3. Consentimiento Informado Sustituto en la Jurisprudencia de la Corte Constitucional Colombiana en materia de Mentalmente Incapaces.
4.4. El Consentimiento y la Relación Médico – Paciente.
El hablar actualmente de la relación medico paciente en un esquema de salud que ha cambiado tratando a estos últimos como usuarios es en la realidad bastante complicado, sin embargo, teóricamente aún se habla del vínculo entre el profesional de la medicina y el
enfermo como relación médico – paciente, por lo cual acerca de esto y del tema tratado en
este análisis jurídico debe mencionarse que está debe girar permanentemente en torno a unos principios comunes que permitan el avance de los procedimientos médicos o investigativos que se realicen, como lo ha mencionado la bioética. Uno de ellos es el de la buena fe, entendida en este contexto como “fidelidad y subordinación médica a los valores absolutos de la persona humana, en el sentido de una valoración y constante revalorización de esta relación”248 de forma tal que se conserve el equilibrio entre ambas partes sin
pretender invadir las capacidades del otro, “el enfermo no puede solicitar cualquier acción
248 Altamirano Bustamante, Nelly; Altamirano Bustamante, Eréndira; Olaya Vargas, Alberto; de Rubens, Jesús; García de la Puente, Silvestre; Altamirano Bustamante, Myriam M. “Consentimiento informado en grupos vulnerables: participación de niños y adolescentes en protocolos de investigación”.Boletín Médico del Hospital Infantil de México. Mayo 2010, Vol. 67, p248-258. Pág. 251.
136 al médico, ni usurpar las competencias propias de él. Se mantiene íntegra la conciencia y la competencia del médico, así como la obligación que ambos tienen de actuar en forma ética.”249
Como se dijo en líneas anteriores la relación médico paciente ha sufrido varios cambios. En
principio, el médico era considerado “un amigo de la sabiduría (como el sacerdote y el
rey).(…) Su tarea básica era curar y restaurar las costumbres buenas del paciente, por lo tanto, el médico sólo comentaba aquello que colaborara con el tratamiento y no informaba
acerca de los malestares a los pacientes.”250 Sin embargo, el inicio de la transformación
tecnológica de la medicina en los años cincuenta, la explosión de los movimientos mundiales de reivindicación de los derechos civiles en los años sesenta y el resurgimiento de la bioética en la década de los setenta, los profesionales de la medicina comenzaron a
aceptar que el modelo paternalista de relación médico-paciente no podía continuar.251 Lo
anterior se observó inicialmente en los Estados Unidos, (…) cuando los pacientes se dieron
cuenta de que los médicos hacían caso omiso a sus peticiones, teniendo que llegar a
instancias judiciales. “Es por ello que la historia del consentimiento informado en ese país
tuvo un desarrollo judicial, y esto hizo que los médicos tardaran en incluirlo como un
249 Altamirano Bustamante, Nelly; Altamirano Bustamante, Eréndira; Olaya Vargas, Alberto; de Rubens,
Jesús; García de la Puente, Silvestre; Altamirano Bustamante, Myriam M. “Consentimiento informado en grupos vulnerables: participación de niños y adolescentes en protocolos de investigación”.Boletín Médico del Hospital Infantil de México. Mayo 2010, Vol. 67, p248-258. Pág. 251.
250Mendoza Romo Miguel A; Nava Zárate Nadia; Escalante Pulido Jesús J. “Aspectos éticos y legales del
Consentimiento Informado en la práctica e investigación médica.” Gaceta Médica Mexicana 2003; Volumen
139. p 184-187. Pág. 184.
251 Mendoza Romo Miguel A; Nava Zárate Nadia; Escalante Pulido Jesús J. “Aspectos éticos y legales del
Consentimiento Informado en la práctica e investigación médica.” Gaceta Médica Mexicana 2003; Volumen
137
comportamiento ético fundamental”252 de la misma forma que ha sucedido aquí en
Colombia, como se ha podido observar en el análisis de la Jurisprudencia de la Corte Constitucional. Debe decirse que actualmente, el modelo de relación medico paciente intenta poner en relevancia la autonomía y suplantar al antiguo en que se ha sustentado la
relación mencionada y que ha sido el del paternalismo. Aquel principio afirma la “potestad
moral de los individuos para decidir libremente cómo gobernar su propia vida mientras ello no interfiera con el proyecto vital de sus semejantes.”253
El consentimiento informado por su parte, es un proceso que inicia en el momento que se establece la relación entre el médico y el paciente y que continúa durante todo el procedimiento. Actualmente es necesario que en el ejercicio de la profesión médica el
médico sea capaz de desempeñar tres roles fundamentales:254 en primer lugar el de
consejero, ofreciendo la cantidad de información tan completa y comprensible como le sea posible; simultáneamente, el de educador, acerca de los derechos humanos que le asisten a todas y cada una de las personas por el hecho de ser sujetos de investigación con el fin de protegerlos y evitar excesos que se pudieran llegar a cometer con estas experiencias; y por último, el de quien proporciona atención a la salud o asistencia médica, lo cual supone que el personal médico no solo está capacitado para atender profesionalmente a sus pacientes
252 Mendoza Romo Miguel A; Nava Zárate Nadia; Escalante Pulido Jesús J. “Aspectos éticos y legales del
Consentimiento Informado en la práctica e investigación médica.” Gaceta Médica Mexicana 2003; Volumen
139. p 184-187. Pág. 185.
253 Macías Gelabert, Alina Mercedes. “El consentimiento informado en pediatría”.
Revista Cubana de Pediatría. Enero 2006, Vol. 78 p51-55. Pág. 51.
254 Altamirano Bustamante, Nelly; Altamirano Bustamante, Eréndira; Olaya Vargas, Alberto; de Rubens,
Jesús; García de la Puente, Silvestre; Altamirano Bustamante, Myriam M. “Consentimiento informado en grupos vulnerables: participación de niños y adolescentes en protocolos de investigación”.Boletín Médico del Hospital Infantil de México. Mayo 2010, Vol. 67, p248-258. Pág. 252.
138 respecto del tratamiento y manejo de las enfermedades sino que aplica conscientemente sus conocimientos de la técnica científica en favor del bienestar de la salud de los demás. Esta actividad, naturalmente, requiere inversión en tiempo y esfuerzo para revisar, discutir o acordar los procedimientos a realizar con el fin de crear y fortalecer una relación de confianza con el paciente.
El foco del Consentimiento Informado y particularmente del consentimiento sustituto es la protección de los derechos del paciente, por esta razón el respeto por la autonomía y el buen juicio es fundamental; el deseo de bienestar del paciente debe ser considerado y procurado; el diseño del tratamiento o investigación debe ser lo menos dañoso posible y el resultado del estudio o del procedimiento realizado debe ser compartido con aquellos que se encuentren en la misma situación. Si la persona no es capaz de tomar y comprender tanto estas decisiones como las consecuencias por sí misma un tercero deberá reemplazarla teniendo siempre presente la responsabilidad que conlleva dicha sustitución, de forma tal que se mantenga el enfoque en los derechos e intereses del ser querido sobre los suyos propios.
139 5. Bibliografía.
Artículos Científicos Especializados
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141 Jurisprudencia de la Corte Constitucional Colombiana
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142
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