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DE LOS PROCEDIMIENTOS Y GRADUALIDAD DE LAS FALTAS.

In document ESCUELA FRANCIA VALDIVIA (página 48-53)

TITULO IV DE LOS APODERADOS

DE LOS PROCEDIMIENTOS Y GRADUALIDAD DE LAS FALTAS.

Artículo 39:

A.- Serán consideradas como faltas leves:

 Ingerir alimentos durante la clase (incluido chicle).

 No presentar justificativo, por ausencia a clases.

 Ensuciar las salas de clase y los diferentes espacios comunitarios de la escuela

 Uso excesivo de maquillaje y accesorios que no correspondan al uniforme escolar, tanto en damas como en varones (aros, piercing, pañoletas, en varones cabello largo y/o de colores.

B.- Como procedimientos establecidos para las faltas leves: el profesor del sector - subsector o profesor jefe, inspector, efectuará las siguientes acciones:

1°Conversar con el alumno(a) e invitarlo a reflexionar y a asumir un compromiso de cambio.

2°Solicitar al alumno que retire los elementos que no correspondan al uniforme o materiales de trabajo (piercing, aros, maquillaje, celulares, mp3, mp4, etc.), los cuales serán entregados al inspectoría.

3° Invitar al estudiante reparar el daño causado.

4° Registrar anotación negativa en el libro de clases por parte del profesor de la asignatura, siempre y cuando la falta es reiterada y los compromisos no se cumplan. 5° El profesor jefe revisará periódicamente el cumplimiento de los compromisos adquiridos, dejando constancia escrita de su superación o no cumplimiento.

Artículo 40:

C.- Serán consideradas faltas graves: La reiteración de las faltas leves (3 faltas leves).

 Negarse a realizar una actividad pedagógica sin motivo justificado.

 Llegar atrasado a la clase al inicio de la jornada, en los cambios de hora o después de los recreos.

 Uso de celular o música (fonos) cuando interfiera el desarrollo de la clase.

 Uso de un vocabulario denigrante, soez y/o ofensivo hacía sí mismo, sus pares u otro integrante de la comunidad educacional.

 Permanecer fuera de la sala en horas de clase.

 No respetar normas establecidas en actividades académicas, recreacionales o extra-programáticas que se desarrollen fuera del establecimiento educacional.

 Usar el servicio de Internet para fines que pongan en peligro su seguridad y/o atenten contra su formación moral y valórica.

D.- Procedimientos establecidos para las FALTAS GRAVES: Estos se aplicarán de acuerdo a su acción o reiteración, serán tomadas por dirección en conjunto con el inspector general, siendo:

1° Amonestación verbal y escrita en el libro de clases por parte del profesor de subsector y/ o Inspectoría. (Según donde ocurra la falta, fuera o dentro de la clase). 2° Citación del apoderado por parte de inspectoría para toma de conocimiento, consenso de compromisos a seguir por parte de los alumnos y apoderados. Los cumplimientos de estos compromisos estarán bajo el monitoreo y seguimiento de profesores jefes con el apoyo de inspectoría. (Reuniones de seguimiento)

3° Invitar al estudiante a realizar una acción reparatoria al daño causado, tales como pedir disculpas públicas, realizar una tarea especial, limpiar y ordenar una dependencia, etc. Esta acción debe concretarse con la supervisión de un adulto.

4° Efectuar servicio comunitario dentro del establecimiento. Las tareas deben desarrollarse dentro del horario de recreos o inmediatamente después de terminada la jornada de clases (15:30 a 16:00 hrs). Estas se efectuarán sólo con la aceptación de los padres, apoderados y alumnos. El inspector del piso respectivo monitoreará el cumplimiento de la tarea.

5° Suspensión de clases desde 1 a 2 días, previa entrevista con el padre y/o apoderado, al que se le informará de la medida disciplinaria y los motivos; también se le entregará apoyo académico y socioemocional según la situación de cada caso, con el fin de evitar el atraso pedagógico del estudiante.

Artículo 41.

E.- Serán consideradas FALTAS MUY GRAVES O GRAVÍSIMAS:

 Reiteración de la(s) falta(s) grave(s) (2 faltas graves).

 Adulteración de firmas, comunicaciones, notas, utilizar el nombre de un integrante de la comunidad educativa para falsear información.

 Hurto, robo, daño o alteración del libro de clases en cualquiera de sus contenidos o ítems.

 Dañar, destruir o deteriorar en forma intencionada textos, materiales de estudio, mobiliario, dependencias e infraestructura del colegio.

 Actos de violencia en todas sus manifestaciones que atentan contra la integridad de la comunidad educativa.

 Abandonar el establecimiento sin autorización de las autoridades educativas durante la jornada escolar.

 Agresión física a compañero(s) y/o compañera(s) dentro o fuera del establecimiento educacional, en forma intencional, (de juego) y/o premeditada.

- Ingresar, consumir y comercializar estupefacientes, drogas, alcohol y cigarrillos en el establecimiento.

 Hacer ingreso al establecimiento bajo los efectos del alcohol o de cualquier tipo de droga.

 Agresiones verbales y/o comportamientos groseros contra algún miembro de la comunidad educativa.

 El robo, (hurto) y/o falta de honradez, junto con el comercio de especies robadas.

 Portar elementos peligrosos que pudiesen generar daño de cualquier forma a sí mismo o a los demás, como instrumentos cortos punzantes, armas blancas, objetos contundentes u otro de esta índole.

 Crear o participar en pandillas o agrupaciones donde se ejerza “matonaje escolar” (Bullyng) o se busque intimidar a otros estudiantes de la comunidad educativa.

 Realizar grabaciones, videos y utilizarlos para exponer situaciones personales de cualquier miembro de la Comunidad Educativa, así como utilizar la red para amenazar, amedrentar (Ciber-Bullyng), o ir en desmedro de cualquier integrante de la comunidad educativa.(Enfatizar)

F.- Los procedimientos establecidos para las faltas muy graves, de acuerdo a su acción o reiteración, serán tomadas por dirección e inspectoría siendo:

1°Amonestación escrita en el libro de clases por parte del profesor de la asignatura y/o inspector según corresponda.

2°Derivación a Inspectoría General, para citación al apoderado intervención de Profesor Jefe y Dirección.

- Entrevista al apoderado y suspensión de clases (de 1 a 5 días, dependiendo del historial disciplinario y hoja de vida)

3°Firmar carta de compromiso por condicionalidad de matrícula, por parte del apoderado y el alumno en que ambos se comprometen a mejorar su conducta, en caso de reiteración de faltas.

4°Realizar un acto reparador de la falta. (Reparar o reponer lo dañado, disculpas públicas labores comunitarias dentro del establecimiento). Este acto reparador debe ser en presencia y supervisión del inspector general y/o dirección.

5°Suspensión de actividades curriculares.

6°Cancelación de matrícula para el año siguiente.

7°La Dirección del Colegio se reserva el derecho de tomar en forma inmediata las medidas que estime conveniente cuando la situación lo requiera amerite con el fin de resguardar el prestigio, infraestructura e integridad física o psicológica de los miembros de la Comunidad Educativa.

8°Las aceptación de la falta junto con las acciones reparatorias que pueda asumir el estudiante, como pedir disculpas, reparar el daño provocado, reponer y devolver lo dañado, serán consideradas atenuantes valiosas para disminuir la gravedad de la falta y mejorar su historia disciplinaria en la Escuela.

Artículo 42: Las entrevistas y compromisos que los alumnos asuman con Inspectoría

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