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Evaluación de los resultados de la aplicación de la propuesta

3.7. Propuesta alternativa de solución establecida por el investigador

3.7.2. Evaluación de los resultados de la aplicación de la propuesta

Al realizar el análisis jurídico hemos comprobado que los mecanismos existentes en la Constitución de la República son de carácter elemental debido a que a través de estos se puede exigir el cumplimiento de los derechos establecidos en nuestra normativa legal para las personas que padecen de enfermedades catastróficas al ser considerados como un grupo de atención prioritaria así como también el tener conocimiento de las fundaciones que brindan apoyo y ayuda integra permiten de alguna manera que las personas que padecen de enfermedades catastróficas tenga una muerte digna al aplicárseles tratamientos paliativos que eviten tanto dolor y sufrimiento así como también proporcionarles ayuda psicológica a los familiares que les permitan comprender la gravedad de la enfermad y sobresalir de alguna manera de los problemas que causan al padecer de alguna enfermedad catastrófica.

3.8. Conclusiones parciales del capítulo

El análisis realizado nos permitió conocer cuáles son los mecanismos que existen en la Constitución de la República para viabilizar y hacer efectivo los derechos que protegen a las personas que padecen de estas patologías pese a la existencia de la normativa legal no se da el pleno cumplimiento debido a que existen varios vacíos legales por tal motivo se requiere que se realicen reformas en algunas normas legales en las que no nombran a este grupo de atención prioritaria.

A través de esta investigación se da a conocer la importancia que tiene el tener plenos conocimientos acerca de los derechos que tienen las personas que padecen enfermedades catastróficas, pese a la existencia de la normativa legal se puede notar el incumplimiento que existe por lo cual se propone una alternativa de solución con la cual permitiría el fácil acceso a los medicamentos y tratamientos que ingresan al país sin tener inconveniente debido a la gran necesidad y rapidez de aplicación que tienen las personas al padecer de dichas patologías.

Existen normas legales en las cuales se requiere que realicen reformas como es una de ellas y con gran grado de importancia en la Ley Orgánica de Aduanas se debería nombrar a las personas que padecen de enfermedades catastróficas de esta manera ayudar a que se evite un trámite inmenso e innecesario para la adquisición de los tratamientos y medicamentos que ingresan al país con el propósito de evitar tanto dolor y sufrimiento en los pacientes que se encuentran a la espera de dichos medicamentos.

CONCLUSIONES GENERALES

Las enfermedades catastróficas según la Organización Mundial de la Salud se las puede definir de diferentes formas como son desde el punto de vista clínico que implica un alto riesgo para la vida de las personas dejando sin ninguna posibilidad de mejora, en lo económico provoca un gran conflicto económico debido a los altos costos de los tratamientos y medicamentos.

Se establecen dentro del marco constitucional los derechos y garantías que protegen a las personas que padecen de enfermedades catastróficas para favorecer a este grupo de personas incluyendo los principales mecanismos a través de los cuales se puede exigir su cumplimiento al ser considerados como un grupo de atención prioritaria puesto a que es importante imponer al estado la obligación de proteger a las personas que padecen de estas patologías.

Pese a que exista la normativa jurídica en la práctica no se da el cumplimiento que se exige por tal motivo se requiere que exista en la Constitución de la República garantías para que los derechos no queden solo como un simple enumerado sino que se respete cada uno de ellos más así como a la ves la realización de reformas en cueros legales que mencionen a este grupo de personas y permitan mejorar la calidad de vida.

En la Ley Orgánica Reformatoria de la Salud se han realizado cambios que favorecen a las personas que padecen de enfermedades catastróficas como son cuatro puntos importantes como son el capacitar a los profesionales de salud con el propósito de poder detectar estas patologías para poder aplicar el tratamiento adecuado, en el país debería existir los tratamientos y medicamentos para este grupo de personas, el desarrolló de investigaciones que permitan potenciar al país para tener mejoras en investigación y establecer convenios para poder tener fácil acceso en la transferencia d medicamentos y tratamientos.

Las personas que padecen de enfermedades catastróficas que se encuentran formando parte del Ministerio de Inclusión Económica y social (MIES) en el cual se ejecuta programas de atención y protección social a las familias que tengan entre sus miembros a personas con estas enfermedades mediante la aplicación de políticas de protección en coordinación con el Ministerio de Salud Pública son favorecidas y mantienen la ayuda necesaria y las personas que no son afiliadas al IESS, no poseen de esta ayuda que brinda el estado.

RECOMENDACIONES GENERALES

Se debería tener mayor información acerca de los derechos y garantías que existen para proteger a las personas que padecen enfermedades catastróficas así mismo informar a todas las personas la manera de prevenir dichas patologías con el propósito de que todas las personas puedan exigir el cumplimiento y de esta manera mejorar la calidad de vida y poder brindarles la atención adecuada.

Se tome en consideración el reforzamiento de la normativa legal ya existente debido a que para dar pleno cumplimiento se requiere de herramientas que permitan viabilizar las garantías ya existentes para que sean prácticas y no solo teóricas como son hasta la actualidad así como sería bueno implementar una norma que permita que los pacientes que padecen de estas patologías puedan ser asistidos con medicamentos paliativos sin requerir de extensos tramites que ayudaran a evitar el dolor y sufrimiento.

Que se introduzcan reformas a los cuerpos legales conexos en materia de salud en donde se trate de vincular artículos que favorezcan a las personas que padecen de enfermedades catastróficas para mejorar la protección de este grupo de atención prioritaria.

Establecer procedimientos agiles y expectativas para que puedan brindar a este grupo de personas atención inmediata y especializada de esta manera evitar que tengan tanto dolor y sufrimiento al aplicarles los tratamientos y medicamentos adecuados.

BIBLIOGRAFÍA

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CUERPOS LEGALES

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 LEY ORGÁNICA DE LA SALUD, Ley 67, Registro Oficial Suplemento 423 de 22 de Diciembre del 2006. El Congreso Nacional

 LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGANICA DE LA SALUD, Ley 67, febrero 28 del 2012

 LEY ORGÁNICA DE DERECHOS Y AMPARO AL PACIENTE, Ley 77,Registro Oficial Suplemento 626 de 03 de febrero de 1995

 LEY ORGÁNICA DE DISCAPACIDAD, Publicada en el Registro Oficial No. 796, del 25 de septiembre del 2012

 LEY ORGÁNICA DE ADUANAS, Ley No. 99

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LINKOGRAFÍA

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ANEXOS

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES "UNIANDES - IBARRA”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO

PERFIL DE TESIS DE GRADO PREVIO A LA OBTENCIÓN DE TITULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA

TEMA:

“PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL DE LAS PERSONAS QUE ADOLECEN ENFERMEDADES CATASTRÓFICAS O DE ALTA COMPLEJIDAD”

AUTOR: VILATUÑA GAVILIMA LIZETH FERNANDA ASESOR: DR. CHAMORRO VALENCIA DIEGO XAVIER

Ibarra – Ecuador

1.-TEMA:

“PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL DE LAS PERSONAS QUE ADOLECEN

ENFERMEDADES CATASTRÓFICAS O DE ALTA COMPLEJIDAD”

2.-DESARROLLO

2.1 ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

“Las enfermedades catastróficas, son aquellas que deterioran la salud de las personas, se caracterizan por su alto grado de complejidad, son agudas prolongadas amenazantes para la vida pues en su gran mayoría son letales, muchas de estas patologías producen la incapacidad del paciente y provocan el desmedro económico del que las padece, de su familia o de la institución aseguradora, pudiendo el asegurador ser una institución pública o privada. Por ser alto el costo económico del tratamiento de este tipo de enfermedades el constituyente de Montecristi sensible ante el padecimiento de muchos ecuatorianos que no tienen acceso a los tratamientos médicos por carecer de recursos económicos, o no poder acceder al seguro social, y amparado en el principio de equidad, en el derecho a la salud, el derecho a la vida, el derecho a la seguridad social, y los derechos de las personas y grupos de atención prioritaria, estableció la protección por parte del Estado ecuatoriano a todos los habitantes ya sean nacionales o extranjeros que residan legalmente en el país”. (Damerval, 2010, pág. 51)

El artículo 32 de la Constitución señala que “La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se realiza al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos, y otros que sustenten el buen vivir”. (Constitución de la República)

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el artículo 25 dice: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la Salud y el bienestar, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene así mismo derecho a los seguros en caso de enfermedad, invalidez, viudez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad”. (Declaración Universal de los Derechos Humanos)

El artículo 35 de la Carta Magna es enfático al establecer que: “Las personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de la libertad, y quienes adolezcan de enfermedad catastrófica, recibirán atención prioritaria, en los ámbitos público y privado”. (Constitución de la República)

2.2.- SITUACIÓN PROBLEMÁTICA

Las enfermedades catastróficas se caracterizan por su alto grado de complejidad estas deterioran con rapidez la salud de las personas y a la vez ponen a sus familiares en un estado económico muy bajo debido a que los tratamientos y medicinas son de alto costo por estas y otras razones más estas personas son consideras un grupo de atención prioritaria..

Pese a que en la Constitución de la República se encuentra consagrados una serie de derechos para la protección de las personas que sufren de enfermedades catastróficas, en la práctica muchos de estos y otras garantías son incumplidas, ya porque este grupo de pacientes no se encuentran afiliados al IEES, o sea porque no existe o es muy complicado obtener los medicamentos y tratamientos especializado que ellos requieren.

Según la constitución las personas que sufren de enfermedades catastróficas tienen el derecho a la salud y a la seguridad social debido a que son grupos de atención prioritaria.

Las personas que sufren de enfermedades catastróficas no tienen acceso a los tratamientos médicos por carecer de recursos económicos y en algunos casos por no tener los medicamentos necesarios en nuestro país se requiere de largos trámites para poder acceder a la medicación debida para controlar la enfermedad, a la vez estas personas no cuentan con la afiliación debida para de esta forma requerir ayuda de alguna institución la cual le pueda facilitar tratamientos o medicamentos.

La constitución protege en sus normas a las personas que sufren de enfermedades catastróficas con el propósito de que estas personas sean consideradas en el momento de requerir ayuda ya que debe ser inmediata evitando violentar los derechos que estas personas poseen.

2.3.- PROBLEMA CIENTÍFICO

Como se puede viabilizar el cumplimiento del derecho a la salud que tienen las personas que adolecen de enfermedades catastróficas.

2.4.- OBJETO DE INVESTIGACIÓN Y CAMPO DE ACCIÓN 2.4.1.- Objeto de investigación

El objeto de investigación de este tema son las personas que padecen de enfermedades catastróficas durante el periodo 2012- 2014.

2.4.2.- Campo de acción

El campo de acción en el cual se fundamenta el desarrollo de la presente investigación es en el Cantón Ibarra Provincia de Imbabura.

2.5.- IDENTIFICACIÓN DE LA LÍNEA DE INVESTIGACIÓN

La línea de investigación en la cual se fundamenta el desarrollo del presente trabajo y que está acorde con los lineamientos de la “Universidad Uniandes” es la protección constitucional de las personas que adolecen enfermedades catastróficas.

2.6.- OBJETIVO GENERAL

Determinar mediante un análisis jurídico los principales mecanismos que existen en la Constitución de la República del Ecuador para viabilizar el cumplimiento del derecho a la salud que tienen las personas que padecen de enfermedades catastróficas.

2.7.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS

 Fundamentar científica y jurídicamente los derechos constitucionales de las personas que adolecen enfermedades.

 Análisis de los mecanismos que existen para viabilizar el cumplimiento del derecho a la salud para las personas que adolecen enfermedades catastróficas.

 Diagnosticar el grado de cumplimiento de la normativa constitucional que garantiza el derecho fundamental a la salud de las personas que adolecen de enfermedades catastróficas.

 Validar la idea a defender a través del criterio de expertos. 2.8.- IDEA A DEFENDER

Con la realización de un análisis jurídico se demostrara que en la constitución existen mecanismos que viabilizan el cumplimiento del derecho Constitucional de la República del Ecuador a la salud que protegen a las personas con enfermedades catastróficas.

2.9.- VARIABLES DE LA INVESTIGACIÓN. 2.9.1.- Variable Independiente

La normativa constitucional que garantiza el derecho a la salud de las personas que sufren de enfermedades catastróficas.

2.9.2.- Variable dependiente

Los mecanismos que existen para dar cumplimiento al derecho a la salud de las personas que adolecen de enfermedades catastróficas.

2.10. METODOLOGÍA A EMPLEAR 2.10.1.- Métodos

2.10.1.1.- Analítico-Sintético:

Los métodos e instrumentos de nivel teórico y empírico que voy a emplear dentro de la presente investigación para dar respuestas organizadas y fundamentadas a los objetivos específicos y así lograr el objetivo general y solucionar el problema de investigación son: 2.10.1.2.-Método Analítico Sintético.-

Este método implica el análisis (del griego análisis, que significa descomposición), esto es la separación de un tono en sus partes o en sus elementos constitutivos. El sintético se apoya en que para conocer un fenómeno es necesario descomponerlo en sus partes. Implica la síntesis (del griego síntesis, que significa reunión), esto es, unión de elementos para formar un todo.

Este método es de suma importancia por cuanto permite obviamente hacer el correspondiente análisis de las pertinentes fundamentaciones teóricas que se dan a conocer en el desarrollo de la presente tesis.

2.10.1.3.-Método Inductivo-Deductivo.-El método inductivo establece proposiciones generales de las cuales enuncia o explica las conductas particulares: en cambio mediante la aplicación del método deductivo va a permitir verificar los resultados obtenidos, partiendo de particular a lo general y descubrir nuevos conocimientos.

2.10.1.4.-Método Histórico-Lógico.-Este método se refiere a un estudio de todos los fenómenos y acontecimientos que se presenta a lo largo de la historia, la evolución de los hechos va cambiando de acuerdo a tendencias que ayuda a interpretarlos de una manera secuencial, el cual me va permitir conocer desde sus inicios el problema materia de la presente tesis se va conocer desde sus inicios hasta la correspondiente vigencia del problema actual.

La lógica se refiere entonces a aquellos resultados previsibles y lo histórico a la cuestión evolutiva de los fenómenos. Este método permitirá establecer una relación en cuanto a la conducta misma del ser humano a través del tiempo en relación al problema de tesis.

2.10.2.-Instrumento

El instrumento de la observación es la ficha de observación El instrumento de la entrevista es la guía

El instrumento de la encuesta es el cuestionario.

2.10.2.1.-La entrevista.- Es una técnica para obtener que una persona transmita oralmente al entrevistador su definición personal de la situación. La Entrevista comprende un esfuerzo de inmersión (más exactamente re−inmersión) del entrevistado frente a/o en colaboración con el entrevistador que asiste activamente a este ejercicio de representación casi teatral. La Entrevista es también una técnica excelente para ser utilizada con el fin de estudiar situaciones−problema y para explorar una determinada problemática poco conocida por el investigador y que luego será motivo de estudios más profundos y sistemáticos, la ventaja esencial de la Entrevista reside en que son los mismos actores sociales quienes proporcionan los datos.

2.10.2.2.-La encuesta.- Se utiliza para estudiar poblaciones mediante el análisis de muestras representativas a fin de explicar las variables de estudio y su frecuencia. Es una técnica de recolección de información, por la cual los informantes responden por escrito a preguntas entregadas por escrito

2.10.2.3.-La observación.- Se considera coma la inspección y estudio realizado por el investigador, mediante el empleo de sus propios sentidos, con o sin ayuda de aparatos técnicos, de las cosas o hechos de interés social, tal como son o tienen lugar espontáneamente; juega un papel muy importante en toda investigación porque le proporciona uno de sus elementos fundamentales; los hechos.

2.11. ESQUEMA DE CONTENIDOS

2.11.1 Las Enfermedades Catastróficas 2.11.1.2 Generalidades

2.11.1.3 Concepto de Enfermedad Catastrófica

2.11.1.4 Características de las Enfermedades Catastróficas

2.11.1.5 Diferencias entre Enfermedades Catastróficas y Enfermedades Raras

2.11.1.6 Vías jurídicas para hacer efectiva los mecanismos consagrados en la Constitución

2.11.2 Los Derechos de las personas que adolecen de enfermedades catastróficas

2.11.2.1 Normativa Constitucional 2.11.2.2 Normativa legal

2.11.2.3 Ley orgánica de la salud

2.11.2.4 Ley orgánica reformatoria al derecho a la salud 2.11.2.5 Ley orgánica de discapacidad

2.11.3. Principales Derechos para la protección de las personas que adolecen enfermedades catastróficas.

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