CAPÍTULO II: Análisis Conceptual y Caracterización de las MIPYME en el Contexto
2.2 Definición conceptual
Definir a nivel conceptual las MIPYME, es una tarea compleja que se ajusta a una serie de criterios que son establecidos por los objetivos y necesidades que persiguen los actores locales de desarrollo en un determinado contexto (Vázquez, 2009). Este apartado, considera algunos conceptos que definen, caracterizan y clasifican las MIPYME, tomando como referencia los criterios de Information Resources Management Association (2012, p. 1428) que son: total de ingresos anuales y número de trabajadores.
La revisión del estado del arte, permitió conceptualizar y clasificar el objeto de estudio desde diferentes enfoques y metodologías empíricas, desarrolladas en diversos contextos. En el caso particular de esta investigación, se planteó, conceptualizar elementos que demuestren puntos en común y diferencias en los diferentes contextos, tomando como referencia el que se utiliza en Nicaragua.
Como punto de partida Ricardo A. Varela en el “prólogo de Administración de Pymes emprender, dirigir y desarrollar empresas” escrito por Mejía; Fillon; Cisneros, (2011) definen
a las PYME “como un colectivo heterogéneo cuyos individuos se identifican a partir de sus particularidades de organización y administración, sin olvidar que actúan en diferentes contextos socioeconómicos y culturales”.
Este planteamiento, identifica a las MIPYME como un grupo de individuos con visión empresarial, que tienen incidencia en un determinado rubro y que se clasifican según criterios organizativos y administrativos como son: la actividad económica, el número de trabajadores, la cantidad de ingresos y otros aspectos que se emplean en la categorización en los distintos países.
En el caso de la Unión Europea, aporta un concepto propio de las MIPYME a través de las Comunidades Europeas por medio de la oficina de publicaciones planteó en el año 2005 una nueva definición de las PYME que se expresa así:
“Las microempresas y las pequeñas y medianas empresas (PYME) son el motor de la economía europea. Constituyen una fuente fundamental de puestos de trabajo, generan espíritu empresarial e innovación en la UE y, por ello, son vitales para promover la competitividad y el empleo…”
Günter (2005, p. 3)
Este concepto planteado por Günter Vergheugen, parte de la definición presentada por la Comisión de las Comunidades Europeas, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea en mayo de 2003,plantea que: “…las Comunidades Europeas, proceden considerar a una empresa a toda entidad independientemente de su forma jurídica, que ejerce una
En países de América Latina, la terminología no logra poner un concepto común (Ueki et al., 2005; Gilman y Edwards, 2008 citado por Cardozo; et.al, 2012) y se envuelve en una serie de variaciones, que consideraron el ejercicio práctico de los distintos sectores
económicos y la aplicación contextual de criterios previamente establecidos.
En el caso de Venezuela, el colegio de contadores en su portal de internet, redefine nuevos criterios para conceptualizar a las MIPYME aprobado en sesión plenaria el 18-19 de marzo de 2011. Este establece que las pequeñas y medianas empresas son “entidades
formalmente constituidas que persigan fines de lucro y si no está sujeta al cumplimiento de
disposiciones de entes reguladores de Venezuela”. (Ccpechatira, 2011)
Este concepto, establece criterios de composición estructural conceptual y de
clasificación a la hora de definir el concepto de PYME. Es por ello, que establece criterios cuantitativos como el número de empleados y los ingresos anuales que permiten
categorizarlas. Además, considera mucho más relevante criterios cualitativos prioritarios que facilitan conceptualizar e identificar a las PYME en Venezuela.
En Argentina, la Asociación de Bancos Públicos y Privados, según Acuña, (2013) establece un concepto propio de PYME, que se rige de forma parecida a los aspectos que considera Venezuela. Se identifican las variables como la cantidad de empleados y los ingresos anuales; en aspectos cualitativos se determina por el análisis de variables como la propiedad intelectual y la independencia.
Además, la Ley 24.467 en el art. 86 publicada en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la República de Argentina, establece que son consideradas MiPYMEs
aquellas que consideran atributos relacionados al número total de empleados y total de ventas anuales.
Otros países como Chile, a través de la Ley 20416 publicada el 13 de febrero de 2010 y aprobada por el honorable Consejo Nacional, establece que son empresas de menor tamaño aquellas microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas que consideran para clasificarse el ingreso anual por ventas o servicios, según el tipo de actividad emprendedora y categoriza empleadores por el número de trabajadores contratados en las MIPYME.
En Brasil, no existe un estándar jurídico que exponga la definición de las MIPYME sin embargo según João Francisco da Mota Junior (2006), considera criterios cualitativos y cuantitativos, clasificar y definir las MIPYME. En los aspectos cuantitativos, consideró el número total de trabajadores y el ingreso de ventas anuales. En los aspectos cualitativos, consideró, que las MIPYME no deben estar sujetas o bajo la cobertura de otra empresa, es decir, que éstas, deben establecer su propia filosofía y razón de ser como entidad económica.
En el caso de Colombia en el art. 2, Ley 905 de 2004, modificado por el art. 75, Ley 1151 de 2007, modificado por el art. 43, Ley 1450 de 2011 expresa que: “se entiende por micro, pequeña y mediana empresa, toda unidad de explotación económica, realizada por persona natural o jurídica, en actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, rural o urbana…”
Además de ello, añaden los criterios de clasificación como es el número de trabajadores que indican la categorización a la que pertenecen según el tamaño (micro, pequeña y mediana empresa) y activos totales de la MIPYME.
Por lo que respecta a Costa Rica, en el art. 3 de la Ley 8262, define como PYME: “una unidad productiva de carácter permanente y que cotice al menos a dos de las cargas fiscales,
sociales y laborales que existen en el país”. Además, establece criterios cuantitativos como
son las ventas anuales, los activos totales, la cantidad de empleados contratados, los activos fijos de la empresa y los activos netos de la misma.
Para Nicaragua en el art. 4 de la Ley 645 en la Constitución Política de República de Nicaragua: Ley de Promoción, Fomento y Desarrollo de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Ley MIPYME) define a la MIPYME como:
“Las MIPYME son todas aquellas micro, pequeñas y medianas empresas, que operan como persona natural o jurídica, en los diversos sectores de la economía, siendo en general empresas manufactureras, industriales, agroindustriales, agrícolas, pecuarias, comerciales, de exportación, turísticas, artesanales y de servicios, entre otras”.
Otros aspectos que se emplean para definir la MIPYME, son la cantidad de trabajadores activos que incorporan (1 persona, unipersonal; 2-5 personas, micro-empresa; 6-20 personas, pequeña empresa; 21-100 personas, mediana empresa), los activos totales o las ventas
anuales. También, clasificarles según actividad económica, lo expone el Banco Central de Nicaragua, mencionado por Davide (2009):
o Industria.
o Comercio.
o Servicios.
Un último aspecto a considerar, es la relación que existe en el total de ingresos anuales y el tipo de régimen que puede ser de cuota fija (pago de impuesto fijos) o 1% (pago de
impuesto del 1% según ingresos por ventas o servicios), con el cual están inscritos en el registro municipal en las diferentes ciudades y departamentos de Nicaragua.
En el caso de Nicaragua, aunque existe una Ley 645 que define y clasifica a las MIPYME, la gestión administrativa, la categorización en los gobiernos municipales difiere, ya que no existe una metodología homogénea para tal proceso. Esto implica, que el modo de clasificar y categorizar no es una tarea común al registrar a una nueva MIPYME o clasificar una ya existente.
La revisión del estado del arte por distintos autores, instituciones, leyes, permitió considerar la diversidad de conceptos relacionados a la definición de las MIPYME, además de identificar variables comunes y no comunes, que se emplean al construir una definición amplia del alcance y grado de incidencia que tienen la conceptualización, caracterización y clasificación en las MIPYME en Iberoamérica.
A través de la revisión teórica, se plantea en la Figura 1. Mapeo de Concepto de MIPYME, un esquema visual que interacciona las variables implicadas en cada uno de los conceptos desde el punto de vista de definición, clasificación, categorización, considerándose estos criterios empleados en los diferentes países de Iberoamérica.
Este ejercicio, permite identificar el modo empleado en la definición conceptual, los criterios de clasificación de éstas, a través de criterios cuantitativos y cualitativos además de la actividad económica en ejercen en el sector.
Posterior a la figura se muestra la Tabla 1. MIPYME según variables de clasificación que muestra criterios de clasificación de las MIPYME según el criterio de los diferentes autores en los distintos países, con el fin de esquematizar y cuantificar el comportamiento de las variables de corte cualitativo y cuantitativo desde la perspectiva teórica antes planteada.
Figura 1. Mapeo de concepto de MIPYME
Tabla 1. MIPYME según variables de clasificación.
Autor/País
Criterios de clasificación
Aspectos cuantitativos Aspectos cualitativos
Ingresos anuales Número de trabajadores Actividad económica Situación jurídica Activos fijos Activos netos Razón social No estar bajo la cobertura de otra empresa Establecer su propia filosofía Propiedad intelectual Information Resources Management Association (2012, p. 1428) x x Ricardo A. Varela x x x
Unión Europea según Günter
Verheugen (2005, p. 3) x x x
Venezuela según (ccpechatira,
2011) x x
Argentina según Acuña, E. (2013) x x x x
Chile según Ley 20416 x x x
Brazil según João Francisco da
Mota Junior (2006) x x x x x
Colombia según la Ley 905 de 2004, modificado por el art. 75, Ley 1151 de 2007, modificado por el art. 43, Ley 1450 de 2011
x x x
Costa Rica según art. 3 de la Ley
8262 x x x x x
Nicaragua según art. 4 de la Ley
645 x x x x
En la Figura 1 Mapeo de Concepto de MIPYME, establece una ruta conceptual del constructo, determinando los diferentes factores y variables asociadas a las MIPYME con la utilización de hasta 6 niveles jerárquicos, con el fin de considerar todos los elementos encontrados en la revisión teórica, lo que permitió establecer una perspectiva amplia del concepto de los países de Iberoamérica.
La Tabla 1. “MIPYME según variables de clasificación” expone criterios comunes de clasificación para definir las MIPYME en los diferentes conceptos expuestos tanto por autores especialistas, entidades y Leyes en distintos países de Iberoamérica teniendo las variables como mayor tendencia “Ingresos anuales”, “Cantidad de trabajadores” y “Actividad económica” estas de corte cuantitativo.
Es importante reconocer, que el modo de gestionar y clasificar las MIPYME es un proceso que difiere en todos los países y en el caso particular de Nicaragua, en las diferentes ciudades y dependencias del Estado, mantienen ese mismo comportamiento. Es por ello, que este estudio se hace necesario determinar cuáles son esos puntos en común que existen a la hora de definirlo.