Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado
en el 2014
1 GML-FDM-01/14 Construcción de 2.3 km del cuerpo norte del
libramiento Linares-Ciudad Victoria.
$ 21,428,909
8. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificar que la obra fue programada e incluida en el presupuesto anual del ejercicio 2014, acorde con lo dispuesto en los artículos 18, fracción IV, 19 y 22 , de la LOPEMNL. (Obs. 1.1)
Normativa
Respuesta
"Esta Obra no fue programada o incluida en el presupuesto anual del Ejercicio 2014 según lo dispuesto en el Artículos 18, Fracción IV relativa a la planeación, programación y presupuesto de la Obra Pública, debido a que la misma no estaba contemplada cuando se hizo la elaboración del mencionado presupuesto de egresos del Ejercicio 2014, en virtud de que los recursos para la ejecución de esta obra, fueron gestionados por el Señor Alcalde ante el Sr. Gobernador quién aprobó estos mismos, en consecuencia no quedaron inscritos en el programa de egresos de este ejercicio".
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no justifican el incumplimiento normativo señalado.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.
En lo sucesivo, incluir en el presupuesto del ejercicio de que se trate, las obras en proceso, las inconclusas, las complementarias, las prioritarias y las que se van a iniciar y ejecutar
durante el respectivo ejercicio, a efecto de que en éste se recoja el monto de los recursos económicos que se requiera para la ejecución de cada una de las obras que se continuarán o iniciarán en el ejercicio de que se trate; sin limitarse a establecer de manera global un monto para ejercer en obra pública, debiendo especificar para cada una de las obras el monto de inversión correspondiente.
9. No se localizó ni fue exhibido durante la auditoría, el convenio que difiera, sin modificar, el periodo de ejecución de los trabajos, debido a la entrega tardía del anticipo, con nuevo plazo del 11 de abril al 8 de agosto de 2014, obligación establecida en el artículo 64, fracción I, de la LOPEMNL. (Obs. 1.2)
Normativa
Respuesta
"No se elaboró el Convenio modificatorio para el período de la ejecución en virtud de que la obra se inició en tiempo y forma y debido a que en estas mismas fechas comenzó a operar el IMPLAN, este organismo solicitó la detención de la Obra en tanto ellos revisaban el proyecto, así como la propuesta para la modificación del eje definitivo de este cuerpo norte de acuerdo al anteproyecto que ellos contemplan a futuro".
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados por el Ente Público en su respuesta para este punto, no justifican el incumplimiento normativo señalado.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.
10. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación en la cual se precise la solución para la atención del drenaje pluvial, obligación establecida en el artículo 4, párrafo segundo, de la LCRPENL, en relación con la NTEPNL-01-EP, Capítulo 03. Hidrología y drenajes, de las NTEPNL. (Obs. 1.5)
Normativa
Respuesta
"En el momento de la revisión de la obra, no se encontraban en el expediente de esta Obra la solución de pluviales para los escurrimientos superficiales en virtud de que los mismos se encontraban en poder del departamento de Ingeniería y Normatividad para la preparación
de una Licitación, para la recolección de los escurrimientos pluviales a la fecha se estan llevando a cabo éste proceso".
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.
11. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que compruebe la identificación y certificación del laboratorio que llevó a cabo el control de calidad de los materiales previo a su aplicación, obligación establecida en el artículo 6, párrafo primero y segundo, de la LCRPENL y a la NTEPNL-03-C, Capítulo 01. Certificación de Laboratorios, de las NTEPNL. (Obs. 1.6)
Normativa
Respuesta
"El laboratorio que ha estado prestando los servicios tanto para los diseños del proyecto y su construcción es: Estudios y Control del Noreste, S.A. de C.V., documentación que lo acredita en el expediente del Perito Responsable. Se anexa copia certificada(del folio 51 al 133)".
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de diseño de pavimento para la construcción de 2.3 km del cuerpo norte del Libramiento Linares - Cd. Victoria; de oficio sin número, del 17 de febrero de 2014, emitido por el Ing. Juan Gerardo Ríos Sánchez, Profesional Responsable, mediante el cual presenta al Ing. José Luís Solís Garza, la propuesta de diseño estructural de pavimento; de certificado PRC 038, emitido por la Secretaría de Desarrollo Sustentable que hace constar como Profesional Responsable al Ing. Juan Gerardo Ríos Sánchez; y de oficio número PRO-LL-257-252-GEO, de fecha 3 de febrero de 2014, mediante el cual el Ing. Norberto Sánchez Monsiváis informa los resultados del estudio geotécnico a la empresa Proveedora para la Construcción Regiomontana, S. A. de C. V., acompañado del citado estudio, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se localizó la identificación y certificación del laboratorio que llevó a cabo el control de calidad
de los materiales previo a su aplicación. Es de mencionar que el estudio de geotécnico adjunto, esta dirigido al contratista que ejecutó la obra y su fecha de elaboración es previa a la fecha de publicación de la convocatoria (3 de marzo de 2014).
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.
12. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que compruebe la identificación y certificación del Profesional Responsable que autorizó el proyecto de pavimentación, obligación establecida en el artículo 7, párrafo primero y segundo, de la LCRPENL y a la NTEPNL-03-C, Capítulo 02. Certificación Profesional Responsable, B. Campo de Aplicación, párrafo tercero, de las NTEPNL. (Obs. 1.8)
Normativa
Respuesta
"El proyecto fue elaborado por la Universidad Autónoma de Tamaulipas y donado al municipio , por lo que no aparece la firma del perito, sin embargo este proyecto fue revisado por el perito responsable".
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.
13. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que compruebe que el contratista presentó previamente a la firma del contrato, el nombre del Laboratorio Acreditado y del Profesional Responsable, que validaron técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley, obligación establecida en el artículo 7, párrafo cuarto, de la LCRPENL y a la NTEPNL-03-C, Capítulos 01. Certificación de laboratorios y 02. Certificación Profesional Responsable, de las NTEPNL. (Obs. 1.9)
Respuesta
"Se anexa Perito Responsable. (folio 53)".
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del certificado PRC038, emitido por la Secretaría de Desarrollo Sustentable que hace constar como Profesional Responsable al Ing. Juan Gerardo Ríos Sánchez, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se localizó la documentación que compruebe que el contratista presentó previamente a la firma del contrato, el nombre del Laboratorio Acreditado y del Profesional Responsable.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.
14. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios para el control de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad que fijen para las capas de terracerías, subrasante convencional, subbase, base modificada, carpeta con concreto asfáltico, carpeta con concreto hidráulico, riego de impregnación y riego de liga, obligación establecida en los artículos 39, párrafo primero; 45, párrafo primero; 56, párrafo primero; 66, párrafo primero; 74, párrafo primero; 81, párrafo primero; 90, párrafos primero y segundo y 95, párrafos primero y segundo, de la LCRPENL. (Obs. 1.16)
Normativa
Respuesta
"Se anexa Perito Responsable. . (folio 53)".
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del certificado PRC038, emitido por la Secretaría de Desarrollo Sustentable que hace constar como Profesional Responsable al Ing. Juan Gerardo Ríos Sánchez, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se localizaron los ensayos necesarios para el control de calidad del material
previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad que se hayan fijado para las capas observadas.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.
Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado
en el 2014
2 GML-FDM-02/14 Construcción de edificio para oficinas
administrativas, 1a. Etapa, en calle Juárez, colonia Centro.
$ 10,218,107
15. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificar que la obra fue programada e incluida en el presupuesto anual del ejercicio 2014, acorde con lo dispuesto en los artículos 18, fracción IV, 19 y 22, de la LOPEMNL. (Obs. 2.1)
Normativa
Respuesta
"Se anexa periódico oficial del 31 de diciembre de 2012, en el cual se refleja los ingresos derivados por financiamiento y Modificación presupuestal de fecha 24 de diciembre de 2014 (del folio 134 al folio 139)".
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de la portada del Periódico Oficial, de fecha 31 de diciembre del 2012 y del Presupuesto de Egresos 2013, desglosado por montos globales por concepto; y de la segunda modificación al Presupuesto de Egresos 2014, publicado en el Periódico Oficial, el 24 de diciembre de 2014, desglosado por montos globales por programa, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no anexa el desglose de los citados presupuestos, que comprueben que la obra se haya incluido en los mismos.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.
En lo sucesivo, incluir en el presupuesto del ejercicio de que se trate, las obras en proceso, las inconclusas, las complementarias, las prioritarias y las que se van a iniciar y ejecutar durante el respectivo ejercicio, a efecto de que en éste se recoja el monto de los recursos económicos que se requiera para la ejecución de cada una de las obras que se continuarán o iniciarán en el ejercicio de que se trate; sin limitarse a establecer de manera global un monto para ejercer en obra pública, debiendo especificar para cada una de las obras el monto de inversión correspondiente.
APLICACIÓN DE OTRAS APORTACIONES