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Declaración bajo juramento de no haber presentado otra acción de la misma materia y objeto;

CAPÍTULO IV MARCO PROPOSITIVO

IX. Declaración bajo juramento de no haber presentado otra acción de la misma materia y objeto;

Declaramos bajo juramento que no hemos presentado otra Acción de la misma naturaleza ni con el mismo objeto o materia.

X. Notificaciones:

Sírvase notificar a las autoridades demandadas en las siguientes direcciones:

A la Ministra del Ambiente Dra. Marcela Agüiñaga, en su despacho que lo tiene ubicado en la Avenida Eloy Alfaro y Amazonas, Edificio MAGAP, Piso 7 y 8, Quito.

Al Procurador General del Estado, Dr. Diego García Carrión, con despacho en la avenida ROBLES 731 Y AV. AMAZONAS de la ciudad de Quito.

Nombramos como procuradora común de la presente Acción a la señora Inés Marcelina Shiguango Chimbo.

Adjuntamos la siguiente documentación como prueba de nuestras alegaciones:

Certificaciones de las autoridades propias de la nacionalidad Kichwa, que establecen no haber sido consultados

Copia certificada de la licencia ambiental otorgada por el Ministerio del Ambiente a favor de la Compañía IVANHOE.

Copia de la denuncia penal presentada por el Ab. León Roldós, en torno a la ilegalidad del Contrato suscrito entre Petroecuador e IVANHOE.

Informe de la Bioquímica Alexandra Almeida de la Organización Ambientalista y de Salud, Acción Ecológica, sobre el estudio de impacto Ambiental de IVANHOE.

. Copias certificadas de los Nombramientos que nos acreditan como dirigentes de las organizaciones por las cuales comparecemos Copias de cédula de ciudadanía”91

.

4.2.1.- BIBLIOGRAFIA.-

Cabanellas, Guillermo: Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual. Constitución Política de la República del Ecuador: 1998 y 2008 Constitución Ecuatoriana de 1830,Art.36 y Art.66

Constitución Ecuatoriana de 1835,Art.90 y Art.93 Constitución Ecuatoriana de 1843,Art.52

Constitución Ecuatoriana de 1845,Art.126

Constitución Ecuatoriana de 1851,Art.105 y Art 125 Constitución Ecuatoriana de 1978,Art.146

Constitución Ecuatoriana de 1978,Art.146

91

152

Constitución Política de la República del Ecuador 2008., inciso 1 y 2 del art. 1 Constitución Española, Art. 53

Constitución Chilena, Art.20 Constitución Venezolana, Art. 49

Cueva Carrión Luis: Acción Constitucional Ordinaria de Protección

Cueva, L. (2007): El Amparo (Teoría, Práctica y Jurisprudencia), edit. Cueva-Carrión, Quito, p 67, p75.

ONU ,Art. 8 de su declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 Revista del Instituto Iberoamericano de Derechos Humanos, (1987). P. 83

Abad, Yupanqui, Samuel, El proceso constitucional de amparo, en Gaceta Jurídica, Lima, 2004.

Manuel Crescencio Renjón,1840. Art. 63

Ávila, Santamaría, Ramiro, “El Amparo Constitucional, entre el diseño liberal y la práctica formal”, en Un cambio ineludible: La Corte Constitucional, Quito, Tribunal Constitucional del Ecuador, 2007.

Ávila, Santamaría, Ramiro, “Las Garantías: herramientas imprescindibles para el cumplimiento de los derechos. Avances Conceptuales”, en, Desafíos Constitucionales, La Constitución del 2008 en perspectiva, Quito, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Tribunal Constitucional del Ecuador, 2008.

Ávila Santamaría, Ramiro, Ramiro Ávila Santamaría, “Cultura Jurídica, Facultades de Derecho y Función Judicial”, en La Transformación de la Justicia, Quito, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2009.

Cfr., por ejemplo, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Ivcher Bronstein, sentencia del 6de febrero de 2001, párrafo 136, Caso Cantonal Benavides, sentencia del 18 de agosto de 2000, párrafo164, y Caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni vs. Nicaragua, sentencia del 31 de agosto de2001, párrafo 113. Tomado de: FAÚNDEZ Ledesma Héctor.

El Sistema Interamericano de protección de los Derechos Humanos, Aspectos institucionales y procesales. Tercera edición. Instituto Interamericano de Derechos Humanos – IIDH, San José – Costa Rica, 2004. Pág.

153

Http://reformaprocesal.blogspot.com/2008/04/contencioso-administrativo http://derechoecuador.com/2008/04/contencioso-administrativo

http://www.wordreference.com/definicion/definiciones%20de%20da%C3%B1o Ley de Control Constitucional

Proyecto de Nueva constitución Política y Proyecto de Constitución de 1945. Reformada Linares, S. (1960): Acción de Amparo. Edit., Bibliográfica Argentina, Buenos Aires. P. 69 Linares, Segundo: Acción de Amparo (Tratado de la Ciencia del Derecho)

Noriega, Alfonso: Lecciones de Amparo

Cabanellas, g. (1982) Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, décima quinta edición.- Edit. Heliasta, Buenos Aires, , Tomo VII, p..54.

Oyarte Rafael: Procesos Constitucionales en el Ecuador Real Academia Española: Diccionario de la Lengua Española

Reglas de Procedimiento para el Ejercicio de las Competencias de la Corte Constitucional, art. 43, art 45

Noriega, A: ob. Pp. 112 y 113

http://www.utpl.edu.ec/blogjuridicas/wp-content/uploads/2008/05/acciondeamparolegal.pdf Tribunal Constitucional del Ecuador: Evolución del Control Constitucional.

ZAVALA, J: Derecho Administrativo tomo II, cit. p. 21

Constitución del Ecuador, R.O. 449 del 20 de octubre del 2008, Art. 426. Constitución del Ecuador, R.O. 449 del 20 de octubre del 2008, Art. 86, 4. Corte Constitución de Colombia, Sentencia No T406-92.

Zovatto, Daniel: Los Derechos Humanos en el Sistema Interamericano

Faúndez Ledesma Héctor. Los Derechos Humanos como Derechos frente al Estado. El Sistema Interamericano de protección de los Derechos Humanos, Aspectos institucionales y procesales. Tercera edición. Instituto Interamericano de Derechos Humanos – IIDH, San José – Costa .Pág. 7.

154

Cfr., por ejemplo, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Ivcher Bronstein, sentencia del 6 de febrero de 2001, párrafo 136, Caso Cantonal Benavides, sentencia del 18 de agosto de 2000, párrafo 164, y Caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni vs. Nicaragua, sentencia del 31 de agosto de 2001, párrafo 113. Tomado de: FAÚNDEZ Ledesma Héctor. El Sistema Interamericano de protección de los Derechos Humanos, Aspectos institucionales y procesales. Tercera edición. Instituto Interamericano de Derechos Humanos – IIDH, San José – Costa Rica, 2004. Pág.

Art 46. de la ley del Control Constitucional.

Héctor. El Sistema Interamericano de protección de los Derechos Humanos, Aspectos institucionales y procesales. Tercera edición. Instituto Interamericano de Derechos Humanos – IIDH, San José – Costa Rica, 2004. Pág. 304. Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Ivcher Bronstein, sentencia del 6 de febrero de 2001, párrafo 136, Caso Cantonal Benavides, sentencia del 18 de agosto de 2000, párrafo 164, y Caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni vs. Nicaragua, sentencia del 31 de agosto de 2001, párrafo 113. Tomado de: FAÚNDEZ Ledesma Héctor. El Sistema Interamericano de protección de los Derechos Humanos, Aspectos institucionales y procesales. Tercera edición. Instituto Interamericano de Derechos Humanos – IIDH, San José – Costa Rica, 2004. Pág.

Cueva, L. (2007): El Amparo (Teoría, Práctica y Jurisprudencia), edit. Cueva-Carrión, Quito, p 63, p 79

Constitución Política de la República del Ecuador 2008. Publicación oficial de la Asamblea Constituyente. P. 64

Castañeda Jiménez, Juan. Métodos de investigación2. México D.F., Mc Graw Hill, 2000. www.cgems.uady.mx/documentos/MARZO 2010

Ferrer, Mac Gregor Eduardo, El Derecho de Amparo en el Mundo, Breves notas sobre el Amparo Iberoamericano(desde el derecho procesal constitucional comparado), Buenos Aires, Ed. Porrúa S.A, 2006, p 3

Constitución de la República del Ecuador. R.O. No. 449 de 20 de octubre de 2008. Art. 88. Ferrer Mac Gregor Eduardo, El Derecho de Amparo en el Mundo. Breves notas sobre el amparo iberoamericano (desde el derecho procesal constitucional comparado), Ed. Porrúa S.A, 2006, p 21, 1 Declaración Universal de los Derechos Humanos, Aprobada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948. Manuel Osorio, tomado de la obra de García, Falconí José, El Juicio Especial por la Acción de Amparo Constitucional,3ra Ed. Quito, Ed Rodín. 1999, Pg. 112

García, F J, El Juicio Especial por la Acción de Amparo Constitucional, (..)3ra Ed. Quito, Edito Rodín, 1999, Pg.114.

155 Ibidem. Pg. 1452.

Constitución de la República del Ecuador. R.O. No. 449 de 20 de octubre de 2008. Art. 88. Ávila Santamaría, Ramiro, Las Garantías: herramientas imprescindibles para el

cumplimiento de los derechos.

Desafíos constitucionales, Serie Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Justicia. Quito-2008. Pag.95-96

Silva Portero Carolina, Las Garantías de los derechos, Neoconstitucionalismo y Sociedad, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 2008. pag.73.

http://www.inredh.org/index.php?option=com_content&view=article&id=355%3Ala- accion-de-proteccion- como-garantía-de-los-ddhh&Itemid=57

156 ANEXOS PERFIL DE TESIS 1.- TEMA:

El Recurso de Amparo en el Ecuador, a partir de su cambio en la Constitución vigente como Acción de Protección.

2.- PROBLEMA

2.1.-PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Al iniciar el planteamiento del problema, podemos mencionar que el recurso de amparo se liga a la vida jurídica de las sociedades como una reacción contra la mala utilización y el uso abusivo del poder; el amparo es la protección jurídica de David contra Goleat, del débil contra el fuerte. Esta es su razón de ser: el amparo nace como la protección de las personas que carecen de poder y quiere abolir el exceso del mismo contra las personas que no lo poseen.

Amparo y poder constituyen el eje central, en cuyo proceso jurídico eficiente permite una sociedad organizada. Establecer el orden que requiere para el desenvolviendo de la vida en sus diversas manifestaciones.

El poder es parte inherente de toda sociedad y se encuentra dentro de las organizaciones, la familia, las comunidades, la iglesia, el Estado, etc. El poder da un enfoque sistémico a la sociedad, la guía; pero, también la manipula.

Con el poder se toma el control social en la forma integral y real. Quien adquiere poder, posee la capacidad de controlar y quien no, es controlado.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José en su artículo 25 de Protección Judicial, señala:

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2. Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente.

Convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.

2. Los Estados partes se comprometen:

a. a garantizar que la autoridad competente prevista por el sistema legal del Estado decidirá sobre los derechos de toda persona que interponga tal recurso;

b. a desarrollar las posibilidades de recurso judicial, y

c. a garantizar el cumplimiento, por las autoridades competentes, de toda decisión en que se haya estimado procedente el recurso.

El numeral 1 del artículo 25 de la Convención, señala la obligación internacional de los estados partes a contar con un recurso rápido, sencillo y efectivo que ampare a todas las personas que se encuentran bajo su jurisdicción, contra actos violatorios a los derechos fundamentales, para la defensa y protección de los derechos reconocidos en las respectivas constituciones, leyes internas o en la propia Convención. Esta obligación de los estados, incluye el contar con jueces o tribunales competentes para su conocimiento, trámite y resolución, así como la ejecución de las sentencias en su integralidad.

Los actos violatorios a los derechos humanos incluyen sobre todo los cometidos por las personas que actúen en ejercicio de sus funciones estatales. Por consiguiente, es la conducta del Estado, a través de cualquier persona que actúe en el ejercicio de la como una violación de los derechos humanos.92

92

FAÚNDEZ Ledesma Héctor. Los Derechos Humanos como Derechos frente al Estado. El Sistema Interamericano de protección de los Derechos Humanos, Aspectos institucionales y procesales. Tercera edición. Instituto Interamericano de Derechos Humanos – IIDH, San José – Costa .Pág. 7.

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En el Ecuador, el proceso de cambio de un Estado Liberal con esquema constitucional, a un Estado Constitucional de Derechos y Justicia Social, da como resultado un cambio de cultura jurídica.

La Constitución del Ecuador de 2008, en esencia garantista, plantea una serie de acciones jurisdiccionales para la protección de los derechos humanos, como son: la acción por Incumplimiento, la acción de Acceso a la información Pública, la acción de protección, la acción de hábeas corpus, la acción de hábeas data, y la extraordinaria de protección.

Si bien es cierto que la Constitución del Ecuador de 1998 reconocía algunas garantías constitucionales como la Acción de Amparo; la carencia de conocimiento, criterio político o conocimiento jurídico para aplicar normas constitucionales, de derecho internacional o de jurisprudencia de organismos internacionales de derechos humanos, trajo como resultado que en algunos casos, los jueces de instancia o el propio Tribunal Constitucional, continuaran aplicando normas internas de derecho civil, administrativo, penal u otras.

El tener una acción constitucional que ampare los derechos humanos como es la acción de protección, contenida en la Constitución del Ecuador vigente desde octubre de 2008, por si misma no constituye una solución satisfactoria o suficiente para que la misma se aplique de manera efectiva y adecuada, sino que depende de la correcta aplicación, proceso y uso de la práctica jurídica, de la voluntad política y del control concreto o abstracto de la Constitución que la ejerce la Corte Constitucional con carácter vinculante

Para que un recurso sea adecuado, es necesario que sea de tal naturaleza que permita contar con medios eficaces y suficientes para reparar la situación jurídica infringida, es decir, que cuando se produzca la violación a un derecho humano, se cuente en el ordenamiento jurídico interno con recursos jurídicos específicos y aplicables a dichas situaciones, que permitan un resultado de reparación concreta y razonable al daño producido.

No es suficiente que existan recursos que estén previstos en la Constitución, la ley o quesean formalmente admisibles, sino que se requiere que los mismos sean verdaderamente

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idóneos, que permitan establecer si se ha incurrido en una violación a los derechos humanos y a la vez proporcionar lo que sea necesario para remediarla.93

Por lo tanto no solo el abogado está obligado a conocer cómo se aplica, se procesa y se usa el recurso de Amparo en el Ecuador, a partir de su cambio en la Constitución vigente como Acción de Protección, si no la sociedad en general, para abolir los problemas existentes y así se podrá actuar en forma racional, inteligente, que permitirá potenciar su cotidiana práctica profesional y a la vez plantear una propuesta de solución del problema a investigar.

2.2.- FORMULACIÓN DEL PROBLEMA.-

Al haberse establecido en la Constitución vigente la Acción de Protección, cómo se aplica, se procesa y se usa por parte de la función judicial y de la sociedad en general.

2.3.- DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA.-

El trabajo investigativo se realizará en el cantón Quito, provincia de Pichincha, en el año 2011-2012, y se investigará al personal del Ministerio Fiscal Distrital.

2.3.1.- OBJETO DE ESTUDIO.-

EL derecho

2.3.2.- CAMPO DE ACCIÓN.-

Derecho penal y derecho constitucional.

93

Cfr., por ejemplo, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Ivcher Bronstein, sentencia del 6 de febrero de 2001, párrafo 136, Caso Cantonal Benavides, sentencia del 18 de agosto de 2000, párrafo 164, y Caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni vs. Nicaragua, sentencia del 31 de agosto de 2001, párrafo 113. Tomado de: FAÚNDEZ Ledesma Héctor. El Sistema Interamericano de protección de los Derechos Humanos, Aspectos institucionales y procesales. Tercera edición. Instituto Interamericano de Derechos Humanos – IIDH, San José – Costa Rica, 2004. Pág.

160 3.- OBJETIVOS:

3.1.- OBJETIVO GENERAL.-

Elaborar un manual de capacitación sobre Acción de protección en el Ecuador, en el que se establezca cómo se aplica, se procesa y se usa el Recurso de Amparo a partir de su cambio en la Constitución.

3.2.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS.-

 Fundamentar jurídica y doctrinariamente con derecho comparando la acción de protección establecida en la constitución del 2008, la aplicación, uso y procesamiento.

 Analizar los casos de acción de protección presentados en el cantón Quito.

 Elaborar los componentes del manual de capacitación sobre la Acción de protección en el Ecuador.

4.- ESQUEMA DE CONTENIDOS.-

Naturaleza del Amparo

Etimología del término amparo Denominación General del Amparo Definición Jurídica del Amparo El amparo como Recurso

Definición de Amparo Constitucional Características esenciales de Amparo

Derechos Fundamentales

De los derechos Fundamentales

El Amparo como instrumento para proteger a las personas El Amparo en el Derecho Constitucional Extranjero Legislación Comparada

El Recurso de Amparo en el Ecuador

Historia de Amparo según las Constituciones en el Ecuador La Reforma Constitucional de 1985

El Recurso de amparo y su Aplicación en los Procedimientos administrativos La Competencia

161 Los Procedimientos Contencioso administrativo

La Admisibilidad y Aplicabilidad del Recurso de Amparo La Acción de Protección en el Ecuador

Etimología del término protección Protección: definición

Definición jurídica de la acción de protección

Actúa como acción reparadora o preventiva de los derechos Constitucionales

Es una acción intercultural Características

Desarrollo del Proceso de la acción Constitucional Ordinaria de Protección

Acción Constitucional Ordinaria de Protección La competencia

Legitimación activa

Documentos que deben acompañar que debe acompañarse a la demanda de protección

Análisis comparativo de la Constitución de 1998 y la Constitución vigente

5.- IDEAS A DEFENDER.-

Con un manual de capacitación sobre Acción de protección en el Ecuador, en el que se establezca cómo se aplica, se procesa y se usa el Recurso de Amparo a partir de su cambio en la Constitución, disminuirá los conflictos jurídicos.

6.- BIBLIOGRAFÍA.-

Bibliografía.-

Ferrer, Mac Gregor Eduardo, El Derecho de Amparo en el Mundo,

Constitución de la República del Ecuador. R.O. No. 449 de 20 de octubre de 2008. Declaración Universal de los Derechos Humanos,10 de diciembre de 1948.

Manuel Osorio, El Juicio Especial por la Acción de Amparo

García, F J, El Juicio Especial, La Acción de Amparo Constitucional, 3ra Ed. Quito, Edito Rodín, 1999.

Hachette Castell, Diccionario Enciclopédico, Mentor. Ediciones Castell, 1983.

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Ávila Santamaría, Ramiro, Las Garantías: herramientas imprescindibles para el cumplimiento de los derechos.

Desafíos constitucionales, Serie Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Justicia. Quito-2008.

Ávila Santamaría, Ramiro, Las Garantías: herramientas imprescindibles para el cumplimiento de los derechos.

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Díaz, Silvia Adriana, La Acción de Amparo, La Ley, Buenos Aires 2001.

Bernal Pulido, Carlos. El derecho de los derechos. Universidad Externado de Colombia 2005

Silva Portero Carolina, Las Garantías de los derechos, Neoconstitucionalismo y Sociedad, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 2008