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5.2 Entrega de señal en punto de interconexión

Se entiende por entrega de señal en punto de interconexión la conexión mediante fibra óptica desde el espacio donde se encuentran los equipos del Operador situados en el PAO hasta un repartidor óptico (ODF en terminología inglesa) elegido conjuntamente entre el Operador y el GIT al que el Operador llega por sus propios medios. Esta conexión es la que permite enlazar la red del Operador a la del GIT.

Los repartidores podrán ser utilizados por tantos Operadores como admita su capacidad

La conexión mediante fibra óptica se realiza a través de un repartidor óptico (ODF) que será suministrado por el GIT como parte de la instalación y se ubicará en la Sala de Operadores (SdO) o en la Sala del GIT (SdG) según conste en la solicitud. El Operador podrá solicitar que ciertas fibras finalicen en la SdO y otras en la SdG.

El requerimiento de terminación de fibras en la SdO deberá ir acompañado de una aprobación de servicio de Coubicación.

Se dará continuidad a tantas fibras como haya solicitado el Operador. Se recomienda que el Operador siempre solicite dos fibras de reserva para cada una de las salas en la que requiera terminación de señal.

Será responsabilidad del GIT el mantenimiento y la reparación de averías, incluyendo el ODF, la cual se realizará de forma coordinada con el Operador.

5.2.1.- Ubicación del ODF

La ubicación del ODF en el PAO se pactará entre el Operador y el GIT intentando minimizar los costes asociados de ambas partes para llevar a cabo la interconexión.

El GIT comunicará la disponibilidad de arquetas e infraestructuras próximas al punto de interconexión. Estas informaciones serán suministradas siempre que se elabore un proyecto específico de interconexión. De igual forma, el GIT apoyará al Operador en cualquier gestión que se deba hacer con Hidrocantábrico.

Cada una de las partes deberá correr con los costes asociados para llevar a cabo la interconexión. La ubicación del ODF corresponderá a un bastidor existente del GIT y se determinará siguiendo los siguientes criterios:

1. La distancia será lo mas corta posible. Si no fuera posible, GIT comunicará al Operador indicando las razones de la imposibilidad.

2. Entre las alternativas se escogerá aquella que disponga de suficiente espacio físico para los elementos necesarios para realizar la interconexión y sea fácil la conexión de la canalización por parte del Operador.

3. En caso de que el ODF ya haya sido utilizado por la interconexión de otro Operador se garantizará el mínimo impacto en la conexión del anterior Operador.

5.2.2.- Fusiones

El Operador deberá llegar con sus propios cables de fibra óptica al ODF elegido y el GIT llevará a cabo el suministro del ODF y la fusión de las fibras.

Las características físicas y de capacidad del ODF a utilizar se definirán como parte del proyecto de interconexión.

El coste de las fusiones será compartido por el Operador solicitante y el GIT. En caso de haber más de un Operador, los costes serán imputados proporcionalmente al número de fibras solicitado por cada Operador.

El Operador podrá solicitar medios de uso exclusivo, que deberá sufragar enteramente.

5.2.3.- Filtros para las Fibras Activas

Se definirán las características de los filtros a instalar sobre las fibras.

5.2.4.- Fibra Óptica

Se definirán las características físicas, de atenuación y dispersión de las fibras a utilizar. Preferiblemente serán fibras que cumplan el Standard G652.

5.2.5.- ODF

Se definirán las características de conexión y el número de conectores de los repartidores ODF a utilizar.

5.2.6.- Conectores de los ODF

Se definirán el tipo de conectores a utilizar, así como sus características.

5.3.- Procedimiento de petición de la conexión física de redes

5.3.1.- Presentación de solicitudes

El Operador cumplimentará un formulario de solicitud específico para la solicitud de conexión física de las redes. El formulario de solicitud contendrá la información acordada entre el GIT y el Operador. Una vez completados correctamente todos los campos obligatorios del formulario de solicitud, ésta será tramitada por el GIT.

5.3.2.- Causas de denegación de solicitud de interconexión

La solicitud de interconexión sólo podrá ser denegada por el GIT por las siguientes causas: 9 causas de fuerza mayor

9 inviabilidad técnica

9 otras causas acordadas entre los Operadores y el GIT.

La denegación será comunicada al Operador mediante correo electrónico y actualización de su solicitud en el campo correspondiente, indicando claramente la causa particular de la denegación.

5.3.3.- Interacciones

1. El Operador cumplimentará una solicitud de alta de interconexión en la forma especificada en el apartado “presentación de solicitudes.” Dicha solicitud podrá rellenarse en sincronía con la

solicitud de Coubicación y/o el tendido de cables, y será tratada como una solicitud independiente.

2. Una solicitud se considerará aceptada por el GIT transcurridos el periodo de tiempo acordado desde su envío y validación. En caso de aceptación, el GIT actualizará la información y enviará un correo electrónico para comunicar la aceptación y el correspondiente número administrativo. 3. En caso de denegación de la solicitud, el GIT actualizará la información de la solicitud

correspondiente y enviará un correo electrónico al Operador peticionario, antes del periodo de tiempo acordado desde la recepción de la solicitud de alta, indicando la información referente a la causa y fecha de denegación.

4. Si se detectase una inviabilidad técnica del ODF seleccionado, el GIT comunicará esta circunstancia al Operador solicitante dentro del mismo plazo. El GIT deberá proponer una alternativa en un plazo inferior al acordado. El GIT no se responsabilizara de los posibles costes en los que haya podido incurrir el Operador solicitante si éste ha respetado los plazos, en caso contrario los costes serán debidamente justificados y el GIT correrá con la mitad de los mismos. 5. Si ya existe ODF con capacidad para acoger al nuevo Operador, dentro del mismo plazo, el GIT

notificará por correo electrónico la circunstancia para que éste pueda comenzar a acometer las acciones constructivas necesarias para llegar al ODF definido.

6. El Operador solicitante dispondrá de un periodo de tiempo determinado para confirmar su petición de entrega de señal.

7. Una vez haya confirmado el Operador, el GIT realizará las actuaciones correspondientes y entregará el servicio en el plazo establecido, para su aceptación por el Operador.

8. Una vez realizados todos los trabajos de instalación, se procederá a la aceptación por el Operador de la instalación completa. Para ello se realizarán las medidas especificadas en este documento. De no ser satisfactorias, el GIT realizará de forma inmediata las necesarias actuaciones para solventar el problema.

5.3.4.- Aceptación de la instalación

Para la aceptación de la instalación se realizarán en el tramo responsabilidad del GIT medidas de atenuación y dispersión cromática en la longitud de onda definida.

Se aceptará la entrega del servicio cuando se cumplan las condiciones que se acuerden entre el GIT y los Operadores.

5.3.5.- Plazos

Se aplicarán los plazos definidos entre el GIT y los Operadores, según la modalidad escogida. La disponibilidad de los espacios de Coubicación en SdO será un requisito previo para la entrega del servicio en SdO pero no para la ejecución de los trabajos para su provisión.

El plazo de entrega no incluye, en su caso, el tiempo necesario para la obtención de los permisos que resulten necesarios, si bien ambos Operadores realizarán los mejores esfuerzos para su obtención en el plazo más breve posible.

5.3.6.- Ampliación de la conexión física de redes

accederá con el número administrativo de la instalación a la solicitud correspondiente en el sistema. El sistema generará un nuevo número administrativo correspondiente a la nueva solicitud (solicitud ampliada). Se aplicarán los mismos procedimientos y plazos estándar.

5.3.7.- Procedimiento de baja de conexión física de redes

Cuando un Operador solicite la baja de todos los servicios de interconexión y Coubicación, se generará una baja completa de conexión física de redes. También es posible mediante el procedimiento aquí descrito realizar una petición específica parcial o completa de baja de entrega de la señal.

1. El Operador accederá al sistema para rellenar una solicitud de baja de entrega de la señal, introduciendo el número administrativo de la solicitud de alta.

2. El sistema realizará una primera validación de los datos introducidos, indicando en su caso los campos que requieren rectificación y el tipo de error o aquellos campos obligatorios que hayan sido omitidos.

3. Una solicitud se considerará aceptada por el GIT transcurridos los días acordados desde su envío y validación.

4. En el plazo acordado desde la aceptación de la baja, el GIT y el Operador realizarán los correspondientes trabajos de desconexión parcial o completa del servicio.