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PRINCIPALES NOVEDADES NORMATIVAS A) Convenios internacionales

D) Normativa autonómica

III. ESPACIOS DE COORDINACIÓN

La coordinación y la colaboración institucional son principios rectores que inspiran el contenido de este III Plan Integral. Los procesos migratorios responden a una realidad compleja, dinámica y polifacética, que exige una respuesta integral por parte de los poderes públicos. Las personas migrantes y el resto de la sociedad andaluza esperan una respuesta coherente y unificada de las administraciones públicas ante esta realidad, de ahí la necesidad de contar con lugares de encuentro entre los diversos actores implicados, que garanticen la eficacia y la eficiencia de las políticas y las medidas adoptadas.

La inmigración del siglo XXI se caracteriza por los mismos rasgos que la sociedad que la acoge: la globalidad y la diversidad. En una Europa sin fronteras interiores, se hace más que nunca necesaria la coordinación de la acción comunitaria, estatal, autonómica y local para asegurar la correcta gestión de los flujos migratorios y homogeneizar las políticas de integración.

A continuación se señalan los principales espacios de coordinación a nivel europeo, estatal y autonómico:

El Foro Europeo sobre Integración, creado en el año 2009 a partir de una iniciativa de la Comisión

Europea y organizado en cooperación con el Consejo Económico y Social Europeo, supone una plataforma de diálogo y consulta en materia de inmigración a nivel europeo. Al mismo asisten representantes de las instituciones europeas, de los estados miembros y de organizaciones civiles, incluidos los interlocutores sociales, y tiene como objetivo principal servir de órgano de participación y debate de las orientaciones generales en materia de integración en el ámbito europeo.

La Red Europea de Migraciones, creada por Decisión del Consejo 2008/381/CE y financiada por la

Unión Europea, trata de satisfacer, a nivel europeo, las necesidades de información de las instituciones comunitarias y de los Estados Miembros en materia de migración y asilo. Su objetivo es ofrecer información fiable, veraz y comparable a las instituciones públicas, así como a la ciudadanía en general. En España el Punto

de Contacto Nacional está compuesto por expertos procedentes de cuatro ministerios: Ministerio de Empleo y Seguridad Social, Ministerio del Interior, Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación y Ministerio de Justicia, de cuya coordinación se encarga el Observatorio Permanente de la Inmigración, órgano colegiado adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social. El Punto de Contacto Nacional asimismo colabora con expertos independientes para la realización de estudios e informes de la Red Europea de Migraciones.

A nivel estatal, la Conferencia Sectorial de Inmigración, fruto del acuerdo del Estado y las

Comunidades Autónomas en la Conferencia de Presidentes de enero de 2007, ha encontrado reconocimiento legal tras la reforma en 2009 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. En su artículo 68, se define como el órgano a través del cual se asegurará la adecuada coordinación de las actuaciones que desarrollen las Administraciones Públicas en materia de inmigración. Se constituye como instrumento de cooperación de los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y está compuesta por la persona titular del ministerio y de las consejerías competentes en asuntos de inmigración.

El Consejo Superior de Política de Inmigración, regulado por el Real Decreto 344/2001, de 4 de

abril, es el máximo órgano colegiado de coordinación de las administraciones públicas que tengan competencia o incidencia en las políticas de integración de las personas migrantes. Está formado por representantes de los tres niveles administrativos (estatal, autonómico y local) y su principal finalidad será establecer las bases y criterios sobre los que se debe asentar una política global en materia de integración social y laboral de las personas inmigrantes.

El Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, regulado en el artículo 70 de la Ley

Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y desarrollado reglamentariamente por el Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, es el órgano de consulta, información y asesoramiento en materia de integración de las personas inmigrantes a nivel estatal. Está adscrito al ministerio competente en materia de inmigración, y está compuesto, equilibradamente, por representantes de las administraciones públicas (estatal, autonómica y local), de las asociaciones de inmigrantes, y de otras organizaciones con interés e implantación en el ámbito migratorio, incluyendo entre ellas a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas. Tiene como principal objetivo el promover la participación e integración de las personas inmigrantes en la sociedad española, proponiendo, informando y canalizando actuaciones encaminadas a dichos fines.

La Secretaría General de Inmigración y Emigración, dentro de la estructura orgánica del

Ministerio de Empleo y Seguridad Social, es el máximo órgano de la Administración General del Estado en la materia y es el órgano encargado de desarrollar la política migratoria definida por el Gobierno en materia de inmigración, integración de las personas inmigrantes y ciudadanía española en el exterior.

La Comisión Laboral Tripartita de Inmigración, según el artículo 72 de la Ley Orgánica 4/2000,

de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, es el órgano colegiado adscrito al Ministerio competente en materia de inmigración, formado por representantes de la Administración Pública, y de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas. La misma será informada de la evolución de los movimientos migratorios en España y, en todo caso, será consultada sobre las propuestas de Catálogo de Ocupaciones de difícil cobertura, las previstas en el artículo 39 de la Ley Orgánica, y las de contratación de personas trabajadoras de temporada que se determinen. Se regula mediante Orden TAS/1713/2005, de 3 de junio.

A nivel autonómico, el Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, atribuyó a la Consejería de Justicia e Interior las competencias relativas a la coordinación de las políticas migratorias. El Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, mantiene las competencias atribuidas a la Consejería de Justicia e Interior, de este modo, el Decreto 148/2012, de 5 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior, atribuye a la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias dicha competencia, correspondiéndole a ésta la función de impulso y coordinación de

las políticas públicas de las distintas Consejerías en atención a las consecuencias sociales de la realidad migratoria, en concreto, la coordinación de las actuaciones que al respecto se lleven a cabo en el terreno sanitario, social, cultural, educativo, laboral, o cualquier otro ámbito de intervención en la materia.

Asimismo, corresponde a la Dirección General el estudio de la evolución de la inmigración como realidad social, la planificación de la actuación de la Junta de Andalucía en esta materia y la evaluación permanente de los resultados de la misma. Y, de modo especial, se ocupa de coordinar la relación con otras Administraciones Públicas y la sociedad civil, en lo referente a la incidencia de la realidad migratoria.

El Foro Andaluz de la Inmigración, creado en 1996, y regulado actualmente por el Decreto

55/2001, de 26 de febrero, modificado por el Decreto 283/2011, de 4 de octubre; es el órgano de consulta, representación y participación en el ámbito de la política social para inmigrantes, adscrito a la Consejería

competente en materia de Políticas Migratorias. Tiene por objeto establecer un cauce de participación y debate de todos los agentes sociales implicados en el hecho migratorio, para promover la integración social de las personas de origen extranjero residentes en Andalucía.

El Foro está integrado por la presidencia, tres vicepresidencias y treinta y tres vocalías, representantes de las administraciones públicas con competencias que afecten al colectivo inmigrante en el ámbito de la Comunidad Autónoma, así como de las organizaciones sociales y empresariales y entidades sin fines lucrativos, que tengan entre sus fines la integración y la promoción de los inmigrantes en los distintos ámbitos de la sociedad, en el ámbito de la Comunidad Autónoma. Entre sus funciones se encuentran:

 Facilitar el diálogo y la comunicación entre el colectivo inmigrante y la sociedad de acogida.

 Formular propuestas y recomendaciones que fomenten las relaciones interculturales y el respeto la diversidad cultural, de creencias y convicciones, con pleno respeto a los valores y principios constitucionales.

 Impulsar y proponer medidas encaminadas a la igualdad de mujeres y hombres inmigrantes; a evitar y prevenir la violencia de género; y a dar respuesta a las necesidades específicas de las mujeres inmigrantes.

 Recabar y canalizar propuestas de las organizaciones sociales que trabajan con inmigrantes para su discusión y asunción, en su caso, por parte de las Administraciones Públicas.

 Conocer los programas y actividades que se llevan a cabo en materia de inmigración por todas las Administraciones competentes.

 Promover estudios e investigaciones sobre la integración social de los y las inmigrantes de origen extranjero y presentar propuestas sobre políticas de integración social del colectivo.

 Actuar como órgano activo de lucha contra el racismo, la xenofobia y por la tolerancia, haciendo campaña activa en los medios de comunicación sobre la imagen del y la inmigrante.

 Favorecer con iniciativas propias la mejora de las relaciones interétnicas y la difusión de las distintas culturas presentes en Andalucía.

 Mantener contactos e intercambios con otros órganos análogos, de ámbito local, autonómico, nacional e internacional, sin perjuicio estos últimos de lo que corresponda a la Administración General del Estado.

Fruto del principio de descentralización incluido en el II Plan Integral, se crearon los Foros Provinciales de la Inmigración, por Decreto 202/2005, de 27 de septiembre. Los mismos responden a la

Foro autonómico. Al objeto de construir una sociedad integradora, igualitaria y participativa, y teniendo en cuenta la transversalidad del eje territorial en la planificación de las políticas públicas y la intervención social, la existencia de los Foros Provinciales de la Inmigración en cada una de las provincias andaluzas resulta más que nunca adecuada. Estos Foros tienen por objeto establecer un proceso de participación y debate de todos los agentes sociales implicados en el hecho migratorio, para promover la integración social de las personas migrantes, con especial atención a la figura de los Planes provinciales como herramientas de adaptación de las medidas previstas en este III Plan a las necesidades específicas de cada provincia.

LaComisión Interdepartamental de Políticas Migratorias, creada por el Decreto 382/2000, de 5

de septiembre, y modificada su composición por el Decreto 116/2005, de 3 de mayo, es el órgano de asesoramiento de la Junta de Andalucía en materia migratoria. Adscrita a la Consejería competente en materia de Coordinación de Políticas Migratorias, le corresponde la coordinación e impulso de las actuaciones en materia de migración que en el ámbito de sus competencias mantienen las distintas consejerías de la Junta de Andalucía. Más específicamente, le corresponde a la Comisión Interdepartamental de Políticas Migratorias:

 Promover la coordinación e impulso de las actuaciones en materia de migración que en el ámbito de sus competencias mantienen las Consejerías de la Administración de la Junta de Andalucía.

 Informar sobre las repercusiones de la normativa vigente en materia de derechos y libertades de los y las extranjeras en España y su integración social, en las competencias propias de la Junta de Andalucía.

 Proponer las medidas necesarias para el desarrollo y aplicación de la normativa vigente en relación con los procesos migratorios en Andalucía.

 Elaborar propuestas para su elevación a las distintas Administraciones Públicas en relación con la situación y problemática de los y las extranjeras en Andalucía.

 Aquellas otras funciones que le sean asignadas en materia de asesoramiento de política migratoria.

La Comisión de Migraciones. En el marco del VII Acuerdo de Concertación Social de Andalucía, las

entidades firmantes acordaron la constitución de la Comisión de Migraciones, dentro del Servicio Andaluz de Empleo. Estará formada por las organizaciones representadas en su Consejo de Administración,

con el objeto de tratar todos los temas relacionados con el empleo y la integración laboral de las personas inmigrantes, potenciando y adecuando los mecanismos legales previstos para garantizar una gestión más eficiente y ordenada de los flujos migratorios y laborales en Andalucía.