VISTO lo actuado en el presente cuerpo instru- mental; y
Considerando:
QUE mediante la Ordenanza N° 8744 - Presupuesto General para el Ejercicio 2014, en el artículo 12º bis “Bonificación por Produc- tividad” se reglamenta la remuneración de productividad, facultando al Departamento Ejecu- tivo a fijar el valor por hora o por cantidad de trabajo;
QUE pese a la contratación del sistema de pago de haberes al personal municipal mediante la acreditación en caja de ahorro formalizado con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, actuaciones que corren agregadas al expte. N° 6315-T-96, un número relativo de agentes continúan percibiendo sus haberes en efectivo y/o cheques;
QUE asimismo, se practican mensualmente dis- tintas liquidaciones al personal municipal en cumplimiento de tareas extraordinarias y otras que conllevan una labor adicional, no prevista para el personal de Tesorería Municipal;
QUE las mismas no deben ser consideradas ta- reas habituales, toda vez que pueden ser realizadas por otro agente del plantel municipal, por lo que no tiene carácter remunerativo alguno;
QUE por lo expuesto, se hace necesario estable- cer el mecanismo y monto a abonar que tales tareas extraordinarias demanden; las que se realizarán por la modalidad de trabajo por productividad;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1°.- Establécese en un máximo de quince (15) los agentes de la Tesorería ************** General que intervendrán en las tareas de ensobrado y pago complementa- rio de haberes, a realizarse fuera de los horarios habituales, durante el año calendario 2014, con la modalidad de Productividad.-
Ref.: Expte. N° 16268-T-2013.-
//….
ARTICULO 2°.- Fíjase en Pesos Un Mil Doscientos Cincuenta ($ 1.250.-) la asignación por ************** tareas extraordinarias prevista en el artículo 12º bis “Bonificación por Productividad” de la Ordenanza N° 8744, para los agentes que a continuación se detallan y son afectados a las actividades que hace mención el artículo 1°:
Legajo Apellido y Nombre Módulos
7845 SORIA MONICA 1250 11491 CAMPICI MARTA 1250 12701 MONACA GABRIELA 1250 13030 GIUSSI MARIANA 1250 13599 BARNECHEA ALEJANDRA 1250 16689 POLITO MARIA CRISTINA 1250 17682 DELLACROCE GERARDO 1250 17727 CURIGLIANO JUANA 1250 17816 MENDEZ MONICA 1250 18044 TRYBOLOWICZ FERNANDO 1250 18177 BARNECHEA PATRICIA 1250 51219 GOBELLO MARCELA 1250 51530 DRASAL KARINA 1250 55605 CORDOBA ANDREA 1250 56308 MORELLO SILVINA 1250
ARTICULO 3º.- Déjase establecido que las tareas mencionadas en el artículo 1º, *************** encuadran en el Artículo 12º bis “Bonificación por Productividad” de la Ordenanza Nº 8744 y se atenderán con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-
ARTICULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
Ref. Expte. Nº 15293-C-2013
SAN ISIDRO, 3 de febrero de 2014
DECRETO NUMERO:
307
VISTO la nota presentada por el SALITA DE SIETE - JUBILADOS, PENSIONADOS Y TERCERA EDAD; y
Considerando:
QUE la citada Institución solicita un apoyo eco- nómico destinado para el alquiler y gastos para el mantenimiento del Centro;
QUE el Coordinador General de Relaciones Insti tucionales y Tercera Edad estima procedente otorgar al peticionante, un subsidio por un im porte de PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000.-), pagadero en doce (12) cuotas iguales y mensuales de PESOS MIL QUINIENTOS ($ 1.500.-) cada una, con oportuna rendición de cuentas;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental por ************* la SALITA DE SIETE - JUBILADOS, PENSIONADOS Y TERCERA EDAD, la suma de PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000.-), pagadero en doce (12) cuotas iguales y mensuales de PESOS MIL QUINIENTOS ($1.500.-) cada una, destinado para el alquiler y gastos para el mantenimiento del Centro, con oportuna rendición de cuentas.-
ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente **************autorizada/s a tal efecto.-
Ref. Expte. Nº 15293-C-2013
//…
ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamentario ************** Nº 1444/85.-
ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente **************decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos.-
ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nº 16768-P-2013.-
SAN ISIDRO, 3 de febrero de 2014
DECRETO NUMERO:
308
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instru- mental; y
Considerando:
QUE distintos agentes, fueron designados en ca- rácter de “Planta Temporaria – Personal Mensualizado”, en el “Programa Médicos Comuni- tarios-Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención”, dependiente de la Secretaría de Sa- lud Pública;
QUE, se hace necesario modificar la retribución de sus actuales designaciones;
QUE, en virtud de ello, se deberá realizar el co- rrespondiente acto administrativo, a fines de regularizar sus situaciones presupuestarias;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Modifícase la retribución de la designación en carácter de “Planta *************** Temporaria -Personal Mensualizado” conforme el artículo 24º inciso a) - apartado 2- de la Ordenanza Nº 8744 con retroactividad al 1º de noviembre de 2012 y hasta el 31 de Marzo de 2013, a los agentes que más abajo se detallan con funciones en el “Pro- grama Médicos Comunitarios - Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención, dependiente de la Secretaría de Salud Pública (J: 1.1.1.01.09.000- C:01.01 –O: 1.2.1.01):
- Stella Maris MANCINELLI (Legajo Nº 52.304) quedando con 5700 módulos y fun- ciones de Obstétrica.-
- Olga Beatriz PEREZ (Legajo Nº 13.139), quedando con 5700 módulos y funciones de Médica Clínica.-
- Marcela Laura SERANTES (Legajo Nº 58.210), quedando con 5100 módulos y fun- ciones de Médica Clínica.-
Ref.: Expte. Nº 16768-P-2013.-
- Lucía Natividad CHAILE (Legajo Nº 11.304), quedando con 5100 módulos y funcio- nes de Enfermera.-
- Lidia GOHRING (Legajo Nº 14.868), quedando con 5100 módulos y funciones de Enfermera.-
- Eduardo Miguel GUTIERREZ (Legajo Nº 54.814), quedando con 6375 módulos y fun- ciones de Enfermero.-
ARTICULO 2º.- Modifícase la retribución correspondiente a la designación en carácter de ************** “Planta Temporaria -Personal Mensualizado” conforme el artículo 24º inciso a) - apartado 2- de la Ordenanza Nº 8744 con retroactividad al 1º de julio y hasta el 31 de Marzo de 2014, a los agentes que más abajo se detallan con funciones en el “Programa Médicos Comunitarios -Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención, dependiente de la Secretaría de Salud Pública (J: 1.1.1.01.09.000- C:01.01 –O: 1.2.1.01):
- Jimena VARANO (Legajo Nº 62825), quedando con 7125 módulos y funciones de Pediatra.-
- Marcela Vanesa COSTA (Legajo Nº 60.157), quedando con 7125 módulos y funciones de Obstétrica.-
- Andrea Viviana MANZAN (Legajo Nº 60.156), quedando con 7125 módulos y fun- ciones de Obstétrica.-
- Micaela Beatriz BABINO (Legajo Nº 57.250), quedando 7125 módulos y funciones de Obstétrica.-
- Stella Maris MANCINELLI (Legajo Nº 52.304) quedando con 7125 módulos y fun- ciones de Obstétrica.-
- Lidia GOHRING (Legajo Nº 14.868), quedando con 6375 módulos y funciones de Enfermera.-
- Maria Graciela REZZONICO (Legajo Nº 59.911), quedando con 7125 módulos y fun- ciones de Médica de Familia.-
- Patricia Ester REPISO (Legajo Nº 17.797), quedando con 7125 módulos y funciones de Médica Pediatra.-
- Luis Enrique MEDINA (Legajo Nº 12.118), quedando con 3563 módulos y funcio- nes de Médico Pediatra.-
Ref.: Expte. Nº 16768-P-2013.-
- Carmen Dolores RUBIO (Legajo Nº 11.571), quedando con 3563 módulos y funcio- nes de Médica Ginecóloga.-
- Estela Dolores ARGUELLO (Legajo Nº 51.166), quedando con 6375 módulos y fun- ciones de Enfermera Profesional.-
- Olga Beatriz PEREZ (Legajo Nº 13.139), quedando con 7125 módulos y funciones de Médica Clínica.-
- Marcela Laura SERANTES (Legajo Nº 58.210), quedando con 7125 módulos y fun- ciones de Médica Clínica.-
- Lucrecia DEL CAMPO (Legajo Nº 59.694), quedando con 3563 módulos y funciones de Médica Pediatra.-
- Lucía Natividad CHAILE (Legajo Nº 11.304), quedando con 6375 módulos y funcio- nes de Enfermera.-
- Eduardo Miguel GUTIERREZ (Legajo Nº 54.814), quedando con 6375 módulos y fun- ciones de Enfermero.-
- Mercedes Lorena TELLO (Legajo Nº 60.956), quedando con 3500 módulos y funcio- nes de Agente Sanitario.-
- Graciela Beatriz PERALTA (Legajo Nº 53.990) quedando con 3500 módulos y funcio- nes de Agente Sanitario.-
- Zulma MORALES (Legajo Nº 17.423), quedando con 3500 módulos y funciones de Agente Sanitario.-
- Isabel Lucía SURRA (Legajo Nº 18.074), quedando con 3500 módulos y funciones de Agente Sanitario.-
- María Celeste SALVO (Legajo Nº 55.528), quedando con 3500 módulos y funciones de Agente Sanitario.-
- Nilda Rosa SANTILLAN (Legajo Nº 51.694), quedando con 3500 módulos y funcio- nes de Agente Sanitario.-
- Gisela Florencia OLGUIN (Legajo Nº 13.153), quedando con 3500 módulos y funcio- nes de Agente Sanitario.-
- Miguel Angel SALINAS (Legajo Nº 56.743) quedando con 3750 módulos y funciones de Auxiliar de Enfermería.-
Ref.: Expte. Nº 16768-P-2013.-
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. N° 4105-1037-1996.-
SAN ISIDRO, 3 de febrero de 2014
DECRETO NUMERO:
309
VISTO la Disposición N° 4176/2007 del Orga- nismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección Provincial de Eva- luación de Impacto Ambiental, por la que se clasificó como de PRIMERA CATEGORÍA, al establecimiento ubicado en la calle Miguel Cané n° 1795 de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro FABRICACION DE BAFLES Y ANTENAS PARA AUTOMOTORES, cuya titularidad es ejercida por Peba S.R.L.; y
Considerando:
QUE la firma interesada ha dado cumplimiento a la presentación de la documentación requerida por el Decreto N° 1741/96, Declaración Jura- da con memoria descriptiva de la actividad, cuya veracidad fue constatada en inspección técnica realizada en el establecimiento, reuniendo el mismo condiciones reglamentarias de funcionamiento y conforme los términos del art. 28º del Decreto N° 1741/96, reglamentario de la Ley 11.459, corresponde extender el Certificado de Aptitud Ambiental;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Expídase a la firma Peba S.R.L., con domicilio en la calle Miguel Cané n° ************* 1795 de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro FABRICACION DE BAFLES Y ANTENAS PARA AUTOMOTORES, el Certificado de Aptitud Ambiental de Primera Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 11459 Decreto Reglamentario N° 1741/96, y conforme con lo dispuesto por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Direc- ción Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental.-
ARTICULO 2°.- Déjase expresa constancia que lo dispuesto tiene validez por el término ************* de dos (2) años a partir de la fecha del presente decreto, conforme a los términos del artículo 33º de la Ley N° 11.459 y su Decreto Reglamentario.-
Ref.: Expte. N° 4105-1037-1996.-
ARTICULO 3°.- Hácese saber a los peticionantes que deberán solicitar la renovación del ************ Certificado de Aptitud Ambiental por igual término, en un plazo de un (1) mes antes de su vencimiento, y en caso de existir ampliaciones, modificaciones o cambios en sus procesos, deberá cumplimentarse el Art. 57º del aludido decreto, con la presentación de la documentación allí solicitada.-
ARTICULO 4°.- Procédase a la entrega de copia del presente decreto a la firma interesada, ************ con la salvedad que el mismo no involucra el trámite de habilitación muni- cipal, el cual debe ser realizado conforme a las reglamentaciones vigentes, quedando en con- secuencia supeditado a éste y a la percepción de las tasas correspondientes.-
ARTICULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. N° 4105-1037-1996.-
***** CERTIFICO que mediante Decreto N°
309
dictado en el día de la fecha, obrante a fojas 219/220 del expediente N° 4105-1037-1996 se ha dispuesto expedir a la firma Peba S.R.L., con domicilio en la calle Miguel Cané n° 1795 de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro FABRICACION DE BAFLES Y ANTENAS PARA AUTOMOTORES, el Certificado de Aptitud Ambiental de Primera Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 11459 Decreto Regla- mentario N° 1741/96, y conforme con lo dispuesto por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Am- biental.********** Déjase constancia que el presente tiene validez por el término de dos (2) años a partir de la fecha del presente decreto, y que en caso de existir ampliaciones, modificaciones o cambios en sus procesos, deberá procederse conforme lo dispone el Art. 57º del citado De- creto Reglamentario. *****
***EXTIENDO el presente que firmo y sello en San Isidro, con fecha 3 de febrero de 2014.***
DESPACHO Y LEGISLACION
AL
Ref.: Expte. N° 4105-2025-2012.-
SAN ISIDRO, 3 de febrero de 2014
DECRETO NUMERO:
310
VISTO la Disposición N° 476/13 del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental, por la que se clasificó como de PRIMERA CATEGORÍA, al estable- cimiento ubicado en la calle Cuyo n° 2260/68 de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro SERVICIO DE CATERING, ELA- BORACION DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS (COMIDAS, VIANDAS, ETC), SER- VICIO DE LUNCH PARA TERCEROS, cuya titularidad es ejercida por la firma Chef Gourmet S.A.; y
Considerando:
QUE la firma interesada ha dado cumplimiento a la presentación de la documentación requerida por el Decreto N° 1741/96, Declaración Jura- da con memoria descriptiva de la actividad, cuya veracidad fue constatada en inspección técnica realizada en el establecimiento, reuniendo el mismo condiciones reglamentarias de funcionamiento y conforme los términos del art. 28º del Decreto N° 1741/96, reglamentario de la Ley 11.459, corresponde extender el Certificado de Aptitud Ambiental;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Expídase a la firma Chef Gourmet S.A., con domicilio en la ************** calle Cuyo n° 2260/68 de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro SERVICIO DE CATERING, ELA- BORACION DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS (COMIDAS, VIANDAS, ETC), SER- VICIO DE LUNCH PARA TERCEROS, el Certificado de Aptitud Ambiental de Primera Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 11459 Decreto Reglamentario N° 1741/96, y conforme con lo dispuesto por el Organismo Provincial para el Desarrollo Soste-
Ref.: Expte. N° 4105-2025-2012.-
ARTICULO 2°.- Déjase expresa constancia que lo dispuesto tiene validez por el término ************* de dos (2) años a partir de la fecha del presente decreto, conforme a los términos del artículo 33º de la Ley N° 11.459 y su Decreto Reglamentario.-
ARTICULO 3°.- Hácese saber a los peticionantes que deberán solicitar la renovación del ************* Certificado de Aptitud Ambiental por igual término, en un plazo de un (1) mes antes de su vencimiento, y en caso de existir ampliaciones, modificaciones o cambios en sus procesos, deberá cumplimentarse el Art. 57º del aludido decreto, con la presentación de la documentación allí solicitada.-
ARTICULO 4°.- Procédase a la entrega de copia del presente decreto a la firma interesada, ************* con la salvedad que el mismo no involucra el trámite de habilitación muni- cipal, el cual debe ser realizado conforme a las reglamentaciones vigentes, quedando en con- secuencia supeditado a éste y a la percepción de las tasas correspondientes.-
ARTICULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. N° 4105-2025-2012.-
***** CERTIFICO que mediante Decreto N°
310
dictado en el día de la fecha, obrante a fojas 81/82 del expediente N° 4105-2025-2012 se ha dispuesto expedir a la firma Chef Gourmet S.A., con domicilio en la calle Cuyo n° 2260/68 de la Ciudad de Martínez, juris- dicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro SERVICIO DE CA- TERING, ELABORACION DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS (COMIDAS, VIANDAS, ETC), SERVICIO DE LUNCH PARA TERCEROS, el Certificado de Aptitud Ambiental de Primera Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 11459 Decreto Reglamenta- rio N° 1741/96, y conforme con lo dispuesto por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental.********** Déjase constancia que el presente tiene validez por el término de dos (2) años a partir de la fecha del presente decreto, y que en caso de existir ampliaciones, modificaciones o cambios en sus procesos, deberá procederse conforme lo dispone el Art. 57º del citado De- creto Reglamentario. *****
***EXTIENDO el presente que firmo y sello en San Isidro, con fecha 3 de febrero de 2014.***
DESPACHO Y LEGISLACION
AL
Ref.: Expte. N° 4105-1134-1996.-
SAN ISIDRO, 3 de febrero de 2014
DECRETO NUMERO:
311
VISTO la Disposición N° 535/13 del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental, por la que se clasificó como de PRIMERA CATEGORÍA, al estable- cimiento ubicado en la calle Francia n° 564 de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro FABRICACION DE VELAS PARA EMBARCACIONES, cuya titularidad es ejercida por International Sailing Service S.A.; y Considerando:
QUE la firma interesada ha dado cumplimiento a la presentación de la documentación requerida por el Decreto N° 1741/96, Declaración Jura- da con memoria descriptiva de la actividad, cuya veracidad fue constatada en inspección técnica realizada en el establecimiento, reuniendo el mismo condiciones reglamentarias de funcionamiento y conforme los términos del art. 28º del Decreto N° 1741/96, reglamentario de la Ley 11.459, corresponde extender el Certificado de Aptitud Ambiental;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Expídase a la firma International Sailing Service S.A., con domicilio en la ************** calle Francia n° 564 de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Parti- do, donde se desarrollan actividades con el rubro FABRICACION DE VELAS PARA EM- BARCACIONES, el Certificado de Aptitud Ambiental de Primera Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 11459 Decreto Reglamentario N° 1741/96, y conforme con lo dispuesto por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Direc- ción Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental.-
ARTICULO 2°.- Déjase expresa constancia que lo dispuesto tiene validez por el término ************* de dos (2) años a partir de la fecha del presente decreto, conforme a los términos del artículo 33º de la Ley N° 11.459 y su Decreto Reglamentario.-
Ref.: Expte. N° 4105-1134-1996.-
ARTICULO 3°.- Hácese saber a los peticionantes que deberán solicitar la renovación del ************ Certificado de Aptitud Ambiental por igual término, en un plazo de un (1) mes antes de su vencimiento, y en caso de existir ampliaciones, modificaciones o cambios en sus procesos, deberá cumplimentarse el Art. 57º del aludido decreto, con la presentación de la documentación allí solicitada.-
ARTICULO 4°.- Procédase a la entrega de copia del presente decreto a la firma interesada, ************ con la salvedad que el mismo no involucra el trámite de habilitación muni- cipal, el cual debe ser realizado conforme a las reglamentaciones vigentes, quedando en con- secuencia supeditado a éste y a la percepción de las tasas correspondientes.-
ARTICULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. N° 4105-1134-1996.-
***** CERTIFICO que mediante Decreto N°
311
dictado en el día de la fecha, obrante a fojas 216/217 del expediente N° 4105-1134-1996 se ha dispuesto expedir a la firma Interna- tional Sailing Service S.A., con domicilio en la calle Francia n° 564 de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro FABRI- CACION DE VELAS PARA EMBARCACIONES, el Certificado de Aptitud Ambiental de Primera Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 11459 Decreto Reglamenta- rio N° 1741/96, y conforme con lo dispuesto por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental.********** Déjase constancia que el presente tiene validez por el término de dos (2) años a partir de la fecha del presente decreto, y que en caso de existir ampliaciones, modificaciones o cambios en sus procesos, deberá procederse conforme lo dispone el Art. 57º del citado De- creto Reglamentario. *****
*** EXTIENDO el presente que firmo y sello en San Isidro, con fecha 3 de febrero de 2014|.***
DESPACHO Y LEGISLACION
AL
Ref. Expte Nro. 1347-2014
SAN ISIDRO, 3 de Febrero de 2014.-
DECRETO NUMERO:
3 1 2
VISTO lo actuado en el presente expediente, y; Considerando:
QUE se inician las presentes actuaciones merced a la denuncia formulada por la Secretaría de Salud Pública, de la que se desprende la proba- ble comisión de delitos de acción pública;
QUE en virtud de lo dispuesto por el Artículo 287 inc.) Io del Código de Procedimientos en lo Penal de la Provincia de Buenos Aires, co- rresponde promover la pertinente denuncia penal ante la autoridad competente, para lo cual se debe dictar el pertinente acto administrativo que así lo resuelva;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO,
d e c r e t a :
ARTICULO lº: Por intermedio de la Asesoría Legal Municipal, promuévase la denuncia ************* penal pertinente, ante la Unidad Funcional de Investigación que corres- ponda, respecto de los hechos descriptos en los Considerandos del presente Decreto.