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Estudio de un caso: El Acusativo de Interés (ADI)

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Sobre clíticos y su empleo en una variedad del español Leandro C Arce

2.3.2 Estudio de un caso: El Acusativo de Interés (ADI)

Pais (1953) denomina a este CL acusativo superfluo o de interés (ADI), en virtud de que en secuencias como las de (4), el CL acusativo resulta anómalo por doblar al sujeto de una oración intransitiva. Se trata de usos ampliamente extendidos en la zona en todos los estratos sociales.

(4) a. (¿Y el pulóver que te regalé?) Se me lo ha achicado.

b. Cuando Juan tiene miedo, viene y se me lo abraza a las piernas. c. (¿Cómo está tu mamá?) Y... se me la ha mejorado un poco. d. (¿Y su hijo?) Se me lo casa en marzo y se me lo va a Buenos Aires. e. Estaba haciendo un bizcochuelo; me he distraído y se me lo ha quemado. f. Lo estaba buscando al perro y se me lo ha aparecido de golpe.

g. Estoy preocupada por mis hijos. Salen de noche y se me los emborrachan. h. ¡Se me lo abriga bien antes de salir!

Ahora bien, este tipo de construcción es corriente en el habla popular del NOA y parece encontrar explicación en un “hueco” estructural del español.

Un análisis de los entornos sintácticos en los que las construcciones con ADI son posibles da cuenta de que éstas sólo se encuentran en el ámbito de los verbos inacusativos. A la luz de la semántica de esos verbos, más específicamente, el aspecto léxico, los verbos que permiten la construcción con ADI son precisamente aquellos que denotan cambio de estado (psicológico o físico). Este proceso se presenta como no motivado externamente, sino producido espontáneamente; en otras palabras, para que se dé la construcción, el verbo debe ser inagentivo. Por otro lado, en los SV con verbos inacusativos, la presencia del clítico se altera la realización argumental del predicado, dado que bloquea la expresión del

argumento externo y el objeto (tema) es promocionado a la posición de sujeto. Con estos hechos a la vista, podemos decir que en enunciados con ADI se produce una traslación del argumento externo a la posición del objeto (tema), a pesar de que estos verbos no prevean en su matriz léxica un lugar para ese objeto:

(5) a. ¿El perro? ¿No sabías? Se me lo murió. b. Llevaba la cartera en la mano y se me la cayó.

A pesar del bloqueo que impone el se a la expresión del objeto en la estructura oracional, el hablante del NOA necesita expresarlo en la oración, probablemente en lugar del sufijo –wa– del quechua. Por esta razón, incrusta el argumento externo en una posición no prevista por la semántica del verbo, pero favorecida por: 1) la concurrencia de otro clítico superfluo (el dativo de interés), que manifiesta el compromiso afectivo del hablante con el hecho, y 2) el hecho de que el sujeto tiene el papel temático propio del objeto: el tema (afectado). Por estas razones, la necesidad de incluir en el enunciado a la persona o cosa afectada por el proceso denotado por el verbo, habilita la posición del OD pronominal para incluir a esa entidad afectada como un ADI. Esto, sumado a la posibilidad de que se opere una analogía entre la construcción con inacusativos de alternancia causativa, explicaría el porqué la sintaxis y la semántica facilitan la operación de incrustación del ADI.

En virtud de esta breve explicación, las condiciones necesarias que debe reunir el V para formar una construcción con ADI son:

(6) El verbo de una construcción con ADI debe ser:

i. inacusativo: lo que implica a) Presencia del clítico se; b) Sujeto con papel temático de Tema.

ii. inagentivo

iii. realización (proceso delimitado) o logro (evento puntual)

iv. incoativo: denotar un cambio de estado (físico o psicológico) que el sujeto padece o experimenta.

Quedan descartados de esta generalización los verbos intransitivos que expresan eventos agentivos, dado que la inagentividad es una de las condiciones necesarias para que la construcción sea posible. Eso explica la inviabilidad de oraciones como:

(7) a. *Se me lo juega toda la tarde b. *Se me lo habló

c. *Se me lo lloraba

Todos los ejemplos de (7), si bien son verbos intransitivos, son inergativos y, por lo mismo, agentivos, por lo cual no pueden dar como resultado oraciones con ADI aceptables. Quedan excluidos de la explicación.

Una cuestión interesante se da con el grupo de verbos que forman construcciones inacusativas de existencia. Muy pocos de estos verbos pueden formar construcciones con ADI:

(8) a. *Se me lo existe b. *Se me lo vivía c. *Se me lo falta

La razón por la cual estas oraciones no son posibles es bastante simple: se trata, en la mayoría de los casos, de verbos estativos y, entre las condiciones fijadas en (6), señalé como necesario el hecho de que el V debe denotar un evento télico, por una parte, y ser una realización o un logro, por otra (6.iii). Los estados, al ser atélicos y no denotar procesos, no pueden formar construcciones con ADI.

En cuanto a los verbos de aparición, sólo es posible la construcción con ADI en los casos en que el verbo acepta el se que Di Tullio (1997)

denomina “intransitivador”. Por ese motivo, son viables los casos presentados en (9) y no los de (10):

(9) a. Se me lo desapareció anoche b. Se me lo presentó anoche (10) a. *Se me lo ocurrió anoche40

b. *Se me lo aconteció anoche

Pais (1953) arriesga la hipótesis de que estas construcciones se deban a una posible influencia del quechua. En la misma línea, Calvo (2000: 75) señala que existe una predisposición, y en ocasiones, un uso larvado, en el español general que posibilitan que la influencia quechua y aymará no sea estructuralmente rompedora de los esquemas propios, sino incentivadora de ellos. En este sentido, los detalles del análisis de estos “acusativos superfluos” parecen confirmar la idea de que las transferencias gramaticales, descontando los factores extralingüísticos, tienen más posibilidad de concretarse cuando existe en el sistema de la lengua meta un hueco funcional que permite la reinterpretación de las relaciones existentes para dar cabida al elemento de la lengua fuente.

Ahora bien, existe en la lengua quechua una serie de sufijos que parecen portar el mismo significado que la secuencia estudiada. Véase el ejemplo de (11):

(11) ripuwarqan → ri - pu - wa - rqa - n (ir) - benef.- refl. 1ªp.s.-Pret.-3ª p. pl ‘Se me han ido (y eso me perjudicó)’

40 Este caso puede ser viable en el dialecto del NOA si se entiende ‘ocurrir’ como “venirse una

En (11), a la base verbal ri– se le adosan, además de los formantes de tiempo (–rqa–) y persona (–n), los sufijos –pu–, un benefactivo que señala que la acción o su objeto directo se lleva a cabo en beneficio o perjuicio de una persona diferente del agente, y –wa–, que indica que el OD u OI es una primera persona (en este caso, el sujeto de la acción verbal es otra persona distinta de la primera). En el español estándar, existe un elemento léxico equivalente a –pu–, i.e., el dativo superfluo me y sus variantes de persona y número, pero no se cuenta con uno que pueda saturar la posición del sufijo –wa–. Parece factible que esa posición sea la que habilita la inclusión del clítico lo en la cadena formada por los demás pronominales, de modo que el resultado de la glosa de (11) se reinterpreta como (12)41:

(12) Se me los han ido.

Recapitulando, puede entenderse que el contexto sintáctico de un ADI exige la concurrencia obligatoria de un CL de dativo (superfluo) y un se ergativo, junto a un verbo que denote un cambio de estado o cambio de posición, i.e., un verbo inacusativo, cuyo argumento externo manifiesta la eventualidad y posee el papel temático de tema, pero cuya semántica corresponde al objeto nocional del predicado. Se trata de verbos inagentivos que denotan predicados télicos (realizaciones o logros). La aparición de un ADI dentro de la estructura con los rasgos mencionados obedece a la semántica particular de los verbos inacusativos y su proyección en la sintaxis, dado que suponen un “hueco” estructural que es llenado por un ADI, i.e., se trata de verbos que entran en alternancia causativa, por lo que cuentan con una variante transitiva y otra intransitiva con el se ergativo. Es este se el que bloquea la expresión del agente y fuerza a que el objeto nocional se promocione a la posición de sujeto. El ADI recupera el papel- de tema (manifestado en el SN marcado con Caso nominativo) y lo materializa en la sintaxis bajo una forma pronominal que recoge sus rasgos flexivos de persona, género y número. El rasgo de Caso es recuperado en función de que tema es el papel-

prototípico del OD y en virtud de que el sujeto es, en realidad, el objeto semántico de la predicación. Se trata, por lo tanto, de una manifestación peculiar, en la que el CL encarna los rasgos de concordancia42.

3 A modo de conclusión

La propuesta aquí desarrollada forma parte de un proyecto que procura retomar los estudios iniciados por el Prof. Federico Pais, quien,

41 Granda (1999) hace mención de estos casos y los explica en términos de calcos

funcionales mediante el deíctico ‘lo’ (se me lo ha volcao la botella de arrope) de los sufijos quechuas –rqu (de involucración emocional del sujeto), –ku y –pu (de sentido benefactivo).

42 Para la explicación de que este fenómeno estaría directamente vinculado con un caso de

desde una perspectiva teórica distinta, llamó la atención respecto de los particulares usos de CLs en el español hablado en Catamarca. El objetivo es, entonces, como se delineó brevemente en este capítulo, buscar una explicación actualizada de estos fenómenos con el fin de proporcionar una humilde contribución a un mayor y mejor conocimiento de esta variedad del español

Parte III

Modelos de interacción

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