INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Comunicación
Gracielade las Mercedes Barrionuevo (DNI Nº 10.568.690), que por Resolución Nº
149-PD/09 de fecha 4/5/09 se ha procedido a rescindir el Boleto de Compraventa que suscribiera en fecha 28/5/1984, respecto la vivienda ubicada en la Manzana 30, Torre 30 D, Block 5, piso 1º, Depto. “B“, Barrio Don Orione, Claypole, Pcia. de Buenos Aires (U.C. Nº 60.283); por haber transgredido las cláusulas Tercera y Séptima, en los términos de las cláusulas Novena y Décimo Primera del citado instrumento, según lo actuado en la Nota Nº 6.169-CMV/1.996.
Asimismo, se le hace saber al interesado, que la Resolución dictada es susceptible de impugnación por vía de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en subsidio que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva prevista en el art. 62 del Decreto Nº 1.510-CABA/97, de conformidad a lo establecido en los arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. de la misma norma, quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo criterio, interponer Recurso de alzada conforme lo dispuesto en el art. 113 del mencionado decreto.
La presente notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el día siguiente al de la última publicación (art. 62 del Decreto citado).
Publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Ricardo Yapur
Gerente Asuntos Jurídicos EO 535
Inicia: 12-6-2009 Vence: 17-6-2009
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El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber a la Sra.
Zulema Herminia Frati (L.C. Nº 8.782.480) que por Resolución Nº 172-PD/09 de fecha
5/5/09, se ha procedido a rescindir el Boleto de Compraventa Provisorio suscripto en fecha 18/3/1992, en relación a la unidad de vivienda sita en el Block 3º, Piso 14º, Depto. “ B “, del Barrio Savio III de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires (U.C. Nº 67.359), por transgredir el interesado las cláusulas las cláusulas Tercera y Octava, en los términos de las cláusulas Sexta, Décima y Décimo Segunda del citado instrumento; según lo actuado en la Nota Nº 13.062-IVC/2006 y agregs.
Se hace saber asimismo a la interesada, que la Resolución dictada es susceptible de impugnación por vía de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en subsidio, que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva (conf. arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. del Decreto Nº 1.510-CABA/97), quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo criterio, interponer Recurso de Alzada conforme lo dispuesto en el art. 113 del mencionado Decreto u optar por la vía judicial pertinente.
La presente notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el siguiente al de la última publicación (art. 62 del decreto citado).
Publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Ricardo Yapur
Gerente Asuntos Jurídicos EO 534
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El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber a la Sra.
Nora Manuela Zavala (D.N.I. Nº 11.159.907) y/o herederos; que por Resolución Nº
179-PD/09 de fecha 6/5/09 se ha procedido a dejar sin efecto la adjudicación de la unidad de referencia que se realizara oportunamente en favor de la Sra. Nora Manuela Zavala mediante Resolución Nº 1.265-PD/05 de fecha 22/9/2005, por transgreción por parte de dicha adjudicataria de lo dispuesto en el art. 2 del citado acto administrativo, respecto la vivienda ubicada en la Manzana 13, Torre 13 A, Block 3º, piso 1º, Depto. “A“, del C.U. Don Orione, Claypole, de la Pcia. de Bs. As., según lo actuado en el Expediente Nº 2.658-CMV/1995 y agregs.
Asimismo, se le hace saber al interesado, que la resolución dictada es susceptible de impugnación por vía de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en subsidio que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva prevista en el art. 62 del Decreto Nº 1.510-CABA/97, de conformidad a lo establecido en los arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. de la misma norma, quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo criterio, interponer Recurso de alzada conforme lo dispuesto en el art. 113 del mencionado decreto.
La presente notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el día siguiente al de la última publicación (art. 62 del Decreto citado).
Publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Ricardo Yapur
Gerente Asuntos Jurídicos EO 536
Inicia: 12-6-2009 Vence: 17-6-2009
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El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber al Sr.
Anastasio Juan Ruiz (L.E. Nº 928.077) y/o herederos, que por Resolución Nº
209/PD/09 de fecha 7/5/09, se ha procedido a rescindir el Boleto de Compraventa que suscribiera en fecha 22/12/1982, respecto la vivienda ubicada en el Block 4, piso 8º, Depto. “C”, Barrio Cardenal Copello, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (U.C. Nº 25.191); por haber transgredido las cláusulas Tercera y Décima del citado instrumento, en los términos de las cláusulas Cuarta, Novena y Décimo Primera del citado instrumento, según lo actuado en la Nota Nº 12.617-IVC/2006 y agregs.
Asimismo, se le hace saber al interesado, que la Resolución dictada es susceptible de impugnación por vía de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en subsidio
que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva prevista en el art. 62 del Decreto Nº 1.510-CABA/97, de conformidad a lo establecido en los arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. de la misma norma, quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo criterio, interponer Recurso de alzada conforme lo dispuesto en el art. 113 del mencionado decreto.
La presente notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el día siguiente al de la última publicación (art. 62 del Decreto citado).
Publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos