mecánico, efectuada por el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones a favor de
los Gobiernos Regionales y Locales
DECRETO SUPREMO Nº 014-2016-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:
Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú modifi cado por la Ley N° 27680, dispone que la descentralización constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; que este proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, a partir del año 2003 se inició el proceso de transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha Contra la Pobreza y Proyectos de Inversión en Infraestructura Productiva de Alcance Regional, en función de las capacidades de gestión de cada Gobierno Regional y Local; facultándose al Poder Ejecutivo para realizar todas las acciones administrativas, presupuestarias y fi nancieras necesarias en relación a los pliegos y unidades ejecutoras de los programas y proyectos objeto de transferencia;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 049-2008- PCM se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008”, el mismo que en Anexo forma parte integrante de dicha norma;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 018-2009- PCM se aprobó la modifi cación del “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008”, aprobado por el Decreto Supremo N° 049-2008-PCM, que incorpora la transferencia de Equipo Mecánico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a Gobiernos Locales,
que en Anexo forma parte integrante de la norma citada, disponiendo que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones programe como parte del mencionado Plan, ejecutar la transferencia de equipo mecánico a favor de 14 Municipalidades Provinciales, con un total de 52 equipos; y, la transferencia de equipo mecánico a 64 Municipalidades Distritales, con un total de 143 equipos;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 047-2009- PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009”, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante del citado decreto; el cual establece la transferencia de 82 máquinas en posesión de 11 Gobiernos Regionales, en calidad de afectación en uso; 8 máquinas a 5 Municipalidades Provinciales; y 73 máquinas a 33 Municipalidades Distritales;
Que, mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 060-2009-PCM/SD, se aprobó la Directiva N° 005-2009-PCM/SD: “Directiva para el proceso de transferencia del Equipo Mecánico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a Gobiernos Regionales y Locales”; con el objetivo de establecer los procedimientos para la transferencia de Equipo Mecánico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a Gobiernos Regionales y Locales, programadas en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2008 y 2009;
Que, la Directiva N° 005-2009-PCM/SD, señala que con el Acta de Entrega - Recepción se efectiviza dicha transferencia, y que mediante Decreto Supremo se aprueba la transferencia defi nitiva del equipo mecánico a los respectivos Gobiernos Regionales y Locales;
Que, mediante las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nos. 224 y 225-2010-PCM/SD se declararon aptos a 14 Municipalidades Provinciales (52 equipos a transferir), 59 Municipalidades Distritales (135 equipos a transferir), 4 Municipalidades Provinciales (7 equipos a transferir) y 28 Municipalidades Distritales (68 equipos a transferir), respectivamente, citadas en los Anexos que forman parte de tales resoluciones, para acceder a la transferencia del Equipo Mecánico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; asimismo, mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 233-2010-PCM/SD se declararon aptos a 10 Gobiernos Regionales (80 equipos a transferir) citados en dicha resolución, para acceder a la transferencia de equipo mecánico;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 770-2002- MTC/01, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones constituyó la Comisión de Transferencia del Subsector Transportes; y mediante la Resolución Ministerial N° 493-2010-MTC/01, se delegó en el Viceministro de Transportes la facultad de suscribir las Actas de Entrega y Recepción para la transferencia de Equipo Mecánico entre el citado Ministerio y los Gobiernos Regionales y Locales;
Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 363- 2009-MTC/02, modifi cada por la Resolución Viceministerial N° 443-2009-MTC/02, se constituyó el Grupo de Trabajo Especializado en materia de Equipo Mecánico encargado de coordinar y ejecutar las actividades necesarias previstas en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2008 y 2009;
Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles según el Memorándum N° 2561-2014-MTC/14 y del Informe N° 01-2014-MTC/14. GTEEM.RVM. N° 363 y 443-2009-MTC/02 del Presidente del Grupo de Trabajo Especializado en Equipo Mecánico, señala con relación al proceso de transferencia de equipo mecánico correspondientes a los Planes Anuales de Transferencia 2008 y 2009, que resulta pertinente la aprobación de la transferencia de 161 unidades a favor de los Gobiernos Regionales y Locales que se mencionan en el presente Decreto Supremo, que corresponde a un segundo grupo de 57 entidades, de acuerdo a las 62 Actas de Entrega y Recepción de transferencia defi nitiva de
maquinaria suscritas entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y los respectivos Gobiernos Regionales y Locales, y conforme a los 61 cuadros contenidos en las relaciones de bienes entregados a dichos gobiernos en los que se especifi can las características de las maquinarias y sus valorizaciones;
Que la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales a través del Ofi cio Nº 079-2014/SBN-DNR-SDNC de fecha 13 de marzo del 2014, se dirige al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en respuesta al Ofi cio Nº 061-2014-MTC/10.05 de la Ofi cina de Patrimonio, opinando que no es necesario emitir la resolución de baja de los vehículos transferidos por Decreto Supremo a mérito de la transferencia de competencias sectoriales, conforme a la Directiva Nº 004-2002/SBN “Procedimiento para el Alta y la Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal y su Recepción por la Superintendencia de Bienes Nacionales” aprobada por Resolución Nº 021-2002/SBN, más aún tomando en cuenta que el procedimiento de transferencia no se ampara en la Directiva Nº 009-2002/ SBN “Procedimiento para la donación de bienes muebles dados de baja por las Entidades Públicas y para la aceptación de la donación de bienes muebles a favor del Estado”, aprobada por Resolución Nº 031-2002/SBN, sino que proviene de una norma específi ca;
Que, en consecuencia, en observancia del marco legal señalado, resulta necesario disponer la aprobación de la transferencia de equipo mecánico a favor de los Gobiernos Regionales y Locales;
En uso de las facultades conferidas por el inciso 24) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación de transferencia de equipo mecánico efectuada a Gobiernos Regionales y Locales
Apruébese la transferencia efectuada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de un total de ciento sesenta y un (161) unidades de equipo mecánico a favor de los Gobiernos Regionales y Locales que a continuación se indican, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 049 -2008-PCM modifi cado por el Decreto Supremo N° 018-2009-PCM y el Decreto Supremo N° 047-2009-PCM:
GOBIERNOS REGIONALES
1. Gobierno Regional de Áncash 2. Gobierno Regional de Ica 3. Gobierno Regional de La Libertad 4. Gobierno Regional de Puno 5. Gobierno Regional de San Martin 6. Gobierno Regional de Ucayali
GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES
1. Municipalidad Provincial de Santa Cruz 2. Municipalidad Provincial de Celendín 3. Municipalidad Provincial de Huacaybamba 4. Municipalidad Provincial de Jauja 5. Municipalidad Provincial de Paita
GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES
1. Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote 2. Municipalidad Distrital de Pampas 3. Municipalidad Distrital de Paucas 4. Municipalidad Distrital de Tauca 5. Municipalidad Distrital de Conila 6. Municipalidad Distrital La Peca 7. Municipalidad Distrital de Pimpingos 8. Municipalidad Distrital de Lajas 9. Municipalidad Distrital de Huasmin 10. Municipalidad Distrital de Hualgayoc 11. Municipalidad Distrital de Oxamarca 12. Municipalidad Distrital de San Luis
13. Municipalidad Distrital de San Andrés de Cutervo 14. Municipalidad Distrital de Cortegana
15. Municipalidad Distrital de Cochabamba 16. Municipalidad Distrital de Huancano 17. Municipalidad Distrital de Muqui 18. Municipalidad Distrital de Huaripampa 19. Municipalidad Distrital de Manzanares 20. Municipalidad Distrital de Sicaya 21. Municipalidad Distrital de Marcabal 22. Municipalidad Distrital de Ongón 23. Municipalidad Distrital de Salpo 24. Municipalidad Distrital de Urpay 25. Municipalidad Distrital de Chao 26. Municipalidad Distrital de Moche
27. Municipalidad Distrital de Florencia de Mora 28. Municipalidad Distrital de Huaso
29. Municipalidad Distrital de La Victoria 30. Municipalidad Distrital de Breña 31. Municipalidad Distrital de Santa Rosa 32. Municipalidad Distrital de Huancapon 33. Municipalidad Distrital de Sumbilca 34. Municipalidad Distrital de Huañec 35. Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial 36. Municipalidad Distrital de Ancón 37. Municipalidad Distrital de Alto Inambari 38. Municipalidad Distrital de Ituata 39. Municipalidad Distrital de Usicayos 40. Municipalidad Distrital de Limbani 41. Municipalidad Distrital de Coasa
42. Municipalidad Distrital La Banda de Shilcayo 43. Municipalidad Distrital de Ite
44. Municipalidad Distrital de Sepahua 45. Municipalidad Distrital de Campo Verde 46. Municipalidad Distrital de Curimana
Las características de las máquinas materia de la transferencia, se detallan en los cuadros contenidos en las relaciones de bienes entregados a los mencionados Gobiernos Regionales y Locales, los cuales como Anexos forman parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Valorización del equipo mecánico transferido a los Gobiernos Regionales y Locales
La transferencia a que se refi ere el artículo precedente, se realizó al valor neto ajustado, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Inscripción de la transferencia del derecho de propiedad
La Zona Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, inscribe en el Registro de Propiedad Vehicular la transferencia del derecho de propiedad de los vehículos inscribibles, a nombre de los benefi ciarios a que se refi ere el Artículo 1, por el mérito del presente Decreto Supremo y sus anexos.
Artículo 4.- De la publicación
Los Anexos del presente Decreto Supremo son publicados en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el diario ofi cial El Peruano.
Artículo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil dieciséis.
OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones