8. BECAS PARA EL FOMENTO EDUCATIVO DE LAS MUJERES HIDALGUENSES Y EN REGIONES INDÍGENAS
8.1.3. Derechos, obligaciones y sanciones Derechos
a) Recibir un trato digno y respetuoso, sin discriminación;
b) A que se le informe de los montos y periodos de pago de la beca; y
c) Tener la reserva y privacidad de sus datos personales, (protección de sus datos personales).
Obligaciones
I. Llenar de forma completa, correcta y veraz los datos solicitados en el
estudio socioeconómico (Anexo 1) y en el registro;
II. Llenar de forma completa, correcta y veraz los datos solicitados en la
carta compromiso y dar cumplimiento a la misma (Anexo 2);
III. Presentarse a la entrega de documentos y firma del registro de pago, en
el lugar, la fecha y hora dados a conocer previamente. Tendrán como oportunidad tres días hábiles posteriores para acudir a las oficinas del Instituto, en caso de no hacerlo serán dadas de baja y su lugar será reasignado a otra alumna que esté en lista de espera y cumpla con los requisitos de las presentes Reglas de Operación;
IV. No causar baja de la Institución Educativa durante el periodo en que esté gozando del beneficio de la beca;
V. Mantener la condición de alumna regular (no reprobar materias) y
realizar sus estudios en los tiempos definidos en el plan de estudios en el que está inscrita y para el cual se otorgó la beca;
VI. Informar al Instituto cualquier circunstancia que afecte su situación como
becaria;
VII. Permitir la evaluación del Programa de Becas y aportar la información
que le sea requerida; y
VIII. Participar como mínimo en una de las siguientes actividades de labor
social y comunitaria:
a. En el Programa por un México sin Rezago Educativo, que coordina el Instituto para la Educación de los Adultos del Estado (Obligatorio); b. En actividades de labor social que realicen organizaciones o
asociaciones civiles, centros comunitarios, consejos ciudadanos municipales entre otros;
c. En el Programa por la Equidad en mi Comunidad;
d. En talleres de sensibilización de género que brinda el Instituto; y e. Prestar su Labor Social en la UDR, IMDM o en el propio Instituto; y
IX. Presentar, de manera semestral, un documento en el cual las y los
enlaces institucionales de las UDR, las IMDM, el Instituto Hidalguense de Educación para los Adultos o el Instituto Hidalguense de las Mujeres, avale la participación de la becaria en una de las actividades señaladas en el inciso anterior (Anexo 3).
El Instituto no recibirá las solicitudes de las aspirantes a obtener una beca, de las UDR, de las IMDM y de otras dependencias ante las siguientes situaciones:
a) Que no cumplan con los requisitos;
b) Que no cumplan con el proceso de selección; y
c) Que tengan documentación pendiente de entregar de semestres anteriores o entreguen documentación apócrifa.
Causas de suspensión del otorgamiento de becas
Las personas beneficiadas de los programas Becas para el Fomento Educativo de las Mujeres Hidalguenses y Becas para Mujeres en Regiones Indígenas se les podrán suspender el apoyo cuando incurran en alguna de las siguientes causas:
a) Falseen información o presenten documentación incompleta;
b) No cumplan con su labor de corresponsabilidad social o comunitaria; y c) No participen en las actividades propias del Instituto.
8.2. OPERACIÓN 8.2.1. Proceso
I. El Instituto dará a conocer oportunamente las Reglas de Operación del
programa, así como el calendario de recepción de solicitudes; mismas que deberán de presentarse a través de ventanilla única en los periodos y horarios que fije oportunamente el propio instituto.
II. El Instituto asignará las becas de acuerdo con el número de solicitudes
recibidas y con base en el numeral 8.1.1.1. el número de becas quedará sujeto a la disponibilidad presupuestal y la disposición de lugares.
III. El Instituto directamente ya través de las UDR y las IMDM notificará el
número de becas autorizadas para dar respuesta a las solicitudes recibidas por cada una de ellas.
IV. Las beneficiadas deberán ingresar al Instituto, a las UDR y las IMDM, la
siguiente documentación para su registro:
a. Cuestionario resuelto para estudio socioeconómico;
b. Copia del acta de nacimiento o constancia de residencia vigente; c. Copia de la C.U.R.P;
d. Copia de Constancia de estudios o boleta de calificaciones con valores aprobatorios del semestre que cursa o de la inmediata anterior, firmada y sellada por la institución educativa;
e. Historial académico vigente;
f. Copia de credencial vigente de la escuela; g. Una fotografía tamaño infantil reciente;
h. Carta compromiso firmada en la que manifieste su disposición para realizar las acciones de corresponsabilidad social y comunitaria referidas en estas Reglas de Operación;
i. Presentar una carta en la que la becaria declare que no recibe otra beca; y
j. Constancia de liberación de labor social o comunitaria (no aplicable a nuevo ingreso al programa).
V. El Instituto definirá el lugar, fecha y hora para el pago de la beca.
VI. El pago a las becarias lo hará el Instituto a través de depósito bancario
mediante tarjeta.
VII. La becaria deberá mantener su condición de alumna regular y realizar sus
estudios en los tiempos definidos en el plan de estudios en el que está inscrita y para el cual se otorgó la beca.
VIII. La beca se otorgará hasta concluir el nivel de estudios que cursa al
momento de ingresar su solicitud y no podrá prorrogarse de nivel medio superior a superior; y
IX. El número de becas y la periodicidad en la entrega de ésta será de acuerdo
con la disponibilidad presupuestal de lugares, independientemente del plan de estudios o de la modalidad escolar que se encuentre cursando la becaria.