de Ordenamiento Territorial (IOT) en la Región de Antofagasta.
A la fecha son 10 los IOT sometidos a este procedimiento: 7 a nivel comunal, 1 a nivel intercomunal, y 2 a nivel regional, variando el organismo promotor -que es quien tiene
37 legalmente la iniciativa para elaborarlos o modificarlos-, según el instrumento de que se trate.
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Tabla N°1: Instrumentos de Ordenamiento Territorial sometidos a EAE en la Región de Antofagasta
Tipo Creación /
Modificación
Nombre Órgano Promotor Etapa
PRI Creación Oasis Andinos_A11 Ministerio de
Vivienda y Urbanismo
Conclusión del procedimiento: Aprobado
PRC Modificación Taltal_A14 Municipalidad Conclusión del procedimiento: Aprobado
PRC Modificación Mejillones_A15 Municipalidad Conclusión del procedimiento: Aprobado
PRC Modificación Chimba Norte_A86 Municipalidad Conclusión del procedimiento: Aprobado
PRC Modificación Tocopilla_C38 Municipalidad Versión final: Proceso no terminado12
PRC Modificación Calama_C57 Municipalidad Etapa de Informe Ambiental: Observado
PROT Creación PROT Antofagasta_
C59
Gobierno Regional Etapa de Informe Ambiental: Observado
ZBC Creación Antofagasta_B01 Gobierno Regional Estado de Informa Ambiental: Observado
PRC Creación Maria_Elena_D10 Municipalidad Etapa de Informe Ambiental: Observado
PRC Modificación Sierra_Gorda_C62 Municipalidad Conclusión del procedimiento: Aprobado13
(Fuente: http://eae.mma.gob.cl/index.php/ficha)
12 A la fecha ha concluido la etapa de consulta pública del Informe Ambiental, pero ni en el sitio web municipal ni en el de la del Ministerio del Medioambiente aparece resolución de término del proceso EAE.
13 Si bien el procedimiento EAE ha sido aprobado por la propuesta de PRC Sierra Gorda, actualmente se encuentra en procedimiento de aprobación de acuerdo a la LGUC y OGUC (art. 2.1.11 OGUC).
PRI: Plan Regulador Intercomunal PRC: Plan Regulador Comunal
PROT: Plan Regional de Ordenamiento Territorial ZBC: Zonificación de Borde Costero
39 Es posible identificar a priori que no existen políticas ni planes regionales que a la fecha hayan sido sometidas a EAE14.
1.1 Planes Reguladores Comunales.
A nivel comunal, de las 7 formulaciones de planes ingresados, 2 se encuentran con observaciones a su Informe Ambiental (Calama y María Elena), y 5 aplicaron satisfactoriamente el instrumento: Mejillones, Antofagasta (La Chimba Norte), Sierra Gorda, Taltal y Tocopilla, encontrándose el último en su etapa final (período de consulta pública finalizado en octubre de 2017).
Por otra parte, existen casos como el Plan Regulador Comunal de San Pedro de Atacama, aprobados con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley 20.417, que no se sometieron a la EAE.15
1.2 Planes Intercomunal y Planes Regionales.
Respecto de aquellos instrumentos con impacto intercomunal o regional, se encuentran el Plan Regulador Intercomunal de Oasis Andinos, Plan Regional de Ordenamiento Territorial, Macro Zonificación de Borde Costero. En ellos destacamos consideraciones medioambientales relevantes en sus criterios de sustentabilidad y objetivos ambientales propuestos.
1.2.1 Plan intercomunal Oasis Andinos_A11.
Se trata de una propuesta iniciada por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, la cual integra las comunas de Calama, San Pedro de Atacama y de Ollagüe. En ella se destacan entre sus criterios de sustentabilidad: la gradualidad respecto de la
14 Al 10 de octubre de 2017 la única política regional en el país sometida a evaluación ambiental estratégica, según el portal web http://eae.mma.gob.cl/index.php/ficha es la Estrategia regional energética para Aysén D27.
15 De acuerdo a lo señalado en el Artículo 2° transitorio del D.S. N° 40/2012, se indica que se consideran evaluados estratégicamente los planes calificados mediante el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental atingentes al Proyecto también aquellos planes calificados ambientalmente antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 20.417 y aquellos vigentes antes de la dictación de la Ley N° 19.300.
40 intensidad de uso del territorio; y un uso eficiente de los recursos hídricos (considera el agua dulce como recurso escaso).
Entre sus objetivos ambientales destacan: aplicar condiciones urbanísticas especiales en áreas ambientales sensibles sin protección legal (sitios prioritarios); generar zonas y aplicar normativa para evitar uso indiscriminado de las fuentes de agua superficial y salares de las comunas en cuestión. Reconoce e incorporan en el instrumento las del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), la Reserva Nacional Los Flamencos; el Santuario de la Naturaleza Valle de la Luna y Parte de Sierra Orbate; y los Sitios RAMSAR Salar de Tara, Sistema Hidrológico Soncor y Salar de Pujsa. Actualmente pese a haber aplicado satisfactoriamente el procedimiento de EAE, no se ha generado acuerdo respecto a la propuesta, por lo cual a la fecha no está vigente.
1.2.2 Plan Regional de Ordenamiento Territorial Antofagasta_C59.
Instrumento que pretende materializar lineamientos definidos en la Estrategia Regional de Desarrollo (ERD) para el período 2009-2020. En su primer informe ambiental determina una superficie de uso regional principalmente basada en la actividad productiva; reconoce las áreas de Reserva Ambiental existentes (en el sector costero y alto andino) y de usos para Energía Renovable No Convencional (tanto en tierra como en superficie marina) (Gobierno Regional Antofagasta, 2014). Actualmente se encuentra en proceso de EAE, habiéndose observado su Informe Ambiental.
1.2.3 Macrozonificación de Borde Costero Antofagasta_B01.
El proceso de Macrozonificación del Borde Costero de la Región de Antofagasta, se enmarca en la Política Nacional del Uso del Borde Costero (DS N° 475 de 14.12.94, Ministerio de Defensa Nacional), que plantea entre sus principales funciones el proponer una zonificación de los diversos espacios que conforman el borde costero. Bajo este contexto, nace desde el Convenio de Cooperación para la ejecución de los procesos de zonificación regional del borde costero de la región de Antofagasta, entre la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE), Subsecretaría de
41 Marina y el Gobierno Regional de Antofagasta (Gobierno regional de Antofagasta, 2010). Actualmente se encuentra observado su segundo Informe Ambiental por parte de la Seremi MA de Antofagasta.
En general la elaboración de un nuevo IOT representa dificultades considerables debido a que el procedimiento propio de elaboración para cada uno ya se encontraba regulado con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 20.417 y su respectivo reglamento. De este modo, actualmente ambos procedimientos se cruzan en cada IOT, debiendo el propio Ministerio del Medioambiente entregar una guía que oriente la compatibilización del procedimiento propio de un PROT y de la EAE en forma conjunta (GORE, 2014).