2. Alineación de fuerzas políticas entre 1988 y
2.2 Fallidas reformas constitucionales del presidente Barco
Debido a la crisis institucional por la que atravesaba el país, desde inicios de 1988 el presidente Virgilio Barco buscó incansablemente la realización de una reforma constitucional. Realizó tres intentos fallidos de reforma constitucional.
El 12 de enero de 1988, en carta escrita por el presidente Barco Vargas al diario El Espectador, propuso que en las elecciones de marzo se realizara un plebiscito para derogar el artículo 13 del plebiscito de 1957, que impedía hacer una reforma constitucional por fuera del Congreso.
El plebiscito serviría para derogar el artículo 13 y esta decisión no se entendería como una imposición del presidente sino como una decisión del pueblo mismo (El Tiempo, 1990, 9 de diciembre, p. 3A). El plebiscito daría legitimidad a la derogación de la norma, que había sido creada con la aprobación del constituyente primario, pues poniendo la decisión otra vez en sus manos, difícilmente se podría cuestionar su legitimidad.
Sin embargo, este plebiscito, programado para el 13 de marzo de 1988, no se pudo llevar a cabo debido a la oposición del dirigente conservador Misael Pastrana Borrero (Medina, 1997, p. 47; Van Cott, 2000, p. 52). Así como de algunos expresidentes liberales (Valencia Villa, 1989, p. 99 y 100). Nuevamente la falta de unidad de la dirigencia política, impidió la realización de la reforma.
Ante esta situación, al poco tiempo el presidente Barco firmó un acuerdo con los dirigentes del Partido Liberal y Conservador, que se denominó Acuerdo de la Casa de Nariño y fue firmado el 20 de febrero de 1988. Mediante éste se pactó realizar un “Proceso de Reajuste Institucional” de ocho meses, que contemplaba la creación de un órgano constituyente, originado en el Congreso; este presentaría una propuesta de reforma constitucional al Congreso, y luego, se realizaría un referéndum donde los artículos reformados se someterían a la aprobación del pueblo.
El “Proceso de Reajuste Institucional” contemplaba la redacción de una propuesta a cargo de una comisión preparatoria, integrada por 14 miembros, 13 de los cuales eran representantes de los Partidos Liberal y Conservador. A pesar de que la reforma la dirigían estos dos partidos, la comisión preparatoria realizó cinco audiencias públicas convocando diferentes organizaciones no gubernamentales y organizaciones sociales (Valencia Villa, 1989, p. 100).
Durante estas audiencias se presentaron una serie propuestas individuales y colectivas, por parte de sindicatos, gremios, partidos, movimientos, universidades, etc. Tales organizaciones llevaron 523 propuestas, de estas difícilmente se podría extraer un proyecto político o modelo económico común, pues en su mayoría constituían reivindicaciones corporativas o sectoriales (Valencia Villa, 1989, p. 103).
El Acuerdo de la Casa de Nariño no pudo continuar avanzando, debido a que fue declarado inconstitucional por el Consejo de Estado, el 4 de abril de
1988. Así las cosas, el gobierno decidió presentar al consideración del Congreso un proyecto de reforma constitucional, esto fue el 27 de julio de 1988.
Este proceso de reforma finalmente sería objetado por el mismo gobierno el 15 de diciembre de 1988, debido a la ingerencia de los narcotraficantes en el Congreso. Esta ingerencia se hizo evidente, cuando al referéndum de reforma a la Constitución se le agregó una pregunta para prohibir la extradición de nacionales.
Quién agregó el tema de prohibición de la extradición fue el entonces presidente de la Cámara de representantes, Norberto Morales Ballesteros. Su propuesta fue aprobada sin ningún debate (a pupitrazo), la noche del 5 de diciembre de 1988. Unas horas después los narcotraficantes activaron 500 kilos de dinamita en el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) para presionar al Senado a que prohibiera la extradición (El Tiempo. 1990, 11 de marzo, p. 3B).
Ante este nuevo fracaso, en 1990 el presidente Virgilio Barco persistiría en sacar adelante una reforma constitucional, respaldando la propuesta del movimiento estudiantil Todavía Podemos Salvar a Colombia, la cual se acomodaba a su proyecto de reacomodación institucional y política.
2.3 Conclusión
Los partidos políticos de la hegemonía eran el Partido Liberal y el Partido Conservador, los cuales competían por el control del Estado, siendo el Partido Liberal el predominante. Se oponían a estos partidos una serie de organizaciones guerrillas y las organizaciones de la izquierda legal.
En el periodo objeto de estudio se presenta un predominio del Partido Liberal sobre el Conservador. Las disputas entre los Partidos Liberal y Conservador por el reparto del poder impidieron la realización de la reforma constitucional promovida por el Partido Liberal en la década de 1970. Así mismo, dificultaron las reformas promovidas entre 1988 y 1989.
Para el momento de la coyuntura, la mayoría de las organizaciones guerrilleras tenían un acuerdo mínimo de acción conjunta, establecido en la Coordinadora Guerrillera Simón Bolívar. En abril de 1988 dicha coordinadora manifestó la necesidad de hacer un cambio de Constitución, el cual se puede entender como una contrapropuesta a los proyectos de reforma constitucional de Virgilio Barco.
Por esta época se desmovilizó el M-19, más adelante las otras tres organizaciones que participarían de la Asamblea Nacional Constituyente: el EPL, el PRT y el Movimiento Quintín Lame. La característica común de estas
Mientras esto ocurría, la izquierda legal era victima era exterminada mediante asesinatos selectivos, siendo la Unión Patriótica la organización más golpeada.
La alineación de fuerzas se encontraba así: Los partidos hegemónicos controlaban el Estado. Las organizaciones de izquierda armada llamaban a la ampliación de espacios de participación, pero no lograban definir espacios de interlocución con el gobierno. El gobierno solo les daba como alternativa la desmovilización. Además de esto, el exterminio de la izquierda legal desestimulaba la idea de reincorporarse a la vida civil.
Las reformas promovidas por el gobierno de Barco estaban dirigidas desde los partidos de la hegemonía. El segundo proyecto de Barco permitió la participación de movimientos sociales y de derechos humanos, sin embargo su participación no tenía carácter decisorio. La participación de los movimientos armados en estos proyectos de reforma estuvo totalmente excluida.
3. 1990, el presidente Virgilio Barco promueve nuevamente la reforma de la Constitución
A principios de 1990, cuando el presidente Virgilio Barco se encontraba finalizando su periodo de gobierno, continuó impulsado la idea de realizar una reforma constitucional. Su propuesta se acoplaba a la propuesta del Movimiento Estudiantil Todavía Podemos Salvar a Colombia, la cual ganó pronto el respaldo de la dirigencia del Partido Liberal, excepto por el bloque de Hernando Durán Dussán; el respaldo del Partido Conservador, excepto por Álvaro Gómez Hurtado; el respaldo del Partido Comunista, la Unión Patriótica y la Alianza Democrática M-19.
Por su parte, algunas organizaciones guerrilleras también estaban llamando a realizar un cambio constitucional, tales como el Movimiento Quintín Lame y las FARC. En el caso de las FARC estas se proponían un cambio total de Carta Política.
Después del respaldo que ganó la propuesta de la Séptima Papeleta, el gobierno de Virgilio Barco emitió el decreto de estado de sitio 927 con el fin de que el pueblo se manifestara a favor de una Asamblea Constituyente. En este momento las posiciones se dividieron entre quienes respaldaron el decreto y quienes consideraron que el término Constitucional expresaba el interés del gobierno de dirigir la reforma y restringir la participación política. Se
Estudiantil Todavía Podemos Salvar a Colombia. Se identificaban con la segunda posición las organizaciones de izquierda, el Movimiento Estudiantil por la Constituyente y algunos dirigentes del conservatismo.
En medio de este debate el concepto de soberanía popular, entendido como sinónimo de democracia participativa, empezó a ocupar un lugar central en los debates políticos y jurídicos de 1990, debido a que todas las fuerzas políticas apelaban a la soberanía popular para legitimar su propuesta.
De otro lado, la soberanía popular también era el argumento político que facilitaba evadir la obligación constitucional de hacer cambios constitucionales exclusivamente en el Congreso2. Asunto sobre el cual se pronunciará favorablemente la Corte Suprema de Justicia.