El derecho es movimiento . no es posible idear el derecho sin una mutación constante, por ello es importante tener presente que siempre será imperfecto y que su accesibilidad no podrá ser para todos. Siempre habrá una diferencia el alcance de éste no es accesible por igual.
Es sumamente necesario tener instancias que ayuden a la resolución de conflictos, o por lo menos que generen alguna autorregulación social que permita soluciones aunque sea imperfectas
La necesidad de contar con instancias que permitan resolver disputas, conflictos o que simplemente aseguren cierta regulación social puede ser satisfecha o parcialmente satisfecha.
Según el IDL justicia viva, la dificultad para ofrecer instituciones que garanticen el acceso a la justicia al conjunto de la población del país tiene por lo menos dos dimensiones por considerar:
La primera tiene que ver con la cobertura y las múltiples barreras o dificultades para que determinadas porciones de población accedan a ella. Luego es la propia respuestas institucionalizadas generadas por la propia población para suplir esa carencia, que serían las limitaciones y exclusiones del sistema de justicia y de las formas de solución de conflictos generadas desde la sociedad.
Bien hace en afirmar IDL Justicia viva una frase que parece perenne en nuestro país: “el sistema judicial actual (formal y centralizado) resulta lejano, costoso e inaccesible para determinadas porciones de la población
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(campesinos, población indígena y rural, pobres, mujeres) ruralidad, etnicidad, pobreza y género son cuatro importantes factores de exclusión.
Reitera que la perspectiva del sistema formal pero también desde un análisis objetivo, las formas populares de administrar justicia (como la justicia comunitaria o las rondas), que ciertamente son una respuesta social necesaria a la carencia señalada y en algunos casos una solución a la exclusión, tienen también sus limitacionesy plantean nuevos problemas.
Hay un factor a considerar dentro de esta, que siendo innegable que existe un solo Derecho, para los campesinos y para los nativos se aplica en condiciones de marginación, olvido y abandono, en otras palabras finalmente el Estado no es eficaz. Y no se debe perder de vista que no debe aplicarse un sistema de justicia, basado en principio de compasión por el pobrecito, ya que aunque es evidente el contraste con los menos favorecidos se debe tener bien claro que la compasión no es un valor jurídico, la identificación que hacen algunos operadores de justicia, como los congresistas u otros desde un ángulo de la comodidad alcanzada, no es un argumento válido para aplicar justicia.
No debe verse a los campesinos o nativos como un ser inferior, sino desde un ángulo en el que es necesario la igualdad de trato, por su simple o real condición de ciudadano con los mimos derechos y deberes, pero si con un lente de equidad traducida en justicia de una persona que vienen de una larguísima historia de postergación, desigualdad olvido y desprecio.
Todo esto si bien es cierto ha sido denunciado por militantes de izquierda y dirigentes reaccionarios, y que sabemos que es real, y que además es innegable más aun frente a los hechos suscitados estas últimas semanas, no significa ni puede incluir la alternativa de solución propuesta como ya que siempre va
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dirigida la destrucción de un sistema reconocido con características occidentales, que no necesariamente nos tienen que gustar, pero que es real y como ciudadanos que tenemos la obligación de progresar simplemente tenemos que ver lo que es real, no lo que nos gusta o lo que quisiéramos que fuera diferente.
Tenemos que cambiar radicalmente la aplicación del sistema, la marginación existente, y más castigadora para las comunidades campesinas y nativas, pero marginalidad al fin, que lamentablemente se da en las mismas ciudades, los ladrones, los barrios marginales, los pobres, los menesteroso son víctimas calladas de esta marginalidad que devienen de una serie de deficiencias pero principalmente de la mala aplicación de un sistema estatal monista que forma parte de la constitución de nuestro Estado, ya reconocido como tal e invariable por lo menos bajo la transparencia de nuestra formación occidental innegable hasta en los pobladores alto andinos. Es necesario generar conciencia sobre una igualdad ante la Ley y no necesariamente un cambio o paralelismo de sistemas jurisdiccionales.
Lo que se podría proponer es que el sistema jurídico peruano reconozca ciertas situaciones específicas, como por ejemplo derivadas de la vida de las comunidades campesinas o nativas que no han tenido ningún contacto o un contacto mínimo con la cavilación occidental, pero esto estaría sujeto a probar que este sería un porcentaje real aunque sea de carácter mínimo, ya que debemos considerar que la generalidad del poblador peruano es un ser criado con paradigmas occidentales, evidenciadas por ejemplo en el cristianismo, que lo practica toda la población, y la vestimenta , el folklore, translucen una formación occidentalizada.
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Es necesario establecer el análisis de las barreras al acceso a la justicia supone tres abordajes complementarios:
a) Una visión desde y del sistema judicial formal en sí;
b) El análisis de las formas populares (consuetudinarias o no) de administración de justicia; y,
c) Los problemas de lainterculturalidad o, si se quiere, de la comunicación y articulación entre ambas instancias (o sistemas normativos y procedimentales de resolver las disputas).