G. Ordenación río Amaime H Ordenación río Jamundí
12.7.1.4 Ecosistemas equivalentes presentes en el área de influencia del proyecto
Un último escenario para llevar a cabo las compensaciones por pérdida de la biodiversidad lo constituyen los ecosistemas equivalentes (naturales y seminaturales) presentes en el AII del proyecto, en cumplimiento del primer criterio de selección del Manual. La Tabla 12.24 presenta el área de los ecosistemas en el AII del proyecto, así como el área a afectar de cada uno de ellos, el área disponible para compensar y el área necesaria para compensar. Se evidencia que todos los ecosistemas afectados, a excepción del Arbustal denso alto en Zonobioma alterno hígrico y/o subxerofítico tropical del Valle del Cauca, poseen áreas suficientes para realizar la compensación en el área de influencia indirecta del proyecto. (Ver Figura 12.9).
Tabla 12.24 Ecosistemas naturales y seminaturales en las áreas de influencia e intervención
Ecosistema AII (ha)
Área intervención (ha) Área disponible para compensa r (ha) Área necesaria para compensa r (ha) Arbustal denso alto en Orobiomas bajos de
los Andes 671,55 10,20 661,35 93,15
Arbustal denso alto en Zonobioma alterno hígrico y/o subxerofítico tropical del Valle del Cauca
20,57 4,33 16,24 38,36
Bosque de galería y ripario en Orobiomas
bajos de los Andes 3.898,43 58,97 3.839,46 540,73
Bosque de galería y ripario en Orobiomas
medios de los Andes 225,44 2,47 222,97 17,91
Bosque de galería y ripario en Zonobioma alterno hígrico y/o subxerofítico tropical del Valle del Cauca
927,33 7,50 919,83 64,25
Bosque denso alto de tierra firme en
Orobiomas bajos de los Andes 438,35 6,65 431,70 61,29
Bosque denso alto de tierra firme en
Orobiomas medios de los Andes 195,32 3,01 192,31 21,86
Bosque fragmentado con vegetación
secundaria en Orobiomas bajos de los Andes 509,38 17,85 491,53 161,19 Bosque fragmentado con vegetación
secundaria en Orobiomas medios de los Andes
377,23 8,13 369,10 60,13
Ecosistema AII (ha) Área intervención (ha) Área disponible para compensa r (ha) Área necesaria para compensa r (ha) Guadua en Zonobioma alterno hígrico y/o
subxerofítico tropical del Valle del Cauca 363,99 4,87 359,12 42,6
Vegetación secundaria baja en Orobiomas
bajos de los Andes 1.018,68 41,33 977,35 190,1
Vegetación secundaria baja en Orobiomas
medios de los Andes 29,47 0,64 28,83 2,72
Vegetación secundaria baja en Zonobioma alterno hígrico y/o subxerofítico tropical del Valle del Cauca
42,37 0,74 41,63 3,12
Total 9.702,67 180,21 9.522,46 1.415,92
Figura 12.9 Ecosistemas equivalentes presentes en el AII del proyecto
• Consideraciones finales sobre las áreas donde se ejecutarán las compensaciones Una vez otorgada la licencia ambiental por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), se deberá definir, evaluar y concretar las zonas aptas para realizar las compensaciones por pérdida de la biodiversidad, de acuerdo con las áreas ecológicamente equivalentes a las que serán realmente intervenidas, las cuales, a consideración de los términos del Manual de Compensación, deberán tener una mejor oportunidad de conservación efectiva.
Las áreas seleccionadas deben pasar por un proceso de concertación con sus administradores o propietarios, por lo que, en cumplimiento de este principio, se revisó información secundaria que pudiera orientar la identificación de dichas áreas, ya fuera porque son referidas como determinantes ambientales en el territorio a consideración de las autoridades ambientales o porque existe una prioridad de conservación a la luz de los instrumentos de gestión existentes en la zona.
Es importante hacer énfasis que uno de los criterios para la selección de las áreas, establece que la localización de las compensaciones deberá, en lo posible, estar en áreas cercanas a la zona impactada (criterio e), ello implica la revisión y búsqueda preferente de ecosistemas equivalentes presentes en el área de estudio del proyecto. En este caso la información detallada del EIA permite obtener esta información, por tanto, no se realizó el uso de la herramienta Ma. F.E v 2.0.3 – Mapeo de Formulas Equivalentes (León y Sáenz, 2010).
El Manual de Compensaciones expresa ciertos criterios para la aplicación de las compensaciones por pérdida de biodiversidad estableciendo que, aunque existen ecosistemas equivalentes dentro del área (criterios de selección: a, b, c y d del Manual, ver Tabla 12.24), la posibilidad de conservación efectiva de dichas áreas está supeditada a varios elementos que se deben considerar a la hora de seleccionarlos como áreas de compensación.
La elección de las áreas para surtir los procesos de compensación deberá ser avalada tanto por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) como por las Corporaciones Autónomas Regionales CVC y CARDER.
12.8 ¿CÓMO COMPENSAR?
Las acciones de compensación por pérdida de biodiversidad se establecerán conforme a tres criterios:
i) las condiciones de avance del proyecto, a partir del cual se determinan los tipos de ecosistemas y áreas afectadas
ii) los determinantes ambientales establecidos para el territorio por las autoridades ambientales, y
iii) los tipos de acciones propuestos en el numeral 5 del Manual para la Asignación de Compensaciones.
Adicionalmente, se establece que la ubicación de las medidas de compensación deberá cumplir con los criterios definidos en el numeral cuatro (4) del Manual para la Asignación de Compensaciones, en la que se definen los criterios de localización.
Las medidas de compensación procurarán garantizar la conservación efectiva o restauración de un área ecológicamente equivalente, donde se logre generar una nueva categoría de manejo, estrategia de conservación permanente o se mejoren las condiciones de la biodiversidad en áreas transformadas o sujetas a procesos de intervención. Para este caso, se acoge la definición del Manual en el que “se establece que un área ecológicamente equivalente se refiere a áreas de ecosistemas naturales y/o vegetación secundaria que mantienen especies y comunidades similares a los presentes en el ecosistema natural o vegetación secundaria impactados y que tienen una viabilidad ecológica similar por área, condición y contexto paisajístico”.
Según el manual, se seleccionan de manera preliminar una serie de acciones acordes a la situación de la región, al análisis de los instrumentos de gestión vigentes y en particular, los relacionados con el área de influencia del proyecto, que apuntan a la gestión para la declaración de áreas protegidas, adquisición de predios para la protección de microcuencas, implementación de incentivos de conservación de ecosistemas estratégicos, reforestación protectora de algunas microcuencas presentes en el área de influencia del proyecto e implementación de herramientas de manejo del paisaje.
Estas acciones son descritas en detalle en la Tabla 12.26 y se constituyen como resultado de un análisis de correlación entre las acciones de compensación establecidas en el manual, con respecto a las acciones de conservación previstas por las instancias regional y local, a través de los distintos instrumentos de gestión y ordenación (Planes de Gestión, Planes de Manejo, PBOT, EOT, etc.).
12.8.1 Identificación de las líneas de inversión para las compensaciones por pérdida