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INVERSIONES Y OBRA PÚBLICA Infraestructura Social

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado

en el 2016

1 IS-17/15-IR Pavimentación asfáltica en calle lateral de la vía

FFCC a Tampico en su cruce con Día del Empresario.

$ 1,239,517

20. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que compruebe que se contó con un Laboratorio Acreditado y un Profesional Responsable para la recepción de la obra, mismos que verificaron el cumplimiento de las disposiciones de la LCRPENL, obligación establecida en el artículo 8, de la LCRPENL y a la NTEPNL-03-C, Capítulos 01. Certificación de laboratorios y 02. Certificación Profesional Responsable, de las NTEPNL. (Obs.1.1)

Normativa

Respuesta

"Nos encontramos revisando la información solicitada".

Análisis de la Auditoría Superior del Estado

No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

21. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios para el control de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Guadalupe, Nuevo León.

de calidad que fijen para la capa de subbase (Concepto número 3 01 13, relativo a la "Subbase de caliza triturada de 20 cm. compactada al 95% según prueba de laboratorio, incluye: material desperdicios, acarreos, equipo, herramienta y mano de obra"), capa de base hidráulica (Concepto número 3 01 14, relativo a la "Base de caliza triturada de 20 cm compactada al 95% según prueba de laboratorio, incluye: material, desperdicios, acarreos, equipo, herramienta y mano de obra"), capa de carpeta con concreto asfáltico (Concepto número 15 02 05, relativo al "Suministro y colocación de carpeta asfáltica caliente con asfalto modificado tipo 1 (S.C.T.) para un P.G. de 76-22 de 7 cm de espesor compactada al 95% según prueba Marshall. Incluye: riego de liga fr-3 a razón de 0.50 lt/m² materiales, desperdicio. Acarreos, abundamiento, equipo, herramienta y mano de obra") y riego de impregnación (Concepto número 15 02 02, relativo al "Riego de impregnación con asfalto fm-1 a razón de 1.50 lt/m². Incluye: barrido de la superficie, suministro de materiales, desperdicios, equipo, herramienta y mano de obra"), obligación establecida en los artículos 56, párrafo primero, 61, párrafo primero, 74, párrafo primero y 90, párrafos primero y segundo, de la LCRPENL. (Obs.1.2)

Normativa

Respuesta

"Nos encontramos revisando la información solicitada".

Análisis de la Auditoría Superior del Estado

No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado

en el 2016

2 IS-08/16-IR 1)Pavimentación asfáltica en calles Maquinaria y

Monitora, en la colonia S.C.T.; 2) Pavimentación hidráulica en calles Privada San Luis y Privada Zuazua, en la colonia Nuevo San Rafael.

$ 1,272,609

22. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación en la cual se precise la solución para la atención del drenaje pluvial, obligación establecida en el artículo 4, párrafo

84/93 y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

segundo, de la LCRPENL, en relación con la NTEPNL-01-EP, Capítulo 03. Hidrología y drenajes, de las NTEPNL. (Obs.2.1)

Normativa

Respuesta

"Se anexa copia certificada de estudio en atención al drenaje pluvial"

Análisis de la Auditoría Superior del Estado

No solventada, subsiste la irregularidad detectada, esto en razón de que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en 4 fojas en copias fotostáticas certificadas de un estudio de ingeniería de tránsito y de atención al drenaje pluvial, elaborado por el Profesional Responsable con número de certificación PRC 038, no presenta el soporte técnico correspondiente que acredite la realización del estudio de Hidrología y Drenajes requerido en la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

23. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los estudios de tránsito que determinaron el Tránsito Diario Promedio Anual (TDPA) y el nivel de tráfico pesado, obligación establecida en el artículo 15, párrafo primero, de la LCRPENL, en relación con la NTEPNL-01-EP, Capítulo 01. Ingeniería de tránsito, de las NTEPNL. (Obs.2.7)

Normativa

Respuesta

"Se anexa copia certificada de estudio de ingeniería de tránsito".

Análisis de la Auditoría Superior del Estado

No solventada, subsiste la irregularidad detectada, esto en razón de que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en 4 fojas en copias fotostáticas certificadas de un estudio de ingeniería de tránsito y de atención al drenaje pluvial, elaborado por el Profesional Responsable con número de certificación PRC 038, no presenta el soporte técnico correspondiente que acredite la realización del estudio de Ingeniería de transito requerido en la normatividad señalada.

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Guadalupe, Nuevo León. Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

24. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los estudios de geotecnia que establecieron la formación de terracerías, determinados a partir de su resistencia, medido en función del Valor Soporte de California, con obligación establecida en el artículo 17, de la LCRPENL, en relación con la NTEPNL-01-EP, Capítulo 02. Geotecnia, de las NTEPNL. (Obs.2.8)

Normativa

Respuesta

"Se anexa copia certificada de estudio de geotecnia".

Análisis de la Auditoría Superior del Estado

No solventada, subsiste la irregularidad detectada, esto en razón de que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en una copia fotostática certificada referente a la realización de un estudio geotécnico que forma parte del documento denominado "Propuesta de Espesores de Rodamiento para el Pavimento Rígido y Flexible del proyecto de pavimentación Hidráulica en calles: Luis Donaldo Colosio, Privada Zuazua, Privada San Luis, Privada Naranjo y pavimento Flexible en privada Maquinaria, Calle Monitora y Privada Puentes, ubicadas en el Municipio de Guadalupe, N.L.", elaborado por el Profesional Responsable con número de certificación PRC 038, no presenta el soporte técnico correspondiente que acredite la realización del estudio de geotecnia requerido en la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

25. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios para el control de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad que fijen para la capa de carpeta con concreto asfáltico (Concepto número 15 02 19, relativo al "Suministro y colocación de carpeta asfáltica caliente capa de rodadura nivel lll LCRPENL diseño protocolo AMAAC nivel ll, de 4 cms de espesor, formada con agregados gruesos de granito y material fino de caliza 100% triturada y cemento asfáltico modificado PG-76-22 compactada al 95% de su peso volumétrico máximo Marshall TMA de 1/2", estabilidad mínima de 817 kgs, incluye: materiales, desperdicio, acarreos, abundamiento, equipo, herramienta y mano de obra)" y riego de impregnación (Concepto número 15 02 02, relativo al "Riego de impregnación con asfalto FM-1 a razón de 1.50 lts/m2 incluye: barrido

86/93 y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

de la superficie, suministro de materiales, desperdicios, equipo, herramienta y mano de obra)", obligación establecida en los artículos 74, párrafo primero y 90, párrafos primero y segundo de la LCRPENL. (Obs.2.10)

Normativa

Respuesta

"Se anexa copia certificada de pruebas de laboratorio".

Análisis de la Auditoría Superior del Estado

En cuanto a los ensayos para el control de calidad del material previo a su utilización correspondientes a la capa de carpeta de concreto asfáltico, se recibió copia fotostática certificada de la documentación que acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, por lo cual, se solventa lo correspondiente a la misma; sin embargo, referente a los informes de ensayos para el control de calidad del riego de impregnación, no se solventa la observación, subsiste la irregularidad detectada, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta la documentación que acredite el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2016 Guadalupe, Nuevo León.

VII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por el H. Congreso del Estado

Solicitud.-

Contenida en el Acuerdo Legislativo número 439, tomado por el Pleno en la sesión del 14 de abril de 2014, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 23 de abril de 2014, remitido a ésta Auditoría Superior del Estado, en fecha 21 de noviembre de 2014 mediante el oficio número C.V. 656/2014, emitido por los CC. Presidenta y Secretario de la Comisión de Vigilancia del H. Congreso del Estado, en virtud del cual se instruye a este Órgano Superior de Fiscalización, para que en cumplimiento a lo preceptuado por la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, verifique la aplicación en relación a la Cuenta Pública 2014 y posteriores por parte del ente fiscalizado, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), así como las disposiciones normativas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).

Objeto de la revisión.-

Para cumplir con lo solicitado, ésta Auditoría Superior del Estado, programó una revisión específica con el objeto de verificar si la operación de los sistemas de registro y contabilidad, se encuentran alineados a la LGCG y a la normativa emitida por la CONAC en la materia.

Procedimientos de auditoría realizados.-

Para efectuar lo anterior, el procedimiento consistió en solicitar mediante oficio dirigido al titular del ente, el llenado de la guía de cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental expedida por él CONAC, además se obtuvo durante el desarrollo de la visita domiciliaria ordenada para la revisión y evaluación de la Cuenta Pública, evidencia documental de lo manifestado en relación al grado de avance del trabajo realizado, asimismo, se realizaron consultas con la persona o personas responsables de realizar los registros contables del ente con la previa autorización de su jefe inmediato o con el responsable de la Tesorería Municipal, con el fin de realizar la validación de la guía antes mencionada.

Resultados de los procedimientos obtenidos.-

Los resultados obtenidos de la referida revisión, se reflejan en la observación indicada en el apartado VI del presente.

VIII. Resultados de la revisión de situación excepcional

En relación a la Cuenta Pública objeto de revisión, no se recibieron denuncias para la revisión de situaciones excepcionales, en los términos preceptuados en los artículos 136 quinto párrafo de la Constitución Política del Estado 37 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

88/93 y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

IX. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, respecto de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores

En este apartado se presenta una síntesis de las acciones y recomendaciones que con motivo de la revisión de las cuentas públicas 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015, se ejercieron o promovieron por esta Auditoría Superior del Estado.

Asimismo, se muestra un detalle del estado que guardan las acciones o recomendaciones que no fueron comunicadas como concluidas en el Informe del Resultado de la Cuenta Pública 2015 (en adelante IDR 2015), así como el de aquellas que en el citado informe, se anunciaron que se ejercerían o formularían.

SÍNTESIS DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES EN FUNCIÓN DEL NÚMERO

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