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2.3. INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS:

2.3.1. Encuesta dirigida a los ciudadanos de la ciudad de Riobamba

¿En su opinión la libertad es un derecho?

Cuadro 1. Conocimiento de que la libertad es un derecho.

VARIABLE NÚMERO PORCENTAJE

Si No 75 25 75 % 25 % TOTAL: 100 100 %

Fuente: Encuestas dirigidas a los ciudadanos de la ciudad de Riobamba

Análisis de los resultados

El resultado a la pregunta 1 fue de un 75 % a favor del SI y un 25 % a favor del NO, esto significa un conocimiento ciudadano de que la libertad es un derecho. A pesar de que nuestra Constitución consagra la existencia de varios derechos, es lamentable que no todos lo conozcan, lo cual significa incumplimiento al mismo.

39 Pregunta 2:

¿Cree usted que un amparo es importante?

Cuadro 2. Importancia de un amparo.

VARIABLE NÚMERO PORCENTAJE

Si No 70 30 70 % 30 % TOTAL: 100 100 %

Fuente: Encuestas dirigidas a los ciudadanos de la ciudad de Riobamba

Análisis de los resultados

El resultado a la pregunta 2 fue de un 70 % a favor del SI y un 30 % a favor del NO, esto significa la importancia de un amparopor cuanto han existido varios criterios y reformas legales para la protección de los derechos humanos y constitucionales que se han concretado de una manera efectiva.

40 Pregunta 3:

¿Considera usted necesaria la existencia del amparo de libertad?

Cuadro 3. Necesidad de la existencia del amparo de libertad.

VARIABLE NÚMERO PORCENTAJE

Si No 65 35 65 % 35 % TOTAL: 100 100 %

Fuente: Encuestas dirigidas a los ciudadanos de la ciudad de Riobamba

Análisis de los resultados

El resultado a la pregunta 3 fue de un 65 % a favor del SI y un 35 % a favor del NO, esto significa la necesidad de la existencia del amparo de libertad, su desconocimiento constituye desventaja. El Estado es el responsable de la protección de derechos humanos y constitucionales, si éste es ineficaz e ineficiente el ciudadano no estará recibiendo un trato digno que le permita progresar, y donde sus derechos no se vean comprometidos con situaciones que alteren el verdadero sentido de la Constitución.

41 Pregunta 4:

¿Ha escuchado usted del amparo de libertad?

Cuadro 4. Conocimiento del amparo de libertad.

VARIABLE NÚMERO PORCENTAJE

Si No 70 30 70 % 30 % TOTAL: 100 100 %

Fuente: Encuestas dirigidas a los ciudadanos de la ciudad de Riobamba

Análisis de los resultados

El resultado a la pregunta 4 fue de un 70 % a favor del SI y un 30 % a favor del NO, esto significa conocimiento del amparo de libertad. Todos los derechos constitucionales deben hacerse efectivos, pero en vista de que eso no sucede en la práctica del derecho, se hace necesario un mecanismo procesal eficiente que garantice el respeto de los derechos humanos de todos.

42 Pregunta 5:

¿Considera usted que el inocente se beneficia del amparo de libertad?

Cuadro 5. Beneficio del amparo de libertad para el inocente.

VARIABLE NÚMERO PORCENTAJE

Si No 60 40 60 % 40 % TOTAL: 100 100 %

Fuente: Encuestas dirigidas a los ciudadanos de la ciudad de Riobamba

Análisis de los resultados

El resultado a la pregunta 5 fue de un 60 % a favor del SI y un 40 % a favor del NO, esto significa el beneficio del amparo de libertad para el inocente. Sin duda es necesaria la realización de esta investigación ya que constituye un peldaño hacia el mejoramiento y la modernidad de la Ley, sólo con estos aportes doctrinarios y prácticos podremos detectar las falencias en nuestra legislación procesal penal y dar soluciones viables y certeras en busca de la protección de los derechos constitucionales.

43 Pregunta 6:

¿Conoce usted que el amparo de libertad podría libertar un culpable?

Cuadro 6. El amparo de libertad a favor de culpables.

VARIABLE NÚMERO PORCENTAJE

Si No 55 45 55 % 45 % TOTAL: 100 100 %

Fuente: Encuestas dirigidas a los ciudadanos de la ciudad de Riobamba

Análisis de los resultados

El resultado a la pregunta 6 fue de un 55 % a favor del SI y un 45 % a favor del NO, esto significa el amparo de libertad a favor de culpables. Los derechos constitucionales han sido incorporados en la mayoría de legislaciones para ser cumplidos, sin embargo en el Ecuador existe una evidente inaplicabilidad de los mismos; la solución está en incorporar reformas que establezcan procedimientos claros y eficaces que obliguen a las autoridades y ciudadanos a perfeccionar la protección de derechos constitucionales.

44 Pregunta 7:

¿Ha escuchado usted que los amparos sirven como instrumento de impunidad?

Cuadro 7. Los amparos sirven como instrumento de impunidad

VARIABLE NÚMERO PORCENTAJE

Si No 90 10 90 % 10 % TOTAL: 100 100 %

Fuente: Encuestas dirigidas a los ciudadanos de la ciudad de Riobamba

Análisis de los resultados

El resultado a la pregunta 7 fue de un 90 % a favor del SI y un 10 % a favor del NO, esto significa que los amparos sirven como instrumento de impunidad. A pesar de que han existido varios criterios y reformas jurídicas en cuanto al respeto a los derechos humanos, las mismas que no se han concretado de una manera efectiva en la práctica. Con esta investigación no solo se ha dado soluciones teóricas con respecto al derecho constitucional sino también soluciones prácticas, aplicables y concretas que constituyen un progreso en defensa de los derechos humanos.

45 Pregunta 8:

¿Sabe usted si la impunidad vulnera derechos?

Cuadro 8. Conocimiento popular de que la impunidad vulnera derechos.

VARIABLE NÚMERO PORCENTAJE

Si No 95 5 95 % 5 % TOTAL: 100 100 %

Fuente: Encuestas dirigidas a los ciudadanos de la ciudad de Riobamba

Análisis de los resultados

El resultado a la pregunta 8 fue de un 95 % a favor del SI y un 5 % a favor del NO, esto significa el conocimiento popular de que la impunidad vulnera derechos. El Derecho Constitucional establece la protección de los derechos humanos; su ineficaz protección constituye algo inaceptable, pero sobre todo se resume en un Estado que no funciona.

46 Pregunta 9:

¿En su opinión se debe compensar la vulneración al derecho del ofendido?

Cuadro 9. Necesidad de compensar la vulneración al derecho del ofendido.

VARIABLE NÚMERO PORCENTAJE

Si No 90 10 90 % 10 % TOTAL: 100 100 %

Fuente: Encuestas dirigidas a los ciudadanos de la ciudad de Riobamba

Análisis de los resultados

El resultado a la pregunta 9 fue de un 90% a favor del SI y un 10% a favor del NO, esto significa la necesidad de compensar la vulneración al derecho del ofendido. Todos los derechos constitucionales deben ser garantizados, pero en vista de que eso no sucede en la práctica del derecho, se hace necesario un mecanismo procesal eficiente que facilite el cumplimiento de los mismos.

47 Pregunta 10:

¿Cree usted que se debe dictar medidas cautelares contra un posible culpable?

Cuadro 10. Necesidad de dictar medidas cautelares contra un posible culpable

VARIABLE NÚMERO PORCENTAJE

Si No 80 20 80 % 20 % TOTAL: 100 100 %

Fuente: Encuestas dirigidas a los ciudadanos de la ciudad de Riobamba

Análisis de los resultados

El resultado a la pregunta 10 fue de un 80% a favor del SI y un 20% a favor del NO, esto significa la necesidad de dictar medidas cautelares contra un posible culpable. Sin duda es necesaria la realización de esta investigación ya que contribuye con una propuesta que debe ser considerada.

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CONCLUSIONES DE LA ENTREVISTA HECHA AL JUEZ PROVINCIAL DE LA SALA DE LO PENAL DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE CHIMBORAZO

• La libertad es un derecho fundamental

• La misión fundamental de un amparo es proteger derechos

• Es necesaria la existencia del amparo de libertad

• El amparo de libertad está condicionado a la existencia de vicios en la orden de detención

• Hay veces en que el amparo de libertad aporta en la libertad del inocente

• El amparo de libertad termina libertando al culpable igualmente

• El amparo de libertad es utilizado como instrumento de impunidad, una vez que ha permitido la fuga de los procesados

• Se podría decir que el amparo de libertad como instrumento de impunidad vulnera los derechos del ofendido quienes deben resignarse ante su impotencia por existir vicio en la orden de detención del recurrente

• Sería interesante que declarada la acción de amparo de libertad, el Juez pueda compensar la vulneración de los derechos del ofendido

• Dictar medidas cautelares contra quien ha sido beneficiario del amparo de libertad compensa al ofendido evitando la vulneración total de sus derechos

49 2.4. CONCLUSIONES PARCIALES DEL CAPÍTULO

Como consecuencia de los resultados obtenidos en la elaboración, aplicación y posterior análisis e interpretación de los resultados de la encuesta realizada, se ve claramente como las personas a quienes se les aplicó el cuestionario, tornaron evidente el problema. Según los objetivos ésta fue una investigación aplicada al proponer un documento tendiente a la reforma del Código de Procedimiento Penal que subsana la acción de amparo de libertad en la legislación penal ecuatoriana como instrumento de impunidad que vulnera la defensa de los derechos fundamentales de los ofendidos en la ciudad de Riobamba, lo que la hace también propositiva.

50 CAPÍTULO III

MARCO PROPOSITIVO 3.1. TÍTULO

"Anteproyecto de Ley Reformatoria al Código de Procedimiento Penal" 3.2. PREÁMBULO

Exposición de motivos:

Especialistas del Poder Judicial y la Corte Constitucional deben estudiar medidas con el fin de regular y sancionar la proliferación y el mal uso de las acciones de amparo y amparo de libertad, trabajando una agenda conjunta abierta y de interés común para mejorar la justicia constitucional en aras de un mejor servicio a la comunidad y la regulación de las multas por mala práctica o temeridad procesal para reducir las demandas de amparo absurdas y dilatorias.

El Poder Judicial y la Corte Constitucional, de ninguna manera, deben caer en situaciones de fricción y conflicto, debe haber armonía, incluso, en los casos de discrepancia

En el país han existido los dos polos, por un lado hay casos en los que el Amparo de libertad expedidos no han sido respetados por las autoridades policiales y por otro lado, están quienes han abusado de este derecho de los ciudadanos.

Hay jueces que se han excedido en sus facultades legales, otorgando Amparo de libertad sin existir la detención ilegal, que es un requisito fundamental tanto como hay quienes mantienen ilegalmente detenidos o desaparecidos a las personas.

Creo que el problema radica en que existe un desconocimiento de este recurso de libertad, deberían capacitar a los jueces para que sepan que solo sirve en caso de detención ilegal, si no lo otorgan correctamente deben ser enjuiciados, sería bueno que estén conscientes de eso.

51

Los jueces reciben en audiencia cada semana a los detenidos mientras los abogados se encargan de la defensa.

Han solicitado el Amparo de libertad personas que han cometido todo tipo de delito, desde robo, asesinato hasta coyotaje.

Algunos sobresalen por su trascendencia política, manifestándose que el Amparo de libertad se cumple de acuerdo a la Ley y se descarta favoritismos para nadie.

En algunos casos se solicita información a los jueces y tribunales antes de emitir una resolución, lo que impide cumplir con las 24 horas de plazo.

Para evitar que infractores de la ley se beneficien del Amparo de libertad es necesario legalizar las detenciones lo más pronto posible.

En delitos que alarman a la población como violación, muerte, contrabando de sustancias prohibidas, es necesario agilizar los trámites para evitar la aplicación del recurso consagrado en la Constitución.

Las audiencias para el otorgamiento del Amparo de libertad se realizan en forma diaria, incluso fines de semana y feriados.

Esta política es mal vista por algunos ciudadanos, porque se cree que las audiencias están dirigidas y que los solicitantes son amigos del juez.

Otro de los análisis es que el aumento de los Amparo de libertad refleja el mayor control policial, en especial las contravenciones de tránsito que registra el mayor número de infracciones.

Aún así, los jueces competentes para el no son los directos responsables de las libertades o negación del recurso, porque dependen de la orden del juez competente en la infracción penal o las justificaciones que presente la Policía.

Entonces, no se trata de ninguna ciencia oculta peor aún estrictamente jurídica, porque el juez, quien tiene la potestad de pronunciarse ante este recurso, sólo revisa si existe o no una orden de detención.

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Muchos abogados se han quejado de que no todos tienen las mismas oportunidades para solicitar la acción.

Si un Juez se niega a conceder el amparo de libertad puede ser civil y penalmente procesado.

Hay abusos por parte de muchos abogados que no dejan transcurrir ni siquiera las 24 horas de detención y ya están solicitando el recurso, con el Amparo de libertad lo único que se hace efectivo es el derecho de la libertad de las personas, muchos abogados realizan el trámite pero luego lo abandonan. Entonces muchas audiencias no se realizan. El amparo de libertad no puede ser entregado cuando se ha iniciado una indagación previa o instrucción fiscal en contra del detenido, peor aún si existe una boleta constitucional de encarcelamiento.

3.3. ANTECEDENTES

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