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Forma Societaria

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5.1. Estudio Legal

5.1.1 Forma Societaria

a) Actividades

Se analizaron diferentes formas societarias y de acuerdo a los intereses del proyecto; hemos decidido utilizar la forma societaria de Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C), el cual estará conformada por cinco accionistas. Decidimos elegir esta sociedad, ya que los accionistas mantienen el desarrollo de esta actividad económica bajo el control de pocas personas.

Para lo cual nos regiremos al marco legal peruano, es decir, seguir las normas y procedimientos que señala la Ley General de Sociedades 26887. Para que la sociedad se constituya y empiece a funcionar, es fundamental formalizar la entrega del capital propio que se integrará por las aportaciones de los accionistas de la empresa en constitución. Las razones de esta elección serían básicamente las siguientes:

 Elegimos ser una Sociedad Anónima Cerrada con la finalidad tener el control y la propiedad de la empresa ya que somos los primeros accionistas y en el caso que alguno de nosotros quiera vender sus acciones a un tercero, los otros socios ejercerán el derecho de preferencia.

 Es una figura más dinámica y recomendable para una empresa de envergadura pequeña o mediana, pues permite a los accionistas socios participar en forma activa y directa en la administración, gestión y representación social.

 La Sociedad Anónima Cerrada se constituye por la Junta General de Accionistas, Directorio Facultativo y Gerencia General.

 La SAC no tiene acciones inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores. Es posible que en su estatuto se establezca un Directorio facultativo, es decir que cuente o no con uno; y pueda contar con una auditoría externa anual si así lo pactase el estatuto o los accionistas.

 Protección del patrimonio personal de los accionistas frente al patrimonio del negocio y sus riesgos. En un negocio siempre hay un nivel de riesgo donde las cosas pueden ir mal, al constituir una persona jurídica se puede delimitar claramente cuál es el patrimonio que está sujeto a esos riesgos, patrimonio que sus acreedores podrían ejecutar, pero sin tocar el patrimonio personal.

 En el caso de que ninguno de los accionistas desee adquirir dichas acciones, estos deberán dar la aprobación para vendérselas a un tercero.

 Mayor credibilidad y presencia en el mercado. Las personas esperan hacer negocios con empresas constituidas como personas jurídicas y las prefieren frente a las personas naturales dado que hay una percepción de permanencia en el tiempo que va más allá de los percances que pueda tener una persona natural y proyecta de esta manera la imagen de ser una organización estable y no improvisada.

 Mejor acceso a las entidades bancarias y de crédito. Los bancos y financieras siempre esperan que las empresas estén constituidas en forma de personas jurídicas y por ello hay más facilidad para acceder a sus productos crediticios.

 Existencia de ventajas tributarias. Si bien como persona natural y sin constituir ninguna persona jurídica se puede tener acceso a todas las ventajas tributarias de la ley, el tener una persona jurídica permite acreditar con mayor facilidad el derecho a gozar de las mismas al tener el patrimonio personal separado claramente del negocio.

 En el Perú, si bien la información de las personas que son socios de una persona jurídica es una información que se puede obtener, lo cierto es que se tiene un relativo anonimato que hoy en día, por temas de seguridad personal y familiar, puede ser muy importante.

 Si no se constituye una S.A.C., persona jurídica, los socios deben regular todos los aspectos de su relación. En cambio, al tener una persona jurídica ya existe una regulación general dada por la ley que le facilita regular la relación entre los socios.

 Mayor estabilidad del negocio. Cualquier incapacidad o incluso muerte de los socios no la afecta, pues la sociedad tiene existencia más allá de la situación personal de los socios.

 Mayor control sobre las decisiones que se tomen en el negocio. Al tener constituida una sociedad se evita el riesgo que alguno de los socios tome decisiones unilaterales que afecten el negocio, dado que en los estatutos de constitución de la sociedad usted regulará quienes son los autorizados a tomar las decisiones a nombre de la empresa.

 Fácil transferencia de la propiedad, pues se transfieren acciones que son los documentos que acreditan la participación de la sociedad.

Para constituir una empresa se debe contar previamente con un perfil o proyecto de la inversión técnicamente viable y financieramente rentable. Teniendo ello, ahora se afronta el problema del denominado “papeleo”, necesario para poder comenzar a operar sin tener problemas con ninguna autoridad municipal, administrativa o tributaria. Entre las modalidades de constitución comercial de empresas, reconocida por la Ley de Sociedades Mercantiles, la más adecuada es la modalidad de Sociedad Anónima Cerrada, porque la responsabilidad está “repartida” en varios socios y los proveedores.

Constitución de la empresa:

1. Se debe buscar un nombre para la empresa que no sea existente, para lo cual se verificará en Registros Públicos. Una vez, confirmado de que no haya nombres iguales, se realiza una reserva en un plazo de 30 días. En este caso el nombre elegido por los accionistas es “EMPA S.A.C.”.

2. Se elaborará la Minuta, redactada por un abogado, en el cual se incluirán los datos de los socios, sea nombres, apellidos, DNI y su aportación a la empresa.

3. Procedimiento de la Escritura Pública. 4. Inscripción en Registros Públicos.

5. Inscripción en la SUNAT, para obtener la personalidad jurídica y el número de RUC.

6. Obtener la autorización para la impresión de los comprobantes de pago.

7. Comprar y legalizar libros contables, dependiendo del régimen tributario al cual se halla dirigido la empresa.

8. Acudir a la Municipalidad para solicitar la Licencia de Funcionamiento Municipal respectiva en el respectivo distrito en donde va a estar ubicado el negocio.

Órganos de la empresa:

 La junta general de accionistas, que vienen a ser todos los accionistas.

 Gerente y/o administrador de la empresa que será designado como parte de los accionistas de la sociedad.

Nuestra razón social de la empresa será: EMPA S.A.C., la cual estará conformada por cinco (05) accionistas quienes aportarán un mismo monto para dar inicio a las operaciones de la nueva empresa. Los accionistas son los miembros del JGA (Junta General de Accionistas), y tendrán como función revisar y aprobar o desaprobar las

decisiones que el Gerente General y/o administrador plantee en pro de la empresa, estas cinco (05) personas naturales son residentes de la ciudad de Lima Metropolitana.

El capital (representado en acciones) será distribuido de manera equitativa, a cada uno le corresponderá el 20%, de igual forma en el caso de las acciones (20% cada uno). El capital social, suscrito y pagado será de S/. 150,000.00 (ciento cincuenta y 00/100 nuevos soles), representado por 150,000 acciones nominativas con derecho a voto de un valor nominal de s/. 1.00 (Un y 00/100 soles) cada una íntegramente suscritas y pagadas en partes iguales. La participación de los accionistas está representada en el siguiente cuadro:

Tabla 1. Participación de accionistas (en S/. y %)

Socio Participación (%) Participación (S/.)

Caroll Candy Dolores Farfán 20.00% S/. 28,000

María Estefany Arrisueño Silva 20.00% S/. 28,000

Marita Enith Baquerizo Vargas 20.00% S/. 28,000

Pedro Carlos Huillca Canales 20.00% S/. 28,000

Cesar Juniors Juarez Chunga 20.00% S/. 28,000

Total Aporte S/. 140,000

Fuente: Elaboración Propia

b) Valorización

Tabla 2. Valorización de la constitución societaria (S/.)

Actividades Detalle Demoras Costo (S/.)

Búsqueda y reserva del Nombre SUNARP 30 días S/. 28.00

Constitución de Minuta NOTARIA 5 días S/. 650.00

Generar RUC

SUNAT - CLAVE

SOL 1 día S/. -

Inscripción de Minuta y Testimonio SUNARP 30 días S/. 180.00

Libros Contables RC - RV - DIARIO 1 día S/. 90.00

Legalización de libros NOTARIA 2 días S/. 200.00

Gasto administrativo interno para el

RUC VIATICOS 1 día S/. 20.00

Total

S/.

1,168.00

Fuente: Elaboración Propia

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