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CAPÍTULO III. DESARROLLO DE LA PROPUESTA

3.3. Desarrollo de la propuesta

3.3.2. Propuesta administrativa

3.3.2.2. ESTRUCTURA

leyes que lo rigen, objetivos, entorno y medios disponibles; pudiendo así disponer un orden jerárquico que dinamice su tarea y consecución de objetivos y metas.

ORGANIGRAMA.- El organigrama de FEDELIGAS indica la estructura básica de la

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE FEDELIGAS

FIGURA 5. ORGANIGRAMA FEDELIGAS NIVELES JERÁRQUICOS

En el grafico No.xx podemos observar los siguientes niveles jerárquicos.

NIVEL DIRECTIVO Asamblea general Directorio Presidente Vicepresidente NIVEL APOYO Síndico Administrador financiero

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE CADA NIVEL JERÁRQUICO Y PUESTO DE TRABAJO DE FEDELIGAS

BASE LEGAL ESTATUTARIA.

organismo de la Institución, y estará integrada por los Presidentes o sus representantes y dos delegados de cada una de las filiales, cada asistente tendrá derecho a voz y a voto.

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ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE FEDELIGAS

IGURA 5. ORGANIGRAMA FEDELIGAS LES JERÁRQUICOS

En el grafico No.xx podemos observar los siguientes niveles jerárquicos.

NIVEL OPERATIVO

Secretario/a Tesorero/a

NIVEL ASESOR

Comisión técnica Administrador financiero Comisión de disciplina

Comisión de apelaciones

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE CADA NIVEL JERÁRQUICO Y PUESTO DE TRABAJO DE FEDELIGAS

BASE LEGAL ESTATUTARIA.- La Asamblea General constituye el máximo

Institución, y estará integrada por los Presidentes o sus representantes y dos delegados de cada una de las filiales, cada asistente tendrá derecho a voz y a voto.

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE FEDELIGAS

En el grafico No.xx podemos observar los siguientes niveles jerárquicos.

NIVEL OPERATIVO

Comisión de apelaciones

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE CADA NIVEL JERÁRQUICO Y PUESTO

La Asamblea General constituye el máximo Institución, y estará integrada por los Presidentes o sus representantes y dos delegados de cada una de las filiales, cada asistente tendrá derecho a voz y a voto.

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El Directorio es el organismo ejecutor de las actividades de la Institución y estará integrado por: Presidente, Vicepresidente, Tesorero, Secretario, tres Vocales Principales y tres Vocales Suplentes.

NIVEL DIRECTIVO ASAMBLEA GENERAL

Son deberes y atribuciones:

Cumplir y hacer cumplir la Ley de Deporte, Educación Física y Recreación, su Reglamento y demás normativas emitidas del Ministerio Sectorial, el Estatuto y reglamentos de los organismos deportivos superiores, el Estatuto y Reglamento Interno de FEDELIGAS –IMBABURA y demás disposiciones estatutarias y reglamentarias que rigen el deporte nacional;

Elegir a los miembros del Directorio;

Interpretar el Estatuto y Reglamentos con que funcionara FEDELIGAS IMBABURA; Conocer y dictaminar sobre los informes de Presidencia, Tesorería y las Comisiones que deben ser presentados de conformidad con las disposiciones reglamentarias;

Aprobar los reglamentos formulados por el Directorio;

Reformar el Estatuto y someterlo a la aprobación del Ministerio Sectorial; Señalar las cuotas ordinarias y extraordinarias;

Autorizar los gastos e inversiones por un monto superior al 80% de uno de los anteriores presupuestados y aprobados para el periodo vigente y la adquisición y enajenación de los muebles e inmuebles de FEDELIGAS-IMBABURA,

Retirar de sus funciones a los Dignatarios de FEDELIGAS-IMBABURA, cuando infrinjan el Estatuto y reglamento de la misma. Para el efecto deberá existir un informe presentado por la Comisión de Disciplina y revisado por el Directorio, siempre respetando el derecho a la defensa.

Aprobar el presupuesto anual de la Institución, mismo que será elaborado por la Comisión Económica y revisado por el Directorio de FEDELIGAS-IMBABURA; Elegir a los representantes del Deporte Barrial ante la Asamblea de FEDENALIGAS o entidades similares; y,

Los demás que se desprendieren del contenido del presente Estatuto.

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BASE LEGAL ESTATUTARIA.- El Directorio es el organismo ejecutor de las

actividades de las actividades de la Institución y estará integrado por: Presidente, Vicepresidente, Tesorero, Secretario, tres Vocales Principales, tres Vocales Suplentes. Los miembros del Directorio serán elegidos para un período de cuatro años y podrán optar por la reelección inmediata una sola vez. Para una nueva postulación al mismo cargo, deberá transcurrir mínimo un período, y bajo ninguna figura podrá integrar ningún cargo directivo en el organismo sin que haya transcurrido al menos un período desde la finalización de su cargo, conforme lo establece al artículo 151 de la Ley de Deporte, Educación Física y Recreación .

NIVEL DIRECTIVO DIRECTORIO

Preparar el Plan Operativo Anual para su aprobación en la Asamblea General y posteriormente remitirlo al Ministerio del Deporte;

Planificar las actividades deportivas en general;

Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del presente Estatuto y de los reglamentos y poner en conocimiento de la Asamblea General en caso de infringir las disposiciones alguno de los asociados, para que se tome sus respectivos correctivos;

Conocer y resolver acerca de las solicitudes de afiliación;

Designar al Síndico, Médico, Relacionador Público y las comisiones permanentes o temporales y por deportes;

Remplazar estatutariamente las vacantes que se produzcan en el Directorio, hasta que en Asamblea General se haga las designaciones correspondientes;

Contratará al Administrador Financiero en caso que FEDELIGAS-IMBABURA llegara a recibir anualmente recursos públicos superiores al 0,0000030 del Presupuesto General del estado, es decir un rubro superior a los $75.000,00 (setenta y cinco mil dólares). Juzgar o sancionar a las filiales, directivos, empleados, etc., de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias, luego de recibir y analizar el informe de la Comisión de Disciplina, respetando en todo caso el derecho a la defensa;

Nombrar anualmente y contratar en una de sus tres primeras sesiones a los empleados indispensables para el mejor funcionamiento de FEDELIGAS-IMBABURA y de terminar sus obligaciones y remuneración, de conformidad con el Código de Trabajo; Conocer, resolver y cesar por inasistencias de sus miembros a tres sesiones seguidas y

49 cinco sesiones alternadas, sin causa justificada.

Crear las unidades administrativas que considere necesarias para la buena marcha de la Institución;

Presentar el apoyo de Reglamento interno de FEDELIGAS-IMBABURA para la aprobación de la Asamblea General y conocimiento del Ministerio Sectorial;

Administrar los recursos de FEDELIGAS-IMBABURA y autorizar las inversiones gastos y contratos superiores al 10% y menos al 80% de cada uno de ellos presupuestado y aprobado para el período vigente; Esta autorización deberá ser aprobada con por lo menos las tres cuartas partes de los miembros del Directorio presentes;

Proponer reformas a los Reglamentos de FEDELIGAS-IMBABURA;

Resolver sobre la participación de FEDELIGAS-IMBABURA y de las filiales en actos culturales, sociales y deportivos;

Otorgar estímulos y aplicar las sanciones que establece el Estatuto y el Reglamento, Resolver en última instancia los recursos interpuestos por los dirigentes y clubes filiales de la provincia; en caso de las ligas la última instancia será el Ministerio Sectorial; Presentar ante la Asamblea General su informe de labores;

Coordinar con el Gobierno Autónomo Descentralizado la ejecución de actividades deportivas, recreativas, con un espíritu participativo y de relación social, para la adecuada utilización del tiempo libre para toda la población: y,

Todas las demás que les asigne este Estatuto, los reglamentos y la Asamblea General.

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NIVEL DIRECTIVO PRESIDENCIA

Son deberes y atribuciones:

Ejercer la representación legal para los asuntos judicial y extrajudicial de FEDELIGAS- IMBABURA;

Presidir las sesiones de la Asamblea General y las del Directorio, Directorio Ampliado con voto dirimente;

Legislar con su sola firma los documentos oficiales de la Entidad;

Supervisar la buena marcha y trabajo de las comisiones permanentes, y especiales; Autorizar con su firma gastos hasta el 10% del presupuesto de gastos aprobado para el período vigente;

Supervisar el movimiento económico y la organización de la Federación;

Presentar a la Asamblea General Ordinaria los informes de labores del Directorio; Controlar a los empleados y subalternos, los mismos que están bajo su responsabilidad debiendo hacer conocer al Directorio cualquier novedad sobre sus actuaciones; y,

Las demás que les asigne el presente Estatuto, Reglamento, la Asamblea General y el Directorio.

FIGURA 8. DEBERES Y ATRIBUCIONES PRESIDENCIA

NIVEL DIRECTIVO VICEPRESIDENCIA

Son deberes y atribuciones:

El Vicepresidente hará las veces de Presidente, en los casos de ausencia temporal o definitiva de éste, asumirá la Presidencia hasta la terminación del periodo para el cual fue elegido.

En caso de ausencia o impedimento del Vicepresidente, éste será remplazado por uno de los vocales principales de acuerdo al orden de su elección.

El Vicepresidente será Presidente nato de la comisión económica de la Entidad, debiendo presentar su informe de labores al Directorio en forma semestral y a la Asamblea General Ordinaria en forma anual.

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NIVEL OPERATIVO SECRETARÍA

Son deberes y atribuciones:

Asistir y actuar como tal en las sesiones de Asamblea General, Directorio, Directorio Ampliado con derecho a voz y a voto, será quien convoque a las sesiones. Las convocatorias se harán en forma prescrita en este Estatuto y

Llevar el libro de actas de las sesiones de la Asamblea General, de Directorio, Directorio Ampliado y otros documentos. Llevará además el libro de registro de las filiales y las firmas de sus representantes legales;

Mantener y custodiar la correspondencia oficial y los documentos de FEDELIGAS- IMBABURA;

Mantener actualizado el archivo de FEDELIGAS-IMBABURA;

Suscribir junto al Presidente las Actas de los organismos de funcionamiento de FEDELIGAS-IMBABURA;

Conocer copias certificadas de los documentos de FEDELIGAS-IMBABURA previa autorización del Directorio o del Presidente;

Facilitar al Directorio y/o al Presidente los datos y documentos necesarios para sus informes y deliberaciones;

Informa a las filiales de las disposiciones de la Asamblea General, del Directorio y de las Comisiones, sobre asuntos que deben ser conocidos por ellas;

Solicitar y ejecutar el trámite para el Registro del Directorio en el Ministerio Sectorial;Efectuar la entrega-recepción de toda la documentación de FEDELIGAS- IMBABURA cuando sea remplazado en el cargo;

Notificar por escrito a la Asamblea General; a los Presidentes de las comisiones y filiales, de las sanciones y penas impuestas por el Directorio. Hacer conocer los acuerdos, votos de aplauso y demás resoluciones que la Asamblea General y el Directorio hubiesen expedido;

Extender copias de las actas a los miembros de Directorio Ampliado en cada sesión y Asamblea; y,

Las demás establecidas en el presente Estatuto, los reglamentos, la Asamblea General, el Directorio, de las Comisiones y el Presidente.

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NIVEL OPERATIVO TESORERO

Son deberes y atribuciones:

Planificar y dirigir las actividades financieras de la Entidad;

Someter a consideración de Directorio, su plan de trabajo para su aprobación;

Asesorar a la Asamblea General, al Directorio, Directorio Ampliado y al Presidente, sobre aspectos de orden financiero;

Verificar la legalidad, procedencia y oportunidad de los pagos;

Velar que se observen las disposiciones relacionadas con la determinación y recaudación de los ingresos y supervisar que dichas recaudaciones sean depositadas en forma directa e inmediata;

Suscribir los cheques conjuntamente con el Presidente, quienes serán los responsables de verificar que el proceso de control interno, previo el desembolso haya sido cumplido y que la documentación esté completa, antes de autorizarlos con su firma;

Entregar al Presidente de FEDELIGAS-IMBABURA hasta el 15 de enero de cada año, los informes financieros, para conocimiento, legalización y aprobación de la Asamblea General Ordinaria;

Proponer al Presidente de FEDELIGAS-IMBABURA alternativas para la inversión de los recursos financieros que temporalmente no se requieran, mediante su inversión a corto plazo;

Participar en la elaboración y entrega oportuna del presupuesto anual para la aprobación de la Asamblea General, así como el proyecto de reformas del presupuesto;

Mantener el libro auxiliar de Bancos actualizado con las correspondientes conciliaciones bancarias mensuales;

Controlar la correcta administración del fondo de caja chica y autorizar su reposición y liquidación;

Participar en avalúos, remates, bajas, transferencias y entregas-recepciones de los bienes de la Entidad.

Participar en el proceso de contratación para la adquisición de bienes y servicios;

Establecer salvaguardas físicas para proteger los recursos financieros y demás documentos bajo su custodia;

Presentar al Directorio conjuntamente con el Presidente, la caución correspondiente, previo al desempeño de sus funciones;

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Vigilar para que se lleve los libros que sean necesarios para la buena marcha de la contabilidad a su cargo, los mismos que estarán a disposición de la Asamblea Genera, Directorio y del Presidente, cuando estos lo requieran;

Mantener actualizado y valorado un detalle de los bienes, equipos y demás activos fijos de propiedad de FEDELIGAS-IMBABURA;

Recibir y entregar las disponibilidades, el inventario de muebles e inmuebles y equipos, las especies e implementos valorados y la documentación bajo su custodia; y,

Las demás que se desprendiesen de este estatuto, de los reglamentos existentes y de los que se dicten.

FIGURA 11. DEBERES Y ATRIBUCIONES TESORERO

PERSONAL DE APOYO: Los funcionarios y empleados constituyen el equipo de la

Federación y cumplirán estrictamente con las disposiciones del Estatuto y reglamentos de FEDELIGAS- IMBABURA, las ordenes de las autoridades de la entidad y las disposiciones legales vigentes.

Los empleados de FEDELIGAS-IMBABURA no podrán ejercer funciones directivas. Todo contrato con los empleados de FEDELIGAS-IMBABURA, deberá constar por escrito.

NIVEL APOYO

ADMINISTRADOR FINANCIERO

El Administrador Financiero será contratado por el Directorio de FEDELIGAS IMBABURA, será caucionado y se encargará de la gestión financiera y administrativa de los fondos públicos que reciba FEDELIGAS-IMBABURA y su nombramiento será inscrito en el Ministerio Sectorial. El Administrador responderá por sus actos civil y penalmente, sin perjuicio de las responsabilidades que se desprendan de los instrumentos legales aplicables.

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NIVEL APOYO SINDICO

El Síndico será el asesor legal de FEDELIGAS-IMBABURA, deberá ser Abogado de los Tribunales de Justicia, en libre ejercicio de su profesión, y estar registrado en el Colegio de Abogados y sus obligaciones son:

Presidir la Comisión Jurídica;

Emitir los informes legales que le soliciten las Autoridades y organismos de FEDELIGAS-IMBABURA,

Absolver las consultas jurídicas sobre asuntos deportivos de conformidad con la ley; Emitir informes sobre los proyectos de estatuto que debe tramitarse conforme a la ley; Actuar oficialmente como Abogado de la Institución en asuntos de carácter legal y trámites administrativos;

Suscribir conjuntamente con el Presidente, los contratos o convenios y los demás que el Estatuto y reglamento interno lo señalen.

Los demás que se desprendan del presente estatuto, reglamento, así como lo que dispongan los órganos de FEDELIGAS-IMBABURA, en materia legal.

FIGURA 13. DEBERES Y ATRIBUCIONES SÍNDICO

NIVEL ASESOR VOCALES

Para ser Vocal del Directorio de FEDELIGAS-IMBABURA, requieren ser mayor de edad, además de los requisitos establecidos en los artículos pertinentes del estatuto.

Son deberes y atribuciones de los vocales:

Concurrir puntualmente a las sesiones de Asamblea General, Directorio y Directorio Ampliado con derecho a voz y voto;

Cumplir las comisiones que le asigne el Directorio o el Presidente;

Reemplazar al Presidente o al Vicepresidente en el caso de falta; ausencia o impedimento de éstos, en orden de su nombramiento.

Los demás que indiquen el presente Estatuto reglamentos FIGURA 14. DEBERES Y ATRIBUCIONES VOCALES

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NIVEL ASESOR COMISIONES

El Directorio nombrará las Comisiones Permanentes, para el mejor desenvolvimiento de sus funciones, las mismas que actúan de acuerdo a los reglamentos respectivos.

Estas comisiones son las siguientes: Técnica y de Calificaciones Jurídica y de Disciplina Protocolo y Asuntos Sociales Educación y Capacitación Económica y Presupuestos

Fiscalización y Asesoramiento Contable Por deporte

Las sanciones o apelaciones serán conocidas por la Comisión de Disciplina, que a su vez presentará un informe al Directorio, para que posteriormente sea presentado a la Asamblea General, dependiente del caso.

Las comisiones estarán formadas e integradas por tres miembros, de entre quienes se nombrará un Presidente y un Secretario. En ningún caso las comisiones podrán tener menos de tres miembros.

Corresponde a las Comisiones:

Presentar anualmente al Directorio de su labor y las sugerencias que sean necesarias; Sesionar por lo menos una vez al mes en forma independiente a la del Directorio;

Elaborar un plan de trabajo para cada temporada recreativa incluyendo el presupuesto correspondiente;

Conocer los informes del cuerpo técnico y del cuerpo médico y adoptar las medidas para solucionar los problemas en caso de haberlos;

Mantener buenas relaciones entre los miembros de FEDELIGAS-IMBABURA y de ésta con otras entidades similares;

Mantener informado al Directorio cuando éste lo requiera de todas las labores cumplidas por su comisión; y,

Los demás atribuciones que asignen este estatuto, los reglamentos, el directorio y la Asamblea General.

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