acciones y estrategias de coordinación en materia de prevención del delito y política criminal para todo el territorio nacional; VII. Fomentar la participación ciudadana en la for- mulación de planes y programas de prevención en materia de delitos federales y, por conducto del Sis- tema Nacional de Seguridad Pública, en los delitos del fuero común;

VIII. a XI. ...

XII. Salvaguardar la integridad y el patrimonio de las personas, prevenir la comisión de delitos del or- den federal, así como preservar la libertad, el orden y la paz públicos;

XIII. Establecer un sistema destinado a obtener, ana- lizar, estudiar y procesar información para la pre- vención de delitos, mediante métodos que garanti- cen el estricto respeto a los derechos humanos; XIV. a XXVII. ...

6. Que la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicada en el Diario Oficial de la Federa- ción en fecha 27 de diciembre de 2002, tiene por objeto organizar a dicha instancia para el despacho de los asun- tos que al Ministerio Público de la Federación y al Pro- curador General de la República le atribuyen la Consti- tución Política de los Estados Unidos Mexicanos, este ordenamiento y otras disposiciones aplicables.

7. Que de acuerdo con lo dispuesto en la fracción I del artículo 4 de la Ley Orgánica de la Procuraduría Gene- ral de la República, corresponde al Ministerio Público de la Federación investigar y perseguir los delitos del orden federal, tal y como se transcribe a continuación:

Artículo 4. Corresponde al Ministerio Público de la Federación:

I. Investigar y perseguir los delitos del orden federal. El ejercicio de esta atribución comprende:

A) En la averiguación previa:

a) Recibir denuncias o querellas sobre acciones u omisiones que puedan constituir delito;

b) Investigar los delitos del orden federal, así como los delitos del fuero común respecto de los cuales ejercite la facultad de atracción, conforme a las nor- mas aplicables con la ayuda de los auxiliares a que se refiere el artículo 20 de esta ley, y otras autorida- des, tanto federales como del Distrito Federal y de los estados integrantes de la Federación, en los tér- minos de las disposiciones aplicables y de los con- venios de colaboración e instrumentos que al efecto se celebren;

...

8. Que a través del Acuerdo A/031/06 del Procurador General de la República, publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 15 de febrero de 2006, se crea la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometi- dos contra Periodistas.

9. Que el artículo segundo del Acuerdo citado, estable- ce la competencia de la Fiscalía Especial para la Aten- ción de Delitos Cometidos contra Periodistas, en los si- guientes términos:

Segundo. La Fiscalía Especial para la Atención de

In document Diario de los Debates (página 90-95)