IONIZANTES
Conviene aclarar los términos “irradiación”, “con- taminación radiactiva” y “contaminación por par- tículas radiactivas”, ya que las características de los equipos de protección individual a utilizar serán diferentes dependiendo del riesgo contra el que protejan:
Irradiación: Exposición de personas o materiales a ra-
diaciones ionizantes provenientes de fuentes exteriores (Radiaciones X, gamma o de neutrones).
Contaminación radiactiva: Presencia de sustancias
radiactivas en o sobre un material o en un lugar donde son indeseables o pueden ser peligrosas.
Contaminación por partículas radiactivas: Presen-
cia de partículas radiactivas en forma de partículas só- lidas en o sobre un material o en un lugar donde no son deseables o puedan ser nocivas.
Exigencias de salud y seguridad.
Normativa técnica
El Anexo II del RD 1407/1992 recoge las exigencias esenciales de sanidad y seguridad que deben cumplir los EPI.
Los equipos que protegen contra las radiaciones io-
nizantes, además de los requisitos de alcance general
aplicables a todos los EPI y las exigencias complemen- tarias comunes a varios tipos o clases de EPI (puntos 1 y 2 del Anexo II del RD), deben cumplir las exigencias específi cas que vienen indicadas en el punto 3.9.2 de dicho Anexo. En el Anexo VI de este texto se recogen estas exigencias esenciales y las normas técnicas de aplicación.
Tipos y clases
Basándonos en la normativa técnica que obra en nues- tro poder, diferenciaremos los siguientes tipos:
- Guantes de protección contra las radiaciones io- nizantes y la contaminación radiactiva.- UNE-EN
421.
- Ropa de protección contra la contaminación ra- diactiva. Ropa de protección ventilada contra la contaminación radiactiva bajo forma de partícula.
UNE-EN 1073-1 (esta norma no se aplica para la pro- tección contra la radiación ionizante, ni para la protec- ción de los pacientes contra la contaminación con sus- tancias radiactivas como consecuencia de diagnóstico y/o medidas terapéuticas).
- Ropa de protección contra la contaminación ra- diactiva. Ropa de protección no ventilada contra la contaminación radiactiva bajo forma de partícula.
UNE-EN 1073-2 (esta norma no se aplica para la pro- tección contra la radiación ionizante, ni para la protec- ción de los pacientes contra la contaminación con sus- tancias radiactivas como consecuencia de diagnóstico y/o medidas terapéuticas).
En la normativa se indican los requisitos que deben cumplir estos EPI, defi niéndose para algunos de estos requisitos diferentes niveles de prestación (Anexos VII, VIII y IX de este texto).
La tabla 3 presenta un resumen de los equipos y las clases basándose en el requisito relacionado con la pro- tección contra las radiaciones ionizantes y la contami- nación radiactiva.
Información del fabricante.
Folleto informativo, marcado
y/o marca
Conforme a lo dispuesto en los Reales Decretos 1407/1992 y 159/1995, aparte del obligatorio marca-
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do “CE” para los EPI de categoría III (EPI de diseño
complejo) y del folleto informativo, los equipos de protección individual contra radiaciones ionizantes, de acuerdo con lo que se indica en las normas ante- riormente referenciadas, deben disponer del siguiente marcado adicional e instrucciones de uso:
A) Guantes de protección contra las radiaciones ioni- zantes y la contaminación radiactiva.
Cada guante de protección se marcará con la siguiente información:
Nombre, marca registrada u otro medio de identifi ca-
-
ción del fabricante o su representante autorizado. Designación del guante (nombre comercial o códi- - go). Talla. -
Si es necesario, la fecha de caducidad.
-
El envase que contenga el guante se marcará claramen- te con:
Nombre y dirección completa del fabricante o su re-
-
presentante autorizado.
Designación del guante (nombre comercial o códi- - go). Talla. -
Si es necesario, la fecha de caducidad.
-
Referencia en donde se puede encontrar la informa-
-
ción relacionada con las instrucciones de uso.
El pictograma para radiación ionizante y contamina-
-
ción radiactiva (Anexo X de este texto).
En este tipo de equipos el espesor equivalente de plo-
mo debe ser marcado sobre cada guante.
El fabricante deberá suministrar instrucciones de alma- cenamiento y uso, tal como se indica en el apartado 7.3 de la norma UNE-EN 420.
B) Ropa de protección ventilada contra la contamina-
ción radiactiva bajo forma de partícula.
El marcado debe cumplir con lo indicado en la norma UNE-EN 340, con el pictograma que se indica en el Anexo X de este texto.
El nivel de prestación de la fuga hacia el interior (IL) se debe marcar:
IL: clase x (x= número de la clase)
En relación con la información suministrada por el fa- bricante, cabe añadir que, además de lo indicado en la norma UNE-EN 340, debe suministrar la siguiente in- formación:
- Instrucciones para colocárselo, uso, ajuste, quitárselo y almacenarlo.
- Aplicación, limitaciones de uso (clasifi cación, inter- valo de temperatura…).
- Ensayos a realizar por el usuario antes del uso (si son necesarios).
- Mantenimiento, limpieza y descontaminación, por ejemplo, por rociado (si es necesario).
- Debe especifi car la presión necesaria del suministro de aire y el intervalo de caudal para mantener la pro- tección.
- Se deberá advertir (en caso necesario) sobre los pro- blemas que se pueden encontrar, tales como: estrés térmico, dependencia con el caudal de aire, carga de trabajo, condiciones ambientales…
C) Ropa de protección no ventilada contra la contaminación radiactiva bajo forma de par- tícula.
El marcado debe cumplir con lo indicado en la norma UNE-EN 340, con el pictograma que se indica en el Anexo X de este texto.
El nivel de prestación de la fuga hacia el interior (TIL):
TILA: clase x (x = número de la clase)
aunque la norma no indica que debe ir con el pictogra- ma, sí que debe aparecer, al menos, en el folleto infor- mativo.
En relación con la información suministrada por el fa- bricante, indicar que, además de lo indicado en la nor- ma UNE-EN 340, debe suministrar la siguiente infor- mación:
- Instrucciones para colocárselo, uso, ajuste, quitárselo y almacenarlo.
- Aplicación, limitaciones de uso (clasifi cación, inter- valo de temperatura…).
- Ensayos a realizar por el usuario antes del uso (si son necesarios).
5 - Mantenimiento, limpieza y descontaminación, por ejemplo, por rociado (si es necesario).
- Se deberá advertir (en caso necesario) sobre los pro- blemas que se pueden encontrar, tales como: estrés térmico, dependencia con el caudal de aire, carga de trabajo, condiciones ambientales…
El fabricante deberá sugerir la ropa interior adecuada.
Pautas de selección y utilización
Se deben seguir las defi nidas con carácter general en el RD 773/1997.2
En la selección de un guante de protección contra las radiaciones ionizantes y la contaminación radiactiva, para defi nir la efi cacia de atenuación y uniformidad del material de que está fabricado, tendremos que tener presente:
El tipo de la fuente radiactiva. Si se trata de:
-
Partículas ionizantes. Partículas
- ␣ (cargadas positi-
vamente) y Partículas  (cargada negativamente). Radiaciones X y Radiaciones gamma (
- ␥).
Neutrones.
-
- La energía de las partículas o radiaciones emitidas y de la intensidad de la fuente.
- Nivel de radiación que se pretende conseguir, que se suele expresar en tasa de dosis y que debe coincidir con los valores legales existentes en la normativa radioló- gica vigente.
Los cálculos necesarios para determinar el valor de espesor equivalente de plomo respecto a la galga pa- trón, que se ha de elegir, vienen recogidos en cual- quier tratado relacionado con instalaciones radiacti- vas y deben ser realizados por personal especializado en este campo.