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Modificación al componente: Vistas escénicas

Actividad: Desmonte y despalme, Cortes y excavaciones

Medida de Mitigación: Supervisión del programa de obra. Mantenimiento preventivo y correctivo. Especificaciones: 1. Se deberá evitar al máximo la afectación a terceros con material producto de

excavación y/o residuos de construcción. Los efectos de las obras tales como ruidos y polvos deberán tenerse bajo control y corregir aquellas que en un momento causen molestias a las colindancias y vecindades.

2. La obra se deberá limitar únicamente a la superficie marcada en este documento. FACTOR AMBIENTAL: SOCIOECONOMICO

Modificación al componente: Medios de transporte y comunicación.

Actividad: Apertura de caminos

Medida de Mitigación: Supervisión del programa de obra. Instalación de Señalización pertinente

Especificaciones: 1. La señalización deberá informar sobre el periodo de afectación a las terracerías, y las precauciones a tomar en caso de ser factible el tránsito por las mismas, y proporcionar rutas alternas de acceso.

VI.1.2 ETAPA: CONSTRUCCIÓN

FACTOR AMBIENTAL: AIRE

Modificación al componente: Calidad del aire

Actividad: Tendido de la tubería, Alineado y soldado

Medida de prevención: Control de polvos, Mantenimiento del equipo de trabajo, Supervisión. Especificaciones: 1. Se deberá prohibir la quema a cielo abierto del producto del desmonte y

despalme.

FI.60.228 SGS de México, S.A. de C.V. Capitulo I - 68

soldado un solo sitio y retirarlo a la brevedad.

3. Antes de iniciar las obras de construcción del gasoducto, se deberá verificar que la empresa encargada de mantenimiento a sus vehículos que mantengan los motores afinados y en condiciones óptimas de operación. Aquellos vehículos que no cumplan estos requisitos no podrán utilizarse en las obras.

4. No se deberán rebasar los límites máximos permisibles establecidos en: NOM- 041-SEMARNAT-2006, NOM-044-SEMARNAT-2006, NOM-045-SEMARNAT-2006, NOM-050-SEMARNAT-1993, NOM-076-SEMARNAT-1995, que establecen los límites máximos permisibles de emisiones por contaminantes provenientes de vehículos.

FACTOR AMBIENTAL: AIRE

Modificación al componente: Nivel de ruido

Actividad: Alineado y soldado

Medida de prevención: Supervisión, mantenimiento correctivo.

Especificaciones: 1.- Restricción del horario de operaciones de las obras de construcción. La utilización de maquinaria con altas emisiones de ruido (vibrocompactadores, bombas,

compresores, cortadoras, vibradores) se restringirá al horario de 8:00 ~ 20:00 h FACTOR AMBIENTAL: GEOLOGÍA Y GEOMORFOLOGÍA

Modificación al componente: Microrelieve

Actividad: Tendido de la tubería, Bajado y tapado, Reacondicionamiento del derecho de

vía.

Medida de mitigación: Se deberán supervisar las excavaciones.

Especificaciones: 1. Se debe mantener la tierra por lo menos a 0.6 m de la orilla de la excavación. Si el espacio no lo permite, se deben usar medidas de retención adecuadas, para prevenir que la tierra caiga a la excavación de nuevo. Lo mismo aplica para los demás materiales, se mantendrán por lo menos a 0.6 m de la orilla o se deben usar medidas de retención.

2. El mantenimiento de la obra incluye la observación y cuidado de las excavaciones para la perdida total de la capa terrígena rica en humus por el paso de personal o escurrimientos.

3. Se deben inspeccionar el trazo de la obra diariamente y después de cada lluvia. 4. La vegetación retirada de las etapas de desmonte y despalme deberá triturarse y esparcirse en áreas adyacentes para su rápida integración al suelo, dentro del área especificada como derecho de vía.

FACTOR AMBIENTAL: SUELO

Modificación al componente: Generación de residuos

Actividad: Tendido y bajado de la tubería, Bajado y tapado, Reacondicionamiento del

derecho de vía, Prueba hidrostática

Medida de Mitigación: Adecuada gestión de los residuos generados durante las actividades de tendido de la tuberia, bajado y tapado, y reacondicionamiento del derecho de via. Disposición final adecuada de dichos residuos se llevará a cabo mediante la empresa contratista encargada de llevar a cabo estos rubros.

Adecuada gestión de las aguas residuales. Disposición final adecuada de las aguas producto de la prueba hidrostática.

Especificaciones: 1. Tramitar y contar con la autorización de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) para tomar el líquido del cuerpo de agua que considere; esto previamente a la realización de la prueba, y en consecuencia observar las

disposiciones que en su caso determine la CONAGUA para el manejo y disposición final del agua al término del ciclo de prueba.

FI.60.228 SGS de México, S.A. de C.V. Capitulo I - 69 VI.1.3 ETAPA: OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO

FACTOR AMBIENTAL: SUELO

Modificación al componente: Generación de residuos

Actividad: Inspección y vigilancia, mantenimiento preventivo, mantenimiento correctivo

Medida de prevención: Adecuada gestión de los residuos. Supervisión y mantenimiento preventivo.

Especificaciones: 1. Se deben instalar contenedores metálicos suficientes para el depósito de residuos, los cuales deben contar con tapa y en perfectas condiciones. Se retiran una vez llenos para dar su disposición final de acuerdo lo marque la autoridad competente. 2. Para los residuos industriales y peligrosos se deberán recolectar y almacenar temporalmente y por separado en contenedores metálicos, para luego ser dispuestos por una empresa especializada en el ramo.

3. Los residuos sólidos urbanos, de manejo especial y peligrosos deberán almacenarse por separado en contenedores con tapa, para ser dispuestos por la empresa encargada del proyecto; así como establecer procedimientos para el almacenamiento adecuado de materiales y residuos que presenten riesgo de contaminación al suelo.

4. El almacenamiento de los residuos peligrosos deberá realizarse en recipientes identificados considerando las características de peligrosidad de los residuos, así como su incompatibilidad, previniendo fugas, derrames, emisiones, explosiones e incendios. 5. Se deberán instalar letrinas portátiles para los trabajadores que ejecuten las actividades de obra, las cuales deberán estar acreditadas en el servicio.

6. La introducción del mantenimiento preventivo y correctivo dentro de las actividades de operación diaria son elementos que impactan directa y positivamente en la seguridad y medio ambiente.

7. Se deben colocar los señalamientos preventivos y restrictivos de acuerdo a la Normas CID-NOR-N-SI-0001, Ref. ASME B31.4, Capítulo VII, párrafo 451.3; D.O.T. subparte "F", párrafo 195.410 y NORMA PEMEX No. 2.421.01, Capítulo 6, párrafo 6.3.1

8. Se deben tener establecidos programas de mantenimiento preventivo y correctivo en tiempos establecidos en los procedimientos elaborados para tal fin por PEMEX Exploración y Producción.

9. Para el mantenimiento correctivo se debe contar con una base de datos que registre cada efecto o fuga, en donde se indiquen: localización, causa, tipo de reparación, etc. Este tipo de información servirá como base para tomar las medidas correctivas necesarias.

10. Se deberá verificar y calibrar los dispositivos de medición.

VI.1.4 ETAPA: ABANDONO DEL SITIO