1.8. El delito de desatención de servicio de salud
1.8.2. Elementos del delito de falta de servicio en materia de salud
1.8.2.1. Sujeto activo del delito de falta de servicio en materia de salud
El problema radica en la interpretación del inciso final del Art. 218 del Código Orgánico Integral Penal ya que al responsabilizar a la persona jurídica, debemos distinguir que la salud es un servicio público que se presta por el Estado, pero también por instituciones privadas que están autorizadas para prestar servicios públicos de salud.
Respecto a este punto debe hacerse observaciones, ya que resultaría un absurdo que se sancione un servicio público con su clausura temporal, otro aspecto que es interesante destacar es la responsabilidad objetiva del Estado por falta de servicio, pero en el caso de las instituciones particulares que están autorizadas por el Estado para prestar servicios públicos de salud, éstas pueden generar responsabilidad al Estado, el cual está constitucionalmente facultado para repetir en contra de la señalada institución.
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1.8.2.2. Sujeto pasivo del delito de falta de servicio en materia de salud, instituciones públicas e instituciones privadas de salud
En el caso del sujeto pasivo del delito puede ser, conforme dispone el Art. 218 del Código Orgánico Integral Penal, cualquier persona, no existiendo una especificación respecto de la calidad de la persona que solicita el servicio de salud, haciéndose referencia simplemente a la víctima, pero en estado de emergencia.
1.8.2.3. Estado de emergencia del sujeto pasivo
La emergencia de la persona que no es atendida por negativa del profesional que está obligado y tiene capacidad para hacerlo, es un elemento esencial que está mundialmente definida y tiene sus características especiales.
Emergencias médicas, de conformidad a lo que señala el Sindicato Médico de la República Oriental del Uruguay, en su portal “ser médico”, son “Casos que suponen riesgo inminente de vida, tanto real como potencial, y serán atendidos en forma inmediata por unidades de emergencia, con personal especialmente seleccionado y adiestrado para su manejo”. (Sindicato Médico del Uruguay [SMU], 2015, pág. 1)
La peculiaridad de las emergencias es que son situaciones que presentan alteraciones del estado de salud con peligro de vida, en las cuales existe un riesgo inminente de vida y que ofrece como característica un tiempo de resolución extremadamente breve, tiempo al que se le denomina “hora dorada”, el cual transcurrido genera, necesariamente la muerte.
El médico peruano Dr. Luis Vega Beraún, Subgerente de la Escuela de Emergencia EN SALUD, en su artículo En una emergencia médica, la hora de oro» es vital para salvar una vida, se refiere a la “hora dorada” de las emergencias, cuando expresa “La "hora de oro" en una atención médica de emergencia: es el tiempo que necesita un paciente para ser atendido inmediata-mente de lo contrario está en riesgo su inestabilidad que puede
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llevar a un desenlace fatal. En la atención de traumatismo hay una atención primordial, que consta de tres etapas: La primera etapa ocurre a los segundos o minutos de ocurrido el accidente, donde generalmente por la severidad del traumatismo el paciente fallece; la segunda etapa es la "hora de oro", que ocurre a minutos después del traumatismo hasta 1 o 2 horas de ocurrido, donde el paciente debe de recibir atención médica con soporte de vida y estabilización para lograr su recuperación. De una buena atención en esta etapa dependerá si el paciente se salva de la muerte o tenga secuelas; la tercera etapa ocurre a los días o semanas del politraumatismo, donde el paciente fallece generalmente por complicaciones o se recupera plena-mente”. (Vega, 2015. pág. 1)
La emergencia es absolutamente diferente de la urgencia, según lo que expresa el Dr. Luis Vega Beraún, anteriormente invocado, cuando expresa:
Emergencia: es el estado de salud de un paciente que si no es atendido inmediatamente puede perder la vida. Por ejemplo: un herido de bala abdominal, un paciente con shock hipobo-lémico o sangrado, un paro cardiaco, apendicitis o un infarto de miocardio. Urgencia: situación de salud o evento clínico que presenta un paciente pero que no está en peligro su vida. Por ejemplo, un corte en un dedo, un esguince (torcedura, fractura de extremidades) (Vega, 2015. pág. 1)
Encontrarse con la situación de emergencia en que un médico obligado a atender al paciente y siendo capaz para ello, en forma directa, es un evento esporádico que ocurriría en un accidente en donde se carece de los medios para ello, razón por la cual el propio ministro de salud pública del Ecuador, Dr. David Chiriboga Allnutt, en la presentación de los Protocolos de Atención Pre hospitalaria para Emergencias Médicas, cuando expresa “Actualmente, en nuestro país no contamos con un sistema integrado de emergencias que conecte todos los subsistemas regionales, provinciales e interinstitucionales, por lo que resulta vital la normalización, reglamentación y protocolización de un sistema de atención de emergencias a todos sus niveles. Uno de los eslabones de este sistema es la atención pre hospitalaria, y específicamente la prestación de la atención médica necesaria. El objetivo de este manual de protocolos es,
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por tanto, establecer el punto inicial para brindar un adecuado manejo pre hospitalario a las víctimas y pacientes que se encuentran fuera de las áreas asistenciales de salud (centros de salud, hospitales generales y hospitales de especialidad)”. (Ministerio de Salud Pública, 2011, pág. 11)
De acuerdo a lo expuesto, producida una emergencia médica, en primer lugar se llama a cualquier hospital para que al paciente se lo conduzca a brindarle la atención médica necesaria, el primer contacto del paciente es con las ambulancias terrestres o aéreas que lo conducirán a un centro asistencial, en las cuales generalmente hay personal médico y paramédico que debe prestar los primeros auxilios tendientes a conducir a un centro médico al paciente, pudiendo llevárselo al centro más próximo, el cual puede ser un hospital donde se le presten la atención denominada “hora dorada”, para, tratar al paciente en el mismo centro, o, de precisar mayores atenciones, a un centro de salud privada o un hospital público que tenga los medios y personal capacitado para ello.