En el país vasco, la lucha por el respeto al trabajador ha sido constante siendo que el movimiento obrero y el sindicalismo han desempeñado un papel central en la historia de la humanidad, tal como lo es la Guerra Civil de 1848-1850, la Comuna de París de 1871, el Frente Popular en 1936, y la huelga general110.
La Administración Francesa busca un principio de igualdad de trato a los miembros de cualquier cuerpo de funcionarios, colocándose en una posición estatutaria de ascenso, con derechos y obligaciones, siendo estos derechos
109 http://www.eurocop.org/about-eurocop.html
110 Javier Aguilar, Francisco et al, Globalización, Política neoliberal y tasa sindical en Estados Unidos, Canadá, México, Reino Unido, Francia y España: 1980-2008, ed. Plaza y Valdés, México, 2010, p. 213
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funcionales para el desempeño de sus objetivos111; estos trabajadores, como ejemplo, tienen protección plena a sus vacaciones anuales, licencias por enfermedad o a las autorizaciones especiales por ausencia para cumplir un mandato público o sindical112.
La libertad de asociación francesa ha sido notoria en su evolución. Inicialmente la Ley del 21 de marzo de 1884, autorizó la libertad de asociación a los sindicatos, la cual no era aplicable a los funcionarios (CE del 13 de enero de 1922, Boisson y Sindicato de Agentes de Contribuciones Indirectas, Rec. CE. 37: asociación declarada nula). Posteriormente la Ley del 1º de Julio de 1901 permitió, sin embargo, agruparse en asociaciones declaradas para garantizar la defensa de sus intereses (CE del 11 de diciembre de 1908, Asociación Profesional de Empleados Civiles del Ministerio de colonias, Rec. CE 1016, concl. De Tardieu), y por último la Ley del 19 de octubre de 1946113, en donde específicamente en su numeral 6º y
en el preámbulo de la Constitución de ese mismo año, consagran el derecho sindical como derecho reconocido a todo funcionario114.
111 Mismos que aplican al policía francés.
112 Maurin, André, Derecho Administrativo Francés, ed. Porrúa México, México, 2004, p. 244 113 El artículo 34 de la Constitución Francesa de 04 de Octubre de 1958, habla de la facultad de la ley de normar en temas de derecho laboral, derecho sindical y de la seguridad social.
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Los policías al respecto, pueden crear libremente organismos sindicales, adherirse y ejercer mandatos, así como litigar ante los tribunales respectivos en defensa de sus derechos (artículo 8 de la Ley del 13 de julio de 1983)115. Otro ejemplo de ello es el decreto 82-447 del 28 de mayo de 1982, mediante el cual facilita el ejercicio del derecho sindical policial, permitiéndoles las reuniones estatutarias de información al interior de los edificios administrativos fuera de las horas de servicio116.
Respecto a las licencias, existen licencias por enfermedad ordinaria, mismas que deberán ser constatadas; licencia por enfermedad prolongada, la cual requiere el ingreso de sueldo y de cuidados prolongados; la licencia de larga duración, adquirida en el ejercicio de sus funciones117; licencia por maternidad o adopción, con el sueldo previsto por la legislación sobre seguridad social; licencia de acompañamiento a una persona hasta el fin de
su vida; licencia por formación profesional, mismo que se resalta ya que es
otorgado para el mejoramiento y perfeccionamiento del servidor en el desempeño de sus funciones; licencia de formación de movilidad, acordada por un término de seis meses a los funcionarios que deseen ejercer nuevas funciones en otro cuerpo118 y la licencia por formación sindical, importante
derecho que crea protección a la conformación de su lucha social, derechos
115 Ídem
116 Ídem
117 Este debería de ser un ejemplo claro para el legislador mexicano, ya que el policía constantemente está expuesto a cualquier riesgo por el desempeño de su servicio.
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que, como se dijo en reiteradas ocasiones, van acompañados indiscutiblemente con “la obligación de servir”119.
La Ley de 9 de julio de 1966 nombra a la Policía Nacional como el cuerpo encargado de la seguridad nacional en el país, cuya sede nacional es en París. Como sus principales funciones se encuentran la seguridad, gestión de la migración, la inmigración ilegal, delincuencia organizada, delitos graves y las drogas, amenazas externas, terrorismo y orden público, todo el personal y los funcionarios se dividen en cinco cuerpos120:
1. Comisionados de Policía
2. Policía uniformada - La Policía de paisano 3. Oficiales de Paz - Oficiales de Policía
4. Oficiales de la policía y fuerzas de paz – Investigadores 5. Administrativa, técnica y científica
Actualmente los miembros de la “Police Nationale” o Policía Nacional Francesa, tiene como medio de organización en defensa de sus derechos laborales al “Syndicat des Cadres de la Sécurité Intérieure”121, misma que se encuentra conformada justamente por miembros de seguridad nacional, y
que consta de una oficina nacional y secretarios zonales de los demás
119 “Los funcionarios consagran la integridad de su actividad profesional a tareas que le son confiadas” (artículo 1 al 25, ley del 13 de julio de 1983)
120 http://www.police-nationale.interieur.gouv.fr/ 121 http://scsi-pn.fr/
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sindicatos nacionales, primordialmente con el fin de desempeñar su servicio de la mejor manera posible. Este cuerpo está abierto a todos los rangos de oficiales y comisarios de policía, cuyos fines a seguir son:
• La libertad de pensamiento, libertad de opinión política.122
• Respeto a los valores republicanos.
• Libertad e independencia para la defensa seria de los Oficiales y Comisarios de Policía que la integran.
• Alta responsabilidad en el encargo conferido.
Por ello, se conforma una realidad en que el Estado Francés ha procurado en todo momento respetar el espíritu que marcó la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, siendo el garantizar los derechos humanos sin distinción más que la utilidad común, pero siempre en beneficio para todos.