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Fecha de vencimiento y amortización de los valores

III. Riesgos derivados de los activos que respaldan la emisión

4. INFORMACIÓN RELATIVA A LOS VALORES QUE VAN A OFERTARSE

4.9 Fecha de vencimiento y amortización de los valores

El precio de reembolso para los Bonos de cada una de las Series será de cien mil (100.000) euros por Bono, equivalentes a su valor nominal, libre de gastos e impuestos para el titular del Bono, pagadero progresivamente en cada Fecha de Pago, tal y como se establece en los apartados siguientes.

Todos y cada uno de los Bonos de una misma Serie serán amortizados en igual cuantía mediante la reducción del nominal de cada uno de ellos.

4.9.2. Vencimiento de los Bonos emitidos

El vencimiento final de los Bonos de todas las Series se producirá en la fecha en que estén totalmente amortizados o en la Fecha de Vencimiento Legal del Fondo, esto es el día 9 de noviembre de 2031 o Día Hábil siguiente sin perjuicio de que la Sociedad Gestora de conformidad con el apartado 4.4.3 del Documento de Registro proceda a amortizar la Emisión de Bonos con anterioridad a la Fecha de Vencimiento Legal del Fondo.

La última fecha de amortización regular de los Préstamos agrupados en la cartera titulizada es el 9 de mayo de 2028.

La amortización de los Bonos se realizará en cada Fecha de Pago, esto es, los días 18 de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año (o, en caso de no ser éstos Días Hábiles, el siguiente Día Hábil), de acuerdo con lo aquí establecido y con sujeción al Orden de Prelación de Pagos recogido en el apartado 3.4.6 del Módulo Adicional.

4.9.3. Características comunes a la Amortización de los Bonos de todas las Clases Saldo de Principal Pendiente

Se entenderá por Saldo de Principal Pendiente de los Bonos de una Serie en una Fecha de Pago, el Saldo de Principal Pendiente de reembolso de dicha Serie de Bonos antes de la amortización correspondiente a dicha Fecha de Pago.

Por agregación, el Saldo de Principal Pendiente de los Bonos será la suma de Saldo de Principal Pendiente de cada una de las Series que integran la Emisión de Bonos.

Saldo Pendiente de Vencer de los Préstamos

El Saldo Pendiente de Vencer de los Préstamos a una fecha determinada será la suma del capital o principal pendiente de vencer de los Préstamos en esa fecha, esto es sin considerar el capital o principal vencido y no ingresado al Fondo

.

Saldo Vivo Pendiente de los Préstamos

El Saldo Vivo Pendiente de los Préstamos a una fecha determinada será la suma del Saldo Pendiente de Vencer de los Préstamos en esa fecha y el capital o principal vencido y no ingresado al Fondo.

Saldo Vivo Pendiente de los Préstamos no Fallidos

El Saldo Vivo Pendiente de los Préstamos no Fallidos a una fecha determinada será la suma del Saldo Pendiente de Vencer de los Préstamos y el capital o principal vencido y no ingresado al Fondo de cada uno de los Préstamos no Fallidos a una determinada fecha.

Préstamos Fallidos

Se considerarán Préstamos Fallidos, aquellos Préstamos en los que:

(a) el Deudor haya sido declarado en situación de insolvencia, o

(b) la Sociedad Gestora considere, de acuerdo con la información facilitada por el Cedente, que no existe expectativa razonable de recuperación o reembolso, o en cualquier caso, cuando,

(c) el impago de cualquiera de los débitos vencidos se mantenga durante un periodo mayor de doce (12) meses ininterrumpido.

Cantidad Disponible para Amortizar e Importe Teórico de Amortización

En cada Fecha de Pago, con cargo a los Fondos Disponibles y en el (viii) (octavo) lugar en el Orden de Prelación de Pagos recogido en el apartado 3.4.6. del Módulo Adicional, se procederá a la retención de la Cantidad Disponible para Amortizar, cantidad destinada a la amortización de los Bonos de las Clases A, B y C en su conjunto y sin distinción entre Clases, siendo ésta la cantidad igual a la menor de las siguientes cantidades:

(a) El Importe Teórico de Amortización: esto es, la diferencia positiva en la Fecha de Pago en curso entre (A) la suma de (i) el Saldo de Principal Pendiente de los Bonos de las Clases A, B y C y (ii) los importes dispuestos y no reembolsados con cargo al Aval para el pago de principal de los Bonos A(G) en Fechas de Pago anteriores, y (B) la suma del Saldo Vivo Pendiente de los Préstamos no Fallidos correspondiente al último día del mes anterior al de la Fecha de Pago en curso; y

(b) Los Fondos Disponibles en esa Fecha de Pago, deducidos los importes correspondientes a los conceptos indicados en los apartados (i) (primero) a (vii) (séptimo) del Orden de Prelación de Pagos que se recoge en el apartado 3.4.6 del Módulo Adicional.

Déficit de Amortización

El Déficit de Amortización en una Fecha de Pago será la diferencia positiva, si existiera, entre:

(i) El Importe Teórico de Amortización; y

(ii) La Cantidad Disponible para Amortizar.

Fondos Disponibles para Amortización en cada Fecha de Pago

Los Fondos Disponibles para Amortización en cada Fecha de Pago serán los Fondos Disponibles en cada Fecha de Pago deducidos los importes correspondientes a los conceptos indicados en los apartados (i) (primero) a (vii) (séptimo) del Orden de Prelación de Pagos que se recoge en el apartado 3.4.6 del Módulo Adicional calculados en la Fecha de Determinación correspondiente.

Adicionalmente el Fondo dispondrá,

a) De la cantidad dispuesta por la ejecución del Aval del ICO que le fuere abonada hasta dicha Fecha de Pago, destinada a la amortización de la Serie A(G), conforme a lo descrito en el apartado 3.4.7.2 del Módulo Adicional.

b) La cantidad dispuesta en esa Fecha de Pago de la Línea de Liquidez, por el importe de la amortización del principal subsidiado de aquellos Préstamos cuyo principal no subsidiado esté al corriente de pago por los Deudores en la misma Fecha de Pago. Los importes dispuestos de la Línea de Liquidez irán destinados a la amortización de las Clases A, B y C.

4.9.4. Características específicas de la Amortización de cada una de las Clases o Series de Bonos

La amortización de los Bonos comenzará en la primera Fecha de Pago.

Distribución de los Fondos Disponibles para Amortización de las Series AS, A(G), B y C

La Distribución de los Fondos Disponibles para Amortización se realizará en cada Fecha de Pago de conformidad con las siguientes reglas:

Los Fondos Disponibles para Amortización se aplicarán en primer lugar a la amortización de la Clase A y al reembolso de los importes debidos al ICO por ejecuciones del Aval para la amortización de la Serie A(G) según el siguiente orden:

1º. Amortización del principal de los Bonos de la Serie AS.

2º. Amortización del principal de los Bonos de la Serie A(G) y reembolso de los importes debidos al ICO por ejecuciones del Aval para la amortización de la Serie A(G), una vez hubieran sido totalmente amortizados los Bonos de la Serie AS.

El importe de los Fondos Disponibles para Amortización aplicado en una Fecha de Pago a ambos conceptos (amortización del principal de los Bonos de la Serie A(G) y reembolso al ICO de los importes debidos por ejecuciones del Aval para la amortización de la Serie A(G)) se aplicarán de la siguiente forma:

(i) En caso de que se produzca un Déficit de Amortización en la Fecha de Pago en curso, en primer lugar a la amortización de la Serie A(G) y en segundo lugar, por el importe remanente si existiera, al reembolso al ICO de los importes debidos por ejecuciones del Aval para la amortización de la Serie A(G).

(ii) En caso contrario, en primer lugar al reembolso al ICO de los importes debidos por ejecuciones del Aval para la amortización de la Serie A(G) y en segundo lugar, por el importe remanente, a la amortización de la Serie A(G).

No obstante, se procederá a la amortización a prorrata de la Clase A en el caso de que en la Fecha de Determinación anterior a la Fecha de Pago correspondiente, la proporción entre (i) el Saldo Pendiente de Vencer de los Préstamos al corriente de pago y el Saldo Vivo Pendiente de los Préstamos con morosidad inferior o igual a noventa (90) días incrementado en el importe de los ingresos percibidos por el reembolso del principal de los Préstamos durante los tres (3) meses naturales anteriores a la Fecha de Pago, y (ii) el Saldo de Principal Pendiente de la Clase A incrementado en el saldo de los importes debidos al ICO por ejecuciones del Aval para la amortización de la Serie A(G), fuera inferior o igual a 1.

En este supuesto, en la Fecha de Pago correspondiente, los Fondos Disponibles para Amortización aplicados a la amortización de la Clase A y al reembolso de los importes debidos al ICO por ejecuciones del Aval para la amortización de la Serie A(G) se distribuirán conforme a las reglas siguientes:

(a) se asignarán a prorrata directamente proporcional (i) al Saldo de Principal Pendiente de la Serie AS, (ii) al Saldo de Principal Pendiente de la Serie A(G), incrementado en el saldo de los importes debidos al ICO por ejecuciones del Aval para la amortización de la Serie A(G).

(b) El importe asignado a los Bonos de la Serie A(G) y a los importes debidos por ejecuciones del Aval del ICO para la amortización de la Serie A(G), será aplicado de acuerdo a lo establecido en el orden 2º de este apartado.

Una vez hayan sido amortizados los Bonos de la Clase A en su totalidad se procederá a la amortización de los Bonos de la Serie B; y una vez hayan sido amortizados los Bonos de la Serie B en su totalidad, se procederá a la amortización de los Bonos de la Serie C en su totalidad.

No obstante lo anterior, incluso aunque no hubiese sido amortizada la Clase A (Series AS y A(G)) en su totalidad, los Fondos Disponibles para Amortización se aplicarán también a la amortización de la Serie B y/o de la Serie C en la Fecha de Pago que no sea la última Fecha de Pago ni la Fecha de Liquidación del Fondo y en la que se cumplan las siguientes circunstancias:

(a) Para proceder a la amortización a prorrata de la Serie B y de la Serie C:

i. Que no fuera de aplicación la amortización a prorrata de la Clase A, tal y como se establece anteriormente.

ii. Que en la Fecha de Pago actual, el Fondo de Reserva vaya a estar dotado en el Nivel Mínimo del Fondo de Reserva.

iii. Que en la Fecha de Determinación anterior a la Fecha de Pago correspondiente, el importe del Saldo Vivo Pendiente de los Préstamos no Fallidos sea igual o superior al 10 por 100 del Saldo Inicial a la constitución del Fondo.

(b) Para proceder a la amortización a prorrata de la Serie B, que en la Fecha de Determinación anterior a la Fecha de Pago correspondiente:

i. El Saldo de Principal Pendiente de la Serie B sea igual o mayor a 8% del Saldo de Principal Pendiente de la Emisión de Bonos, exceptuando la Clase D, incrementando en el saldo de los importes

debidos por ejecuciones del Aval del ICO para la amortización de la Serie A(G) .

ii. La suma del Saldo Vivo Pendiente de los Préstamos no Fallidos que se encontraran en morosidad con más de noventa (90) días de retraso en el pago de importes vencidos no exceda del 1,25% del Saldo Vivo Pendiente de los Préstamos no Fallidos.

(c) Para proceder a la amortización de la Serie C que en la Fecha de Determinación anterior a la Fecha de Pago correspondiente:

i. El Saldo de Principal Pendiente de la Serie C sea igual o mayor al 6% del Saldo de Principal Pendiente de la Emisión de Bonos, exceptuando la Clase D, incrementado en el saldo de los importes debidos por ejecuciones del Aval del ICO para la amortización de la Serie A(G).

ii. La suma del Saldo Vivo Pendiente de los Préstamos no Fallidos que se encontraran en morosidad con más de noventa (90) días de retraso en el pago de importes vencidos no exceda del 1% del Saldo Vivo Pendiente de los Préstamos no Fallidos.

En caso de ser de aplicación en una Fecha de Pago la amortización de la Serie B y/o de la Serie C, según lo previsto anteriormente respecto a la amortización a prorrata de las Series B y C, los Fondos Disponibles para Amortización se aplicarán también a la amortización de la Serie B y/o de la Serie C de modo tal que el Saldo de Principal Pendiente de la Serie B o de la Serie C con relación a la suma del Saldo de Principal Pendiente de la Emisión de Bonos, excepto la Serie D, se mantenga, respectivamente, en el 8% o en el 6%, o porcentajes superiores a éstos lo más próximos posibles.

Amortización de la Clase D

Se amortizará en cada una de las Fechas de Pago en una cantidad igual a la diferencia positiva entre el Saldo de Principal Pendiente de la Clase D a la Fecha de Determinación anterior a la Fecha de Pago correspondiente y el importe del Nivel Mínimo del Fondo de Reserva requerido, definido en el apartado 3.4.2.2 del Módulo Adicional a la Nota de Valores, en dicha Fecha de Pago.