Bases jurídicas:
Artículo 08 02 08 — Instrumento para las pymes Modifíquense los importes como sigue:
Presupuesto 2017 Proyecto de presupuesto 2018 Posición del Consejo 2018 Diferencia Nuevo importe Compromisos Pagos Compromisos Pagos Compromisos Pagos Compromisos Pagos Compromisos Pagos 08 02 07 37 55 406 55 406 2 288 599 2 288 599 2 219 941 2 219 941 68 658 68 658 2 288 599 2 288 599
Reserva
Total 55 406 55 406 2 288 599 2 288 599 2 219 941 2 219 941 68 658 68 658 2 288 599 2 288 599
JUSTIFICACIÓN:
Retomar el proyecto de presupuesto (PP).
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Proyecto de enmienda 355
=== ITRE/5097 ===Presentada por Comisión de Industria, Investigación y Energía
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SECTION III — COMMISSION
Partida 08 02 07 38 — Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno 2 (FCH 2) Modifíquense los importes como sigue:
Presupuesto 2017 Proyecto de presupuesto 2018 Posición del Consejo 2018 Diferencia Nuevo importe Compromisos Pagos Compromisos Pagos Compromisos Pagos Compromisos Pagos Compromisos Pagos 08 02 07 38 91 990 225 139 529 054 73 389 716 93 126 304 66 921 922 86 263 778 6 467 794 6 862 526 73 389 716 93 126 304
Reserva
Total 91 990 225 139 529 054 73 389 716 93 126 304 66 921 922 86 263 778 6 467 794 6 862 526 73 389 716 93 126 304
JUSTIFICACIÓN:
Retomar el proyecto de presupuesto (PP).
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Proyecto de enmienda 356
=== ITRE/5098 ===Presentada por Comisión de Industria, Investigación y Energía
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SECTION III — COMMISSION
Artículo 08 02 08 — Instrumento para las pymes Modifíquense los importes como sigue:
Presupuesto 2017 Proyecto de presupuesto 2018 Posición del Consejo 2018 Diferencia Nuevo importe Compromisos Pagos Compromisos Pagos Compromisos Pagos Compromisos Pagos Compromisos Pagos 08 02 08 427 089 027 389 280 653 471 209 870 432 882 120 410 209 870 432 882 120 61 000 000 471 209 870 432 882 120
Reserva
Total 427 089 027 389 280 653 471 209 870 432 882 120 410 209 870 432 882 120 61 000 000 471 209 870 432 882 120
JUSTIFICACIÓN:
Retomar el proyecto de presupuesto (PP).
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Proyecto de enmienda 357
=== ITRE/5100 ===Presentada por Comisión de Industria, Investigación y Energía
SECTION III — COMMISSION
Añádase: 08 02 77 10
Presupuesto 2017 Proyecto de presupuesto 2018 Posición del Consejo 2018 Diferencia Nuevo importe Compromisos Pagos Compromisos Pagos Compromisos Pagos Compromisos Pagos Compromisos Pagos
08 02 77 10 500 000 250 000 500 000 250 000
Reserva
Total 500 000 250 000 500 000 250 000
Denominación:
Proyecto piloto — Estudio comparativo para definir un rendimiento «justo» de las inversiones públicas en el ámbito de la salud y garantizar un rendimiento justo de las inversiones de la UE en I+D en el ámbito médico
Comentarios:
Añádase el texto siguiente:
La Comisión Europea (CE) invierte en I+D biomédica a través de su programa marco de investigación e innovación Horizonte 2020 bajo el reto social 1 sobre salud, cambio demográfico y bienestar, que tiene como principal objetivo «mejorar la salud a lo largo de la vida y el bienestar de todos». Sin embargo, la política de la CE en I+D biomédica ha sido criticada por no garantizar un rendimiento público razonable de sus inversiones: tanto el Consejo (véase: http://www.consilium.europa.eu/en/press/press- releases/2016/06/17-epsco-conclusions-balance-pharmaceutical-system/) como el Parlamento Europeo (véase: http://www.europarl.europa.eu/oeil/popups/ficheprocedure.do?lang=&reference=2016/2057(INI)) han subrayado la necesidad de garantizar que las inversiones públicas en I+D obtengan un rendimiento justo para garantizar que las innovaciones médicas que reciben el apoyo de las inversiones públicas se centren en los intereses de salud pública y en las necesidades médicas no cubiertas de los pacientes. A fin de garantizar que las inversiones públicas en I+D biomédica dan cumplimiento a los citados objetivos de Horizonte 2020, y para garantizar un rendimiento justo, es fundamental poner en marcha un mecanismo de seguimiento correspondiente para calcular el impacto socioeconómico. Sin embargo, es ampliamente reconocido que hay que contar con mucho tiempo (aproximadamente 17 años) antes de que los resultados de las investigaciones en materia de salud se pongan en práctica, y más aún para que generen un impacto mensurable en la salud. Es, por tanto, sumamente importante definir lo que supone el concepto de «rendimiento justo de las inversiones públicas» para las inversiones de la UE en biomedicina, especialmente para las cooperaciones público-privadas financiadas por la UE, en términos de indicadores directamente observables o mensurables. Con estos índices y parámetros desarrollados para cuantificar el «rendimiento justo», se tendría en cuanta el impacto social de los proyectos de I+D médica ya en la fase de planificación de los proyectos, y se adoptarían decisiones sobre la asignación de los recursos, lo que a su vez contribuiría a garantizar el impacto social deseado de los proyectos de I+D médica de la UE y un rendimiento justo de la inversión pública.
El proyecto piloto propuesto tiene por objeto abordar las preocupaciones mencionadas anteriormente de los ciudadanos europeos y de las instituciones de la Unión, estableciendo un parámetro de referencia de «rendimiento justo». Teniendo en cuenta que los impactos efectivos en la salud los veremos dentro de décadas y que todavía no se dispone de mecanismos adecuados de control, la definición de un parámetro de referencia de «rendimiento justo» de las inversiones públicas de la Unión resulta urgentemente necesaria. A tal efecto, este parámetro de referencia definirá lo que el «rendimiento justo» de las inversiones públicas de la Unión supone para
- el establecimiento de prioridades para la asignación de financiación para I+D,
- el diseño de proyectos, incluidas las repercusiones previstas para la salud y otros aspectos socioeconómicos.
Añádase el texto siguiente:
Proyecto piloto en el sentido del artículo 54, apartado 2, del Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1).
JUSTIFICACIÓN:
Un parámetro de referencia como este puede servir para establecer prioridades de financiación y como base para el diseño de proyectos en el Programa Marco de Investigación de la UE, proporcionado las orientaciones e instrucciones necesarias para sentar las bases para un futuro impacto. Esto también tendría implicaciones más amplias para las políticas de la UE y sería especialmente importante para la aplicación de los ODS en el marco político europeo y las prioridades de la Comisión. Asimismo, contribuiría a mejorar y adaptar el actual programa «Legislar mejor» de la UE haciéndolo pasar de un análisis coste-beneficio estándar hacia modelos analíticos más integrados, que también examinan el impacto social.
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Proyecto de enmienda 359
=== ITRE/5104 ===Presentada por Comisión de Industria, Investigación y Energía
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SECTION III — COMMISSION
Partida 08 03 01 02 — Euratom — Fisión nuclear y protección contra las radiaciones