del juego de políticas pero, desafortunadamente, las reglas del AGCS limita este
necesario espacio de políticas. Pero las RCCs no sólo deben estar disponibles para los formuladores de políticas en tiempos de crisis para impedir la fuga de capital y de
liquidez, deberían estar disponibles para ser usadas de manera oportuna y certera, sin miedo a provocar una reacción legal. Es importante reconocer que, incluso sabiendo
que los países deben recorrer un procedimiento largo y
obstaculizado, el AGCS ofrece la posibilidad de usar las
RCCs para manejar crisis, principalmente con la
invocación del Artículo XII.
Sin embargo, las RCCs no sólo son útiles para el manejo de crisis, también son
valiosos instrumentos macroprudenciales para la prevención de crisis. Debido a las
asimetrías geopolíticas estructurales entre los países desarrollados que emiten divisas de reserva y las naciones en desarrollo, estas últimas necesitan de las RCCs como
instrumentos macroprudenciales para lograr una gestión adecuada de sus sistemas financieros y proteger la estabilidad financiera como precondición de crecimiento.73 El efecto principal de RCCs exitosamente diseñadas como instrumentos macropru-
denciales ha sido el de alterar la estructura de plazos de los flujos de capital, como
medida preventiva para minimizar los efectos de detenciones repentinas de capital
especulativo y para desalentar los ataques especulativos contra las divisas nacionales o instituciones financieras específicas. Asimismo, tener RCCs listas o disponibles en el conjunto de políticas en el “modo prevención de crisis” permite respuestas más
rápidas a través de ajustes finos o del cierre de lagunas legales en caso de producirse un efecto contagioso de una crisis extranjera. Implementar las RCCs en el momento de la crisis sin tener listas medidas preventivas podría considerarse como deses-
perado y hasta haber perfeccionado su implementación, las expectativas de su
implementación causarán flujos salientes fuertemente procíclicos y las masivas fugas de capital serán una profecía autocumplida. En cambio, existe el riesgo de contagio
desde adentro: “Si un país expuesto a riesgos sistémicos que acompañan a los flujos
Las regulaciones de la cuenta de capital son útiles
para el manejo y la prevención de crisis, pero
también son un valioso instrumento para el
desarrollo económico más allá de la estabilidad
financiera
de capital no logra adoptar las medidas macroprudenciales apropiadas, su estabilidad financiera y económica podría ser puesta en riesgo. Dado el actual ambiente de
globalización financiera y la resultante interconexión mundial, la incertidumbre
económica a nivel nacional podría expandirse hacia la economía global” (OCDE 2012). Considero que, debido al actual lenguaje del AGCS74, el espacio de políticas para este
tipo de medidas preventivas macroprudenciales es ambiguo.
Luego de la serie de crisis financieras de los 1990s, los países en desarrollo de
Sudamérica tendieron a acumular costosas reservas (Rodrik 2006; Aizenmann 2009). Además de los criterios ortodoxos de riesgo crediticio, algunos de estos países son
renuentes a invertir en activos de plazo más largo dentro de la región ya que podrían enfrentar repentinas fugas de capital. Las RCCs moderadas pueden minimizar el
riesgo y liberar centenares de miles de millones de dólares en reservas para la
estrategia de desarrollo de la región. Las RCCs coordinadas, cooperativas y comple-
mentarias, más que las RCCs competitivas de tipo “carrera a la baja”, tendrían efectos aun mayores.
A pesar de que el Artículo XII del AGCS “reconoce que ciertas presiones sobre la balanza de pagos de un Miembro que se encuentra en el proceso de desarrollo
económico o de transición económica pueden necesitar restricciones para asegurar, entre otras cosas, el mantenimiento del nivel adecuado de reservas financieras para
poder implementar su programa de desarrollo económico o de transición económica”, aun cuando e término “reconoce” tiene un efecto vinculante (que no ha sido puesto a
prueba), parece imposible en la práctica, ya que exige que se siga el procedimiento de crisis de la BdP con el FMI.
Dado que el objetivo regional de establecer un fondo común de reservas75 no ha sido logrado aún, como parte de su programa de desarrollo, el Banco Central de Ecuador
ha invertido parte de su cartera (dolarizada) en activos domésticos de largo plazo y, en consecuencia, ha cubierto su riesgo de liquidez con RCCs no discriminatorias.
A los países en desarrollo también les puede resultar muy útil limitar la convertibili- dad de la cuenta de capital de sus medios nacionales de pago, como parte de su
estrategia nacional de desarrollo, para ganar autonomía en el terreno de las políticas monetarias (Epstein 2012). Hay que tener en cuenta que los países pueden también
regular sus medios nacionales de pagos (incluso las unidades de cuenta sin curso legal) y su grado de convertibilidad sin incumplir ningún compromiso internacional. El
Banco Central de Ecuador ya ha creado el espacio de políticas para la moneda
electrónica públicamente emitida. Recordemos la Teoría Estatal del Dinero: un país puede emitir crédito soberano no convertible para financiar sus necesidades de
desarrollo (disponibles a nivel nacional) (Wray 2012).
En cuanto a la ejecución administrativa, las RCCs son un poderoso instrumento para
generar registros administrativos con valiosos datos cuantitativos transaccionales que pueden ser fácilmente interconectados con otras entidades gubernamentales76. Según
Epstein (2012), estos registros pueden ser usados para prevenir la corrupción (salidas y entradas de Personas Políticamente Expuestas—PPEs), evasión de impuestos
(particularmente los precios de transferencia), lavado de dinero, financiamiento
terrorista y otras actividades ilegales que involucren la fuga de capital. También pueden ser usados para hacer cumplir los criterios de ejecución de contratos entre estado e
inversor. Ninguno de estos problemas fue discutido en la esfera pública a comienzos de los 1990s. En la conclusión, propondré un diseño de RCC que, ante todo, desempeña
este rol de una manera que cumple con el actual régimen de comercio.
ECUADOR EN LA OMC
Ecuador es una economía muy abierta, pequeña y de ingresos medios. A finales del
siglo pasado, sufrió una crisis financiera sistémica que provocó una repentina fuga de
capital, el colapso del sistema financiero, la pérdida de la soberanía monetaria del país y la salida de millones de nacionales a través de la migración. Si el país pretende evitar
que se repita una crisis de tal magnitud y de impactos distributivos regresivos, necesita asegurar un amplio y suficiente espacio de regulación para sus políticas monetarias,
financieras y económicas. Ecuador ha estado desde entonces regulando
repetidamente77 su sistema monetario y financiero para que éste funcione como herramienta de desarrollo. (OMC 2011a)
Primero, luego de un simposio realizado el 1 de julio de 2011 con otras organizaciones multilaterales, Ecuador unió fuerzas con India, Argentina y Sudáfrica en un pedido por
estudiar los efectos de la crisis y saber si las subsiguientes medidas internas, o “detrás de la frontera”, tomadas por países desarrollados cumplían con los compromisos del AGCS. Se detectó una serie de asimetrías relacionadas entre los países desarrollados y los
países en desarrollo: transparencia y monitoreo “detrás de la frontera”; subvenciones
fiscales; flexibilización cuantitativa, relacionada con la emisión de moneda de reserva (moneda de denominación de la deuda); efectos del tipo de cambio; competencia de
instituciones financieras sistémicamente importantes.
En el subsiguiente Comité del Comercio de Servicios Financieros (CCSF), Ecuador
presentó la necesidad de estudiar los efectos de la crisis financiera y sus implicaciones para la OMC.
En el Foro Público de la OMC de septiembre de 2011,
Ecuador llegó a la siguiente
conclusión: el Director General
Lamy tenía razón al apoyar78 la necesidad de más y mejores regulaciones. Para que esta nueva regulación sea exitosa, debe haber una mucho mejor comunicación y coordi-
nación entre los reguladores y los negociadores comerciales. Las crisis pueden ser
evitadas con la regulación adecuada, y evitar crisis ayuda a evitar medidas distorsivas para el comercio. Por lo tanto, Ecuador sugirió que la OMC debía monitorear los
impactos de la crisis y las medidas tomadas y asegurar un espacio público para la regulación de políticas (OMC 2011b).
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