Instituto Nacional de Empleo
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE BIZKAIA
Visto el expediente económico número 96/94 correspondien-te a Congelados Arana, S.L., con CIF número B-48550636, con domi-cilio en Abanto, barrio El Casal, n.o28, al amparo de la Ley 22/92, de 30 de julio («Boletín Oficial del Estado», 4 de agosto de 1992), por el que se regula el fomento a la contratación indefinida y en base a los siguientes:
IV. Atala / Sección IV
Estatuko Administrazio Orokorra
Administración General del Estado
Hechos que se deducen de la documentación obrante en el expediente:
Primero.—La Dirección Provincial de Bizkaia, dictó resolución en fecha 4 de octubre de 1995, en virtud de la competencia que expresamente se confiere al artículo 18, apartado 8, punto 4 de la Orden de 16 de noviembre de 1993 («Boletín Oficial del Estado», 18 de noviembre de 1992), sobre delegación de atribuciones en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por la que se exigía la devolución de quinientas mil (500.000) pesetas, en concepto de subvención por contratación indefinida de don Emilio García Pérez, al amparo del artículo 5, párrafo 1 de la Orden Ministerial de 6 de agosto de 1992 («Boletín Oficial del Estado», 15 de agos-to de 1992).
Segundo.—Dicha resolución fue notificada a la entidad Con-gelados Arana, S.L., siendo recibida por ésta el 10 de octubre de 1995.
Fundamento de derecho que son de aplicación a los hechos reseñados:
La Dirección Provincial es competente para conocer y resol-ver la presente resolución de reintegro por intereses de demora, de conformidad con lo establecido en la Orden Ministerial del 16 de noviembre de 1992 («Boletín Oficial del Estado», 18 de noviembre de 1992).
En virtud de lo establecido en los artículos 36 y 81.9 del tex-to refundido de la Ley General Presupuestaria, y en el artículo 109 del Real Decreto 1.684/90, de 20 de diciembre, por el que se aprue-ba el Reglamento General de Recaudación y de los preceptos lega-les de general aplicación, esta Dirección Provincial, en uso de las facultades que le están conferidas.
Acuerda declarar la obligación de la entidad Congelados Ara-na, S.L., de reintegrar la cantidad de sesenta y tres mil doscien-tas cuarenta y siete (63.247) pesedoscien-tas en concepto de interés de demora.
Dicha cantidad deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la cuenta n.o20-000056-7, del Banco de España de Bilbao, a nom-bre del Instituto Nacional de Empleo, de la provincia de Bizkaia, en el plazo de treinta (30) días, a partir del día siguiente de la noti-ficación de la presente resolución.
De no realizarse el reintegro en el plazo señalado, se exigirá en vía ejecutiva, incrementado en el recargo de apremio y, en su caso, los correspondientes intereses de demora.
Notifíquese esta resolución al interesado en la forma establecida en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado», 27 de noviembre de 1992), advirtiéndole que, contra la presente reso-lución podrá interponerse recurso ordinario, ante el Excmo. Sr. Minis-tro de Trabajo y Seguridad Social, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la notificación.
En Bilbao, a 19 de abril de 1996.—El Director Provincial, Pedro Luis Río Oyarbide
(Núm. 6.159)
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Visto el expediente económico número 370/92 correspondiente a Construcciones Conersa, S.L., con CIF número B-48541627, con domicilio en Derio, calle Antón Fernández, n.o8, al amparo de la Ley 22/92, de 30 de julio («Boletín Oficial del Estado», 4 de agos-to de 1992), por el que se regula el fomenagos-to a la contratación inde-finida y en base a los siguientes:
Hechos que se deducen de la documentación obrante en el expediente:
Primero.—La Dirección Provincial de Bizkaia, dictó resolución en fecha 15 de noviembre de 1995, en virtud de la competencia que expresamente se confiere al artículo 28, apartado 8, punto 4b de la Orden de 21 de mayo de 1996 («Boletín Oficial del Estado», 27 de mayo de 1996), sobre delegación de atribuciones en el Minis-terio de Trabajo y Seguridad Social, por la que se exigía la devo-lución de cuatrocientas mil (400.000) pesetas, en concepto de sub-vención por contratación indefinida de doña Soraya Molina Pérez, al amparo del artículo 5, párrafo 1 de la Orden Ministerial de 6 de agosto de 1992 («Boletín Oficial del Estado», 15 de agosto de 1992).
Segundo.—Dicha resolución fue notificada a la entidad Cons-trucciones Conerda, S.L., siendo recibida por ésta el 13 de enero de 1996.
Fundamento de derecho que son de aplicación a los hechos reseñados:
La Dirección Provincial es competente para conocer y resol-ver la presente resolución de reintegro por intereses de demora, de conformidad con lo establecido en la Orden Ministerial del 21 de mayo de 1996 («Boletín Oficial del Estado», 27 de mayo de 1996). En virtud de lo establecido en los artículos 36 y 81.9 del tex-to refundido de la Ley General Presupuestaria, y en el artículo 109 del Real Decreto 1.684/90, de 20 de diciembre, por el que se aprue-ba el Reglamento General de Recaudación y de los preceptos lega-les de general aplicación, esta Dirección Provincial, en uso de las facultades que le están conferidas.
Acuerda declarar la obligación de la entidad Construcciones Conersa, S.L., de reintegrar la cantidad de ciento nueve mil qui-nientas dos (109.502) pesetas en concepto de interés de demora. Dicha cantidad deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la cuenta n.o20-000056-7, del Banco de España de Bilbao, a nom-bre del Instituto Nacional de Empleo, de la provincia de Bizkaia, en el plazo de treinta (30) días, a partir del día siguiente de la noti-ficación de la presente resolución.
De no realizarse el reintegro en el plazo señalado, se exigirá en vía ejecutiva, incrementado en el recargo de apremio y, en su caso, los correspondientes intereses de demora.
Notifíquese esta resolución al interesado en la forma establecida en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado», 27 de noviembre de 1992), advirtiéndole que, contra la presente reso-lución podrá interponerse recurso ordinario, ante el Excmo. Sr. Minis-tro de Trabajo y Seguridad Social, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la notificación.
En Bilbao, a 3 de junio de 1996.—El Director Provincial, Pedro Luis Río Oyarbide
(Núm. 6.160)
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Visto el expediente económico número 606/92 correspondiente a Bilbao Plaza Marítima, S.L., con CIF número B-48523732, con domicilio en Getxo, Plaza Zubiko, 1-1.o, al amparo de la Ley 22/92, de 30 de julio («Boletín Oficial del Estado», 4 de agosto de 1992), por el que se regula el fomento a la contratación indefinida y en base a los siguientes:
Hechos que se deducen de la documentación obrante en el expediente:
Primero.—La Dirección Provincial de Bizkaia, dictó resolución en fecha 2 de abril de 1996, en virtud de la competencia que expre-samente se confiere al artículo 28, apartado 8, punto 4b de la Orden de 21 de mayo de 1996 («Boletín Oficial del Estado», 27 de mayo de 1996), sobre delegación de atribuciones en el Ministerio de Tra-bajo y Seguridad Social, por la que se exigía la devolución de qui-nientas mil (500.000) pesetas, en concepto de subvención por con-tratación indefinida de doña Elvira Azaola Monedero, al amparo del artículo 5, párrafo 1 de la Orden Ministerial de 6 de agosto de 1992 («Boletín Oficial del Estado», 15 de agosto de 1992).
Segundo.—Dicha resolución fue notificada a la entidad Bilbao Plaza Marítima, S.L., siendo recibida por ésta el 30 de abril de 1996. Tercero.—La entidad reintegró quinientas mil (500.000) pese-tas el veinticuatro de mayo de mil novecientos noventa y seis.
Fundamento de derecho que son de aplicación a los hechos reseñados:
La Dirección Provincial es competente para conocer y resolver la presente resolución de reintegro por intereses de demo-ra, de conformidad con lo establecido en la Orden Ministerial del 21 de mayo de 1996 («Boletín Oficial del Estado», 27 de mayo de 1996).
En virtud de lo establecido en los artículos 36 y 81.9 del tex-to refundido de la Ley General Presupuestaria, y en el artículo 109 del Real Decreto 1.684/90, de 20 de diciembre, por el que se aprue-ba el Reglamento General de Recaudación y de los preceptos lega-les de general aplicación, esta Dirección Provincial, en uso de las facultades que le están conferidas.
Acuerda declarar la obligación de la entidad Bilbao Plaza Marí-tima, S.L., de reintegrar la cantidad de ciento cincuenta y una mil ciento setenta y ocho (151.178) pesetas en concepto de interés de demora.
Dicha cantidad deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la cuenta n.o20-000056-7, del Banco de España de Bilbao, a nom-bre del Instituto Nacional de Empleo, de la provincia de Bizkaia, en el plazo de treinta (30) días, a partir del día siguiente de la noti-ficación de la presente resolución.
De no realizarse el reintegro en el plazo señalado, se exigirá en vía ejecutiva, incrementado en el recargo de apremio y, en su caso, los correspondientes intereses de demora.
Notifíquese esta resolución al interesado en la forma establecida en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado», 27 de noviembre de 1992), advirtiéndole que, contra la presente reso-lución podrá interponerse recurso ordinario, ante el Excmo. Sr. Minis-tro de Trabajo y Seguridad Social, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la notificación.
En Bilbao, a 3 de junio de 1996.—El Director Provincial, Pedro Luis Río Oyarbide
(Núm. 6.161)
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Visto el expediente económico número 615/92 correspondiente a doña Olga Rodríguez Alvarez, con CIF número 22.719.515, con domicilio en Bilbao, calle Labayru, n.o27, al amparo de la Ley 22/92, de 30 de julio («Boletín Oficial del Estado», 4 de agosto de 1992), por el que se regula el fomento a la contratación indefinida y en base a los siguientes:
Hechos que se deducen de la documentación obrante en el expediente:
Primero.—La Dirección Provincial de Bizkaia, dictó resolución en fecha 22 de febrero de 1996, en virtud de la competencia que expresamente se confiere al artículo 28, apartado 8, punto 4b de la Orden de 21 de mayo de 1996 («Boletín Oficial del Estado», 27 de mayo de 1996), sobre delegación de atribuciones en el Minis-terio de Trabajo y Seguridad Social, por la que se exigía la devo-lución de quinientas cincuenta mil (550.000) pesetas, en concep-to de subvención por contratación indefinida de doña María del Carmen Muriel Avalos, al amparo del artículo 5, párrafo 1 de la Orden Ministerial de 6 de agosto de 1992 («Boletín Oficial del Estado», 15 de agosto de 1992).
Segundo.—Dicha resolución fue notificada a la entidad doña Olga Rodríguez Alvarez, siendo recibida por ésta el 6 de marzo de 1996.
Fundamento de derecho que son de aplicación a los hechos reseñados:
La Dirección Provincial es competente para conocer y resol-ver la presente resolución de reintegro por intereses de demora, de conformidad con lo establecido en la Orden Ministerial del 21 de mayo de 1996 («Boletín Oficial del Estado», 27 de mayo de 1996). En virtud de lo establecido en los artículos 36 y 81.9 del tex-to refundido de la Ley General Presupuestaria, y en el artículo 109 del Real Decreto 1.684/90, de 20 de diciembre, por el que se aprue-ba el Reglamento General de Recaudación y de los preceptos lega-les de general aplicación, esta Dirección Provincial, en uso de las facultades que le están conferidas.
Acuerda declarar la obligación de la entidad doña Olga Rodríguez Alvarez, de reintegrar la cantidad de ciento cincuenta y dos mil cuatrocientas setenta y ocho (152.478) pesetas en con-cepto de interés de demora.
Dicha cantidad deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la cuenta n.o20-000056-7, del Banco de España de Bilbao, a nom-bre del Instituto Nacional de Empleo, de la provincia de Bizkaia, en el plazo de treinta (30) días, a partir del día siguiente de la noti-ficación de la presente resolución.
De no realizarse el reintegro en el plazo señalado, se exigirá en vía ejecutiva, incrementado en el recargo de apremio y, en su caso, los correspondientes intereses de demora.
Notifíquese esta resolución al interesado en la forma establecida en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado», 27 de noviembre de 1992), advirtiéndole que, contra la presente reso-lución podrá interponerse recurso ordinario, ante el Excmo. Sr. Minis-tro de Trabajo y Seguridad Social, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la notificación.
En Bilbao, a 3 de junio de 1996.—El Director Provincial, Pedro Luis Río Oyarbide
(Núm. 6.162)
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Visto el expediente económico número 616/93 correspondiente a Industrias del Norte Electrónica, S.A., con CIF número A-4893637, con domicilio en Barakaldo, calle La Paz, n.o28, al ampa-ro de la Ley 22/92, de 30 de julio («Boletín Oficial del Estado», 4 de agosto de 1992), por el que se regula el fomento a la contra-tación indefinida y en base a los siguientes:
Hechos que se deducen de la documentación obrante en el expediente:
Primero.—La Dirección Provincial de Bizkaia, dictó resolución en fecha 11 de diciembre de 1995, en virtud de la competencia que expresamente se confiere al artículo 28, apartado 8, punto 4b de la Orden de 21 de mayo de 1996 («Boletín Oficial del Estado», 27 de mayo de 1996), sobre delegación de atribuciones en el Minis-terio de Trabajo y Seguridad Social, por la que se exigía la devo-lución de quinientas cincuenta mil (550.000) pesetas, en concep-to de subvención por contratación indefinida de don Gabriel Muñoz Sánchez, al amparo del artículo 5, párrafo 1 de la Orden Ministerial de 6 de agosto de 1992 («Boletín Oficial del Estado», 15 de agosto de 1992).
Segundo.—Dicha resolución fue notificada a la entidad Indus-trias del Norte Electrónica, S.A., siendo recibida por ésta el 8 de enero de 1996.
Fundamento de derecho que son de aplicación a los hechos reseñados:
La Dirección Provincial es competente para conocer y resolver la presente resolución de reintegro por intereses de demo-ra, de conformidad con lo establecido en la Orden Ministerial del 21 de mayo de 1996 («Boletín Oficial del Estado», 27 de mayo de 1996).
En virtud de lo establecido en los artículos 36 y 81.9 del tex-to refundido de la Ley General Presupuestaria, y en el artículo 109 del Real Decreto 1.684/90, de 20 de diciembre, por el que se aprue-ba el Reglamento General de Recaudación y de los preceptos lega-les de general aplicación, esta Dirección Provincial, en uso de las facultades que le están conferidas.
Acuerda declarar la obligación de la entidad Industrias del Nor-te Electrónica, S.A., de reinNor-tegrar la cantidad de ciento tres mil cua-trocientas setenta y cinco (103.475) pesetas en concepto de inte-rés de demora.
Dicha cantidad deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la cuenta n.o20-000056-7, del Banco de España de Bilbao, a nom-bre del Instituto Nacional de Empleo, de la provincia de Bizkaia, en el plazo de treinta (30) días, a partir del día siguiente de la noti-ficación de la presente resolución.
De no realizarse el reintegro en el plazo señalado, se exigirá en vía ejecutiva, incrementado en el recargo de apremio y, en su caso, los correspondientes intereses de demora.
Notifíquese esta resolución al interesado en la forma establecida en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado», 27 de noviembre de 1992), advirtiéndole que, contra la presente reso-lución podrá interponerse recurso ordinario, ante el Excmo. Sr. Minis-tro de Trabajo y Seguridad Social, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la notificación.
En Bilbao, a 3 de junio de 1996.—El Director Provincial, Pedro Luis Río Oyarbide
(Núm. 6.163)
•
Visto el expediente económico número 177/92 correspondiente a Cárnicas Murua, S.A., con CIF número A-48257992, con domi-cilio en Bilbao, calle Marino Archer, s/n, al amparo del Real Decre-to Ley 1/92, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado», 7 de abril de 1992), por el que se regula el fomento a la contratación indefi-nida y en base a los siguientes:
Hechos que se deducen de la documentación obrante en el expediente:
Primero.—La Dirección Provincial de Bizkaia, dictó resolución en fecha 15 de noviembre de 1995, en virtud de la competencia que expresamente se confiere al artículo 28, apartado 8, punto 4b de la Orden de 21 de mayo de 1996 («Boletín Oficial del Estado», 27 de mayo de 1996), sobre delegación de atribuciones en el Minis-terio de Trabajo y Seguridad Social, por la que se exigía la devo-lución de quinientas cincuenta mil (550.000) pesetas, en concep-to de subvención por contratación indefinida de doña Natividad Salas Jiménez, al amparo del artículo 5, capítulo 1 del Real Decreto Ley 1/92, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado», 7 de abril de 1992). Segundo.—Dicha resolución fue notificada a la entidad Cár-nicas Murua, S.A., siendo recibida por ésta el 13 de enero de 1996. Fundamento de derecho que son de aplicación a los hechos reseñados:
La Dirección Provincial es competente para conocer y resol-ver la presente resolución de reintegro por intereses de demora, de conformidad con lo establecido en la Orden Ministerial del 21 de mayo de 1996 («Boletín Oficial del Estado», 27 de mayo de 1996). En virtud de lo establecido en los artículos 36 y 81.9 del tex-to refundido de la Ley General Presupuestaria, y en el artículo 109 del Real Decreto 1.684/90, de 20 de diciembre, por el que se aprue-ba el Reglamento General de Recaudación y de los preceptos lega-les de general aplicación, esta Dirección Provincial, en uso de las facultades que le están conferidas.
Acuerda declarar la obligación de la entidad Cárnicas Murua, S.A., de reintegrar la cantidad de ciento cuarenta y cinco mil dos-cientas noventa (145.290) pesetas en concepto de interés de demora.
Dicha cantidad deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la cuenta n.o20-000056-7, del Banco de España de Bilbao, a nom-bre del Instituto Nacional de Empleo, de la provincia de Bizkaia, en el plazo de treinta (30) días, a partir del día siguiente de la noti-ficación de la presente resolución.
De no realizarse el reintegro en el plazo señalado, se exigirá en vía ejecutiva, incrementado en el recargo de apremio y, en su caso, los correspondientes intereses de demora.
Notifíquese esta resolución al interesado en la forma establecida en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado», 27 de noviembre de 1992), advirtiéndole que, contra la presente reso-lución podrá interponerse recurso ordinario, ante el Excmo. Sr. Minis-tro de Trabajo y Seguridad Social, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la notificación.
En Bilbao, a 3 de junio de 1996.—El Director Provincial, Pedro Luis Río Oyarbide
(Núm. 6.164)
Visto el expediente económico número 275/92 correspondiente a don Javier Uzcudun y otros, C.B., con CIF número E-48455745, con domicilio en Erandio, calle Antonio Trueba, n.o2, al amparo del Real Decreto Ley 1/92, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado», 7 de abril de 1992), por el que se regula el fomento a la contrata-ción indefinida y en base a los siguientes:
Hechos que se deducen de la documentación obrante en el expediente:
Primero.—La Dirección Provincial de Bizkaia, dictó resolución en fecha 21 de octubre de 1994, en virtud de la competencia que expresamente se confiere al artículo 28, apartado 8, punto 4b de la Orden de 21 de mayo de 1996 («Boletín Oficial del Estado», 27 de mayo de 1996), sobre delegación de atribuciones en el Minis-terio de Trabajo y Seguridad Social, por la que se exigía la devo-lución de quinientas mil (500.000) pesetas, en concepto de sub-vención por contratación indefinida de don Ramón Ubago Pérez, al amparo del artículo 5, del Real Decreto Ley 1/92, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado», 7 de abril de 1992).
Segundo.—Dicha resolución fue notificada a la entidad Javier Uzcudum y otros, C.B., siendo recibida por ésta el 28 de octubre de 1994.
Tercero.—La entidad reintegró: cien mil (100.000) pesetas, el 27 de diciembre de 1994; cien mil (100.000) pesetas, el 27 de