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3. LA VIOLENCIA FAMILIAR

3.6 OTROS FACTORES DE RIESGO DEL INCREMENTO

De las investigaciones realizadas sobre maltrato se desprenden, por una parte los factores psicológicos o psiquiátricos con énfasis en las características del agresor, y por otra, los factores sociológicos centrados en las condiciones contextuales que facilitan el abuso y el abandono; Entre los más importantes tenemos:

Factores de riesgo a nivel individual: Hacen referencia a las dificultades, deficiencias del individuo, como por ejemplo la autoestima inadecuada, curiosidad, inseguridad, depresión; poca o ninguna expectativa, experiencias o frustraciones repetidas y baja tolerancia a las situaciones de conflicto, insatisfacción personal, pesimismo, impulsividad, rebeldía, escasas o nulas habilidades psicosociales, escasa autonomía, inadecuada distribución de su tiempo, dificultades en la forma de decisiones adecuadas, entre otros factores.

Factores de riesgo en la familia: Se dan cuando existen vínculos afectivos débiles, conflictos persistentes matrimoniales o de pareja, falta o inadecuado control del comportamiento a sus miembros (especialmente de los hijos ), disciplina inconsistente o inflexible que no permite el desarrollo de una formulación estable en los miembros de la familia, expectativas no definidas en la familia, expectativas bajas de éxito de los integrantes, uso y abuso del tabaco, alcohol u otras drogas por parte de los integrantes o padres, ejercicio violento de la autoridad, practica frecuente del castigo físico y maltrato psicológico, sobreprotección a los hijos o conyuges; etc.

36 ESQUIVEL MEZA, Jessica Eliana, Política criminal: La importancia de la lucha contra la Violencia

Familiar…., Pág.64

37 Entrevista de Joyce Guzmán a la Fiscal de Familia Nelly Montenegro Beltrán. Extraído del diario,

Estudios publicados sobre el carácter retrospectivo y prospectivo del maltrato infantil desde una perspectiva de violencia intergeneracional, los actos de violencia familiar son vistos como un patrón de comportamientos antisociales que se transmite de una generación a la siguiente con algunas características similares, es importante, también, formar en consideración la estructura de la familia, el lugar de residencia e incluso antecedentes penales y criminales reportados en el núcleo familiar.38

Factores de riesgo a nivel social: se refiere a la forma en que las personas interactúan con los agentes de socialización fuera de la familia, específicamente la escuela, los compañeros, el medio social inmediato y la comunidad. Algunos de estos factores son los siguientes: comportamientos agresivos en los esposos, asociaciones con grupos socialmente disfuncionales, etc. Una Hipótesis que ha alcanzado gran popularidad es aquella legalista que afirma que “la violencia es provocada por la victima”, lo que cobra cuerpo en dos tendencias principales: Las teorías del maquinismo y de la familia disfuncional. En ambos casos se consigue culpar a la víctima.39

3.7 LA VIOLENCIA EN LAS FAMILIAS INTEGRADAS POR MIEMBROS DE LA POLICIA NACIONAL.

La Violencia Familiar en los hogares de los miembros de la Policía Nacional, tiene por lo general, las características de la violencia física o psicológica, que se presenta en otros hogares o familias, esto es, golpes de puños o de pies, bofetadas, jaloneos de manos, cabellos, “llaves” a las extremidades o cuello, para someter a la víctima, etc. en cuanto se refiere al maltrato físico; y ofensas, insultos, gritos, humillaciones, vejaciones, etc. en cuanto al maltrato psicológico. Asimismo la violencia psicológica, predomina ligeramente sobre la violencia física, sin embargo esta última se ha ido acrecentando desde las lesiones leves hasta la muerte de la víctima. También es un hecho curioso que la mayor parte de las denuncias por violencia familiar que efectivamente se han interpuesto y se han tramitado se refieren a personal subalterno, (suboficiales, hasta brigadieres), y en mínima cantidad a oficiales (Alférez hasta Generales).40

38 MERPAVIFA, Situación de la violencia familiar en el Perú y Arequipa 2004, Pág. 22

39 Ibidem, Pág. 23

40 Esta información hemos extraído de la revisión de las denuncias en Fiscalía y la información

De otro lado se tiene que las principales causas de la violencia familiar, en las familias conformadas por policías, son las siguientes:

a) Abuso de poder, principalmente económico; es decir que el cónyuge o conviviente policial impone la forma como deben desarrollarse las relaciones al interior del hogar, basado en aporte económico que realiza para el sostenimiento del mismo.

b) Conflictos por problemas económicos; debido a la baja remuneración de los efectivos policiales, en especial de los sub - oficiales, quienes casi en su totalidad realizan otro tipo de actividades en sus días y horas libres o “de franco”, con la finalidad de percibir mayores ingresos, que les permita atender de mejor forma las necesidades propias y de sus familias.

c) Diversidad de relaciones del cónyuge agresor – infidelidad; la mayoría de personas que incurren en esta infracción tiene, además de su cónyuge o conviviente formal, otras relaciones sentimentales con otras personas, en que incluso además tienen otros hijos, por lo que las relaciones se tornan tensas y de constante conflicto. d) Consumo de alcohol; es otro de los factores que contribuye al problema de la violencia familiar, y se materializa en la participación constante del efectivo policial en reuniones amicales, en donde a veces participa la pareja y por lo general predomina el consumo de alcohol.

e) Factores psicológicos; traducido principalmente en el poco manejo del estrés laboral derivado del servicio policial, pues el mismo está dirigido a la atención de personas que a su vez denuncian conflictos o la comisión de delitos, y en los que el policía tiene que intervenir, muchas veces arriesgando su vida, todo lo cual le genera una tensión que después es trasladada al hogar.

Sobre este factor, se tiene que en el plan de estudios que se sigue en la Escuela de la Policía, no se ha programado cursos específicos sobre formación y/o capacitación psicológica del personal, en especial, respecto al manejo de situaciones conflictivas y stress laboral, pues solo cuentan con cursos generales de relaciones humanas, por lo que al egresar el alumno no cuenta con estos conocimientos que le permitirían no solo manejar adecuadamente estas situaciones conflictivas, sino, y sobre todo, que las mismas no incidan profundamente en su integridad psicológica, o en todo caso, pueda superarlas, a fin que no repercuta en el seno de su hogar y afecte a su

mínimo porcentaje de denuncias de oficiales policías se tiene la hipótesis que ello se debe a que los encargados de decepcionar las denuncias, en especial en las comisarías es personal subalterno, que pone en alerta al Oficial denunciado, de tal modo que éste puede presionar a la víctima para que se desista de hacerlo, o incluso se llega a la negativa de la recepción de la denuncia, bajo diversos argumentos. En todo caso, esto puede materia de otro tipo de investigación académica.

familia41.

Tampoco existe una política de prevención sanitaria sobre aquellos miembros de la PNP que han mostrado o muestran conductas violentas, tanto en sus intervenciones, como en su vida privada, pues no se hace un seguimiento clínico a aquellos miembros que han sido sancionados por haber incurrido en violencia familiar para evitar que existan conductas reiterativas respecto a estos actos violentos; tampoco en aquellos que han hecho uso excesivo de la fuerza en sus intervenciones. De otro lado, tampoco se hace este seguimiento a aquel personal, que han pasado o vivido en ejercicio de su función momentos violentos y traumáticos, como por ejemplo el que ha prestado servicios en zonas de emergencia o altamente conflictivas por motivo de narcotráfico, terrorismo, zonas convulsión social por las constantes protestas, etc.; cuyo desempeño luego en su vida personal no va a ser la misma, y muchas veces contribuye a incrementar los casos de violencia familiar.42

4. LA FIGURA JURÍDICA DEL DESISTIMIENTO 4.1 CONCEPTO

Según Hinostroza Minguez43, el desistimiento como acto jurídico procesal está constituido por la manifestación de voluntad unilateral dirigida a dejar sin efecto algún acto procesal o el proceso o a renunciar a la pretensión. Agrega que esta declaración es unilateral pero con efectos bilaterales.

Este mismo autor señala que esta figura tiene una naturaleza “dispositiva” que si bien no extingue de inmediato la relación jurídica procesal, influye notoriamente en ella, por estar dirigida dicha figura a ponerle fin44.

De acuerdo al Vocabulario de Uso Judicial de la Revista Gaceta Jurídica45 se entiende por desistimiento “la acción de abdicar, abandonar o apartarse de una pretensión, un derecho, un recurso o cualquier trámite dentro del proceso judicial. Puede ser expreso o tácito. El desistimiento del derecho de acción, es el acto procesal por el cual el actor renuncia a la pretensión demanda o a la querella planteada, obligándose a pagar los

41 Información recogida de personal administrativo que labora en la Escuela de la Policía de Charcani y de

la revisión del Plan de Estudios de Formación del personal subalterno PNP.

42 Información recogida de la Dirección del Hospital de la Policía.

43 HINOSTROZA MINGUEZ, Alberto. Manual de Consulta Rápida del Proceso Civil. Edit. Gaceta Jurídica

2da. Edición Lima 2003. Pág. 270

44 HINOSTROZA MINGUEZ, Alberto. Formas Especiales de Conclusión del Proceso. Edit. Gaceta

Jurídica. 2da. Edición Lima 2002. Pág. 169

gastos ocasionados, así como los daños y perjuicios sufridos por el demandado o querellado a causa del proceso.

En conclusión, podemos entender al desistimiento como un acto jurídico, de carácter administrativo o judicial, que pone fin al ejercicio de un derecho o una actuación jurídica cualquiera, al interior de un proceso o procedimiento.

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