Es de suma importancia manifestar las facultades de las que la ley ha dotado a los distintos niveles de gobierno, separándolas en facultades normativas y facultades ejecutivas.
La primera atribuida en sí a los Gobiernos Autónomos Descentralizados como son los consejos regionales, provinciales, concejos metropolitanos y municipales para ejercer facultades legislativas de expedir normas dentro de sus competencias y circunscripción territorial, y la segunda facultad atribuida a la máxima autoridad de cada GAD, como son los gobernadores regionales, prefectos, alcaldes cantonales o metropolitanos y presidentes de las juntas parroquiales, para ejercer las potestades públicas privativas de naturaleza administrativa, facultades distinguidas en los artículos 7 y 9 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización . (Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización , 2018)
Las facultades de los gobiernos autónomos descentralizados principalmente se encuentran vinculados en los siguientes parámetros:
De legislación, normatividad y fiscalización; De ejecución y administración; y,
De participación ciudadana y control social.
Las facultades descritas no podrían ser ejercidas sin que la Norma Constitucional haya conferido a los GAD, la personalidad jurídica de derecho público, tal como acertadamente consta en el artículo 238 de la Constitución, hecho que implica que cada gobierno autónomo descentralizado, gozará de autonomía política, administrativa y financiera.
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Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio nacional, constituyen gobiernos autónomos descentralizados las juntas parroquiales rurales, los concejos municipales, los concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los consejos regionales. (CONSTITUCION, 2018)
El GAD según la constitución establece que tiene las facultades legales para ejercer actividades bajo sus propias autonomías enmarcadas en lo legal mediante la integración y participación ciudadana.
1.5.1. GAD Regionales
Los GAD Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera. Están integrados por las funciones de Participación Ciudadana, de Legislación y Fiscalización, y Ejecutiva.
A partir de la aprobación de la Constitución, tienen ocho años para ser creados y conformados. Su autoridad es el Gobernador o Gobernadora Regional elegido por votación popular. Su fin es alcanzar los objetivos del buen vivir en el marco de sus competencias establecidas en la Constitución y la ley. (GARCIA, 2009)
1.5.2. GAD Provinciales
El GAD Provincial busca promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial provincial para de esta manera garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas provinciales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales. (GARCIA, 2009).
29 1.5.3. GAD Cantonales
Este nivel de Gobierno de carácter cantonal se encarga de planificar y ejecutar obras públicas además de otros servicios.
Los GAD cantonales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política administrativa y financiera, están integrados por las funciones de participación ciudadana, legislación y fiscalización y ejecutiva. (GARCIA, 2009)
Los gobiernos autónomos descentralizados municipales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera.
Estarán integrados por las funciones de participación ciudadana; legislación y fiscalización; y, ejecutiva previstas en este Código, para el ejercicio de las funciones y competencias que le corresponden.
La sede del gobierno autónomo descentralizado municipal será la cabecera cantonal prevista en la ley de creación del cantón.
De acuerdo al artículo 54 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización habla que son funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal las siguientes:
a) Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;
Esto quiere decir que todo GAD MUNICIPAL debe evaluar y promover el desarrollo sustentable de su circunscripción, para que así a través de normativas públicas que se creen en el marco de sus competencias permiten y garanticen el buen vivir de su territorio.
a) Diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en el marco de sus competencias constitucionales y legales; Nos permite entender que a través de la implementación de políticas de promoción se genere una construcción de equidad e inclusión dentro de su marco territorial.
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b) Establecer el régimen de uso del suelo y urbanístico, para lo cual determinará las condiciones de urbanización, parcelación, lotización, división o cualquier otra forma de fraccionamiento de conformidad con la planificación cantonal, asegurando porcentajes para zonas verdes y áreas comunales;
Establecerá el GAD MUNICIPAL el uso del suelo urbanístico para lo cual se indicara las condiciones de urbanización, parcelación, lotización, para así asegurar las zonas verdes y áreas comunales a través del desarrollo de fraccionamientos para el beneficio de su territorio.
c) Implementar un sistema de participación ciudadana para el ejercicio de los derechos y la gestión democrática de la acción municipal;
Se podrá participar activamente todos los ciudadanos para el respeto y garantía de sus derechos en toda gestión democrática.
d) Elaborar y ejecutar el plan cantonal de desarrollo, el de ordenamiento territorial y las políticas públicas en el ámbito de sus competencias y en su circunscripción territorial, de manera coordinada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquia, y realizar en forma permanente, el seguimiento y rendición de cuentas sobre el cumplimiento de las metas establecidas;
Se ejecutará un plan cantonal de desarrollo, ordenamiento territorial y políticas publicas cada uno de los territorios para que cada mes o año se realice una rendición de cuentas en las cuales se dé a conocer que todas las metas establecidas se han logrado realizar mediante su planificación ya sea nacional o regional, etc.
e) Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y la ley y en dicho marco, prestar los servicios públicos y construir la obra pública cantonal correspondiente con criterios de calidad, eficacia y eficiencia, observando los principios de universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, solidaridad, interculturalidad, subsidiariedad, participación y equidad;
A través de las competencias de su territorio se construirá la obra pública cantonal necesaria con calidad eficacia y eficiencia respetando los debidos principios de solidarias, interculturalidad, etc., para el beneficio y comodidad de su territorio.
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f) Regular, controlar y promover el desarrollo de la actividad turística cantonal en coordinación con los demás gobiernos autónomos descentralizados, promoviendo especialmente la creación y funcionamiento de organizaciones asociativas y empresas comunitarias de turismo;
Cada GAD MUNICIPAL siempre tendrá como punto primordial la actividad turística que promocione su cantón, a través de creación o funcionamiento de compañías de turismo para su crecimiento económico de cada territorio.
g) Promover los procesos de desarrollo económico local en su jurisdicción, poniendo una atención especial en el sector de la economía social y solidaria, para lo cual coordinará con los otros niveles de gobierno;
Siempre velaran por la economía social y solidaria de cada sector lo cual se ejecutará con los niveles de gobierno promoviendo así su desarrollo económico.
h) Implementar el derecho al hábitat y a la vivienda y desarrollar planes y programas de vivienda de interés social en el territorio cantonal;
Se implementará vivienda de interés social a través de planes y programas para el desarrollo del cantón.
i) Implementar los sistemas de protección integral del cantón que aseguren el ejercicio garantía y exigibilidad de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales, lo cual incluirá la conformación de los consejos cantonales, juntas cantonales y redes de protección de derechos de los grupos de atención prioritaria. Para la atención en las zonas rurales coordinará con los gobiernos autónomos parroquiales y provinciales;
Se implementarán sistemas de protección integral del cantón como es la conformación de consejos cantonales, juntas cantonales y redes de protección de derechos que así aseguren garantías y estabilidad en cada territorio de los derechos consagrados en la constitución.
j) Regular, prevenir y controlar la contaminación ambiental en el territorio cantonal de manera articulada con las políticas ambientales nacionales;
Se aplicarán políticas ambientales para evitar la contaminación a través de planes generados por especialistas.
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k) Prestar servicios que satisfagan necesidades colectivas respecto de los que no exista una explícita reserva legal a favor de otros niveles de gobierno, así como la elaboración, manejo y expendio de víveres; servicios de faenamiento, plazas de mercado y cementerios;
Se observará las necesidades colectivas especialmente en expendio y manejo de víveres, servicios de faenamiento, plazas de mercado y cementerio, para lo cual se prestará servicios así no exista apoyo de ningún otro nivel de gobierno para el buen porvenir del territorio.
l) Regular y controlar el uso del espacio público cantonal y, de manera particular, el ejercicio de todo tipo de actividad que se desarrolle en él la colocación de publicidad, redes o señalización;
Se encargarán de regular y controlar el espacio público a través de publicidad, redes y señalización.
m) Crear y coordinar los consejos de seguridad ciudadana municipal, con la participación de la Policía Nacional, la comunidad y otros organismos relacionados con la materia de seguridad, los cuales formularán y ejecutarán políticas locales, planes y evaluación de resultados sobre prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana;
Se creará y coordinará planes sobre prevención protección y seguridad para la convivencia ciudadana con la ayuda de la Policía Nacional u otros organismos relacionados con materia de seguridad para el beneficio propio de cada territorio.
n) Regular y controlar las construcciones en la circunscripción cantonal, con especial atención a las normas de control y prevención de riesgos y desastres;
Se regula y controla las construcciones en la circunscripción cantonal que en el caso de incumplirlas recibirán la respectiva sanción.
o) Regular, fomentar, autorizar y controlar el ejercicio de actividades económicas, empresariales y profesionales, que se desarrollen en locales ubicados en la circunscripción territorial cantonal con el objeto de precautelar los derechos de la colectividad;
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Incentivaran el desarrollo y económica de aquellas actividades que se generen dentro del territorio, con el fin de respetar y velar los derechos de colectividad.
q) Promover y patrocinar las culturas, las artes, actividades deportivas y recreativas en beneficio de la colectividad del cantón;
Para beneficio y salud de los ciudadanos dentro de circunscripción territorial se patrocinará y promoverá todas actividades dinámicas o recreativas.
r) Crear las condiciones materiales para la aplicación de políticas integrales y participativas en torno a la regulación del manejo responsable de la fauna urbana; y, Velaran por la fauna urbana dentro del territorio o circunscripción territorial a través de condiciones establecidas por las autoridades para el beneficio del mismo.
s) Las demás establecidas en la ley.
Dentro del artículo 55 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización indican aquellas competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado municipal el cual tendrá las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley; (Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización , 2018)
a) Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural, en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad;
Una de las competencias del gobierno autónomo descentralizado es planificar planes de ordenamiento territorial la cual es una herramienta técnica que poseen los municipios del país para planificar y ordenar su territorio., el cual tiene como objetivo integrar la planificación física socioeconómica, con el fin de regular el uso y ocupación del suelo urbano rural.
b) Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;
Se ejercerá el control y el uso de la ocupación de suelo a través de la ocupación del suelo de cada cantón.
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c) Planificar, construir y mantener la vialidad urbana;
Debe planificar y construir la vialidad urbana para mayor facilidad de transportación a los transeúntes y vehículos de cada cantón.
d) Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley;
Se debe desarrollar y prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado para los cual se encargarán las empresas de agua potable con la debida dirección del gobierno autónomo descentralizado, y también el saneamiento ambiental que se encarga la persona de medio ambiente.
e) Crear, modificar, exonerar o suprimir mediante ordenanzas, tasas, tarifas y contribuciones especiales de mejoras;
Todas las tasas, tarifas y contribuciones se crearán, modificará o se suprimirá mediante ordenanzas municipales, que son normativas creadas y emitidas por el gobierno autónomo descentralizado municipal y que está relacionado a temas de interés general para la población cuya aplicación y cumplimiento es de carácter obligatorio para los ciudadanos de un cantón.
f) Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro de su circunscripción cantonal;
A través de la agencia nacional de tránsito y de sus agentes municipales son aquellos que se encargan de planificar y regular el control de tránsito y transporte terrestre los cuales tienen la potestad de multar o citar en el caso de infracciones.
g) Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de salud y educación, así como los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo, de acuerdo con la ley;
Los GADS siempre se ocuparán de la infraestructura física y equipamiento de salud debidos y cualquier tipo de ocio deporte y destreza que se garantice el interés de los pobladores.
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h) Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines;
El patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón siempre se preservará el patrimonio cultural tiene gran importancia para garantizar el presente y el futuro de las comunidades resilientes
i) Elaborar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales;
Elaborar y administrar los catastros inmobiliarios ya sea urbanos y rurales que es un registro administrativo dependiente del Estado en el que se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales.
j) Delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos y lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la ley;
El uso de los espacios marítimos siempre se delimitará regulará y controlará para la protección, ocupación y delimitación.
k) Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de las playas de mar, riberas de ríos, lagos y lagunas;
El ingreso de las playas riberas de ríos lagos y lagunas se preservará y garantizará el acceso libre voluntario y no se limitará.
l) Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos, que se encuentren en los lechos de los ríos, lagos, playas de mar y canteras;
El gobierno autónomo descentralizado es aquel que se encargara excesivamente de velar por la explotación de materias de áridos y pétreos que se encuentren en los ríos, lagos, playas de mar y canteras.
m) Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios; y,
A través de la entidad correspondiente se brindará la prevención de socorro y extinción de incendios.
n) Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias. (Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización , 2018).
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