• No se han encontrado resultados

Es una costumbre de vieja data considerar a las mujeres como botín de guerra o trofeo de los conflictos armados. Adicionalmente, aun cuando no exista un conflicto declarado, las mujeres se encuentran en permanente riesgo de violencia de género en sus diversas y nefastas manifestaciones. Las mujeres pues, no son unas víctimas más de tales conflictos, sino que su vida y seguridad suelen estar más amenazadas que la de los hombres, o cuando menos, en adicionales formas.

Céspedes-Báez, refiriéndose al Conflicto armado en Colombia y al gran número de mujeres desplazadas por estas causas, infiere que, si bien el desplazamiento no es una violencia basada en el género, sí tiene consecuencias específicas en hombres y mujeres. El concepto relacional desproporción busca evidenciar que, en este terreno, los hombres, aunque sufren impactos que afectan sus derechos humanos, no tienen la misma intensidad, ni se extienden en el tiempo de la misma manera que las mujeres, pues ellas quedan expuestas en más alto grado. Tras el desplazamiento pueden ser víctimas de la explotación doméstica, la informalidad laboral, la desprotección de su derecho a la salud, la dificultad en el acceso a la justicia y, por supuesto, la violencia sexual. (2010: p.284)

Con respecto a la violencia sexual como particular tipo de violencia que se presenta repetidamente en el marco de conflictos armados, Céspedes-Báez identifica varios relatos de las víctimas que dan cuenta de la relación violencia sexual y desplazamiento forzoso, siendo la violencia sexual en contra de las mujeres, en el marco del conflicto armado colombiano (En el texto original, dice “era” no “es”), parte de un patrón de sistematicidad. (2010: p.298)

Como toda forma de violencia de género, la violencia sexual sufrida por las mujeres, obedece a un sistema patriarcalizado de, entre otros elementos, desigual protección y garantía de derechos, que vulnera crecientemente a los grupos de población históricamente excluidos, especialmente a las mujeres. Otros elementos son también clave para analizar cómo las mujeres están siempre expuestas a estas violencias, especialmente en el marco de conflictos armados. Tal plantea Fisco, la vulnerabilidad de las mujeres se potencializa dada la legitimación que en la guerra se le ha otorgado a la apropiación de los cuerpos de las mujeres, y bajo la confrontación armada constituye hechos de violencia directa; las pautas de organización cultural, socioeconómica y política hacen que las mujeres sean víctimas de dichos abusos, lo cual es ejemplo de violencia estructural. (2005: p.126)

Sobrevienen pues los desplazamientos forzosos, a veces en masa, en donde el número de mujeres víctimas resulta considerable y por demás preocupante si se tiene en cuenta que las violencias comunes a un espacio territorial, se incrementan en el caso de las mujeres, debido fundamentalmente a la extensa lista de violencias

adicionales que en razón de su sexo o género, sufren especialmente las mujeres, como la violencia sexual que resulta bastante común y específica en el marco de los conflictos armados.

Fisco se refiere a ello al observar el conflicto armado en Colombia e identificar que el desplazamiento trae consigo implicaciones para las mujeres, visibles e invisibles y por tanto existentes e inexistentes para muchos. Dentro de las visibles identifica a la viudez, la pobreza, el deterioro físico, los cambios en las dinámicas familiares y en el entorno. En cuanto a las invisibles identifica el abuso sexual y su repercusión en la vida psíquica y afectiva de las mujeres. (2005: p. 126)

Surge pues la preocupación de cómo el sistema de refugio adoptado por los distintos países acogientes en acuerdo con los instrumentos internacionales en esta materia, pueden (o deberían) dar respuesta a las necesidades particulares de las mujeres que requieren este estatus. Al respecto, Turk y Nicholson, sostienen que, entre el procedimiento de asilo, los Estados enfrentan retos para lograr el equilibrio correcto entre la necesidad de justicia y de eficiencia; y la incógnita de identificar la medida para proteger a las mujeres de la violencia de género, de un conflicto y, adicionalmente, de las prácticas tradicionales dañinas, de la trata o de la violencia doméstica (2010: p. 6)

Es preocupante que en el marco de la protección de derechos que se suponen garantizados por la institucionalidad del país receptor en donde la víctima se ha refugiado, tal protección se ve permeada por las prácticas socioculturales tanto de los compañeros de refugio probablemente compatriotas, como de la población receptora, ya que en ambos casos, la violencia de género, como parte del sistema patriarcal, está profundamente instalada y fuertemente arraigada y naturalizada en los patrones de conducta, sean estos personales o institucionales. Es pues necesaria una mirada a las particularidades de la violencia de género en el marco de los conflictos armados, el desplazamiento y el refugio, dado que ni el refugio en sí mismo ni los sistemas que lo garantizan, establecen aún las pautas necesarias para prevenir y erradicar esta problemática o sancionar a los agresores conforme los delitos lo ameritan.

CAPÍTULO III

EL CASO DE LAS MUJERES COLOMBIANAS REFUGIADAS VÍCTIMAS DE VIF EN CUENCA

CAPITULO III

El caso de las mujeres colombianas refugiadas víctimas de VIF en Cuenca

El tema de la violencia intrafamiliar creo que se lo maneja de la misma forma que con las ecuatorianas, ir al hospital en caso de agresión física, luego pasa el caso a la Fiscalía y sigue un largo trámite, pero decir que haya un grupo que ampare a mujeres colombianas refugiadas que viven violencia no hay.

(Vivi …, Cuenca, julio de 2016)

3.1. Estigma e imaginarios sociales sobre las mujeres colombianas en