CAPÍTULO II. LA DEMOCRACIA Y REPRESENTACIÓN COMO
V.- Derecho electoral
El Derecho Electoral es un conjunto de normas relacionadas con los derechos y obligaciones jurídico-políticas de los ciudadanos y partidos políticos, que regula la organización de las elecciones tendientes a renovar el elemento humano de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, tanto Federales como Locales, así como de los ayuntamientos a nivel municipal y delegacional en el caso del Distrito Federal, integrando así, órganos de gobierno con servidores públicos de representación popular.
El Derecho Electoral se encarga de regular los procesos relativos a la renovación de los integrantes de estos poderes y de esas instancias de gobierno. Además, el derecho electoral regula los derechos y obligaciones de los ciudadanos y de los partidos políticos, así como los sistemas electorales y los órganos electorales a los cuales crea y conforma.
El Derecho Electoral es la rama del Derecho que se encarga de regular la organización de los procesos electorales en todas sus distintas etapas: preparación, desarrollo, resultados y declaración de validez de las elecciones.
Las normas del Derecho Electoral permiten el establecimiento de los mecanismos para celebrar elecciones y la participación de los ciudadanos en los órganos de gobierno del Estado a través de personas morales denominadas partidos políticos.
b) Fuentes del Derecho Electoral
Son fuentes del Derecho Electoral los ordenamientos en los que consta la forma de regular determinada institución o figura jurídica. En el Derecho Electoral Mexicano la fuente primaria de todo ordenamiento es la Ley, sobresaliendo de entre éstas, la Carta Magna, Ley Fundamental del país, pues de ella se desprenden todas las demás normas o disposiciones legales.
1.- Ámbito Electoral Federal
Son fuentes del Derecho las siguientes:
a). La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos b). Código federal de Instituciones y Procedimientos Electorales
c). Ley General de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia electoral
d). Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del articulo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (regula la acción de inconstitucionalidad en materia electoral).
e). Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
f). Jurisprudencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
g). Acuerdos de Observancia general emitidos por el Consejo General del instituto Electoral Federal.
2.- Ámbito Electoral Local
Son fuentes del Derecho Electoral las siguientes: A). Constitución Política Estatal
b). Código electoral de cada entidad
c). Ley Orgánica del Poder Judicial de cada Estado
d). Jurisprudencia emitida por los Tribunales Electorales Locales, y
f). Acuerdos de observancia general emitidos por el Consejo General de los Institutos Estatales Electorales.
c) Fines del Derecho Electoral
El Derecho Electoral tiene como finalidad u objetivo permitir la renovación de los órganos Legislativo y Ejecutivo, tanto en la Federación, como en los estados, municipios y el Distrito Federal.
El Derecho Electoral procura la creación de órganos de gobierno que desarrollen la tarea de dar forma a los procesos electorales, mediante la participación activa de los ciudadanos, permitiendo además que estos aspiren a ocupar un cargo de representación popular para tomar decisiones políticas fundamentales.
El Derecho Electoral permite que se de vigencia a la democracia, renovando los Poderes Legislativo y Ejecutivo, en sus distintas instancias de gobierno, haciendo realidad el ejercicio y respeto por parte del Estado hacia los derecho jurídico-políticos de los ciudadanos, partidos políticos y asociaciones políticas nacionales.
d) Instrumentos electorales
Los instrumentos electorales son los documentos o mecanismos considerados con las bases fundamentales que permiten a las Instituciones Electorales Mexicanas la organización de los Procesos Electorales.
Los Instrumentos utilizados son: El Padrón Electoral
La Credencial para votar con fotografía Las listas nominales de electores y La cartografía electoral
El Padrón Electoral es aquel listado conformado con los nombres de los ciudadanos que, en ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones políticas, se inscribe voluntariamente en él, mediante solicitud individual presentada ante el Registro Federal de Electores.
La Credencial para votar con fotografía, es un documento expedido por el Instituto Federal de Electores, a través de Registro Federal de electores, a todos los ciudadanos inscritos en el padrón electoral, que se presenten a recogerla en las oficinas o módulos del Registro.
La credencial es un instrumento de identificación para el ejercicio del voto y el cumplimiento de sus obligaciones político-electorales con relación al sufragio, por lo que es un documento único, personal e intransferible.
La Lista nominal de electores es aquella relación que contiene los nombres de los ciudadanos incluidos en el padrón electoral, pero que ya cuentan con su credencial para votar; la lista es elaborada por el Registro Federal de Electores, quien as u vez la entrega al Órgano Electoral para que este instituto esté en posibilidades de organizar las elecciones en la entidad.
La Cartografía Electoral es la división territorial de la entidad, para efectos electorales, se fundamenta en varios criterios, el más importante es el relativo a quien se elige; esto es, cuales son los órganos de autoridad cuyos titulares habrán de ser electos mediante sufragio universal, libre, secreto y directo de acuerdo con las leyes de la materia.
Estos permiten ubicar a los electores en el ámbito geográfico dividido en estado, distrito, municipio, sección electoral, facilitando la determinación de los siguientes aspectos:
Número de electores a nivel entidad, distrito, municipio y sección
Edad, sexo, entidad de origen, movimientos migratorios y lugar de residencia actual de la población en edad de votar;
Número de secciones electorales y tipo
Número y ubicación de casillas a instalar en una selección Papelería electoral que se utiliza en la jornada electoral
Valor unitario del voto para calcular el financiamiento público para cada partido político
Demarcación distrital, municipal, secccional y
Realizar el primer sorteo o insaculación de los ciudadanos que pueden ser funcionarios de mesas directivas de casilla.