2. AEROPUERTOS Y AERÓDROMOS
2.5. DESPLIEGUE DEL PLAN DE AEROPUERTOS
De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 19/2000, de aeropuertos de Cataluña, la evaluación del despliegue y la actualización, si procede, del Plan se debería hacer cada cinco años. Sin embargo, con la aprobación del nuevo Estatuto y el proceso de cambio legislativo en marcha, se ha considerado pertinente la realización de un Plan a más largo plazo que se deberá revisar en profundidad durante el quinto año e incorporar todas aquellas actualizaciones que sean pertinentes.
En estos siete años, la Generalitat de Cataluña ha de desarrollar los contenidos de este Plan, el mapa de ruta del que se desglosa a continuación para los aeropuertos comerciales y para los aeródromos de aviación general y deportiva, y auxiliar nuevos y existentes.
Sin embargo, es necesario dejar la puerta abierta para que las iniciativas privadas o públicas, más allá de la red de aeropuertos comerciales o de aviación general que prevé este Plan, puedan presentar nuevas propuestas e iniciativas de aeropuertos que el Gobierno estudiará cuando haya una nueva petición.
2.5.1. Prioridades para el despliegue del Plan en los
aeropuertos comerciales
Aparte de los casos singulares de Barcelona, Girona y Reus, que ya se han sido abordados antes, las acciones a emprender por parte de la Generalitat son las siguientes:
• Concretar un emplazamiento para el aeropuerto corporativo-
empresarial el iniciar los procesos administrativos para su construcción y
puesta en funcionamiento con las actuaciones siguientes:
Promover territorialmente la iniciativa de un nuevo aeropuerto dedicado a la aviación corporativa y al ocio, informar sobre todos los beneficios sociales y económicos (directos e indirectos) que producirá y de las afecciones que representará.
Definir el modelo de aeropuerto que mejor se adapte a los requerimientos de operación y proporcione más beneficios en el ámbito territorial donde se construya.
Acordar con las entidades locales y los operadores el modelo de promoción y explotación, y su grado de participación en la financiación de la infraestructura. Consensuar la mejor ubicación posible que garantice la inserción territorial de la infraestructura y permita iniciar desarrollos en el entorno que hagan viable la operación.
61 Redactar un plan director que prevea los usos del entorno y las reservas de
suelo necesarias a fin de no comprometer su futuro crecimiento.
• Iniciar las acciones para revitalizar la actividad en el aeropuerto de Alt
Urgell, futuro aeropuerto de Pirineus-Andorra:
Después de la compra de las actuales instalaciones del aeropuerto, la realización del plan de viabilidad y la aprobación del Plan Especial, completar la tramitación del Plan director hasta lograr su aprobación.
Definir de manera precisa las inversiones que hay que realizar y el tráfico objetivo, a fin de determinar el modelo de participación en la promoción de entidades locales o internacionales y organismos públicos y privados que se encarguen de su posterior gestión.
• Finalizar la construcción y puesta en servicio del aeropuerto de Lleida-
Alguaire por parte de la Generalitat y definir un modelo de titularidad y gestión
que fomente la participación del tejido industrial local y las organizaciones públicas de la región en la explotación de la infraestructura y la atracción de tráfico en el aeropuerto.
• Iniciar los estudios de viabilidad económico-financiera del aeropuerto de las Terres de l’Ebre y definir el modelo de participación pública y privada en las inversiones.
2.5.2. Despliegue del Plan en los aeródromos de aviación
general y deportiva, y auxiliares
El despliegue del plan de aeropuertos en los aeródromos de nivel iii y iv se puede concretar en un plan que incluya cinco acciones:
• Conseguir la aprobación de todos los planes directores de los
aeropuertos y aeródromos, nuevos y existentes, a fin de poder iniciar su
despliegue en el territorio cuanto antes. En este sentido, será necesario:
- Acabar los estudios y redactar, si procede, los Planes Directores
pendientes y tramitarlos.
- Iniciar la tramitación de los planes directores de Cervera, Ribera d’Ebre
y Prat de Moià.
- Analizar la viabilidad de las nuevas ubicaciones de aeródromos
propuestas: Priorat, Vallmoll, el Castell de Santa Maria, Tàrrega, Mollerussa y Palafolls. Adicionalmente, el análisis de la viabilidad de desarrollo, de forma experimental, de un altipuerto en las comarcas de los Pirineos. En particular, en el aeródromo de Mollerussa, si se
62 determina su viabilidad ambiental, técnica y económica, se llevará a
cabo su desarrollo completo durante la vigencia de este Plan.
- Elaborar los diversos informes y modificaciones solicitados por las
administraciones competentes (Aviación Civil, Medio ambiente, Urbanismo y ayuntamientos) de los planes directores de Tremp, Arnes y Lladurs).
• Definir un esquema general, de promoción y gestión de los aeródromos de aviación general y deportiva, y auxiliares, nuevos y existentes. Este
esquema estará basado en los principios básicos enunciados en el Plan de aeropuertos, cuyo objetivo es involucrar al territorio en la promoción y, especialmente, en la gestión y explotación de las infraestructuras. Las principales labores que tienen que llevarse a cabo son:
Estudio específico para definir el proceso de promoción de los aeródromos y los criterios de inversión y financiación: compra de terrenos, elaboración de proyecto, construcción, etc.
Este estudio deberá promover la fórmula más adecuada respecto a la titularidad (pública, privada, mixta), la participación de la Generalitat en la titularidad, etc.
Finalmente, el estudio deberá establecer la forma jurídica más oportuna para encargar la gestión y la explotación del aeródromo a una entidad externa a la Generalitat: concesión, cesión de uso, contrato de gestión, etc., así como la fórmula de financiación y la fijación de tarifas máximas por parte de la Generalitat.
• Elaborar el reglamento, si procede, que regule la creación de los fondos de ayuda a la inversión y la explotación, el procedimiento de solicitud, los
criterios de otorgamiento y las correspondientes condiciones de explotación de la infraestructura.
La elaboración de este reglamento deberá ser un trabajo liderado por la Generalitat que implique, entre otros, a los operadores y aeroclubs, las entidades financieras, los ayuntamientos en los que se haya planificado un aeródromo, las empresas locales y las grandes empresas regionales.
Este reglamento pasará a formar parte del marco regulador de la actividad aeroportuaria catalana.
• Promover a escala local en pleno desarrollo del Plan de aeropuertos,
buscando la implicación de organismos públicos y entidades privadas
(cajas, tejido industrial, sector servicios, etc.) que promuevan el desplazamiento.
Esta labor es fundamental para consolidad el sector de la aviación general en Cataluña, que sólo se conseguirá con la plena implicación del territorio.
63 Para llevarla a cabo, la Generalitat iniciará campañas de alcance local con las
entidades públicas y privadas de las zonas donde está planificada la implantación de un aeródromo, destinadas a favorecer su participación en el despliegue de la red.
De esta manera, se estudiarán las vías de financiación y los beneficios que la implementación del Plan comportará, sobre la base de experiencias similares en el territorio europeo.
• Elaborar un plan de seguimiento, inspección y vigilancia de las instalaciones que permitirá que la Generalitat ejerza su papel de regulador de las instalaciones aeroportuarias, al margen de su gestión
diaria. Este plan será una consecuencia de la redacción y la posterior aprobación del reglamento que regule las ayudas a la promoción y explotación, que permitirán a la Generalitat salir de la gestión diaria de los aeródromos y ejercer funciones de inspección y regulación. La activación de este plan exigirá:
Definir un programa anual de auditorías de inspección y verificación de las instalaciones: estado de conservación, nivel de actividad, medidas de seguridad, niveles de saturación, etc.
Establecer unos criterios de calidad y servicio de los gestores de cara a las personas usuarias, que serán encuestadas anualmente sobre los servicios, con especial sensibilidad según los diferentes sexos y sus necesidades.
Definir las tarifas máximas aplicables por los gestores, de acuerdo con el nivel de ayudas solicitadas, y verificar anualmente su cumplimiento, además de establecer sus criterios de revisión.
Identificar el área concreta, los responsables de ejecutar este plan y dotarlo de presupuestos.
• Promover el cumplimiento de las medidas de corrección ambiental en cada aeropuerto y aeródromo establecidas en el apartado 3.6.2 de este Plan sin perjuicio del operador a quien le corresponda su desarrollo y de acuerdo con las competencias de cada administración.
Promover la creación de las comisiones de seguimiento ambiental establecidas en el apartado 3.7.3 de este Plan.
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