• No se han encontrado resultados

3.5 Desarrollo del cuerpo central

3.6.2 Impacto jurídico

Todos los daños al ambiente repercuten en la vida de los habitantes, con un grave impacto social; viéndose obligados a buscar otras fuentes de agua para subsistir y se generan conflictos entre la población que trabaja en minería ilegal y los habitantes que reciben los impactos directos de la contaminación; en el Cantón San Lorenzo de Esmeraldas, la selva ha sido por décadas el hogar de muchos habitantes nativos, para quienes las aguas de los ríos de los cantones San Lorenzo y Eloy Alfaro proveían alimentación y sustento; esta convivencia del hombre con su entorno fue alterada gravemente en los últimos años, debido al surgimiento en la zona de la minería ilegal; por esta causa, un entorno rico en recursos ha sido destruido, afectando gravemente no solo al ecosistema, sino sobre todo a la salud de los habitantes y ha generado mecanismos de explotación laboral, bajo promesas engañosas.

62 3.7. Conclusiones parciales del capítulo

 El Ecuador es un país con una vasta experiencia de desastres ambientales, en donde a medias se ha logrado una recuperación del entorno dañado y una nula reparación de los problemas ocasionados, permitiendo que las personas naturales y jurídicas, que son responsables de estos hechos, salgan impunes y se permita que sigan ocurriendo sin el más mínimo control.

 La explotación irracional de nuestros recursos, ha generado pobreza, hambre, miseria, desolación, desertificación de sus suelos, contaminación de sus ríos, de sus vertientes de agua; pérdida de sus identidad cultural, social, desintegración familiar, alteración de sus ciclos de vida. Esto conlleva a la destrucción de las cadenas de interdependencia y al aplastamiento de las singularidades, produciendo un desequilibrio en la naturaleza. Las compañías trasnacionales son las únicas beneficiadas se han aprovechado llevándose toda la riqueza natural existente.

 Los ingresos de las regalías o de las entradas de los impuestos por la actividad minera no se revierten en obras de infraestructura y desarrollo para las comunidades de estos sectores, que son los más afectados, debe devolverse una gran parte de estos ingresos para remediar el daño causado.

63 CONCLUSIONES GENERALES

 Al realizar la investigación de campo hemos podido constatar que a las mineras les hace falta utilizar un sistema ordenado y técnico en la explotación de los yacimientos auríferos, se incumplen ciertas medidas de seguridad y de un plan de manejo ambiental; en la producción de esta actividad se debe observar y tomar muy cuenta las medidas de precaución, para evitar en lo posible la destrucción indiscriminada del ecosistema y el daño irreversible que se ocasiona a la salud de las personas.

 Las empresas concesionarias de producción minera tanto a pequeña, mediana y gran escala, no asumen con responsabilidad consiente y legal la explotación de los recursos mineros, no les importa en lo absoluto destruir la naturaleza; ellos son las causantes de la contaminación del agua, del suelo y del aire y de las enfermedades degenerativas que se derivan de la mala práctica minera, que lo único que les interesa son los réditos económicos lucrarse de esta actividad y nada más.

 En lo referente a las garantías a las personas a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza, así consta en la Constitución de la República, pero en la realidad no se cumple con este precepto constitucional, ya que por la mala práctica minera se contamina el medio ambiente en forma descontrolada a causa de una explotación minera irresponsable.

 La extracción ilegal del oro en el Cantón San Lorenzo ha generado que pocas personas se enriquezcan y la mayoría sean explotadas en sus actividades rusticas de la minería, la extracción clandestina del oro, sin el debido control y regulación de las autoridades genera problemas a la salud de las personas, daños ambiental y al Estado repercute en su patrimonio, es decir, evasión tributaria y criminalidad social.

64 RECOMENDACIONES GENERALES

 Como garante del desarrollo sustentable, el Estado, a través de los organismos correspondientes debe monitorear y auditar los sectores de explotación minera y exigir a estas empresas que deben presentar un estudio de mitigación sobre impacto ambiental y controlar para que esto se cumpla, con el fin de preservar la naturaleza y la salud de las personas.

 Se sugiere que el Estado adopte políticas ambientales con la finalidad de preservar la biodiversidad del ecosistema, para reducir los índices de contaminación ambiental, mediante programas de concienciación a través de los medios de comunicación hablados y escritos públicos y privados y en todos de las instituciones y organismos se adopte esta educación informativa para que llegue a la mayor parte de los sectores.

 Que el Estado a través de sus autoridades, representantes, entidades, funcionarios u organismos, para que desarrollen políticas mineras y medioambientales preventivas, para que de esta manera se tomen las medidas de control y auditoria necesarias y oportunas, para mejorar el sistema de producción de la actividad minera responsable, con lo que se reduciría, con esto, se logre bajar los altos índices de contaminación.

 Recomendamos al Gobierno actual, se preocupe por las personas dedicadas a la minería artesanal, en asesoramiento del desempeño legal en su actividad minera y a los Gobiernos Autónomos Descentralizados colaboren con el asesoramiento y buena marcha de la actividad minera en la Provincia de Esmeraldas.

BIBLIOGRAFÍA

Angulo, M. (2011). Manual Práctico de Derecho Ambiental. Quito: Primera Edición. Astudillo, C. (2000). Historia de la Mineria Orence. Quito: Abya Yala.

Barreras, A. (2011). La Contaminación Ambiental un Problema Nacional. Bogotá: Temis. Barreto, M. (2007). Formalización de la minería en pequeña escala 2n América Latina.

Lima: Gema.

Bastián, B. (2011). Para extraer un solo gramo de oro se requieren mil litros de agua.

Bogotá: Primera Edición.

Benavides, M. (2013). Delitos ambientales que se pagan con penas. La Hora, pág. 1. Brañes, R. (2013). El derecho para el desarrollo sostenible. Quito: Abya Yala.

Bustos, A. (2003). El comercio de emisiones de gases de efecto . Madrid: Primera Edición. Camacho, R. (2010). Desarrollo Sostenible del Ecuador y la Conservación de su Medio

ambiente. Quito: Abya Yala.

Carmona, M. d. (2011). Derechos en relación con el medio ambiente. México: Primera Edición.

Chávez, E. (2013). La minería en el Ecuador. Quito: Ediciones Cevallos. Chávez, J. (2011). La explotación minera en Ecuador. Quito: Primera Edición. Chávez, R. (2011). América Latina y sus desafíos. Bogotá: Nuevos tiempos. Cuadra, W. (2011). Minera Metallica. Santiago: Resources Chile Ltda.

Cueva, L. (2010). Acción Constitucional Ordinaria de Protección en acción minera. Quito: Empresdane Gráficas Cía. Ltda.

Franco, Y. (2003). Efectos sobre el crecimiento económico y la calidad ambiental. Madrid: Universidad Complutense de Madrid .

Galarza, L. (2010). Legislación Ambiental del Ecuador. Cuenca: Primera Edición. Galindo, G. (2013). Incendios Forestales. La Hora.

Gallegos, M. (2013). Legislaciones. Quito: Primera Edición.

García, J. (2013). La explotación minera en el Ecuador. Revista Jurídica.

González, F. (2012). Conclusiones finales de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible

de Johannesburgo. Revista judicial.

Granda, D. (2013). Evolución del Derecho Ambiental Internacional. Revista Judicial. Huanca, C. (2010). Minería en Bolivia. La Paz: Primera Edición.

Jijón, P. (2010). Impacots en la mineria en el Ecuador. Quito: Primera Edición.

Martínez, M. (2013). La normativa minera en Colombia. Bogotá: Fundación Foro Nacional por Colombia.

Medina, G. (2007). Situaión de la minería artesanal . Lima: Primera Edición.

Morales, M. (2013). El Derecho Ambiental en el Ecuador. Quito: Corporación Ecolex. Oyarzun, J. (2009). Minería y Recursos Hídricos en Chile. Santiago: La Serena.

Pico, G. (2012). Resumen de convenios, protocolos y foro sobre el Medio Ambiente. Revista jusdicial.

Rivadeneira, S. (2012). Procesos y sanciones en caso de infracciones ambientales. Quito: Fundecol.

Tapia, L. (2012). Ecuador prioriza el cuidado ambiental en la explotación minera. Revista Judicial.

DICCIONARIOS

 CABANELLAS, Guillermo. (2008). Diccionario Jurídico. Editorial Heliasta. Edición Argentina Buenos Aires. Tomo Cuarto.

 DICCIONARIO JURÍDICO NACIONAL. (2003). Primera Edición, Editorial Distribuidora Jurídica Nacional. Quito, Ecuador.

CUERPOS LEGALES

 Constitución de la República del Ecuador. Editorial Corporación de Estudios y Publicaciones. Quito Ecuador

 Tratados y convenios internacionales

 Código Orgánico Integral Penal Editorial Corporación de Estudios y Publicaciones. Quito Ecuador

 Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional  Ley de Minería

ANEXOS

ANEXO 1 PERFIL

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO

PERFIL DE TESIS PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA

TEMA:

“IMPORTANCIA DE LA NORMATIVA AMBIENTAL EN LAS ACTIVIDADES EXTRACTIVAS DE ORO EN EL CANTÓN SAN LORENZO”

AUTORA: RIERA CORTEZ VANESSA TATIANA ASESOR: Dr. CHAMORRO VALENCIA DIEGO XAVIER

1.- TEMA: “IMPORTANCIA DE LA NORMATIVA AMBIENTAL EN LAS ACTIVIDADES EXTRACTIVAS DE ORO EN EL CANTÓN SAN LORENZO”

2.- DESARROLLO

2.1.- Antecedentes de la investigación

Este tema ha sido investigado por varios autores a nivel nacional e internacional por cuanto es de gran importancia al determinar que la explotación de minerales o denominada minería; es pues una de las prácticas más antiguas de la humanidad; ancestralmente, se conocía como minería a la extracción de rocas las cuales con la evolución del hombre se fue dándole la forma para la creación de herramientas las misma que serían empleadas para la extracción de oro.

La minería de superficie se remonta a épocas aún mucho más remota. Hoy en día, la práctica extractiva de la minería que pasó de lo “más rudimentario a lo más sofisticado” se ha convertido en el fundamento de la economía humana, de hecho, todos los materiales empleados por la sociedad moderna se obtienen de la minería, o en un defecto requieren productos mineros para su proceso de manufactura. Incluso puede afirmarse, que, si un material de fabricación no procede del reino vegetal, entonces es que procede del reino mineral.

Si tomamos en consideración nuestra constitución de la república del Ecuador 1998 en sus artículos pertinentes habla sobre la protección de los derechos de la naturaleza enmarcándose principalmente en las garantías Constitucionales de la Naturaleza.

Alejandro Martínez Estrada (2003) afirma: "La minería es la acción económica, comercial e industrial con base en la explotación y extracción de la riqueza mineral que se encuentra en el suelo y subsuelo, para cuyo efecto existen las minas y las explotaciones mineras." (Martínez, 2003, pág. 67)

Al tomar en cuenta el criterio de Martínez Estrada se puede rescatar que si bien es cierto la minería ilegal ha creado una fuente económica desde sus antepasados hasta la actualidad beneficiando así a los jefes mineros como a los trabajadores de minas y sus familias creando un comercio interno y externo con la compra y venta del mineral sustraído del suelo como lo es el oro.

El Diccionario de la Lengua Castellana (1854) dice: "Minería es la acción por la cual se cava en la tierra con el fin de extraer los metales o minerales que en ella existen siendo ayudados por maquinaria pesada y por mano de obra humana."

Tomando en cuenta el criterio del diccionario de la lengua española se puede observar que hace una reseña histórica a cerca de la minería, la cual era realizada con la mano del hombre con instrumentos como bateas hechas a base de madera, un pico para poder escavar la tierra, mates en los cuales se lava el oro para separarlo de la tierra y arena, y que hoy en día con la gran ambición del hombre por crear su propia economía se ha empleado la maquinaria como son las retroexcavadoras para extraer los minerales a grandes profundidades.

Juan Luis Ossa Bulnes aclara que: "La minería es una complejo conjunto de operaciones cuyo objeto es buscar, extraer y procesar las sustancias minerales que ofrecen interés económico" (Ossa, 2010, pág. 56)

Si bien es cierto la minería es un conjunto de operaciones ya que para la realización de la extracción de los yacimientos que se encuentran en el suelo es necesario pasar por un sin número de procedimientos como lo son en primer plano la contratación de trabajadores mineros que en algunos casos pueden llegar en número de veinte personas o más cada uno de ellos con diferentes funciones operadores de la maquinaria, guardianes, maquinistas, soldadores, cocineras entre otros, para así proceder a la deforestación de hectáreas llenas de flora y fauna, la excavación de huecos con una longitud aproximada de 8 metros a más, la utilización de sustancias químicas como lo son el mercurio que sirve para separar el oro de la arena y por último para darle un valor profundo al oro la fundición de este.

Las causas principales de la minería es la búsqueda que los países y las personas dan a las minas haciendo que su explotación sea favorable en ciertos campos de la economía de un país pero, a su vez siendo un ente contaminante de las principales fuentes y vertientes de agua natural, aunque estas vertientes no son las únicas que se contaminan. Las minas siempre se construyen cerca de ríos por su fácil acceso para la limpieza de los metales.

2.2.- Situación Problémica

La no aplicación de la normativa ambiental frente a las actividades extractivas de oro en el Cantón San Lorenzo violentan los derechos de la naturaleza; esto porque en nuestro país existe un sinnúmero de empresas dedicadas a exploración, explotación y comercialización del

oro, que actúan al amparo de las leyes vigentes; sin embargo las empresas de este sector son en su mayoría de índole pequeña y mediana, en las que se evidencia un manejo administrativo informal, tradicional, empírico, que les ha impedido contar con objetivos y metas claras que den lugar a un crecimiento sostenido; es esta deficiencia la que afecta de manera particular a la sociedad minera del sector, a la que hemos seleccionado como sujeto de nuestro estudio. En el Cantón San Lorenzo la mayor parte de la minería es de pequeña escala y artesanal, por lo que el uso de tecnologías inapropiadas tanto en el proceso de extracción del oro como en el de beneficio y disposición de colas y relaves, es común en la zona, sumado a la falta de control por parte del Estado; desde que se inició la actividad a finales del siglo XIX, ha generado del deterioro acelerado del medio ambiente; entonces el presente estudio tiene que ver con las descargas líquidas y sólidas de la actividad aurífera en el Río Eloy Alfaro, se comprobó que las etapas de extracción y procesamiento metalúrgico del mineral causan impactos negativos como la contaminación de las aguas superficiales, afectación a la salud de la población y el deterioro del medio ambiente, así como también se identificarán los impactos positivos, como es la generación de empleo en el sector.

Las personas físicas individuales o representantes legales que se encuentran tras la persona jurídica, dolosamente o por negligencia cometen un hecho ilícito lo cual perjudica el derecho ajeno trayendo como consecuencia la protección del bien jurídico, con la aplicación de medidas sancionadoras de carácter penal, civil o administrativo, se daría cumplimiento de la obligación de indemnizar daños causados, ya que el acto ejecutado en representación se reputa como realizado por el mismo sujeto representado y de esta manera se garantiza una buena administración de justicia; las personas naturales y jurídicas pueden delinquir en el contexto empresarial ya que son sujetos con aptitud de ejercer derechos.

Las empresas son las principales contaminantes y quienes más vulneran la legislación ambiental existente por lo que es imprescindible determinar la responsabilidad penal de las personas jurídicas la misma que está acogida en el artículo 3 de la Lei de Crimes Ambientais que señala que “podrá ser desestimada la personalidad jurídica siempre que su personalidad sea obstáculo al resarcimiento de perjuicios causados”, más si enfatizamos que los delitos causados al medio ambiente son imprescriptibles tanto en la acción como en la pena, lo que es muy claro que no pueden evadir tal responsabilidad, por lo que los profesionales del derecho deben velar por su cumplimiento.

Los delitos ambientales tienen un impacto social muy grave ya que estos no afectan solamente a un determinado grupo de personas sino a toda la colectividad y muchas veces los daños causados tienen carácter de irreversibles, lo que genera repercusión no solo sobre el medio ambiente sino sobre el hombre que en muchos casos los estragos dejados por la degradación ambiental son irreparables por lo que la tipificación de estos delitos contra el medio ambiente hace referencia a la figura jurídica de “delito ecológico” consolidando el principio universal de precaución. (Francisco, 2007, pág. 1.7)

2.3.- Problema Científico

¿Cómo favorecer la aplicación de la normativa ambiental que regula las actividades de extracción de oro en el Cantón San Lorenzo?

2.4.- Objeto de investigación y campo de acción. 2.4.1.- Objeto de investigación

El objeto de investigación son las normas ambientales que protegen el medio ambiente. 2.4.2.- El campo de acción

En el caso materia de estudio el campo de acción es las normas ambientales que regulan las actividades de extracción de oro en el Cantón San Lorenzo.

Este trabajo de investigación se realizará en la Provincia de Esmeraldas, Cantón San Lorenzo en el Rio Selva Alegre, período comprendido de Enero a Diciembre del 2015.

2.5.- Identificación de la línea de investigación

La línea de investigación es sobre los “Retos perspectivas y perfeccionamiento de las ciencias jurídicas en el Ecuador”.

2.6.- Objetivo general

Realizar un estudio científico jurídico para favorecer la aplicación de la normativa ambiental que regula las actividades de extracción de oro en el Cantón San Lorenzo.

2.7.- Objetivos específicos

constitución, tratados internacionales y la ley.

 Diagnosticar el estado actual de la aplicación de la normativa ambiental en las actividades de extracción de oro en el Cantón San Lorenzo.

 Estructurar el análisis de la normativa ambiental que regula las actividades de extracción de oro en el Cantón San Lorenzo.

 Realizar la factibilidad de la propuesta. 2.8.- Idea a defender

Con la realización de un estudio científico jurídico para favorecer la aplicación de la normativa ambiental que regula las actividades de extracción de oro en el Cantón San Lorenzo; se protegerá los derechos de la naturaleza y el derecho que tienen las personas a vivir en un habitad saludable, (derecho al buen vivir).

2.9.- Variables de la investigación 2.9.1.- Variable independiente

Estudio científico-jurídico para favorecer la aplicación de la normativa ambiental que regula las actividades de extracción de oro en el Cantón San Lorenzo.

2.9.2.- Variable dependiente

Se protegerá los derechos de la naturaleza y el derecho que tienen las personas a vivir en un habitad saludable, (derecho al buen vivir).

2.10.- Metodología a emplear 2.10.1.- Métodos

2.10.1.1.- Método Científico – Jurídico.- Es el conjunto de reglas que señalan el procedimiento para llevar a cabo, una investigación cuyos resultados sean aceptados como válidos por la comunidad científica; este método se aplicará al momento de compilar y revisar las principales posiciones doctrinarias legales con respecto a la protección de la naturaleza frente a las actividades extractivas de minerales.

2.10.1.2.- Método Inductivo – Deductivo.- Del latín inductivo, de in: en y de ducere: conducir. Acción y efecto de inducir, modo de razonar que consiste en sacar de los hechos particulares una conclusión general; la inducción es el razonamiento que analiza una porción de un todo; y el método deductivo: del latín deducir, sacar consecuencias; es el razonamiento que parte de un marco general de referencia hacia algo en particular; este método se utilizará

Documento similar