De igual forma de la revisión a las cuentas públicas del primer y segundo trimestre del 2003 del municipio de General Cepeda, Coahuila, esta Comisión observó que existen gratificaciones que se dan a empleados eventuales están registrados en el capítulo de servicios generales y por otra parte que existen cheques que no corresponden a sueldos hechos a nombre de funcionarios municipales.
En virtud de lo anterior se instruye a la Oficialía Mayor de este Congreso del Estado para que notifique al órgano de control interno del municipio que deberá ordenar una reclasificación del concepto de gratificaciones, debiendo pasar al capítulo de servicios personales como sueldos a personal eventual y respecto a los cheques a nombres de funcionarios municipales deberán ser nominativos y no a nombre de funcionarios municipales, debiendo informar a esta Comisión de la Contaduría Mayor de Hacienda el procedimiento utilizado para que cumpla con las observaciones señaladas.
ARTICULO SÉPTIMO: Respecto al municipio de Guerrero, Coahuila, esta Comisión observó que la cuenta pública del primer trimestre de 2003 se presentó con 15 días de atraso y la correspondiente al segundo trimestre del 2003, fue presentada con 10 días de atraso.
Así mismo de la revisión a las cuentas públicas correspondientes al primer y segundo trimestre del 2003, del municipio de Guerrero, Coahuila esta Comisión de la Contaduría Mayor de Hacienda observó la falta de firma de quien debe autorizar los vales de gasolina, por lo que se instruye a la Oficialía Mayor de este Congreso del Estado para que notifique lo anterior, recomendando al Contralor Municipal instruya a quien
corresponda para que toda orden de compra de gasolina sea firmada por el funcionario que corresponda, debiendo informar a esta Comisión de la Contaduría Mayor de Hacienda el resultado de la recomendación.
ARTICULO OCTAVO: Que esta Comisión observó que las cuentas públicas del municipio de Lamadrid, fueron presentadas la correspondiente al primer trimestre de 2003 con 7 días de atraso y la relativa al segundo trimestre del 2003 fue presentada con 30 días de atraso.
Así mismo de la revisión a las cuentas públicas del primer y segundo trimestre del municipio de Lamadrid, Coahuila, esta Comisión observó que el renglón de servicios personales del primer trimestre del 2003 ocupa el 71% del total de los egresos del municipio y en el segundo trimestre del 2003 ocupa un 66%, lo que se considera excesivamente alto.
En virtud de lo anterior se instruye a la Oficialía Mayor de este Congreso del Estado para que haga del conocimiento de lo anterior tanto al Presidente Municipal como al Contralor municipal de Lamadrid, Coahuila para que tomen nota de la observación mencionada e informen a esta Comisión los motivos que justifiquen el excesivo gasto en el capítulo de servicios personales.
ARTICULO NOVENO: Por lo que respecta al municipio de Sacramento, Coahuila, esta Comisión observó que la cuenta pública del primer trimestre del 2003, fue presentada en tiempo, sin embargo la relativa al segundo trimestre del 2003 se presentó con 1 día de atraso.
Así mismo de la revisión a las cuentas públicas del primer y segundo trimestre del 2003, esta Comisión observó que en algunos casos no se cumple con el procedimiento de adquisiciones.
En virtud de lo anterior se instruye a la Oficialía Mayor de este Congreso del Estado para que de vista de lo anterior a la Contraloría Municipal de Sacramento, Coahuila para que realice una investigación respecto a los procedimientos utilizados en las adquisiciones del municipio e informe a esta Comisión de la Contaduría Mayor de Hacienda los resultados de la investigación.
ARTICULO DÉCIMO: Con relación al municipio de San Buenaventura, esta Comisión observó que la cuenta pública del primer trimestre de 2003 fue presentada en tiempo, no así la relativa al segundo trimestre del 2003 que se presentó con 35 días de atraso.
Así mismo de la revisión a las cuentas públicas del municipio de San Buenaventura correspondientes al primer y segundo trimestre del 2003, esta Comisión observó que en la partida de publicidad en algunos casos no se menciona el nombre de los medios de comunicación que prestan servicios al municipio, y que el capítulo de servicios personales es excesivamente alto, en virtud de lo anterior se instruye a la Oficialía Mayor de este Congreso del Estado para que notifique al Contralor Municipal de San Buenaventura, Coahuila que en lo sucesivo deberán señalar el nombre de los medios de comunicación que prestan servicios a la Presidencia Municipal y respecto al capítulo de servicios personales se recomienda eficientar más los recursos para que sean ejercidos en inversión pública, debiendo informar a esta Comisión de la Contaduría Mayor de Hacienda las consideraciones a la recomendación emitida.
ARTICULO DÉCIMO PRIMERO: Extiéndase el finiquito correspondiente a los Titulares de las entidades mencionadas en el artículo primero del presente acuerdo, debidamente firmado por el Contador Mayor de Hacienda C.P. Ricardo Álvarez García, como lo dispone la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
Así, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40, 41, 42 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, lo dictaminan y lo aprueban por unanimidad los diputados integrantes de la Comisión de la Contaduría Mayor de Hacienda pertenecientes a la Quincuagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado, Jesús Mario Flores Garza, Salomón Juan Marcos-Issa y Karla Samperio Flores.
Comuníquese lo anterior al Pleno del Congreso del Estado, para los efectos legales a que haya lugar. Saltillo, Coahuila; a 26 de abril de 2004.
POR LA COMISIÓN DE LA CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA