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De “LA ENTIDAD FEDERATIVA”:

CAPÍTULO IV. DE LOS RECURSOS FINANCIEROS APORTADOS POR “LOS MUNICIPIOS” DÉCIMA “LOS MUNICIPIOS” se comprometen a aportar recursos financieros para las obras y acciones

DECLARACIONES I De “LA SECTUR”:

II. De “LA ENTIDAD FEDERATIVA”:

II.1 Que en términos de los artículos: 40, 41 primer párrafo, 42 fracción I, 43 y 116, de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, es un Estado Libre y Soberano que forma parte integrante de la Federación, según los principios de la Ley Fundamental y lo establecido por los artículos 1, 26 y 27 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y por los artículos 1, 2, 3, 4, 6 y 8 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.

II.2 Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Lic. Gabino Cué Monteagudo

Gobernador Constitucional de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con la comparecencia del Secretario General de Gobierno del Estado, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 66, 79 fracciones XIX, XXVI, 80 fracción II, 82 y 84 de la misma Constitución; así como en los artículos 2, 6 primer párrafo, 9, 10 y 15 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, y demás disposiciones locales aplicables.

II.3 Que de conformidad con los artículos 9, 10 y 15 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado

de Oaxaca, este Convenio es también suscrito por los Secretarios: General de Gobierno, de Finanzas, de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable, de Turismo y Desarrollo Económico y de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”.

II.4 Que el Lic. Alfonso José Gómez Sandoval Hernández, en su carácter de Secretario General de

Gobierno del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Oaxaca, suscribe el presente instrumento de conformidad con lo establecido en los artículos 27 fracción I y 34 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca y que fue designado como Secretario, mediante nombramiento de fecha 17 de abril de 2013, conforme a los cuales cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio.

II.5 Que el Lic. Enrique Celso Arnaud Viñas, en su carácter de Secretario de Finanzas del Poder

Ejecutivo del Gobierno del Estado de Oaxaca, suscribe el presente instrumento de conformidad con lo establecido en los artículos 27 fracción XII y 45 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca y que fue designado como Secretario, mediante nombramiento de fecha 17 de abril del 2013, conforme a los cuales cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio.

II.6 Que el Ing. Netzahualcóyotl Salvatierra López, en su carácter de Secretario de las Infraestructuras y

el Ordenamiento Territorial Sustentable del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Oaxaca, suscribe el presente instrumento de conformidad con lo establecido en los artículos 27 fracción IV y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca y que fue designado como Secretario, mediante nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2010, conforme a los cuales cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio.

II.7 Que el Lic. José Zorrilla de San Martín Diego, en su carácter de Secretario de Turismo y Desarrollo

Económico del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Oaxaca, suscribe el presente instrumento de conformidad con lo establecido en los artículos 27 fracción V y 38 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca y que fue designado como Secretario, mediante nombramiento de fecha 16 de diciembre de 2010, conforme a los cuales cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio.

II.8 Que la Lic. Perla Marisela Woolrich Fernández, en su carácter de Secretaria de la Contraloría y

Transparencia Gubernamental del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Oaxaca, suscribe el presente instrumento de conformidad con lo establecido en los artículos 27 fracción XIV y 47 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca y que fue designada como Secretaria, mediante nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2010, conforme a los cuales cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio.

II.9 Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento, son el

desarrollo del sector turístico en las localidades con vocación turística, mediante el desarrollo de infraestructura y equipamiento; que los proyectos de infraestructura y equipamiento que serán desarrollados con los recursos a que se refiere el presente convenio garanticen su viabilidad operativa y financiera; la consolidación de los destinos turísticos de “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, así como la diversificación de destinos, productos y segmentos turísticos que agreguen valor a los destinos, para el fortalecimiento de las líneas de producto; mejorar la competitividad de los destinos turísticos de “LA ENTIDAD FEDERATIVA” a través del fortalecimiento de la oferta turística, buscando la diversificación de productos.

II.10 Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio, señala como su domicilio fiscal

el ubicado en carretera Oaxaca-Istmo km 11.5 sin número, Municipio de Tlalixtac de Cabrera, Estado de Oaxaca, código postal 68270; y como domicilio convencional, el ubicado en el Palacio de Gobierno, Plaza de la Constitución, entre las calles de Carlos María Bustamante y Ricardo Flores Magón, Colonia Centro, código postal 68020, en la Ciudad Oaxaca de Juárez, Estado de Oaxaca.

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