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CRITERIOS DE CONSTRUCCION DE UN SERVICIO DE ONCOLOGIA

B2 ALIVIO DEL DOLOR

B. AGUA POTABLE CALIENTE.

2.4. GASES CLINICOS.

En todas las Salas de exámenes y tratamiento de pacientes de las Unidades de Oncolo- gía Médica y de Radioterapia, se instalarán tomas de Oxígeno y Vacío que se conecta- rán a la red del establecimiento. A estos Gases Clínicos se agregará, en las Salas que se indican en los planos, tomas de Aire Comprimido. Se ejecutarán según las normas vigentes en esta materia, emanadas por la Norma Chilena y la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. En particular se hace referencia a las normas chilenas INN NCh Nº 2196 y NCh Nº 2168 Of. 91.

Como alternativa se pueden utilizar equipos móviles.

2.5. SEGURIDAD.

El Servicio de Oncología en su conjunto deberá cumplir con la normativa vigente en lo que se refiere al cálculo sismorresistente y seguridad contra incendios contenidas en la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización y normas de seguridad del INN. Es importante tener presente lo ya mencionado en los Capítulos referidos a Obra Grue- sa y Tabiques divisorios respecto a seguridad y estanqueidad.

El Servicio de Oncología deberá presentar condiciones físicas que, globalmente, ofrez- can seguridad, tanto para el personal y pacientes así como para el equipamiento involucrado.

Las condiciones físicas relativas a la construcción, habitabilidad, instalaciones y equipamiento sólo adquieren su real dimensión como factores de seguridad si se com- plementan con una capacitación y ejercitación frente a casos de emergencia.

El personal deberá ser entrenado en acciones de evacuación rápida y ordenada, así como en técnicas apropiadas de manejo de emergencias. (Cortar equipos en funciona- miento, salvaguardar agentes químicos de una eventual explosión o inflamación, res- cate de compañeros comprometidos en situaciones críticas, etc.).

2.5.1. Pasillos y vías de escape.

Los pasillos de circulación principales y vías de evacuación tendrán un ancho mínimo de 2.40 m., medidos entre paramentos de columnas, si las hubiere, u otros elementos salientes de la construcción. Esta dimensión permitirá el tránsito, en ambos sentidos, de pacientes en cama o camilla y personal de apoyo.

Estas vías de evacuación deberán tener señalización de evacuación con su respectiva señalética e iluminación de emergencia; presentar materiales, en lo posible, incombustibles, sin elementos que pudieran presentar riesgos de volcamiento en casos de emergencia o desastres naturales.

Las puertas de evacuación de estos pasillos tendrán un ancho mínimo recomendado de 1.60 m., de dos hojas que abrirán hacia afuera.

Los pasillos interiores secundarios, dentro del Servicio, tendrán un ancho sugerido de 2.20 metros, lo que permitirá el paso de camillas y sillas de ruedas.

El Servicio debe contar con una salida de emergencia. Las puertas de salida pueden conducir al exterior del edificio o a una vía de evacuación protegida, o sea, que cuente con muros colindantes de características asísmicas y resistencia mínima al fuego F-60 o una vía de evacuación mayor (la del Hospital) con direcciones alternativas de salida.

El recorrido de la evacuación, desde cualquier punto, no deberá exceder los 40 metros, en la hipótesis de que una de las salidas alternativas esté bloqueada, por un incendio u otra circunstancia.

Deberá existir trabes y destrabes automáticos en las puertas antifuego. Esta tendrán un ancho mínimo de 2.00 metros con hojas de 1.00 metro cada una, con giros de apertura divergentes.

2.5.2. Seguridad contra incendios.

a. Condiciones Generales.

Se deberá observar estrictamente la Ordenanza General de Construcciones y Urbaniza- ción, Título II, Capítulo VIII "De las Condiciones de Seguridad Contra Incendios"; el Re- glamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, Párrafo III: "De la Prevención y Protección Contra Incendios" y el Manual de Normas Técnicas para la Realización de Instalaciones de Agua Potable y Alcantarillado".

El propósito de las condiciones de protección contra incendios es: Reducir al mínimo el riesgo de incendio.

Evitar la propagación del fuego, tanto al resto del edificio como desde un edificio a otro.

Facilitar el salvamento de los ocupantes de los edificios en caso de incendio. Facilitar la extinción de los incendios.

Las medidas y técnicas de prevención de incendios, defensa y aislamiento que se adop- ten, deberán considerar todos y cada uno de los recintos del Servicio.

Si el Servicio tuviese una superficie igual o superior a 500 m2., se deberá tratar como un bloque estanco de las demás dependencias del Hospital y deberá contar para ello con muros cortafuego, que se detallan más adelante, cuya resistencia se ajustará a lo indicado en el cuadro de "Resistencia al Fuego Requerida Para los Elementos de Cons- trucción que se Señalan, Según el Tipo de Edificio", capítulo VIII de la OGCU, para edificios destinados a salud (clínicas y hospitales).

Existen algunas medidas de diseño arquitectónico para fachadas de edificaciones hos- pitalarias que puedan ayudar a crear condiciones de defensa contra incendios o, en casos críticos, facilitar la evacuación alternativa de sus ocupantes.

Se deben evitar elementos de fachada que puedan crear un efecto de chimenea en caso de incendio, o que puedan impedir maniobras de salvataje desde el exterior de los edificios, tales como parasoles, quiebravistas, etc.

Es conveniente, por otro lado, que las fachadas de los edificios cuenten con elementos que puedan actuar como deflectores de llamas o protejan a los pisos superiores de la propagación de llamas.

Elementos de este tipo sirven, además, como plataformas para maniobras de rescate (jardineras, aleros, etc.)

Dada la necesidad de preservar este Servicio, de carácter crítico, de eventuales siniestros de fuego o para aislarlo del resto del Hospital en caso de generarse un foco en su interior, es necesario considerar el Servicio de Oncología como un sector estanco mediante el uso de muros cortafuegos, con un índice de resistencia de 60 minutos. (Clasificación R60) Los muros cortafuegos deberán continuar como tales en el entretecho, en caso que el Servicio de Oncología esté ubicado en un cuerpo de edificio de un piso. En este caso podrán considerarse tabiques de planchas de cartón yeso hidroresistente que cumplan con los índices aceptados de resistencia al fuego. Estos muros requieren de puertas cortafuegos de calidad certificada e instalación con todos sus accesorios (cerradura antipánico, retentores magnéticos, conexión a la Central de Alarma del Hospital). En caso de detección de humo o calor excesivos, mediante dispositivos sonoros o lumi- nosos que activan la Central de Alarma, ésta, automáticamente acciona los retentores magnéticos cerrando las puertas contra incendios, cortando los dispositivos de inyec- ción de aire acondicionado y accionando los sistemas de alarma acústica y lumínica, de señalización de emergencia y lámparas autoenergizadas.

Habrá un sistema de presurización del aire en áreas protegidas para evitar la presencia de humo en cajas de escala y vías de escape.

El sistema de protección será independiente de los sistemas de aire acondicionado y de los ductos del resto del establecimiento y estará, necesariamente, conectado al circuito de emergencia del establecimiento.

El Servicio completo deberá contar con un sistema de protección de incendios que, idealmente, debiera abarcar todo el Hospital.

El Servicio deberá contar con un sistema automático para detectar oportunamente cualquier principio de incendio y un sistema de alarma que permita alertar a los usua- rios en forma progresiva y zonificada.

Este sistema deberá tener detectores, al menos, en los siguientes recintos: Bodegas de Insumo.

Recintos de Aseo. Vías de Circulación. Area Administrativa. Salas de Estar Personal.

Lugares que, eventualmente, puedan contener una carga combustible y contar con poca vigilancia.

Para la especificación y ubicación de redes húmeda y seca se deberá respetar la regla- mentación indicada. En todo caso, en aquellos sectores donde se deba instalar dispo- sitivos de red húmeda, éstos contarán con mangueras semi rígidas.

b. Extintores.

Se dispondrá extintores en forma tal que, en un recorrido no superior a 25 metros, desde cualquier punto del Servicio, y por recorridos usuales de tránsito, puedan ser utilizados en caso de emergencia.

Se recomienda emplazarlos de manera que sean fácilmente accesibles a cualquier per- sona a una altura máxima de 130 centímetros medidos desde el suelo y, por otra parte, de modo tal que no entorpezcan una circulación expedita.

Se elaborará un estudio que permita seleccionar los tipos de agentes extintores para cada tipo de fuego, dependiendo del área tratada. En las áreas donde existan equipos de alto valor, el agente extinguidor elegido no debe producir daños residuales en ellos.

c. Pulsadores de alarma de incendio.

Si el Servicio está emplazado en un Hospital dotado de alarma centralizada, dispondrá de pulsadores de alarma de incendio, de forma que no sea preciso recorrer más de 25 metros desde cualquier punto susceptible de normal ocupación, para alcanzarlos. Estos pulsadores se instalarán a una altura, medida desde el piso, que no sobrepase los 100 centímetros, para permitir ser accionados, eventualmente, por personas discapacitadas.

3. CONDICIONES DE HABITABILIDAD.